JUECES CON ANTECEDENTES : MANUEL MARCHENA GÓMEZ

 

LAS NOTICIAS

EUROPA FALLA QUE JUNQUERAS GOZABA DE INMUNIDAD DESDE QUE FUE ELEGIDO EURODIPUTADO

EL CGPJ RENUEVA POR CINCO AÑOS A MARCHENA EN LA PRESIDENCIA DE LA SALA DE LO PENAL

SENTENCIA DEL ‘PROCÉS’: PENAS DE 9 A 13 AÑOS PARA JUNQUERAS Y LOS OTROS LÍDERES POR SEDICIÓN Y MALVERSACIÓN

MANUEL MARCHENA, DISGUSTADO CON LAS FILTRACIONES: "EN UNA SENTENCIA QUE PASA POR 12 PERSONAS, NO SE PUEDEN EVITAR"

DESMONTANDO LA 'CONSPIRACIÓN' CONTRA MANUEL MARCHENA

EL CONSTITUCIONAL ENTRA EN CRISIS POR LOS RECURSOS SOBRE CATALUNYA

TENSIÓN EN EL CONSTITUCIONAL TRAS FILTRARSE UN PROYECTO DE SENTENCIA QUE ANULABA LA CONDENA QUE MARCHENA DICTÓ POR UN ASALTO AL PARLAMENT EN 2011

UN TC EN TENSIÓN AGUARDA LA SENTENCIA DEL 1-O

TRES MAGISTRADOS DEL TC EVITAN QUE CÁNDIDO CONDE-PUMPIDO BURLE AL PLENO PARA AMPARAR EL ASALTO DEL PARLAMENT

EL CONSTITUCIONAL REVISARÁ TRAS LA SENTENCIA DEL PROCÉS OTRA CONDENA DE MARCHENA, QUE YA FUE CORREGIDO EN ESTRASBURGO

EL CGPJ ACUERDA CONVOCAR LA PLAZA DE PRESIDENTE DE LA SALA SEGUNDA DEL SUPREMO

FELIPE GUIÑA EL OJO A MARCHENA: ARENGA A LOS FISCALES Y A LA HIJA DE MARCHENA

EL FISCAL DEL TC PIDE EL AMPARO PARA LOS CONDENADOS POR EL TS POR ASEDIAR EL PARLAMENT

EL SUPREMO CASTIGA CON TRES AÑOS EL ASEDIO AL PARLAMENT

LA JUSTICIA EUROPEA CONDENA A ESPAÑA PORQUE EL SUPREMO NO ESCUCHÓ A ATUTXA ANTES DE INHABILITARLE

MANUEL MARCHENA, EL LOBO CON PIEL DE CORDERO

MARCHENA, UN JUEZ DENUNCIADO DURANTE AÑOS POR SU AFINIDAD Y PARCIALIDAD EN FAVOR DEL PP

EL SUPREMO DICE QUE LA PROMESA DEL PP DE QUE CONTROLARÍAN EL TRIBUNAL CON MARCHENA NO DAÑA SU "APARIENCIA DE IMPARCIALIDAD"

EL SENADOR COSIDÓ NO DECLARARÁ EN EL SUPREMO EN RELACIÓN AL 'WHATSAPP' SOBRE MARCHENA

MARCHENA RECHAZA APARTARSE DEL JUICIO DEL 'PROCÉS' Y SE REAFIRMA EN SU INDEPENDENCIA

LA FISCALÍA PIDE QUE NO SE ADMITA LA RECUSACIÓN CONTRA MARCHENA POR EL ‘WHATSAPP’ DE COSIDÓ

EL PP CIERRA EN EL SENADO EL GRUPO DE WHATSAPP QUE PROVOCÓ LA RENUNCIA DE MARCHENA

EL PP RETIRA SU FIRMA DE LA LISTA DE CANDIDATOS AL CGPJ

EL ‘WHATSAPP’ SOBRE EL PODER JUDICIAL PONE EN LA CUERDA FLOJA A COSIDÓ Y ABRE OTRA CRISIS A CASADO

JUNQUERAS Y CINCO LÍDERES DEL ‘PROCÉS’ RECUSAN AL JUEZ MARCHENA POR “FALTA DE IMPARCIALIDAD”

EL PP NO HABLA DE COSIDÓ Y APUNTA A DELGADO: "ES LA MINISTRA MÁS SUCIA POLÍTICAMENTE DEL GOBIERNO"

LAS ASOCIACIONES JUDICIALES APLAUDEN LA DECISIÓN DE MARCHENA: “ES UNA LECCIÓN DE INDEPENDENCIA”

MARCHENA RENUNCIA A PRESIDIR EL SUPREMO Y EL PODER JUDICIAL Y DESBARATA EL PACTO PSOE-PP

COSIDÓ ADMITE EL MENSAJE DE WHATSAPP EN EL QUE PRESUME DE UN FUTURO CONTROL DEL PP SOBRE EL SUPREMO

UN COLECTIVO DE JUECES RECURRIRÁ LA DESIGNACIÓN DE MARCHENA TRAS EL REPARTO DEL PODER JUDICIAL

LA SEGUNDA ASOCIACIÓN DE JUECES IMPUGNA ANTE EL SUPREMO EL NOMBRAMIENTO DE MARCHENA

CASADO CELEBRA EL ACUERDO CON EL GOBIERNO PARA RENOVAR EL PODER JUDICIAL: “MARCHENA ES UNO DE LOS MEJORES JURISTAS DE ESPAÑA”

MANUEL MARCHENA PRESIDIRÁ UN PODER JUDICIAL CON MAYORÍA PROGRESISTA

MANUEL MARCHENA, UN HOMBRE DE CONFIANZA DEL PP PARA CONTROLAR EL VOLCÁN

LAS ASOCIACIONES JUDICIALES TRAS EL PACTO SOBRE EL PODER JUDICIAL: “ES UN MAL INICIO”

¿INCOMPATIBILIDAD?: EN EL SUPREMO Y EN EL CENTRO PRIVADO DE LA BANCA

Rechazan que Lesmes hable en Congreso de plaza fiscal hija de juez Marchena

CHOQUE EN LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DE FUTUROS JUECES Y FISCALES POR LA PLAZA ASIGNADA A LA HIJA DE UN MAGISTRADO DEL SUPREMO

LA HIJA DE MARCHENA

SOSPECHAS DE TRATO DE FAVOR A LA HIJA DEL PRESIDENTE DE LA SALA QUE JUZGARÁ EL 1-O

EL CGPJ CREA AD HOC UNA PLAZA DE FISCAL PARA LA HIJA DE UN JUEZ DEL SUPREMO
STOP


LA INCLUSIÓN DE SOFÍA MARCHENA EN LA LISTA DE APROBADOS A JUECES Y FISCALES ES AJUSTADA A DERECHO Y LEGAL

EL CGPJ DEFIENDE LA POLÉMICA CONCESIÓN DE UNA PLAZA DE FISCAL A UNA HIJA DEL SUPREMO

LA ‘WEST POINT’ DE LESMES: “PENALISTAS SOMOS TODOS”

EKAIZER EXPLICA LA OPERACIÓN DIQUE DEL PP: "MARCHENA ERA EL IDEÓLOGO"

MANUEL MARCHENA, EL PRÓXIMO IMPLICADO EN LAS GRABACIONES DE GONZÁLEZ

UN JUEZ DEL TS PIDIÓ A VELASCO QUE SE INHIBIERA TRAS RECORDARLE QUE SU MUJER FUE CONTRATADA POR GONZÁLEZ

MARCHENA, EL JUEZ QUE SENTENCIÓ A GARZÓN Y SUS RELACIONES BAJO SOSPECHA CON 'ABOGADOS GÜRTEL'

EL CLAN DE LA TOGA

LAS PELIGROSAS AMISTADES DEL SUPREMO

EL JUEZ MARCHENA Y EL POPULAR ÁNGEL ACEBES PROTAGONIZARON UNA OPULENTA COMILONA, SEGÚN 'EL CONFIDENCIAL'

MAZA, MARCHENA Y EL FERNÁNDEZGATE

FERNÁNDEZGATE, ¿INMUNIDAD PENAL?

LA CAUSA CONTRA EL JUEZ ALBA, A PUNTO DE ARCHIVARSE POR LA REFORMA DE LA LEY EN LA QUE PARTICIPÓ SU PROPIO ABOGADO

EL MAGISTRADO QUE IMPULSA LA QUERELLA DE SORIA CONTRA VICTORIA ROSELL ES ÍNTIMO AMIGO DEL ABOGADO DEL EXMINISTRO

¡ ES EL SUPREMO, ESTÚPIDO !

VICTORIA ROSELL PIDE EL CIERRE DE SU CASO POR ESTAR CONSTRUIDO SOBRE PRUEBAS PREFABRICADAS

ELOGIO DEL MAGISTRADO MARCHENA

AFECTADOS DE HOYA POZUELO DUDAN DE LA IMPARCIALIDAD DEL JUEZ DEL SUPREMO QUE ABSOLVIÓ A CORTEZO

LA CARIDAD DEL PP ES INFINITA

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA FERNÁNDEZ DÍAZ Y EL EXDIRECTOR DE LA OFICINA ANTIFRAUDE CATALANA

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA RAJOY POR LOS CUIDADOS A SU PADRE EN LA MONCLOA

EL SUPREMO ARCHIVA DE NUEVO LA CAUSA CONTRA PILAR BARREIRO POR NOVO CARTHAGO

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA POR EL NOMBRAMIENTO DEL 'COMISARIO' MARHUENDA
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EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA BARBERÁ POR NO RETIRAR SÍMBOLOS FRANQUISTAS

EL SUPREMO ARCHIVA LA INVESTIGACIÓN CONTRA LA EXALCALDESA DE JEREZ

EL SUPREMO ARCHIVA LA CAUSA CONTRA EL PRESIDENTE DE MELILLA

LA PRESCRIPCIÓN SALVA AL PRESIDENTE DE CANTABRIA

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA PRESENTADA POR PODEMOS CONTRA TRES JUECES DEL TSJ DE MURCIA

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA MONAGO POR SUS VIAJES A CANARIAS

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA DE VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO CONTRA RAFAEL HERNANDO

EL SUPREMO ARCHIVA LAS QUERELLAS CONTRA IGNACIO GONZÁLEZ POR EL ÁTICO EN ESTEPONA

EL SUPREMO RESPALDA LA ABSOLUCIÓN DEL JURADO A CAMPS EN EL CASO DE LOS TRAJES

EL SUPREMO REBAJA LA PENA A MATAS A NUEVE MESES Y LE EVITA INGRESAR EN PRISIÓN

LA SALA CLAVE DEL SUPREMO PROTESTA POR LAS INJERENCIAS DEL GOBIERNO DE RAJOY

UNA DENUNCIA CONTRA MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO

EL CONSERVADOR MANUEL MARCHENA, NUEVO PRESIDENTE DE LA SALA PENAL DEL SUPREMO

EL CANDIDATO QUE SUSCITA MÁS RECHAZO PRESIDIRÁ LA PRINCIPAL SALA DEL SUPREMO

OTRO ‘GOLPE’ DEL PP A LA JUSTICIA: QUIERE PONER AL MAGISTRADO QUE 'FULMINÓ' A GARZÓN AL FRENTE DE LA SALA PENAL DEL SUPREMO

GARZÓN PLANTEA A ESTRASBURGO QUE NO TUVO “UN JUICIO JUSTO”

UN ARÚSPICE EN PALACIO

EL MAGISTRADO MARCHENA

EL JUEZ MARCHENA, QUE BUSCA CONDENAR A GARZÓN, LIBRÓ AL MINISTRO 'AZNARISTA' JOSEP PIQUÉ DE SER JUZGADO

EL JUEZ ARCHIVA POR PRESCRIPCIÓN LA CAUSA DE GARZÓN POR LOS CURSOS DE NUEVA YORK

"VARELA NO INVESTIGÓ LA OPERACIÓN NÉCORA Y MARCHENA ES UN IGNORANTE"

EL EJEMPLAR VOTO DE MARCHENA DEJA EN EVIDENCIA AL SUPREMO POR LA SEGUNDA SENTENCIA DEL CASO BONO

 


EUROPA FALLA QUE JUNQUERAS GOZABA DE INMUNIDAD DESDE QUE FUE ELEGIDO EURODIPUTADO

La sentencia no implica en principio que el líder de ERC deba salir ahora de prisión, pero el tribunal considera que el Supremo debió excarcelarlo antes de la sentencia del 'procés' para coger el acta

Oriol Junqueras, tras reclamar sus credenciales como diputado en el Congreso de los
El Tribunal de Justicia de la UE ha fallado este jueves que el presidente de Esquerra Republicana de Catalunya, Oriol Junqueras, gozaba de inmunidad parlamentaria tras la proclamación de los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo del 26 de mayo y que el Tribunal Supremo debía haberle excarcelado para que pudiera coger el acta como eurodiputado y, posteriormente, haber pedido el suplicatorio —permiso— a la Eurocámara para devolverlo a prisión a la espera de la sentencia por el juicio del procés, que concluyó el 12 de junio. Junqueras fue condenado el 14 de octubre a 13 años de prisión por delitos de sedición y malversación por su papel de líder en el otoño independentista catalán de 2017.

El fallo del tribunal con sede en Luxemburgo, una victoria incontestable de la defensa de Junqueras, no implica forzosamente la salida inmediata de prisión del líder de ERC, que cumple sentencia firme. Los magistrados comunitarios dejan en manos de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la responsabilidad de “apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza el señor Junqueras”. El tribunal presidido por Manuel Marchena va a estudiar “en profundidad” el fallo de Luxemburgo y ha dado cinco días a las acusaciones —Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox— y a la defensa de Junqueras para que informen sobre si el líder independentista debe salir de prisión para tomar el acta de eurodiputado. El Supremo tomará una decisión una vez transcurrido ese plazo.

La Fiscalía se ha opuesto este mismo jueves a la posible excarcelación de Junqueras y ha solicitado al Supremo que remita al Parlamento Europeo la sentencia por la que fue condenado a 13 años de prisión e inhabilitación para la Cámara de Bruselas establezca “la pérdida de su condición de Europarlamentario”. Los fiscales piden al alto tribunal español que ejecute la pena de inhabilitación, que se encontraba suspendida a la espera del fallo de Luxemburgo. El ministerio público argumenta que, sobre la base de la sentencia europea, Junqueras no fue proclamado oficialmente electo hasta el 13 de junio, cuando el juicio del procés ya había quedado visto para sentencia.

La sentencia europea puede tener efecto sobre la situación procesal del expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Toni Comín, ambos elegidos eurodiputados en las elecciones del 26 de mayo y que no accedieron al cargo al estar fugados en Bélgica y no acudir a España a cumplir el trámite de acatar la Constitución. El magistrado instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, ha dado cinco días a las acusaciones y sus defensas para que formulen alegaciones sobre la base de la sentencia de Luxemburgo "al poder tener la misma incidencia en relación a dichos procesados rebeldes", informan fuentes jurídicas.

La Corte de Luxemburgo considera que, una vez adquirida por Junqueras la condición plena de eurodiputado, si el Supremo creía necesario mantenerlo en prisión provisional para evitar su posible fuga en la fase final del juicio del procés debía haber solicitado la suspensión de esa inmunidad “a la mayor brevedad” al Parlamento Europeo.

Junqueras inmunidad
Tras ser elegido diputado al Parlamento Europeo, Junqueras fue proclamado diputado el 13 de junio por la Junta Electoral Central. El Supremo, sin embargo, le impidió ir a jurar o prometer la Constitución en el Congreso de los Diputados —requisito que establece la ley electoral española— y tomar posesión de su escaño. El tribunal presidido por Marchena consideró por unanimidad que, en plena fase de inicio de deliberaciones del caso del procés, un eventual viaje a Bruselas o Estrasburgo ponía en riesgo la causa. El exvicepresidente catalán recurrió esa decisión. Y antes de resolver esa demanda, el Supremo decidió consultar a Luxemburgo cuál es el alcance de la inmunidad de un parlamentario.

La Gran Sala del tribunal le ha dado respuesta este jueves. Alrededor de las 9.45, el presidente la Corte, el belga Koen Lenaerts, ha respondido que Junqueras adquirió su "condición de miembro del Parlamento Europeo" en el momento en el que se proclamaron los resultados electorales por parte de la Junta Electoral Central, es decir, el 13 de junio de 2019. Y añade que desde entonces un parlamentario, aunque su mandato arranque con el inicio de sesiones, "goza de las inmunidades reconocidas por el artículo 9 del protocolo” [sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea].

El tribunal ha dado la razón a las tesis de la defensa de Junqueras y ha seguido el razonamiento del Abogado General de la UE. El Parlamento Europeo y la Comisión Europea, en cambio, arropaban las tesis defendidas por España, que cree que la obligación de jurar o prometer la Constitución es una etapa del proceso electoral y, por lo tanto, un requisito para ser nombrado parlamentario y adquirir la inmunidad. El Tribunal comunitario tumba esa tesis y señala que, si bien los procedimientos electorales son competencia de los Estados, “la condición de miembro” de la Eurocámara “se deriva del hecho de ser elegido por sufragio universal directo, libre y secreto”. En plata: después de su proclamación, no debe exigírsele ninguna otra formalidad para sentarse en su escaño.

"Levantar cualquier medida de prisión"

El tribunal de la UE acaba concluyendo que la inmunidad de desplazamiento para poder acudir a Estrasburgo el pasado 2 de julio implicaba el “levantamiento de cualquier medida de prisión provisional” impuesta antes de ser proclamado aunque se hallara "en situación de prisión provisional en un proceso penal por delitos graves". Y que en caso de querer mantenerla, debía haberlo pedido "a la mayor brevedad" a la Eurocámara.

La sentencia no implica que ahora Junqueras deba salir de prisión necesariamente, puesto que Luxemburgo deja todo lo relativo a la causa al Supremo. Paradójicamente, quienes pueden salir más beneficiados de ese dictamen son su rival político, Carles Puigdemont, y el exconsejero Toni Comín, ambos fugados de la justicia española en Bélgica. Por vía doble. La primera: ninguno de los dos pudo acceder a su escaño tras no haber jurado o prometido la Constitución, por lo que esta sentencia les abre una vía en los procedimientos que tienen en marcha en Luxemburgo. Y dos: su petición de extradición está pendiente de cómo se resuelve su inmunidad.

Puigdemont tiene dos procedimientos abiertos en Luxemburgo. Uno de ellos es un recurso a la decisión del Tribunal de Justicia de la UE de negarle medidas cautelares para que pudiera tomar posesión de su escaño al considerar que al no haber sido incluidos en las listas remitidas por España a la Eurocámara, Puigdemont y Comín “no habían sido declarados oficialmente electos”. La otra vía es la demanda principal interpuesta por Puigdemont, que deberá examinar el Tribunal General, un órgano del Tribunal de Justicia de la UE encargado de resolver los recursos interpuestos por personas físicas o jurídicas para obtener la anulación de los actos de las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea.

https://elpais.com/politica/2019/12/19/actualidad/1576740542_146745.html



EL CGPJ RENUEVA POR CINCO AÑOS A MARCHENA EN LA PRESIDENCIA DE LA SALA DE LO PENAL

La incorporación de tres nuevos magistrados facilita la actuación del Supremo ante un futuro juicio a Puigdemont

El magistrado Manuel Marchena seguirá otros cinco años al frente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. El Consejo General del Poder Judicial ha renovado este miércoles su cargo al ser el único aspirante que se presentaba. Marchena, que lleva en el cargo desde noviembre de 2014, estará acompañado en la Sala de lo Penal de tres nuevos magistrados. Una vez se cubran estas plazas, serán ya cinco los miembros de este órgano que no hayan tenido ninguna relación con la instrucción o enjuiciamiento de la causa del procés, facilitando la situación del alto tribunal frente a un futuro juicio al expresident de la Generalitat huido, Carles Puigdemont, en el caso de que sea entregado por las autoridades belgas.

La especial situación del Supremo respecto a este asunto fue apuntada por el propio Marchena apenas dos días después de darse a conocer la sentencia del procés. Con ocasión de su comparecencia en el CGPJ para optar a su reelección en el cargo, Marchena aludió a la dificultad en la que hipotéticamente se encontraría este órgano en el caso de tener que juzgar a otros encausados en la causa del Procés —aludiendo sin citarlo a Puigdemont— debido al hecho de que 13 de los 15 magistrados que lo integran ya hayan tenido relación con este asunto en sus fases de instrucción o enjuiciamiento.

Actualmente en la Sala sólo hay dos magistrados que no han tenido relación con la causa, que son los dos con menor antigüedad, Eduardo Porres y Susana Polo, quienes tomaron posesión en septiembre de 2018. El resto habrían tocado el procés de algún modo, puesto que a los 7 magistrados que han juzgado este caso hay que sumar al instructor, Pablo Llarena, a los tres magistrados de la sala de recursos durante la instrucción, otro magistrado que sustituyó a uno de ellos que se puso enfermo y a la juez Carmen Lamela, que instruyó la causa contra el exmayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluis Trapero en la Audiencia Nacional.

Existe suficiente doctrina del Tribunal Constitucional que avala que un mismo tribunal pueda juzgar unos hechos de los que ya ha tenido conocimiento pero referidos a diferentes personas, si bien otra opción considerada por el

SENTENCIA DEL ‘PROCÉS’: PENAS DE 9 A 13 AÑOS PARA JUNQUERAS Y LOS OTROS LÍDERES POR SEDICIÓN Y MALVERSACIÓN

El Tribunal Supremo ha impuesto penas de entre 9 y 13 años de cárcel a los nueve líderes independentistas catalanes condenados por sedición en el juicio del procés. El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras afronta la pena más alta, 13 años, por un delito de sedición en concurso medial (cuando un delito es un medio necesario para la comisión de otro) con malversación.

De los otros ocho acusados que están en prisión preventiva, tres exconsejeros (Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa) han sido condenados por sedición y malversación a 12 años de cárcel; los otros dos (Josep Rull y Joaquim Forn) han sido absueltos del delito de malversación y el tribunal les ha impuesto 10 años y medio de prisión. La expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, ha sido condenada a 11 años y medio por un delito de sedición. Por este mismo delito se ha impuesto una pena de nueve años a los líderes de la ANC y de Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.

Los únicos tres procesados que afrontaron el juicio en libertad (los exconsejeros Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs) han sido sentenciados a un año y ocho meses de inhabilitación especial y 10 meses de multa con una cuota diaria de 200 euros. Los tres han resultado absueltos de malversar fondos públicos.

El alto tribunal ha descartado el delito de rebelión, el más grave de cuantos pedía la Fiscalía. El Supremo considera probado que durante el otoño de 2017 se registraron en Cataluña "indiscutibles episodios de violencia" pero cree que estos no bastan para condenar a los líderes independentistas por rebelión, como adelantó este periódico. "La violencia tiene que ser una violencia instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios, a los fines que animan la acción de los rebeldes", señala la Sala, que además cree que los altercados que hubo en Cataluña no bastaban por sí mismos "para imponer de hecho" la independencia y derogar la Constitución. "Es violencia para lograr la secesión, no violencia para crear un clima o un escenario en que se haga más viable una ulterior negociación", afirma el tribunal.

Como prueba de que la violencia no era una parte estructural del plan, los magistrados recuerdan que “bastó una decisión del Tribunal Constitucional” para que no se aplicaran las leyes de ruptura aprobadas por el Parlament y solo hizo falta “la mera exhibición de unas páginas del Boletín Oficial del Estado” que publicaban la aplicación del artículo 155 de la Constitución para que algunos de los procesados huyeran y los que se quedaron en España desistieran “incondicionalmente de la aventura que habían emprendido”.

La sentencia del alto tribunal ha tenido una rápida reacción por parte de los principales líderes políticos. El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, en una comparecencia extraordinaria sin preguntas alejó la posibilidad de conceder indultos a los condenados y garantizó "el absoluto cumplimiento" de la decisión judicial. El líder del PP, Pablo Casado, aseveró por su parte que "quien la hace la paga"; mientras que el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, afirmó que con el fallo no se pone "fin al conflicto en Cataluña". Albert Rivera, de Ciudadanos, aseguró que "se ha hecho justicia". Uno de los primeros en comparecer ha sido el presidente catalán, Quim Torra, quien pidió al jefe del Ejecutivo central una reunión y calificó la sentencia de "injusta y antidemocrática". Desde Bruselas, el expresidente catalán Carles Puigdemont, huido de la justicia ha amenazado: “Tendrá consecuencias”, no solo para “quienes defienden la independencia de Cataluña, sino para todos los ciudadanos”. La condena ha tenido también respuesta inmediata en Cataluña, con protestas y cortes de carreteras y del AVE. Los independentistas han colapsado el aeropuerto de El Prat y un centenar de vuelos han sido cancelados.

El referéndum como "señuelo"

El tribunal que preside Manuel Marchena ha asumido la calificación jurídica que llevó al juicio la Abogacía del Estado, la sedición, al entender que aunque los líderes del procés no instigaron actos de violencia como parte de su plan secesionista, sí movilizaron a la ciudadanía "en un alzamiento público y tumultuario" para impedir la aplicación de las leyes y obstaculizar el cumplimiento de las decisiones judiciales. El tribunal señala que todos los acusados eran conscientes “de la manifiesta inviabilidad jurídica de un referéndum de autodeterminación” y, pese a ello, se lo ofrecieron a la ciudadanía como “el señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano”. “Bajo el imaginario derecho de autodeterminación se agazapaba el deseo de los líderes políticos y asociativos de presionar al Gobierno de la Nación para la negociación de una consulta popular”, señala la sala.


Claves de la sentencia. EPV
El delito de sedición se impone a los nueve acusados que están en prisión preventiva y a los que la Fiscalía consideraba líderes de la rebelión. La decisión del Supremo de no condenarles por este delito implica una importante reducción de pena respecto a lo que pedía el ministerio público. En el caso de Junqueras, la rebaja es de casi la mitad (de 25 a 13 años). Los líderes de ANC y Òmnium, a los que la Fiscalía consideraba "promotores" de la rebelión, ven también muy reducida su pena (de 17 a 9 años).

La sentencia absuelve a Rull, Forn, Vila, Mundó y Borràs del delito de malversación, lo que rebaja la pena de prisión de los dos primeros y libra de la cárcel a los tres que estaban en libertad condicional. Es cierto, según el tribunal, que todos ellos suscribieron un acuerdo del Govern para asumir de forma solidaria los gastos que se promovieran para la realización del referéndum. Pero no ha quedado probado que hubieran puesto la estructura de los departamentos que dirigían al servicio de gastos para la celebración del 1-O.

La sala rechaza la petición que formuló la Fiscalía el último día de juicio para que los condenados cumplan la mitad de la condena antes de poder obtener el tercer grado penitenciario (que permite estar fuera de prisión de viernes a domingo y acudir a la cárcel solo a dormir de lunes a jueves).

Leyes de ruptura y movilización ciudadana

El relato de hechos probados arranca con la aprobación de la ley de transitoriedad y la ley del referéndum, el 6 y 7 de septiembre de 2017. Según el tribunal, la Generalitat intentó “crear una aparente cobertura jurídica que permitiera hacer creer a la ciudadanía que cuando depositara su voto estaría contribuyendo al acto fundacional de la República independiente de Cataluña”. Mientras el Govern y el Parlament iban creando las estructuras de Estado, las asociaciones civiles, con Sànchez y Cuixart a la cabeza, se sumaron al plan para movilizar a la población. Su objetivo, señala el tribunal, era “lograr una participación relevante en la consulta presentada como la expresión del derecho a decidir”.

El Supremo considera que Sánchez y Cuixart tuvieron una contribución “decisiva". La sentencia se detiene en el papel que ambos ejercieron el 20 de septiembre para convocar la concentración ante la Consejería de Economía, en la que se estaba produciendo un registro por orden judicial. "Las convocatorias no solo publicitaron que se estaba produciendo una actuación de la Guardia Civil tendente a impedir el referéndum, sino que divulgaban el lugar donde se efectuaba el registro judicial, emplazaban a la ciudadanía a defender las instituciones catalanas, exigían que la Guardia Civil pusiera en libertad a las personas que habían sido detenidas, y pedían a los catalanes que se movilizaran. Se les animaba diciendo que no podrían con todos ellos, que las fuerzas del orden se habían equivocado y que habían declarado la guerra a los que querían votar", recoge la sentencia.

La sala ha conseguido el objetivo que se había marcado de lograr un fallo unánime, sin votos particulares que puedan abrir la puerta a cuestionar la decisión mayoritaria. Las sentencias del Supremo son firmes, pero las defensas de los procesados ya han anunciado que agotarán las dos únicas vías posibles para revisar la decisión: un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por vulneración de derechos fundamentales y la impugnación ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo.

ESTAS SON OTRAS CLAVES DE LA SENTENCIA Y SUS CONSECUENCIAS:

¿Cuándo podrán salir de la cárcel? El tercer grado penitenciario o semilibertad es una posibilidad abierta prácticamente desde el primer día. En teoría los condenados por el procés podrían disfrutar en cuestión de horas del llamado régimen abierto, lo que les permitiría ir únicamente a dormir a la cárcel de lunes a jueves. La decisión del tribunal de no atender la petición de la Fiscalía para hacer constar en la sentencia que los condenados no podrían acceder a la semilibertad hasta que hubiesen cumplido la mitad de la condena, abre la puerta a que los presos del procés puedan acceder casi de inmediato a ese tercer grado, que flexibiliza de modo considerable su estancia en la cárcel. Consulte la noticia íntegra

https://elpais.com/politica/2019/10/14/actualidad/1571033446_440448.html


MANUEL MARCHENA, DISGUSTADO CON LAS FILTRACIONES: "EN UNA SENTENCIA QUE PASA POR 12 PERSONAS, NO SE PUEDEN EVITAR"

"Una sentencia no está terminada hasta que la firma el último magistrado", ha manifestado el juez del Tribunal Supremo durante la recepción real por el 12-O

Puigdemont critica la "violación de los derechos" de los líderes independentistas por el "festival de filtraciones" de la sentencia

El magistrado que ha presidido el juicio del procés, Manuel Marchena, se ha mostrado disgustado por las filtraciones que se han producido sobre la sentencia. "En una sentencia que pasa por doce personas, no se pueden evitar", ha manifestado el juez en una conversación informal con periodistas durante la recepción que ha ofrecido el rey con motivo de la Fiesta Nacional.

"Una sentencia no está terminada hasta que la firma el último magistrado", ha dicho Marchena, que ha advertido de que no se puede confirmar ningún detalle de la sentencia porque está "todo abierto". Además ha señalado que puede haber discrepancias hasta el último momento, y ha insistido en que sería una "insensatez" confirmar lo filtrado.

El Tribunal Supremo ha decidido condenar a los líderes independentistas por sedición y malversación y no por rebelión, según ha informado la Agencia EFE. La decisión se acerca a las tesis de la Abogacía del Estado, que sostuvo que los hechos no acarrearon la violencia suficiente para encajar en el tipo penal de rebelión.

La fecha prevista para comunicar el fallo es el próximo lunes, 14 de octubre, si bien fuentes judiciales han informado a EFE de que no se descarta que la sentencia pueda retrasarse.

https://www.eldiario.es/politica/Manuel-Marchena-disgustado-filtraciones-sentencia_0_951905030.html

 

 

 

DESMONTANDO LA 'CONSPIRACIÓN' CONTRA MANUEL MARCHENA

La guerra de intoxicación contra Conde-Pumpido ataca la independencia del Tribunal Constitucional

ERNESTO EKAIZER

El Tribunal Constitucional retrasó en junio pasado su resolución sobre el recurso de amparo de cinco ciudadanos condenados por el Tribunal Supremo el 17 de marzo de 2015 en relación con el llamado asedio al Parlament de Cataluña el 14 y 15 de junio de 2011 contra los recortes sociales del Govern de Artur Mas de 2011 en plena Gran Recesión y movilización del 15-M.

Es decir: ocho años después de los hechos, y cuatro años y medio después de la condena del Supremo, que revocó una sentencia absolutoria de la Audiencia Nacional de julio de 2014, los condenados todavía no conocen el desenlace de su recurso de amparo.

La razón es que un sector del TC consideró, al tener acceso al borrador de la ponencia de Cándido Conde-Pumpido, magistrado de la sala primera del TC, que se debía avocar por su relevancia el asunto a un pleno. Y, sobre todo, que era conveniente -dadas las elevadas posibilidades de anular la sentencia del asedio- postergar la resolución hasta después de la sentencia del procés. La razón: evitar un golpe al prestigio del magistrado ponente en la sentencia del asedio y del procés. Es decir: Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda del Supremo.

La sentencia quedó, pues, aplazada. Piénsese: cinco condenados, que no ingresaron en prisión al solicitar el indulto, están pendientes, ocho años después de los hechos y cuatro después de la condena, de saber si ingresan a prisión para cumplir la condena de tres años por el delito de atentar contra las instituciones del Estado. Y no podrán saberlo porque no conviene afectar el prestigio de un magistrado, ya que, como mínimo, son razones técnicas las que conducen a tumbar la sentencia.

Pero a esta situación se ha unido una campaña de guerra sucia contra la independencia del TC, campaña iniciada desde dentro, de la institución, cara a la futura renovación del órgano, y apoyada desde fuera para evitar el jarrón de agua fría al ponente del Supremo. El “gancho” que la mayor parte de los medios han comprado es que Conde-Pumpido quiere cuestionar la sentencia del procésporque uno de los puntos de debate en la sentencia del Parlament -entre el Supremo y la Audiencia Nacional- sería el derecho de manifestación. Y, por ello, que el magistrado estaría “conspirando” y “maniobrando” en esa dirección.

Los recursos de amparo presentados por los cinco condenados fueron admitidos a trámite en su día por el magistrado Pedro García Trevijano y por Encarnación Roca, vicepresidenta del TC, por considerar que tenían trascendencia constitucional. García Trevijano forma parte del sector conservador y la vicepresidenta tampoco puede ser incluida en el sector progresista.

El presidente del TC, Juan José González Rivas, asignó a su sala, la primera, la ponencia, en la persona de Conde-Pumpido, del sector progresista.

La Fiscalía del Tribunal Constitucional, a cargo de María Ángeles Sánchez Conde, apoyó hacia el mes de mayo-junio de 2017 el recurso de amparo, es decir, apoyó el informe de un miembro de su Fiscalía que pedía revocar la sentencia del Supremo. Fuentes judiciales aseguran, según hemos dejado constancia, que Sánchez Conde examinó antes la posición con el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, y obtuvo su respaldo, habida cuenta de que se trataba de un recurso que afectaba a la Sala Segunda del Supremo, de donde procedía Maza, y también a su presidente, Marchena.

La pretendida “conspiración”, mira por dónde, también debía trascender las fronteras de España. Porque tres meses después de la sentencia del asedio de marzo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenaba, el 13 de junio de 2017, a España por haber condenado al entonces presidente del Parlamento vasco sin un juicio justo.

La sentencia del caso Atutxa, de primeros de 2008, precedía el caso asedio, pero ambos tenían en común dos aspectos: el ponente era Marchena y el método había sido el mismo. En ambos casos se corregía a un tribunal inferior (Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y Audiencia Nacional, respectivamente) que había absuelto a los acusados, se incorporaban hechos subjetivos ajenos a la sentencia de origen, y no se había oído a los acusados antes de pasar de una sentencia absolutoria a condenatoria.

Para completar la 'conspiración', además, señalan fuentes judiciales, se necesitaría incluir al magistrado conservador del TC Santiago Martínez-Vares.

¿Por qué? Porque fue el ponente, en diciembre de 2017, en un recurso de amparo contra una sentencia del Supremo de septiembre de 2015 -ponencia del magistrado Antonio del Moral- contra la condena de cinco personas absueltas previamente por la Audiencia Provincial de Vizcaya sobre consumo de hachís. Aquí también se incorporó hechos subjetivos en la nueva sentencia sin oir a los acusados. Martínez-Vares, precisamente, se apoyó ampliamente en la sentencia del TEDH que condenó a España por el caso Atutxa.Fue el pleno del TC el que por unanimidad -con la abstención de Conde-Pumpido por haber puesto un voto particular contra la sentencia condenatoria del Supremo en cuando todavía formaba parte, en septiembre de 2015, de la Sala Segunda del Supremo- tumbó la sentencia del hachís.

La sentencia del asedio del Supremo de marzo de 2015 será tumbada por la razón técnica de no haber oído a los acusados y r innovar con los hechos subjetivos. Pero hay un segundo motivo que es el derecho de manifestación, el factor que llevó a la Audiencia Nacional a sentenciar la absolución (con el voto particular del entonces magistrado Fernando Grande-Marlaska, integrante del tribunal). Y ello será debatido en los próximos meses por el pleno del TC. La campaña contra Conde-Pumpido intenta, pues, condicionar la independencia de todo el TC para debatir dicho punto.

Es sugerente que en el recurso de casación ante el Supremo, resuelto, según se ha apuntado, en 2015, pese a haber hecho entonces el viaje al soberanismo, el Govern de Artur Mas (él y Nuria de Gispert fueron transportados en helicóptero al Parlament el 15 de junio de 2011) se personó y pidió la condena de los manifestantes, conducta que también mantuvo el Parlament. En el recurso de amparo pendiente en el TC, de 2017, ni uno ni otro se personaron.

Precisamente, el hecho de que ni el Govern ni el Parlament se personasen en el recurso de amparo, junto al hecho de que la Fiscalía apoya el amparo, ha creado una situación en la que ninguna de las partes -condenados y Fiscalía- se opone a la concesión del amparo (revocar la sentencia del Supremo). Y es por ello que se ha lanzado desde fuera del proceso una campaña de presión e intoxicación para que el TC deniegue el amparo.

https://www.ara.cat/es/Desmontando-conspiracion-contra-Manuel-Marchena_0_2321168076.html

EL CONSTITUCIONAL ENTRA EN CRISIS POR LOS RECURSOS SOBRE CATALUNYA

El presidente se queja en el pleno de la falta de lealtad entre los magistrados

La situación interna del Tribunal Constitucional (TC) se deteriora por momentos. Diversos incidentes se han acumulado en los últimos meses y han culminado esta semana en un tenso pleno en el que se ha puesto de manifiesto que la confianza entre los magistrados se ha resentido por las decisiones tomadas respecto a recursos relacionados con Catalunya y por la lectura que se ha hecho de ellas. Sobre todo, cuando se ha visto que no había plenas garantías de que existiera el consenso suficiente para aprobar ciertas resoluciones por unanimidad, y el asunto de que se tratase ha vuelto a la lista de espera.

El objetivo común de los magistrados es preservar esa unanimidad, que ha presidido las principales decisiones del TC sobre el proceso soberanista. Pero el deterioro de la confianza ya es profundo y amenaza con cambiar el panorama interno, máxime porque el Constitucional debería ser renovado en diciembre, y ya se da por hecho que no se podrá conseguir, dada la nueva fase electoral abierta en el país. En cambio, lo que fuentes del propio TC admiten es que ha empezado la pugna por posicionarse en la parrilla de salida para optar a la presidencia y la vicepresidencia de la institución, ya que sus actuales titulares, Juan José González Rivas y Encarna Roca, respectivamente, han de cesar con la renovación.

LA DENUNCIA
Conde-Pumpido cree que hay maniobras para impedir que el TC revise el fallo del 1-O
El propio presidente del TC tomó ayer la palabra en el pleno para reclamar un comportamiento leal entre los magistrados, porque ha habido recientemente varias deliberaciones que han trascendido en términos que a su juicio deterioran el prestigio de la institución. Algunos de estos episodios han afectado especialmente al magistrado Cándido Conde-Pumpido, ponente del recurso presentado por cinco condenados por el cerco al Parlament en el 2011 a los que propuso conceder el amparo. Ello –ver La Vanguardia de ayer– hubiera supuesto la absolución de dichos condenados por el Tribunal Supremo (TS). Pero el fallo quedó aparcado, porque en la sala a la que correspondía decidir sobre este recurso se estimó que era más conveniente no resolverlo antes de que el Supremo dicte sentencia sobre el caso 1-O.

Algunos de los argumentos que Conde-Pumpido manejaba en su ponencia o borrador de sentencia fueron interpretados como una excesiva relativización de la gravedad de los hechos ocurridos en el cerco al Parlament y, en definitiva, como un intento de generar una jurisprudencia que permitiera en el futuro una lectura igualmente benévola de lo ocurrido en la Conselleria d’Economia el 20-S del 2017.

EL ORIGEN DEL CONFLICTO
El recurso sobre la condena por el cerco al Parlament, detonante de las tensiones
Ante estas interpretaciones, el TC ya hizo una breve nota en la que sin aludir textualmente nadie en concreto, decía que ante determinadas informaciones “que afectan al funcionamiento del TC, se desmienten las afirmaciones” que “tratan de incidir en el prestigio de la institución”. Esas afirmaciones eran las que atribuían a Conde-Pumpido una supuesta preparación del terreno para favorecer más adelante a los acusados en el caso 1-O, si resultaran condenados.

La ponencia de este magistrado –que se basaba en jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del propio TC– fue retirada sin que llegase a deliberarse sobre ella, y el asunto aplazado sine die. Ese borrador ponía el acento en la necesidad de que la justicia española no se vea corregida como lo fue en su día en el caso Atutxa. Aquel fallo del TEDH objetó que se hubiera condenado a Atutxa sin oírle, después de haber sido inicialmente absuelto por el Tribunal Superior del País Vasco. En el caso de los condenados por el cerco al Parlament, el Supremo les condenó sin oírles después de que la Audiencia Nacional les hubiera absuelto. Un dato importante es que la Fiscalía presentó un informe favorable a conceder el amparo.

LA DECISIÓN
El pleno acuerda por unanimidad que el Parlament no puede investigar al Rey
La tensión estalló en este pleno cuando Conde-Pumpido manifestó el martes que existía una campaña para impedir que el TC pudiera actuar con toda libertad cuando se plantearan los recursos contra la sentencia del Supremo sobre el 1-O, si es condenatoria, que no iba a volver a explicar su postura en las deliberaciones, y que se limitaría a votar sí o no en cada caso, para evitar que sus tesis aparecieran luego interpretadas de forma sesgada. Lo dijo para anunciar que no apoyaría el fallo favorable al Gobierno en el recurso de la Generalitat contra el decreto que regula las pruebas de la evaluación final de educación primaria, avalando el derecho a elegir el castellano o el catalán para realizarlas.

Se publicó que Conde-Pumpido iba a votar en contra, pero al final lo hizo a favor, porque motu propio el pleno retiró del fallo una alusión a la sentencia del Estatut, del 2010. Se hizo para facilitar el acercamiento de posturas, sabedores los magistrados del sector conservador que Conde-Pumpido está en contra de que el TC vuelva sobre aquel texto, tan criticado en Catalunya, como base de sus resoluciones. Pero el episodio sirvió para incrementar los temores de que las informaciones que Conde-Pumpido ha considerado interesadas provienen del propio pleno del TC. De ahí la queja del presidente del Constitucional en la sesión plenaria de ayer, después de haberse reunido con algunos magistrados en privado el día anterior, para expresarles su grave preocupación por estos episodios.

LA ESTRATEGIA
El TC prescindió de la sentencia del Estatut en un fallo sobre la lengua para evitar otro choque
Luego, el TC declaró inconstitucional la resolución del Parlament para crear una comisión de investigación sobre la monarquía. El pleno estimó que la Cámara catalana no tiene competencias para ello. La decisión fue unánime, lo que permitió recuperar una imagen de consenso que probablemente futuros episodios volverán a poner a prueba.

https://www.lavanguardia.com/politica/20191003/47781673226/tribunal-constitucional-recursos-cataluna-sentencia-proces.html

TENSIÓN EN EL CONSTITUCIONAL TRAS FILTRARSE UN PROYECTO DE SENTENCIA QUE ANULABA LA CONDENA QUE MARCHENA DICTÓ POR UN ASALTO AL PARLAMENT EN 2011

El presidente del Constitucional traslada a varios magistrados su enfado por la filtración de un proyecto de sentencia redactado por el progresista Conde Pumpido que proponía tumbar una condena firmada por Marchena por el asalto al Parlament de 2011

El proyecto de sentencia filtrado a distintos medios no fue sometido a debate porque su autor lo retiró a finales de verano y mientras el Constitucional en un comunicado inédito avisa de que las filtraciones "propician el enfrentamiento interno"

Fuentes del sector progresista interpretan la difusión de la ponencia como un intento del Supremo para presionar al Constitucional y que este no se atreva a discutir la futura sentencia del procés

El Constitucional revisará tras la sentencia del procés otra condena de Marchena, que ya fue corregido en Estrasburgo

A pocos días de conocerse la decisión judicial sobre el procés la paz ha saltado por los aires en el Tribunal Constitucional, el órgano responsable de revisar en caso de recurso de amparo la sentencia cuya redacción está ultimando el magistrado Manuel Marchena. El malestar en el Constitucional se debe a una serie de filtraciones a diferentes medios de un proyecto de sentencia que amenazaba con desacreditar otra decisión que Marchena tomó en su día para condenar a un grupo de activistas del 15M por el asalto al Parlament de 2011. Aquella sentencia de Marchena corrigió el criterio de la Audiencia Nacional que había absuelto a los acusados y castigó con penas de prisión de tres años a ocho activistas que participaron en el asedio al Parlament en 2011 -una protesta contra los recortes de la Generalitat que obligaron al entonces presidente catalán, Artur Mas, a salir en helicóptero.

El redactor del fallo que endureció el criterio de la Audiencia Nacional fue precisamente Marchena, y esa sentencia es la que está en manos del Constitucional que debe decidir ahora si esa condena vulneró los derechos fundamentales de los acusados.

La responsabilidad de proponer una sentencia que revise la decisión de Marchena ha recaído en el magistrado progresista y exfiscal general del Estado Cándido Conde Pumpido, que en una primera aproximación a la cuestión había planteado volver a los criterios que inspiraron el fallo de la Audiencia Nacional: primar los derechos de expresión y manifestación de los activistas frente al criterio del Supremo que apreció la existencia de un delito contra las instituciones del Estado. El borrador redactado por Pumpido alertaba de que la dureza de la sentencia que en su día redactó Marchena podría general "un efecto desalentador sobre futuros actos de protesta política".

El primer proyecto de sentencia fue enviado al resto de magistrados antes del verano. Solo 12 personas disponían de un documento que, semanas después de haber sido descartado por Conde Pumpido, ha acabado publicado en varios diarios. Antes incluso de que el Constitucional abordase el debate.

La difusión de una ponencia que no ha llegado a debatirse ha causado malestar en el Constitucional. Mientras el sector conservador acusa veladamente a Pumpido de pretender crear con su ponencia sobre el asedio al Parlament en 2011 un precedente jurídico que ayudaría a rebajar las penas a los responsables que juzga el Supremo por el procés, en el bando progresista aseguran a eldiario.es que la filtración responde a un ejercicio de presión del Supremo sobre el Constitucional para que nadie se atreva a discutir la futura sentencia de Marchena sobre los políticos presos catalanes.

Los ponentes de las sentencias que elabora el Constitucional se eligen por sorteo y sus propuestas no siempre son asumidas por el resto del tribunal. Cuando un ponente comprueba durante el debate que sus planteamientos no son asumidos por el resto deberá cambiar su borrador de sentencia para adaptarla a los criterios jurídicos mayoritarios. El borrador, según las fuentes jurídicas consultadas, ni siquiera llegó a esa fase de debate y reajuste.

Tras constatarse la primera filtración a finales de la semana pasada, el presidente del Constitucional, Juan José González Rivas emitió un comunicado reconociendo ataques a la independencia de los magistrados, en referencia velada a Pumpido. En un comunicado de contenido inédito hasta la fecha, el Constitucional reconocía que las informaciones criticando un borrador de sentencia "propician el enfrentamiento" interno.

Este lunes González Rivas se ha reunido con varios magistrados para trasladarles su preocupación por las filtraciones. "Hay mucha tensión", asegura a esta redacción un los miembros del Tribunal.

Los magistrados del Constitucional llevan meses trabajando para que todas las decisiones sobre Catalunya sea adoptadas por unanimidad y sin votos particulares que señalen diferencias de criterio que puedan ser usadas por los encausados en sus previsibles recursos ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Esa búsqueda del consenso ha obligado a los dos bloques ideológicos a buscar puntos de encuentro y a resolver los recursos sin mostrar fisuras hacia el exterior. Esa vocación de unidad se ha roto. "Hay un gran malestar" aseguran fuentes del tribunal. Tras las filtraciones que el propio Tribunal ha denunciado públicamente no hay fecha prevista para iniciar el debate que revise la sentencia dictada por Marchena por el asalto al Parlament de 2011.

https://www.eldiario.es/politica/Malestar-Constitucional-filtraciones-Marchena-Parlament_0_947705965.html


UN TC EN TENSIÓN AGUARDA LA SENTENCIA DEL 1-O

El Constitucional resolverá los recursos del 'procés' tras el fallo del Supremo

El amparo del asalto al Parlament enrarece el ambiente entre los magistrados

El Tribunal Constitucional tiene previsto resolver los recursos interpuestos en relación con el ‘procés’ en cuanto el Supremo dicte la sentencia que determinará que pasó en Catalunya en el otoño del 2017. Es a lo que se comprometió en julio, después de que se rompiera la unanimidad que había caracterizado sus pronunciamientos en relación con el desafío independentista catalán.

Entonces tres magistrados afirmaron que sus compañeros habían ignorado la jurisprudencia del TC para no amparar a Jordi Sànchez contra una sanción penitenciaria. El Constitucional recondujo la situación, al retractarse los discrepantes, pero decidió postergar la resolución de los recursos del 'procés' hasta que el Supremo se pronuncie para no interferir en manera alguna.

Esa buena intención se ha mantenido hasta el 25 de septiembre, cuando el diario 'Abc' publicó que uno de los jueces, Cándido Conde-Pumpido, proponía absolver a los condenados por el Supremo por el asalto al Parlament de 2011 y vinculaba el futuro de esa causa al de la sentencia del ‘procés’.

La conexión se basa en que en ambos procedimientos se debe ponderar el derecho de reunión y manifestación frente a otros. En el del asalto al Parlament ambos se enfrentaban al de participación política, porque se obstaculizó la llegada a la Cámara de varios diputados, entre ellos, el entonces ‘president’, Artur Mas. En el del 1-O se debe determinar si hubo rebelión o sedición al organizar el referéndum ilegal o las concentraciones que se produjeron contra los registros de la operación Anubis, no quien participaba en ellas.

Precedente europeo
La ponencia de Conde-Pumpido, más allá de sus consideraciones sobre los derechos fundamentales aludidos, basaba la absolución en la condena a España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por haber condenado al expresidente el Parlamento vasco Juan Maria Atutxa en el Tribunal Supremo sin haberle escuchado.

Las fuentes del alto tribunal consultadas por EL PERIÓDICO admiten un debate jurídico en relación a si con ese precedente resulta obligatoria o no la absolución de los condenados por el asalto al Parlament, que fueron absueltos por la Audiencia Nacional y el Supremo les condenó. Hay quien sostiene que condena es posible siempre y cuando no se mueva una coma de los hechos declarados probados por el tribunal que absolvió. La fiscalía desde los tiempos en que el fiscal general era José Manuel Maza defiende la absolución en este caso.

Sea cual sea la decisión final que se adopte en este recurso, el precedente europeo es muy importante, sobre todo porque tres de los ocho jóvenes condenados ya han llevado el caso a Estrasburgo. El amparo de los otros cinco, en cambio, sí se admitió a trámite y es en el que se ha producido la polémica.

Al ver que su propuesta de sentencia generaría discrepancias, el propio Conde-Pumpido la retiró y el presidente del tribunal, Juan José González Rivas, la elevó al pleno, donde aún no se ha debatido. En un tribunal el ponente traslada a sus compañeros una propuesta de resolución. Si todos están de acuerdo, la sentencia se dicta por unanimidad; si no, los que quedan en minoría pueden aclarar su discrepancia en votos particulares.

La publicación de una ponencia que aún no había ido al pleno y que se presentara como si irremediablemente debiera compartir destino con la sentencia del ‘procés’ ha supuesto un antes y un después en las relaciones de los magistrados del Alto tribunal. En el pleno de esta semana, no obstante, según las fuentes consultadas, han escenificado su voluntad de que las aguas vuelvan a su cauce.

https://www.elperiodico.com/es/politica/20191006/tribunal-constitucional-tension-asalto-parlament-sentencia-proces-7666747

TRES MAGISTRADOS DEL TC EVITAN QUE CÁNDIDO CONDE-PUMPIDO BURLE AL PLENO PARA AMPARAR EL ASALTO DEL PARLAMENT

Fuerzan a que todos sus miembros estudien el asalto a la Cámara catalana que se produjo en 2011 y que afecta a la sentencia del 1-O

Malestar en el Tribunal Constitucional a raíz de la ponencia del magistrado y ex fiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido, donde propone amparar a los asaltantes del Parlamento catalán que fueron condenados a tres años de cárcel por el Tribunal Supremo por un delito contra altas instituciones del Estado al protagonizar el 15 de junio de 2011 el asedio a la Cámara catalana.

Desde un sector del tribunal de garantías se ha entendido que Conde-Pumpido, con esta propuesta de sentencia, podría causar un grave perjuicio al tribunal que ha juzgado el procés por dos motivos principalmente. Según informan fuentes jurídicas a EL MUNDO, en primer lugar, porque en la ponencia del ex fiscal general se contienen afirmaciones muy duras sobre la postura que adoptó el Alto Tribunal, contra quienes trataron de paralizar en 2011 la actividad del Parlament.

Un grupo de magistrados del Constitucional entiende que si se estiman los amparos en los términos redactados por Conde-Pumpido se podría condicionar en un futuro la respuesta que el propio tribunal deba dar a los recursos de amparo de los líderes independentistas contra la sentencia del procés. En la ponencia del ex fiscal general se critica, por ejemplo, que el Supremo vulnerase los derechos de reunión y manifestación de los asaltantes al Parlament desalentando así "la protesta política".

En contraposición, el magistrado Manuel Marchena sentenció que los asaltantes de la Cámara catalana "contribuyeron con su acción a reforzar la violencia e intimidación sufrida por los diputados autonómicos, impidiéndoles el normal desarrollo de sus respectivas funciones representativas".

Por otra parte, un sector del Constitucional muestra su preocupación debido a que la sentencia que se pretende anular ahora estuvo suscrita por tres magistrados de los siete togados que han juzgado durante cuatro meses a los líderes independentistas de Cataluña en el Salón de Plenos del Supremo. Se trata de Luciano Varela, Juan Ramón Berdugo y el propio Manuel Marchena, que fue ponente de la misma.

UN PRIMER DEBATE, APLAZADO

Las distintas fuentes del Constitucional consultadas explican que Conde-Pumpido quiso resolver este asunto en la Sala Primera del tribunal a principios de año, coincidiendo con la vista oral del procés, pero el presidente Juan José González Rivas entendió que la deliberación de una ponencia de dichas características podía perjudicar al Supremo en un momento tan sensible -como era la celebración del juicio-, por lo que aplazó dicho debate.

Además, aunque no era el plan inicial del ex fiscal general, éste tuvo que avocar en junio a Pleno su ponencia tras la petición que promovieron los magistrados de la Sección Primera Santiago Martínez Vares, Andrés Ollero y Alfredo Montoya. "Es imposible hurtar al Pleno el debate de un asunto de estas características e importancia", asegura un miembro del tribunal de garantías.

No obstante, lo cierto es que, aunque ese primer borrador de sentencia se incluyó en una reunión celebrada en el Constitucional antes de verano -en la tercera semana del mes de junio-, la propuesta de sentencia no llegó a deliberarse por el Pleno éste no lo hará hasta que el TS dicte la sentencia del 1-O.

Según informan fuentes jurídicas, en el borrador de Conde-Pumpido se plantea la estimación de los amparos de los condenados por el asalto al Parlament atendiendo a la reciente jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso Atutxa.

La Corte de Estrasburgo concluyó que España vulneró los derechos fundamentales del ex presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, al no someterlo a un juicio justo porque el Supremo no apreció de forma directa el testimonio de los demandantes antes de dictar sentencia contra ellos. La Fiscalía del Constitucional, cuando el magistrado fallecido José Manuel Maza era fiscal general del Estado, apoyó la concesión de dichos amparos.

NIEGAN MANIOBRAS

Fuentes próximas al ex fiscal general niegan cualquier tipo de maniobra para perjudicar al tribunal del procés o condicionar su próximo fallo, y enfatizan en que se trata de "un primer borrador" de sentencia que ni siquiera ha sido deliberado por los 12 miembros del Constitucional. Además, aseguran que fue el propio Conde-Pumpido quien decidió en junio retirar la ponencia de un pleno para no interferir en el fallo del procés. Por otro lado, un grupo de magistrados del tribunal de garantías creen que la propuesta de sentencia estimatoria de los amparos de los asaltantes del Parlament es acorde con la doctrina del tribunal establecida en los últimos años.

En la actualidad, el máximo guardián de la Carta Magna está a la espera de que el Supremo notifique la sentencia de los líderes del procés para abordar entonces aquellos asuntos que afectan a los protagonistas del desafío independentista en Cataluña.

La razón es que en el TC se ha alcanzado el consenso -impulsado por el presidente de la institución- de que no se debe interferir en el devenir de una resolución que marcará un antes y un después en la historia de España.

En el último año y medio, el tribunal de garantías decidió admitir a trámite una treintena de recursos de amparo de los promotores del 1-O donde, en líneas generales, los ex miembros del Govern, la ex presidenta del Parlament Carmen Forcadell y los Jordis -Jordi Cuixart y Jordi Sànchez- alegaron vulneración de diversos derechos fundamentales como la libertad, el derecho a la defensa, la presunción de inocencia, etc, durante la instrucción de este procedimiento judicial.

El tribunal no se ha pronunciado sobre el fondo de la mayoría de estos recursos que, de momento, deberán esperar a ser deliberados y fallados en plenos futuros.

LA 'DOCTRINA DEMIRTAS'

De esta forma, por ejemplo, el debate sobre el recurso del ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras contra la situación de prisión preventiva, que también causó cierta división de opiniones en el tribunal, tampoco se incluirá en el orden del día del Pleno que se celebrará esta semana.

A principios de este año, a escasos días de que arrancase en el Supremo el juicio del procés, el Constitucional abordó el borrador de sentencia para el recurso de Junqueras, cuya ponencia correspondió al presidente González Rivas.

Tras un intenso debate, la ponencia no fue aprobada y tres magistrados -Fernando Valdés, Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer- pidieron al presidente que rehiciese la misma reforzando su argumentación jurídica, ya que, como elemento novedoso, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos había dictado el fallo sobre el ex jefe del pro kurdo Partido Democrático de los Pueblos, Selahattin Demirtas. En este procedimiento, la Corte de Estrasburgo concluyó que el destacado líder de la oposición fue privado de su derecho a la participación política al haber estado dos años en prisión preventiva.

Nada más conocerse ese atisbo de fractura en el TC en una cuestión de calado, los presos del procés solicitaron al Supremo que acordara su libertad atendiendo a la doctrina Demirtas. La respuesta del tribunal fue clara: "Los políticos cautelarmente privados de libertad, cuya situación las defensas identifican con el cautiverio del señor Demirtas, se hallaban plenamente integrados en las estructuras de ejercicio del poder autonómico".

"La pretendida equiparación entre las medidas cautelares que afectan a los procesados y el encarcelamiento del opositor turco que está en el origen de la sentencia del Tribunal Europeo, es contemplada por la Sala como una respetable estrategia defensiva, pero carente de viabilidad por la falta de similitud con los hechos que van a ser objeto de enjuiciamiento", prosigue.

Si bien las relaciones entre ambos tribunales han sido históricamente complicadas -las miradas de reojo del Supremo al Constitucional y viceversa nunca han cesado-, en la actualidad ambas instituciones son conscientes de la necesidad de dar una respuesta sosegada y firme al desafío soberanista catalán.

No obstante, en ambos órganos se han realizado esfuerzos en los últimos dos años para que todas las resoluciones que afectan a Cataluña sean adoptadas por unanimidad de sus miembros dada la gravedad de los hechos acontecidos en esta comunidad en otoño de 2017, con la celebración del referéndum ilegal del 1-O y la proclamación de la Declaración Unilateral de Independencia (DUI).

LA SENTENCIA DEL 'PROCÉS', ANTES DEL DÍA 14

La Sala Segunda del Tribunal Supremo tiene previsto notificar la sentencia de los líderes independentistas antes del próximo 14 de octubre, fecha límite que el tribunal maneja para darla a conocer debido a dos factores distintos.

Por un lado, y principalmente, a que el día 16 se cumplen los dos años de prisión preventiva de los Jordis, -Jordi Cuixart y Jordi Sànchez- y la Ley obliga a celebrar una vista donde se decida si se prorroga o revoca la medida privativa de libertad.

En segundo lugar, porque un día antes, el 15 de octubre, es la fecha del aniversario del fusilamiento de Lluís Companys, fundador de ERC y presidente de la Generalitat, ejecutado por el franquismo. Por una mera cuestión simbólica, el tribunal prefiere que la sentencia no se notifique con dicho aniversario, según indican las fuentes consultadas.

Las deliberaciones de la sentencia del procés -que se han ido llevando a cabo por bloques en las últimas semanas- se encuentran en un estado muy avanzado, por lo que el tribunal se centrará en los próximos días en cerrar los últimos flecos de un fallo que será histórico.

La Fiscalía del Supremo ha pedido al tribunal que condene a los principales acusados, entre ellos el ex vicepresident Oriol Junqueras, por un delito de rebelión con malversación. Por su parte, la Abogacía del Estado, que actúa en nombre del Gobierno, rebaja la calificación jurídica al delito de sedición, al que habría que sumar el de haber empleado fondos públicos en el referéndum ilegal.

https://www.elmundo.es/espana/2019/09/30/5d91010021efa084308b4673.html

EL CONSTITUCIONAL REVISARÁ TRAS LA SENTENCIA DEL PROCÉS OTRA CONDENA DE MARCHENA, QUE YA FUE CORREGIDO EN ESTRASBURGO

Un proyecto de sentencia del Constitucional para revisar una condena de Manuel Marchena en el Supremo por una protesta contra los recortes en 2011 desata una guerra soterrada entre magistrados progresistas y conservadores

El encargado de redactar la sentencia del procés ya fue duramente corregido por Estrasburgo en 2017 por revisar la sentencia del Caso Atutxa sin permitirle un juicio justo y reinterpretando una sentencia que no veía desobediencia

El Constitucional tumbó a finales de 2017 otra sentencia de un tribunal presidido por Marchena que condenó sin pruebas a los responsables de una asociación por traficar con sustancias como hachís o marihuana

En una decisión con pocos precedentes, el Tribunal Constitucional se vio obligado a emitir un comunicado para defender "la independencia" de sus magistrados ante informaciones que según la nota pública propician el enfrentamiento entre sus miembros, por carecer de la veracidad y el rigor necesarios.

El fondo del asunto estaba en una serie de noticias publicadas en distintos medios de comunicación sobre un proyecto de sentencia del Constitucional que tenía que revisar una condena dictada por el Tribunal Supremo, con Manuel Marchena como ponente, a ocho manifestantes que participaron en el asedio al Parlament en 2011 para protestar contra los recortes.

El comunicado del Constitucional destacaba que los magistrados no habían iniciado el examen de la cuestión, una ponencia firmada por Cándido Conde Pumpido que abogaba por volver al criterio de la Audiencia Nacional y absolver a los ocho manifestantes, que fueron condenados a tres años de cárcel en el Supremo. La deliberación sobre el recurso de amparo se ha aplazado hasta después de que el Supremo dicte sentencia sobre los políticos independentistas encarcelados tras el procés, un fallo que compete redactar al propio Marchena.

Las filtraciones han abierto una batalla en el seno del Constitucional que han obligado a intervenir a su presidente, Juan José González Riva, quien esta semana decidió reunirse con varios magistrados para rebajar la tensión. El ala conservadora del tribunal atribuye veladamente a Conde Pumpido un plan que pretendía sentar un precedente jurídico con la revisión de la condena a los manifestantes ante el Parlament en 2011 que ayudaría después a rebajar las penas a los dirigentes independentistas procesados en el Supremo.


El sector progresista asegura que la filtración responde a un ejercicio de presión del Supremo sobre el Constitucional para que nadie se atreva a discutir la futura sentencia de Marchena sobre los políticos presos catalanes.

De fondo están algunas sentencias polémicas de Marchena, el presidente de la Sala II del Supremo, que debe escribir el último capítulo en ese tribunal sobre el procés en la sentencia sobre los políticos independentistas, procesados por rebelión y que se conocerá durante las próximas semanas.

El tribunal que preside Marchena es consciente de que su resolución acabará siendo revisada en instancias superiores: el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Y Marchena ya ha sido recriminado en el pasado desde ambos tribunales por sentencias en las que ha participado desde la ponencia o la presidencia de la sala juzgadora. El caso Atutxa es el ejemplo más claro de todos en los que el magistrado fue corregido por sus excesos en la interpretación de los "elementos subjetivos del delito".

En 2017 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por culpar al expresidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, de un delito de desobediencia, sin haberle permitido disfrutar de un juicio justo. Marchena había sido el principal impulsor, como autor de la ponencia, de la decisión que Estrasburgo acabaría tumbando en una durísima sentencia.

El Caso Atutxa se armó en torno a la decisión del presidente del parlamento vasco y sus compañeros en la Mesa, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao, de no disolver el grupo de Sozialista Aberzaleak (SA), tras la ilegalización de Herri Batasuna (HB). El Supremo había dictado una resolución ordenando la disolución de todos los grupos parlamentarios que llevaran el nombre de Batasuna. Atuxa entendió que aquella decisión no afectaba a SA, a pesar de que en su seno se integraban los diputados que habían concurrido a las elecciones con la marca HB.

La primera denuncia contra Atuxa y sus compañeros fue presentada por el pseudosindicato Manos Limpias. En el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Atuxa y sus compañeros fueron absueltos. Cuando el caso llegó al Supremo, el magistrado Manuel Marchena fue el ponente de una nueva sentencia que cambió el criterio y condenó a los políticos vascos, considerando probada su voluntad de desobediencia. Lo hizo sin llamarles a declarar de nuevo, reinterpretando el juicio que se había producido antes en el Tribunal Superior del País Vasco (TSJPV).

Antes de llegar a Estrasburgo el caso Atutxa pasó por el Constitucional, que apoyó la sentencia redactada por Marchena. Enrique López, actual consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid, fue el encargado de redactar el texto con el que el Constitucional avalaba la decisión adoptada por el Supremo. Aquel fallo contenía cuatro votos particulares discrepantes con la mayoría y que coincidían en su crítica: el Supremo había cambiado "el elemento subjetivo del delito" sin dar a los condenados la posibilidad de explicarse de nuevo.

Esos votos particulares fueron escuchados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que en junio de 2017 decidió anular la condena redactada por Manuel Marchena, recriminándole haber llegado a sus conclusiones "por deducción y sin haber oído a los interesados". Según Estrasburgo, la sentencia del Supremo había considerado como "decisivo" el "elemento subjetivo" de dar por hecho que Atutxa había actuado "conscientes de la ilegalidad de sus actos". Estrasburgo levantó la inhabilitación a la que los políticos vascos habían sido condenados previamente y aceptó la petición de Atuxa y sus compañeros de ser indemnizados con un euro "por perjuicio moral".

2011: Asalto al Parlament

Manuel Marchena volvió a apoyarse en la "valoración subjetiva" para revocar en 2015 otra sentencia absolutoria sin abrir una nueva vista. Un año antes, en julio de 2014, la Audiencia Nacional había decidido absolver a ocho acusados por el llamado asedio al Parlament (2011), primando su derecho a la manifestación frente a los perjuicios causados. El por entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, se vio obligado a usar un helicóptero para poder llegar al pleno convocado para ese día.

Cuando el caso del asalto al Parlament llegó a manos de Marchena en el Supremo el fallo pasó de absolución a condena; tres años de cárcel por delitos de atentado contra las instituciones del estado para los ocho acusados.

Los condenados han decidido recurrir ante el Constitucional y el progresista Cándido Conde Pumpido ha recibido el encargo de redactar los borradores de sentencia. El primer texto, entregado al resto de magistrados, ha sido filtrado a diferentes medios de comunicación, generando un incendio interno que el presidente del Constitucional ha intentado paliar en la última semana. Ese proyecto de sentencia propone revocar la decisión de Marchena al entender que ha vuelto a variar "el elemento subjetivo del delito" sin dar la oportunidad a los acusados para que se expliquen ante el nuevo tribunal. La polémica generada y la cercanía de la sentencia del procés han dejado ese caso en el cajón.

Caso Marihuana

No es la primera vez que el Constitucional tiene que revisar una sentencia participada por Manuel Marchena. En 2017 revocó otra decisión en la que Marchena había participado, en este caso como presidente del tribunal y que había condenado a cinco miembros de la Asociación de Estudios y Usuarios del Cáñamo (EBERS) por delitos relacionados con el tráfico de drogas. Los cinco condenados por el Supremo habían sido absueltos previamente por un tribunal vasco que entendió que "no ha quedado acreditado que la asociación tuviera como finalidad la distribución a terceras personas de marihuana o cannabis" y tampoco la existencia de "ningún enriquecimiento ilícito" por parte de los impulsores de ese club.

Corría el año 2015 y Marchena acababa de llegar a la presidencia de la Sala del Supremo que revisaba la sentencia absolutoria dictada previamente en la audiencia provincial del País Vasco. Como resultado de las deliberaciones del tribunal que presidía Marchena, se redactó una nueva sentencia condenatoria por delitos contra la salud pública.

Cuando el Constitucional estudió el asunto acordó corregir la decisión del Supremo advirtiéndole de que "no puede compartirse que exista una aplicación retroactiva de un novedoso criterio interpretativo desfavorable e imprevisible que venga a sustituir a otro más beneficioso" para los encausados. Fue una sentencia unánime, la segunda (después del Caso Atutxa) contra una decisión en la que a Marchena y a sus compañeros se les criticó el exceso de interpretación sobre las intenciones delictivas de los encausados.

https://www.eldiario.es/politica/veces-Manuel-Marchena-enfrento_0_949105224.html

EL CGPJ ACUERDA CONVOCAR LA PLAZA DE PRESIDENTE DE LA SALA SEGUNDA DEL SUPREMO

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy anunciar en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria de la presidencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que quedará vacante el próximo 27 de octubre, fecha en la que expirará el mandato de cinco años para el que fue nombrado su actual titular, Manuel Marchena Gómez.

Podrán tomar parte en la convocatoria los magistrados o magistradas del Tribunal Supremo en situación administrativa de servicio activo o de servicios especiales que, en la fecha en la que se produzca la vacante, cuenten con al menos tres años de antigüedad en la categoría.

El órgano de gobierno de los jueces ha acordado asimismo publicar la convocatoria de tres plazas de magistrado del Tribunal Supremo.

Se trata de las siguientes: una plaza en la Sala Segunda, correspondiente al turno general de la Carrera Judicial, vacante por la jubilación del magistrado Luciano Varela Castro el pasado 9 de mayo; una plaza en la Sala Tercera correspondiente también al turno general, vacante desde el 10 de septiembre por jubilación de su titular, el magistrado Juan Carlos Trillo Alonso; y una plaza de la Sala Cuarta correspondiente al turno de juristas, vacante por la jubilación del magistrado Miguel Ángel Luelmo Millán el pasado 23 de mayo.

La convocatoria de las cuatro plazas citadas se regirá según las bases aprobadas por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial el pasado 24 de julio.

La reunión de la Comisión Permanente ha sido presidida por el vicepresidente del Tribunal Supremo, Ángel Juanes, en sustitución del presidente del alto tribunal y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, que asiste en París a la Conferencia de presidentes de Cortes Supremas de Estados miembros del Consejo de Europa.

https://elderecho.com/cgpj-acuerda-convocar-la-plaza-presidente-la-sala-segunda-del-supremo


FELIPE GUIÑA EL OJO A MARCHENA: ARENGA A LOS FISCALES Y A LA HIJA DE MARCHENA

Los futuros fiscales españoles tendrán siempre la foto en la retina del día que empiezan a formar parte del Ministerio Fiscal: el rey Felipe y a ambos lados la ministra de Justicia en funciones del PSOE, Dolores Delgado, y el presidente del CGPJ, el ultraconservador Carlos Lesmes. El unionismo en pleno para aleccionar a 36 jóvenes que empiezan su carrera contra delincuentes e independentistas. El rey ha destacado en su discurso un artículo de la Constitución. No el 2 sobre la unidad de España sino el 124, que impone a la Fiscalía el principio de "unidad de actuación y dependencia jerárquica". Traducido: todos a una según diga el Fiscal General del Estado que pone el partido que gobierna.

El jefe del Estado recordando la obediencia debida a los chicos y chicas que instruirán sumarios y pedirán penas de prisión. Acatando ciegamente lo que diga el gobierno a través de la ministra y la Fiscal General. La segunda particularidad del acto oficial es que entre los 36 nuevos fiscales hay una que ha sido cuestionada: Sofía Marchena. La hija de Manuel Marchena, presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo que está juzgando a los líderes independentistas. El Nacional ya explicó que el suyo es un caso de posible nepotismo con la mujer del juez Llarena de por medio. El resumen es que en un concurso oposición de 35 fiscales ella quedó la 36 y a pesar de todo ha accedido al cargo. Lo pueden leer aquí: Sospechas de trato de favor a la hija del presidente de la sala que juzgará el 1-O:

La tercera rareza es que de los 36 (35 + 1) nuevos fiscales, el 80% van en Catalunya. 29 de los funcionarios se dedicarán a perseguir delincuentes catalanes. Alguna cosa falla. Llevan meses diciendo que ningún funcionario quiere ir a Catalunya. Y por si acaso, el rey les recuerda que tienen que obedecer lo que diga el Gobierno. Veinticinco mujeres y once hombres buenos y obedientes.

Elisa Beni es la periodista que mejor ha explicado el caso. Su artículo en El Nacional La sombra sobre Marchena merece ser repasado. Y su final: "La corruptela para beneficiar a la hija de Marchena es una operación destinada a pasar al olvido y a quedar impune. Ahora mismo, Marchena es Dios, aunque tenga este pie de barro. Nadie va a tocarle ni el borde de la toga". Y el rey Felipe ha dado el visto bueno haciendo acto de presencia por primera vez en la entrega de despachos a los nuevos fiscales. Precisamente en esta promoción, la de la joven hija Marchena. En periodismo, las casualidades no existen. El rey envía un mensaje. Otro "A por ellos".

https://www.elnacional.cat/enblau/es/television/marchena-hija-fiscal-rey_390268_102.html

EL FISCAL DEL TC PIDE EL AMPARO PARA LOS CONDENADOS POR EL TS POR ASEDIAR EL PARLAMENT

Malestar en la Fiscalía del Supremo con sus colegas del Constitucional. El ponente será Conde-Pumpido.

La Fiscalía ante el Tribunal Constitucional se ha pronunciado a favor de que se otorgue el amparo a los ocho condenados por asediar a los miembros del Parlament de Cataluña el 15 de junio de 2011, cuando cientos de manifestantes trataron de impedir el acceso de los diputados a la Cámara, les increparon e insultaron y vertieron líquidos y sprays sobre ellos.

El entonces presidente del Gobierno catalán, Artur Mas, cuyo coche fue golpeado y zarandeado, tuvo que acceder en helicóptero al Parlament, que ese día debatía los presupuestos de la comunidad autónoma. "Aturem el Parlament, no deixarem que aprovin retallades" ("Paremos el Parlamento no permitiremos que aprueben recortes") era el lema de la concentración.

Diputado de CiU pide auxilio

El dictamen favorable a los condenados presentado por la Fiscalía del TC ha causado un notable malestar en la Fiscalía del Supremo por lo que supone de desautorización de su actuación y también por contrariar el principio de unidad de actuación que rige en el Ministerio Público.

Fue la Fiscalía del Supremo la que logró la condena de los que asediaron a los diputados catalanes gracias al recurso de casación que interpuso contra el fallo absolutorio dictado, por dos votos frente a uno, por la Audiencia Nacional.

"Admitir cierto exceso"

En este órgano fueron juzgados los hechos en primera instancia. La Fiscalía de la Audiencia Nacional acusó a 19 personas identificadas por la Policía como participantes en los incidentes y pidió para ellas cinco años y medio de prisión por delitos contra una institución del Estado y atentado a la autoridad.

En una sentencia de la que fue ponente el magistrado Ramón Sáez, la Audiencia señaló que "cuando los cauces de expresión y de acceso al espacio público se encuentran controlados por medios de comunicación privados, cuando sectores de la sociedad tienen una gran dificultad para hacerse oír o para intervenir en el debate político y social, resulta obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación si se quiere dotar de un mínimo de eficacia a la protesta y a la crítica, como mecanismos de imprescindible contrapeso en una democracia que se sustenta sobre el pluralismo, valor esencial, y que promueve la libre igualdad de personas y grupos para que los derechos sean reales y efectivos, como enuncia la Constitución".

"La conducta de los acusados fue más allá de la simple participación en una manifestación pacífica como ejercicio del derecho de reunión", replicó la Fiscalía del Supremo en su recurso contra la sentencia de la Audiencia Nacional. "Una manifestación pacífica no trata de impedir el acceso a los parlamentarios a su sede, ni les obliga a acceder en helicóptero, ni necesita golpear los vehículos en los que viajaban, ni les increpa de forma amenazante, ni se confronta físicamente con ellos".

Tres años de prisión

La Sala Penal del Supremo, en una sentencia de la que fue ponente su presidente, Manuel Marchena, acogió el criterio de la Fiscalía y condenó a penas de tres años de prisión a los ocho acusados identificados como autores de las conductas más agresivas e intimidantes.

Por cuatro votos a uno, el alto tribunal afirmó que la Audiencia Nacional había incurrido en un "patente error" al analizar los derechos fundamentales en conflicto, la libertad de expresión y el derecho de reunión, por un lado, y, de otro, el derecho de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos a través de los representantes democráticamente elegidos.

El Supremo señaló que la sentencia absolutoria "altera las claves constitucionales que han de presidir la tarea jurisdiccional de ponderación. Y lo hace recurriendo a una errónea y traumática desjerarquización de uno de los derechos convergentes: el derecho constitucional de participación política a través de los legítimos representantes en el órgano legislativo".

También destacó que la libertad de expresión y el derecho de reunión no pueden operar como elementos neutralizantes de otros derechos y principios indispensables para la vigencia del sistema constitucional. "Paralizar el trabajo ordinario del órgano legislativo supone afectar no ya el derecho fundamental de participación política de los representantes políticos y, en general, de los ciudadanos catalanes, sino atacar los valores superiores del orden democrático", señaló.

Sin modificar los hechos declarados probados por la Audiencia Nacional, el Supremo concluyó que la conducta de los condenados fue delictiva porque "contribuyeron con su acción a reforzar la violencia e intimidación sufrida por los diputados autonómicos impidiéndoles el normal desarrollo de sus respectivas funciones representativas".

El amparo

La Fiscalía del TC ha pedido ahora el otorgamiento del amparo a los condenados y la revocación del fallo condenatorio dictado por el Supremo por vulneración del derecho a la presunción de inocencia, al haber apreciado, sin oírles, que los condenados tuvieron la intención de intimidar a los diputados catalanes en el ejercicio de sus funciones.

Pese a los informes negativos de los letrados, las demandas de amparo fueron admitidas a trámite por el Constitucional a propuesta de los magistrados entonces ponentes, Pedro González-Trevijano y Encarnación Roca.

No obstante, debido a una reorganización del trabajo tras la última renovación del tribunal, las ponencias de este asunto han sido asumidas por Cándido Conde-Pumpido. El nuevo magistrado del TC proviene precisamente de la Sala Penal del Supremo, órgano que aspiró a presidir aunque el finamente elegido fue Marchena.

https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20170522/217978756_0.html

EL SUPREMO CASTIGA CON TRES AÑOS EL ASEDIO AL PARLAMENT

El alto tribunal anula el fallo de la Audiencia y condena a ocho de los 19 absueltos

Los magistrados sostienen que relativizar estos actos atenta contra la democracia

Sin contemplaciones. El Tribunal Supremo ha anulado este martes la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió a 19 de los 20 imputados por el asedio al Parlament del 15 de junio del 2011 y condenó a ocho de ellos a tres años de prisión por un delito contra las instituciones del Estado. La sentencia fue acogida con satisfacción por el Govern y por la presidenta del Parlament, Núria de Gispert. La Audiencia ejecutará en los próximos días el fallo que conlleva el ingreso en prisión de los condenados.

El Supremo enmienda la plana a sus colegas de la Audiencia, que habían establecido que la actuación de los imputados, que impidieron el acceso de varios parlamentarios a la Cámara catalana y obligaron al 'president' Artur Mas a usar un helicóptero para llegar al Parlament, supuso una "legítima expresión de acción ciudadana" que actualizó "el derecho de reunión". Por ello, se negaron a condenar estas actividades para no enviar "un mensaje de desincentivación de la participación democrática directa de los ciudadanos en el ejercicio de la crítica política".

COLISIÓN DE DERECHOS
El Tribunal Supremo rechaza esta posición y acusa a sus colegas de haber cometido "un patente error" a la hora de solucionar el conflicto entre los derechos a la libertad de expresión, de reunión y de participación política al hacer prevalecer los dos primeros sobre el tercero. Esta posición, afirman, implica "una errónea y traumática desjerarquización del derecho de participación política".

Los magistrados sostienen que "el libre ejercicio de la función parlamentaria" representa "el derecho de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, por medio de sus representantes". Por ello, consideran que "los acontecimientos violentos" acaecidos ese día "no pueden ser degradados a un simple problema" de colisión entre derechos. Y señalan que "el conflicto fue más intenso, pues no solo afectó a los derechos de los que quisieron reunirse y expresar libremente su desacuerdo" con los recortes sino también al "derecho de todos los ciudadanos a participar en asuntos públicos".

Asimismo, la resolución subraya que los derechos de la libertad de expresión y del derecho de reunión no pueden operar como elementos "neutralizantes" de otros derechos indispensables para "la vigencia del sistema constitucional". Y, por tanto, agregan que paralizar las actividades de la Cámara "ataca los valores superiores del orden democrático". "Paralizar el trabajo ordinario del órgano legislativo supone afectar los valores superiores del orden democrático".

Los magistrados del alto tribunal se niegan a "relativizar" o "banalizar" estos hechos porque "la historia europea ofrece elocuentes ejemplos en los que la destrucción del régimen democrático y la locura totalitaria se inició con un acto violento contra el órgano legislativo".

EL OBJETIVO

La sentencia condena a ocho imputados porque con sus actividades intentaron que el Parlament "se viera incapacitado para el debate y la acción política mediante la conformación de mayorías que siguen al ejercicio del derecho al voto". Por estos motivos rechazan que la protesta tuviera como "objetivo servir de vehículo para proclamar la indignación colectiva" frente a los recortes.

"Lo que perseguían los allí concentrados era atacar las raíces mismas del sistema democrático", agregan. Y apostillan que pretendían "despojar al órgano que expresa la voluntad popular de toda posibilidad de creación normativa". Los jueces restan importancia al hecho de que algunos de los parlamentarios que declararon en la Audiencia como testigos expresaran "su comprensión" hacia estos movimientos sociales y al "mayor o menor acierto de los agentes de la autoridad" al establecer los cordones de seguridad.

Asimismo, justifican su decisión "en el clima coactivo" y en "la atmósfera intimidatoria" que llevaron a cabo los condenados y que se tradujo "en varios intentos frustrados por acceder en condiciones de normalidad a la sede parlamentaria" de varios diputados y de Mas. En la sentencia, de 94 folios, se individualizan las acciones cometidas por los penados. Por ejemplo, el Supremo eleva la condena de cuatro días de localización permanente a José María Vázquez Moreno a tres años de prisión por haber pintado con trazos negros una chaqueta a Montserrat Tura.

DRAMA POLÍTICO

La sentencia cuenta con el voto particular del magistrado Perfecto Andrés Ibañez, que cedió la redacción de la resolución al presidente de la sala penal, Manuel Marchena. En el voto particular, el togado encuadra estos hechos "en el momento actual, que es especialmente dramático para millones de personas". Y rechaza condenar estos actos por "las connotaciones políticas" que los acompañan.

https://www.elperiodico.com/es/politica/20150317/tribunal-supremo-castiga-asedio-parlament-4026895

LA JUSTICIA EUROPEA CONDENA A ESPAÑA PORQUE EL SUPREMO NO ESCUCHÓ A ATUTXA ANTES DE INHABILITARLE

El TS sentenció por desobediencia al presidente del Parlamento vasco por negarse a disolver el grupo de Sozialista Abertzaleak tras la ilegalización de Batasuna

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha fallado este martes a favor del expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa (PNV) y de los exmiembros de la Mesa de la Cámara Gorka Knörr (EA) y Kontxi Bilbao (IU-EB). Los tres políticos habían recurrido ante Estrasburgo contra la justicia española, que los condenó a 18 meses de inhabilitación y 18.000 euros de multa por negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en el 2003.

Ahora, el tribunal europeo ha estimado la demanda de los encausados al entender que se vulneró su derecho a un juicio equitativo porque el Tribunal Supremo se limitó a analizar distintos elementos de prueba sin escuchar sus alegaciones. Atutxa, Knörr y Bilbao deben ser indemnizados por daño moral con un euro -la cantidad simbólica que reclamaban los demandantes- y el Estado español deberá abonar además 600 euros por las costas del proceso.

ABSUELTOS INICIALMENTE

Los tres exdirigentes fueron absueltos inicialmente por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, pero el pseudosindicato Manos Limpias presentó recurso ante el Supremo, que en el 2008 dictó la inhabilitación de los acusados en una sentencia que cinco años después ratificó el Tribunal Constitucional (TC). Entonces, el tribunal de garantías destacó las "notables diferencias" que se daban entre el 'caso Atutxa' y lo establecido un año antes por el Supremo en la denominada 'doctrina Botín', que impidió la apertura de un proceso al banquero a instancia exclusiva de la acusación popular.

Este último fallo, no obstante, contó con el voto particular de los magistrados progresistas Adela Asúa, Luis Ignacio Ortega y Fernando Valdés, que consideraron que se vulneró el derecho de los condenados a un proceso con todas las garantías porque los parlamentarios fueron condenados en segunda instancia sin que se les diera la "posibilidad efectiva" de dirigirse personalmente ante el alto tribunal para exponer "la versión personal sobre su participación en los hechos que se les imputaban".

Esta es precisamente la principal razón que esgrime el Tribunal de Estrasburgo. Sin entrar en el fondo, la Corte Europea considera que la justicia española vulneró el artículo 6.1 de la Convención Europea de los Derechos Humanos porque los demandantes "fueron privados de su derecho a defenderse a sí mismos en el contexto de un debate" y tras ver cambiada su absolución por una condena. "El Tribunal Supremo hizo esta nueva apreciación sin haber tenido contacto directo con las partes", afirma Estrasburgo, quien reprende a los jueces españoles por concluir solo "por deducción" que Atutxa y los otros dos miembros del Parlamento habían desobedecido.

REACCIONES EN CATALUNYA
La sentencia europea ha desencadenado numerosas reacciones por parte del independentismo catalán. El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, por ejemplo, ha subrayado vía Twitter que el fallo de Estrasburgo supone "una nueva vergüenza internacional" para España. "Se pasaron el Estado de Derecho por el forro. Aviso para los de querella fácil y de politización de la justicia".

La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, ha aprovechado para sostener que la resolución del 'caso Atutxa' es "la prueba contundente de que los tribunales no sirven para solucionar los problemas políticos". "Más allá de los tribunales españoles existe la Convención Europea de los Derechos Humanos que ampara a todos los ciudadanos del Estado español", ha agregado, subrayando que "uno de estos derechos es la libertad de expresión que nosotros hemos estado defendiendo reiteradamente".

"Ante la arbitrariedad y la politización de la justicia del Estado español, la democracia y la justicia de Europa se impone", ha celebrado también Artur Mas, condenado el pasado mes de marzo a dos años de inhabilitación por la consulta del 9-N. "¡Sí, en Europa hay derecho y hay justicia!", ha escrito el 'exconseller' Francesc Homs, también inhabilitado por la consulta.

"NO CUESTIONA LA DESOBEDIENCIA"
En el otro extremo, y también a través de Twitter, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha resaltado que la sentencia de la Corte Europea no cuestiona la desobediencia de Atutxa, sino que no se le diera audiencia. El portavoz del PPC en el Parlament, Alejandro Fernández, además, ha querido desvincular la situación del expresidente del Parlamento vasco con la de los miembros de la Mesa del Parlament. "Cada caso es cada caso", ha manifestado. Una tesis que ha secundado la portavoz parlamentaria del PSC, Eva Granados, quien tampoco ve "ningún paralelismo" entre ambas situaciones.

https://www.elperiodico.com/es/politica/20170613/estrasburgo-condena-espana-culpar-atutxa-desobediencia-batasuna-6101737

MANUEL MARCHENA, EL LOBO CON PIEL DE CORDERO

Hay dos citas destacadas en la hemeroteca sobre el presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo que juzga a los dirigentes independentistas. La primera, la pronunció en 2012 Carlos Jiménez Villarejo, exfiscal anticorrupción, a raíz del caso Garzón: "Es un perfecto ignorante y tiene una absoluta mala fe". La segunda pertenece al portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, en un whatsapp el otoño pasado, cuando el magistrado tenía que suceder a Carlos Lesmes al frente del CGPJ, en plenos prolegómenos del juicio al procés: "Controlaremos la sala segunda desde detrás".

Esta era la carta de presentación, escrita por los otros, con la que Manuel Marchena Gómez (Las Palmas de Gran Canaria, 1959) se ha tenido que enfrentar a la mirada de la opinión pública española e internacional. También se ha tenido que enfrentar a factores propios de la causa, como la humillante instrucción de Pablo Llarena que ha llevado a Alemania y Bélgica a tumbar las euroórdenes contra los exiliados. No es fácil coger las riendas de un juicio tan político, y también tan mediático, como este.

Ante todo este panorama, y muy consciente de que el partido de vuelta se acabará jugando en Estrasburgo –no en vano el primer día de juicio citó jurisprudencia del TEDH--, trató de evitar que le enmendaran la plana desde fuera. No sería la primera vez: ya pasó con el caso Atutxa. Sin embargo, esta vez, ante el juicio más mediático de las últimas décadas en España. Por eso el trato con los acusados era exquisito. Ni siquiera interrumpió el discurso político de Oriol Junqueras, que arrancó declarándose un preso político. Permitió que los procesados se sentaran con sus abogados. Impidió a Vox convertir la sala de vistas en un escenario de campaña. Todo, en general, muy correcto, sin muchas objeciones.

Pero esta semana, cuando las cámaras ya han dejado de apuntar hacia él, ha aflorado el legionario que lleva de casa. No es una expresión estéril o literaria: es hijo de un alto mando de la Legión Española que estaba destinado a El Aaiún, cuando el Sáhara era una colonia española, donde el pequeño Marchena fue a la escuela. En las últimas sesiones, los incidentes han sido diversos, y la exquisitez inicial ha dejado paso a posibles vulneraciones del derecho a la defensa.

Tan solo empezar la semana, el lunes, Marchena ya se las tuvo con varios abogados de las defensas, como Andreu Van den Eynde, Jordi Pina o Marina Roig. Fue durante la declaración del presidente del Parlament, Roger Torrent, que interrumpió para considerar "impertinentes" las preguntas de los letrados sobre el 20-S, donde el entonces portavoz de JxSí fue presente. "¡No me discuta!", llegó a espetar el magistrado a Van den Eynde ante su protesta. Marchena quería centrar el debate sobre su papel como presidente de la cámara, aunque en el momento de los hechos no lo era.

El miércoles, Marchena volvía a vetar a Jordi Pina. Después de que el teniente coronel Diego Pérez de los Cobos negara que hubiera habido cargas policiales durante el 1-O, el letrado intentó profundizar en esta afirmación. El abogado advirtió que podía estar incurriendo en el delito de falso testimonio. Aun así, el presidente de la sala le impidió formularle la pregunta al coordinador policial del 1-O. Tampoco dejó exponer vídeos sobre la represión policial de aquel día para contrastarlo con los testimonios. Observadores nacionales e internacionales han alertado sobre estas trabas a la actividad de las defensas.

Sólo durante las declaraciones de los acusados, la abogada de Jordi Cuixart, Marina Roig, consiguió que la sala viera imágenes de la actuación de la policía española en la escalera del Pau Claris de Barcelona. Fue durante el testimonio de Mariano Rajoy. Después de eso, no se ha vuelto a permitir, aunque ha sido un asunto recurrente durante las cuatro semanas de sesiones.

También el miércoles quedó evidenciada la doble vara de medir del presidente de la sala segunda del Supremo. A muchos de los acusados, las acusaciones le preguntaron si eran socios de Òmnium Cultural o habían hecho determinados tuits o retuits. En cambio, Marchena impidió a Van den Eynde preguntar a la secretaria judicial del 13, Montserrat del Toro, si era seguidora en las redes sociales de páginas ultras como "Unidad Nacional Española". El magistrado argumentó que no se le podía preguntar por sus filiaciones ideológicas.

"Esto es el Tribunal Supremo"

A Francesc Homs, que ejerce de coordinador de las defensas, nada de esto le debe haber sorprendido. Durante el juicio del 9-N en el Supremo, ya tuvo un fuerte pique con Marchena. Después de un encontronazo con el fiscal Jaime Moreno, también presente en esta causa, el exconseller denunció que "en mi casa me han enseñado que uno tiene que dejar acabar el otro para empezar a hablar". El magistrado le lanzó una frase lapidaria: "Esto no es su casa; esto es el Tribunal Supremo".

El mundo judicial ya sabe de qué pie cojea Manuel Marchena, que se ha cultivado en el barro procesal como fiscal. Aunque no forma parte de ninguna gran asociación de magistrados, siempre ha sido ubicado en el sector conservador. Fue gracias a la mayoría conservadora que llegó a presidir la sala de lo penal en 2014, con los votos de los diez vocales propuestos por el PP, la vocal de CiU y el presidente conservador del CGPJ Carlos Lesmes. Llegó imponiéndose sobre una persona con mucha más trayectoria como Cándido Conde-Pumpido, exfiscal general del Estado y actualmente magistrado del Tribunal Constitucional, de la rama progresista. A Marchena se le considera el padrino de José Manuel Maza, exfiscal general del Estado, que acabó presentando la querella por el 1-O.

Su historial de polémicas se remonta a mucho antes del whatsapp de Ignacio Cosidó. Algunas voces del mundo judicial recuerdan su "operación contra Garzón". Él formaba parte de la sala que condenó el entonces juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por el caso de las escuchas. La sentencia fue dictada por unanimidad, sin votos particulares. Se lw ha acusado de querer "arrastrar la honorabilidad de Garzón por el barro" (palabras del periodista de tribunales de El País Paco Yoldi), después de que instruyera otra causa contra el exmagistrado porunos supuestos cobros durante una estancia en Nueva York. Acabó archivando el caso por prescripción del presunto delito.

Además de presidir la sala que condenó a Francesc Homs por desobediencia por el 9-N, Marchena también estaba al frente de la sala cuando archivó la denuncia de CDC y Xavier Trias contra Jorge Fernández Díaz por la Operación Catalunya. La denuncia estaba fundamentada en una grabación entre Fernández Díaz y el exdirector de la Oficina Antifraude de Catalunya, Daniel de Alfonso, donde se vislumbraban maniobras contra los adversarios políticos y el polémico "esto la Fiscalía te lo afina". Justamente la fiscalía no vio motivos suficientes para investigarlo y la sala presidida por Marchena lo archivó.

Muy probablemente, el partido de vuelta del juicio al procés se jugará en Estrasburgo. El magistrado sabe muy bien qué es que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos te enmiende la plana. En 2008 fue ponente de la sentencia que condenó al expresidente del Parlamento vasco, Juan Mari Atutxa, y la Mesa de la cámara por no disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak una vez ilegalizada Batasuna. Estrasburgo respondió con un varapalo al Supremo, dictaminando que el juicio por el que fueron condenados e inhabilitados no fue un juicio justo.

https://www.elnacional.cat/es/politica/juicio-proces-manuel-marchena-perfil_362322_102.html

MARCHENA, UN JUEZ DENUNCIADO DURANTE AÑOS POR SU AFINIDAD Y PARCIALIDAD EN FAVOR DEL PP

El actual presidente de la Sala Segunda del Supremo gozó de un ascenso meteórico en la carrera judicial gracias a padrinos ultraconservadores y se distinguió siempre por sus resoluciones claramente favorables al Partido Popular, aunque ahora lo niegue. Nada más alcanzar la cúpula de esa Sala de lo Penal –encargada de juzgar a todos los aforados–, mantuvo un almuerzo con el exministro y ex secretario general del PP, Ángel Acebes, implicado en el caso de los papeles de Bárcenas.

El examen de las resoluciones que durante años ha dictado el magistrado Manuel Marchena no refleja en absoluto una trayectoria tan independiente y apolítica como él sostiene en su escrito de renuncia a ser candidato a la Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Más bien lo contrario, desde que fue ascendido a juez de ese Alto Tribunal, en 2007, sus actuaciones han sido a menudo polémicas y contestadas, precisamente por mostrar un sesgo claramente conservador, muchas veces rayando en el favoritismo hacia los imputados del Partido Popular... y en la represión exagerada de los enemigos del PP.

Que Marchena (Las Palmas de Gran Canaria, 1959) es un jurista extremadamente conservador lo demuestra también su meteórica trayectoria de escalada en la Judicatura, ya que sus grandes padrinos siempre estuvieron en la ultraderecha de la carrera fiscal y judicial. Brillante estudioso del Derecho, tanto en la Universidad de Deusto como al cursar su doctorado en la de La Laguna, su ascenso profesional se disparó en 2003, gracias al entonces fiscal general del Estado Jesús Cardenal, tan de derechas que incluso se opuso en 1998 a la petición de extradición del dictador Pinochet cursada por el juez Baltasar Garzón.

Ese opusdeísta ferviente quedó encadilado por Marchena, al que nombró fiscal jefe de la Secretaría Técnica, convirtiéndolo en el fiscal de sala más joven de la historia de la Fiscalía española, y en sólo un año escaló a la Fiscalía del Supremo, en la codiciada Sección de lo Penal (Sala Segunda). Después, su progresión durante el Gobierno de Aznar fue fulgurante: tres años después, en 2007, era designado por el CGPJ como el magistrado más joven del Alto Tribunal.

Y ¿quién presidía entonces ese Poder Judicial dominado por conservadores? Pues Francisco José Hernando, quien el año anterior se negó a comparecer ante la Comisión de Justicia de un Congreso de los Diputados con mayoría socialista, generando el rechazo de los vocales progresistas del CGPJ por su incumplimiento de la obligación de comparecencia parlamentaria. Hernando también mantuvo un enfrentamiento si precedentes con el Tribunal Constitucional –al que llegó a acusar de traspasar sus límites jurisdiccionales– y mostró su extremismo al redactar, en 2005, informes extemporáneos contra el matrimonio homosexual y contra la reforma del Estatut de Catalunya.

Gallardón le encargó la reforma de la Ley para que la Fiscalía se hiciera cargo de las investigaciones, en vez del juez instructor

La carrera profesional de Marchena volvió a acelerarse en cuanto regresó el PP al poder. En marzo de 2012, el ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón le hizo presidente de la comisión que elaboró una propuesta de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el objetivo de traspasar al fiscal de la dirección de la investigación de los procesos judiciales –actualmente al cargo de los jueces de instrucción–, con lo que la Fiscalía, que depende directamente del Ejecutivo, tendría la voz cantante en las investigaciones judiciales.

Y fue en ese mismo año, el 7 de mayo, cuando apareció la primera denuncia seria en la que una veintena de juristas presentaron un escrito ante el entonces presidente del CGPJ, Carlos Dívar, en el que exponían una serie de conductas privadas de magistrados del Supremo, y especialmente de Marchena, que habían participado en los procesos contra el juez Garzón a raíz de las causas por los crímenes del franquismo y sobre la trama Gürtel de corrupción del PP. Los juristas reclamaban que se adoptaran las medidas adecuadas. Nunca se hizo nada.

Marchena se estaba ya distinguiendo por ejercer una persecución feroz contra Garzón, al que por ejemplo rechazó todas las diligencias de prueba que solicitó en la causa de los cobros por unos cursos que éste último impartió en 2005-2006 en la Universidad de Nueva York. El juez de la Sala Segunda negó todas esas pruebas en el mismo día que concluía el plazo y en el que él mismo puso fin a la instrucción, insistiendo en imputar cohecho impropio a Garzón. Pero dos semanas más tarde, y cuatro días después de que éste fuera condenado por ordenar las escuchas de la Gürtel, Marchena descubrió de pronto que ese supuesto delito estaría en todo caso prescrito.

El propio Marchena fue ponente del tribunal que acabó condenando a Garzón, y se esforzó en "arrastrar la honorabilidad de Garzón por el fango", según escribió el periodista especializado en tribunales de El País, José Yoldi.

Marchena, ya en el Supremo, impartió cursos, charlas y conferencias patrocinadas por al menos 25 empresas y entidades privadas

Aunque, simultáneamente, el justiciero Marchena había estado impartiendo, desde su llegada al Supremo, cursos, conferencias y charlas para fundaciones, universidades y entidades con el patrocinio financiero de al menos 25 empresas privadas, desde bancos como el Santander o Cajamar, hasta multinacionales como Wolters Kluwer y Endesa, pasando por grandes bufetes de abogados como Garrigues Walker. Y fueron precisamente esas actividades remuneradas –no sólo de Marchena, sino también de otros destacados magistrados conservadores de la Sala Segunda, como José Manuel Maza Martín, luego el fiscal general del Estado que abriría la causa general contra el procés soberanista catalán– las que generaron la protesta de los juristas en 2012 ante el Consejo del Poder Judicial.

Pero no sólo nada ocurrió, sino que Marchena ascendió a la presidencia de la Sala Segunda del Supremo en septiembre de 2014 con los votos de la mayoría conservadora del CGPJ, que desplazó a Cándido Conde-Pumpido a pesar de tener mucha más antigüedad y experiencia jurídica. Casi enseguida se descubrió que el flamante jefe de la Sala encargada de procesar a políticos y parlamentarios había disfrutado de una opípara comida con el exministro y ex secretario general del PP, Ángel Acebes, sólo cinco días antes de que éste fuera imputado en el caso de la trama de corrupción Gürtel por el juez Pablo Ruz de la Audiencia Nacional.

Entonces fue cuando el ex fiscal Anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo se llevó las manos a la cabeza y volvió a dirigir un escrito al Consejo General del Poder Judicial, recordando la anterior denuncia cursada por los juristas dos años antes y subrayando que "hasta ahora, el CGPJ no ha respondido a dicha reclamación, incumpliendo abiertamente las obligaciones que le impone la L.O. 4/2001, que regula aquel derecho. Un ejemplo mas de cómo las Instituciones públicas menosprecian los derechos civiles de los ciudadanos".

Y Jiménez Villarejo recordaba:

Los juristas denunciaron que el comportamiento de los jueces del Supremo en centros como Schola Iuris, del comisario Villarejo, afecta a "su imparcialidad tanto objetiva como subjetiva"

El escrito concluía así: :“Ante los hechos descritos, que suscitan serias dudas sobre el cumplimiento por dichos Magistrados del TS del régimen de incompatibilidades y prohibiciones, con la consiguiente afectación claramente perturbadora no solo de su ética profesional sino de su imparcialidad tanto objetiva como subjetiva, se solicita que se proceda a la comprobación y esclarecimiento de los referidos hechos que, por su naturaleza, pueden incidir en la validez de sus decisiones jurisdiccionales y, en consecuencia, en su posible nulidad. Y, particular, la determinación de la totalidad de Seminarios, Cursos y Conferencias impartidos por dichos magistrados, sus patrocinadores y la retribución percibida por cada uno de dichos magistrados y por cada una de dichas actividades. Y, en su caso, que se acuerde la incoación de Diligencias Informativas o Expedientes disciplinarios contra los magistrados que, según resulta de los datos expuestos, hayan infringido el régimen orgánico de “prohibiciones e incompatibilidades”, deduciéndose, en su caso, el testimonio que proceda al Fiscal General del Estado para que proceda a la investigación de la posible comisión de delitos de cohecho.

Además, entre los hechos expuestos no sólo estaban todos los cursos y conferencias financiadas privadamente que ya hemos mencionado, sino también la estrecha relación de Marchena con el Instituto de Práctica Jurídica Schola Iuris, para el que participaba en el Master de Derecho Penal Práctico, en el que los alumnos pagaban 14.000 euros por matrícula.

Y lo verdaderamente grave es que ese instituto Schola Iuris pertenecía al ya famoso comisario de las cloacas de Interior José Manuel Villarejo –tal como reveló después Público en sucesivas exclusivas– y que en su oferta educativa "incluye, conjuntamente con los citados magistrados, numerosos letrados que asumieron la defensa de imputados en el proceso por la trama de corrupción conocida como 'Gürtel”, escribió el fiscal Jiménez Villarejo.

Esa denuncia reiterada no ha sido ni siquiera respondida por el CGPJ cuyos vocales y presidente se están repartiendo ahora los dos grandes partidos políticos.

Ignacio González, Jaume Matas, Francisco Camps... y el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz

Pero aún hay más, puesto que a lo largo de su trayectoria al frente de la Sala Segunda del Supremo, Marchena se ha distinguido por favorecer siempre a los políticos del PP encausados, desde Ignacio González (caso ático de Estepona) hasta Jaume Matas (caso Palma Arena), pasando por Francisco Camps (regalos de la Gürtel). Y, desde ese puesto de enorme poder apadrinó a Maza Martín en su ascenso a fiscal general del Estado y a Manuel Moix, convertido por el Gobierno Rajoy en fiscal jefe Anticorrupción precisamente para proteger a los corruptos del PP. Como quedó patente en la instrucción de la Operación Lezo, donde el nombre de Marchena figura entre los que baraja el expresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, como favorable a los intereses del Partido Popular.

Y también bajo su mandato la Sala Segunda decidió archivar la querella de CDC (hoy PDeCAT) contra el exministro del Interior, Jorge Fernández Díaz y el exdirector de la Oficina Antifraude de Catalunya, Daniel de Alfonso, por presuntos delitos de violación de secretos, prevaricación y malversación, en las conversaciones que mantuvieron en el despacho del primero y cuyas grabaciones fueron reveladas por Público.

Según Marchena, no existían indicios ningunos de que el entonces ministro y todavía hoy diputado del PP hubiera cometido esos delitos, pero las dos comisiones parlamentarias de investigación creadas tras el escándalo que estalló a raíz de las exclusivas de este diario (del Congreso de los Diputados y del Parlament de Catalunya) concluyeron todo lo contrario: Fernández Díaz utilizó los medios y recursos de Interior para espiar y desacreditar ilícitamente a políticos y partidos rivales del PP.

El juez Llarena, la jueza Lamela... y la hija de Marchena

Más recientemente, Marchena ha facilitado el ascenso irregular al Supremo del juez Pablo Llarena, quien ha dirigido con puño de hierro la causa contra los políticos catalanes que impulsaron el referéndum del 1-O y la declaración parlamentaria de independencia.

El nombramiento de Llarena como magistrado de la Sala Segunda fue tan irregular que la asociación Jueces para la Democracia presentó una demanda pidiendo su anulación por vulnerar la Ley, el reglamento del Tribunal y hasta la Constitución. Menos de un año después se le asignaba la instrucción del proceso contra los políticos soberanistas catalanes quebrantando claramente las normas de reparto de las Causas Especiales aprobadas por ese mismo Alto Tribunal, en una decisión adoptada bajo el mando de Marchena.

A continuación, el CGPJ ascendía también a la Sala Segunda a la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, quien arrebató las competencias al TSJC para procesar y enviar a prisión a los políticos catalanes independentistas. Y fue designada por delante de muchos otros candidatos mejor preparados y a pesar de su incorrecta emisión de euro-órdenes luego retiradas.

Finalmente, la Asociación Atenas de Juristas por los Derechos Civiles ha presentado una querella por prevaricación ante el CGPJ por conceder una plaza en la carrera fiscal a la hija del juez Marchena –Sofía Marchena Perea– pese a no haber realizado el obligatorio curso teórico multidisciplinar previsto en el artículo 307 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Atenas también se querelló contra la directora de la Escuela Judicial que formuló esa propuesta, la magistrada Gema Espinosa Conde, que es esposa del juez Llarena. Pero el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas Ramos, ha solicitado el archivo de esas querellas de la asociación Atenas, a pesar de reconocer en su escrito de calificación que se produjeron "lagunas legales" en la asignación de esa plaza a la hija de Marchena.

Ahora, el colectivo de juristas Atenas ha denunciado al fiscal Navajas ante la Fiscalía Anticorrupción por un presunto "delito de omisión del deber de perseguir delitos".

Después de todo esto, ¿era necesario que el portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, explicitase que ese partido controlaría la Sala Segunda "desde detrás" si Marchena presidiese el Supremo y el CGPJ?

Lo peor, es que todo indica que el PP ya la controla "desde delante", puesto que Marchena seguirá presidiendo esa Sala de lo Penal encargada de juzgar las "causas especiales": aquellas en las que están imputados parlamentarios y otros aforados.

https://www.publico.es/politica/judicial-tela-juicio-marchena-juez-denunciado-anos-afinidad-parcialidad-favor-pp.html


EL SUPREMO DICE QUE LA PROMESA DEL PP DE QUE CONTROLARÍAN EL TRIBUNAL CON MARCHENA NO DAÑA SU "APARIENCIA DE IMPARCIALIDAD"

Según el Alto Tribunal, es "una mera elucubración" que el magistrado que PP y PSOE quisieron colocar al frente del CGPJ, y que presidirá el juicio del procès, tenga "interés directo o indirecto" en la causa. Así consta en el auto en el que rechazan su recusación, solicitada por las defensas de los independentistas procesados, tras conocerse los mensajes del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, celebrando su nombramiento: "El whatsapp atribuido a Cosidó le retrata sólo a él".

El Tribunal Supremo rechaza apartar al juez Manuel Marchena de la presidencia de la Sala que juzgará el procés, y niega tajantemente que se le pueda atribuir siquiera "apariencia" de parcialidad, tras las filtraciones de los mensajes en los que el PP prometía que seguirían "controlando" esta Sala con el ascenso del magistrado a lo más alto de la cúpula judicial. "No hay apariencia de nada".

Así lo afirma la Sala del 61 del Alto Tribunal, pese a los mensajes del Partido Popular celebrando su frustrado nombramiento como presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), gracias a un pacto con el PSOE que finalmente quedó en agua de borrajas. Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, renunció públicamente a ponerse al frente del órgano de gobierno de los jueces, tras una semana de críticas de todas las asociaciones de la judicatura al pacto PP-PSOE para renovar el CGPJ. Lo hizo, además, horas después de que se conocieran los mensajes de whatsapp del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó.

Cosidó prometió que el PP seguiría "controlando desde detrás" la Sala Segunda del Supremo con la designación de Marchena

Cosidó celebraba ante los senadores conservadores el "esperanzador" reparto de asientos en el órgano de gobierno de los jueces para el PP, alababa a Marchena y prometía que su formación seguiría "controlando la Sala Segunda [hoy en manos del magistrado] desde detrás".

Estos mensajes llevaron a las defensas de ocho dirigentes independentistas procesados en la causa del procés catalán a exigir su recusación y la de otros seis magistrados del tribunal que les enjuiciará a partir del 18 de diciembre -cuando se celebra la vista previa-.El rechazo del Alto Tribunal a apartar a Marchena se dio a conocer hace diez días, pero no así el auto en el que los magistrados razonan esta decisión.

Así, la Sala del 61 sostiene que no se puede "sospechar de la imparcialidad" del juez por sus "actos u opiniones", si "ni siquiera los ha realizado o las ha emitido". Según el Tribunal, el contenido del whatsapp de Cosidó, se ve "matizado" en algunos aspectos y "frontalmente contradicho por la misma realidad de las cosas", como a su entender refleja la supuesta "coincidencia de intereses" entre Marchena y el PP que alegan las defensas, que no casaría con que el PSOE aceptara su nombramiento. Por otro lado, el hecho de que el magistrado se haya "autodescartado" para el nombramiento poco después de que se filtraran los mensajes de Cosidó "mal se puede cohonestar con la alegada 'coincidencia de intereses' con una fuerza política", siempre según la Sala del 61.

"El whatsapp atribuido al Sr. Cosidó le retrata a él (si fuera suyo, cuestión en la que no entramos)"

"Si la hipótesis de la que parten los recusantes es que el magistrado recusado tiene una “inequívoca coincidencia de intereses" con un determinado partido político, los mismos argumentos y alegaciones de la recusación refutan esa posibilidad de modo palmario", reza el auto redactado por el magistrado Jacobo Barja de Quiroga López.

"La recusación se tiene que basar en una actuación propia del magistrado no en aquella que un tercero le atribuya", apunta el escrito. También reconoce que "en la imparcialidad subjetiva las apariencias son importantes (también en la objetiva)", si bien sostiene que "en este caso, no hay apariencia de nada: el magistrado Sr. Marchena no ha dicho ni hecho nada por lo que pueda resultar afectada su apariencia de imparcialidad; por ello, no existe dato alguno que revele que dicho magistrado tenga interés directo o indirecto en el pleito o causa", zanja el texto.

"El mensaje retrata a Cosidó"

"El whatsapp atribuido al Sr. Cosidó le retrata a él (si fuera suyo, cuestión en la que no entramos), pero eso no es extensible a nadie más". El Alto Tribunal critica en su auto la "inaceptable" opinión de Cosidó, que se aferra a su cargo a pesar de las críticas.

Según el Supremo, lo que transmite el portavoz del PP en la Cámara Alta es únicamente "un argumentario" para "justificar un pacto". También sostiene que hace afirmaciones "sobre lo que desconoce por completo (el funcionamiento de la Administración de Justicia)". Demuestra, según la Sala, "una inaptitud de raíz para conocerla (por falta de los elementos más básicos de la separación de poderes), en su propia defensa para justificar un pacto que estaba siendo criticado por su grupo parlamentario porque consideraban que era un mal acuerdo".

https://www.publico.es/politica/recusacion-marchena-supremo-promesa-pp-controlarian-tribunal-marchena-no-dana-apariencia-imparcialidad.html

EL SENADOR COSIDÓ NO DECLARARÁ EN EL SUPREMO EN RELACIÓN AL 'WHATSAPP' SOBRE MARCHENA

El instructor del incidente procesal deniega la prueba por "innecesaria" y envía el asunto a la Sala del 61 del Supremo.

El fiscal tacha de "fraudulenta" la recusación de Jordi Cuixart contra la Sala del 'procés'

Marchena rechaza apartarse del 'procés' y califica de "insostenible" su recusación

El instructor del incidente de la recusación promovida por los acusados contra el presidente del tribunal del 'procés', Manuel Marchena, ha denegado la declaración del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, que distribuyó entre los parlamentarios un 'whatsapp' en el que se jactaba del control "desde detrás" de la Sala Penal del Supremo.

En ese mensaje Cosidó aplaudía el pacto alcanzado entre el Gobierno del PSOE y el PP para repartirse las vocalías del Consejo General del Poder Judicial, pacto que incluía la elección de Marchena como presidente del Supremo y del CGPJ. "Obtenemos lo mismo numéricamente, pero ponemos un presidente excepcional, (...) un gran jurista con una capacidad de liderazgo y auctoritas para que las votaciones no sean 11-10 sino próximas al 21-0. Y además controlando la sala segunda desde detrás", decía el 'whatsapp'.

Machena renunció públicamente a ser candidato a presidir el Poder Judicial y frustró el pacto político alcanzado sobre el órgano de gobierno de los jueces.

En el 'whatsapp' de Cosidó se apoya la recusación promovida contra Marchena -que luego se hizo extensiva al resto de los magistrados del tribunal del 'procés'- por Jordi Sánchez, Jordi Turull, Josep Rull, Oriol Junqueras, Raul Romeva y Jordi Cuixart, con la adhesión de Carme Forcadell y Anna Simó. Los recusantes pidieron la declaración de Cosidó para que explicara el contenido del mensaje y qué relaciones ha tenido con los recusados.

El instructor del incidente procesal, Vicente Magro, ha remitido este lunes el expediente a la Sala del 61 del Supremo, que es la competente para decidir sobre las recusaciones. Lo ha hecho sin acordar la declaración de Cosidó, al considerar que "no es necesaria para la resolución del incidente".

Tanto Marchena, por escrito, como el resto de los magistrados, in voce, han rechazado apartarse del procedimiento y niegan tener interés directo o indirecto en la causa.

https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20181203/cosido-no-declarara-supremo-relacion-whatsapp-marchena/357964808_0.html

MARCHENA RECHAZA APARTARSE DEL JUICIO DEL 'PROCÉS' Y SE REAFIRMA EN SU INDEPENDENCIA

El magistrado afirma que jamás concibió el ejercicio jurisdiccional como instrumento al servicio de una opción política, y recuerda que es la séptima vez que las defensas cuestionan la imparcialidad de magistrados del Supremo.

El magistrado del Tribunal Supremo que presidirá el juicio por el 'procés' independentista en Cataluña, Manuel Marchena, ha presentado su escrito de alegaciones frente a la petición de las partes de que se aparte por no considerarle parcial, tras la polémica por los mensajes de WhatsApp reenviados por el portavoz popular en el Senado Ignacio Cosidó. Marchena rechaza la recusación por "carecer de todo interés directo o indirecto" en este procedimiento.

De esta forma, el magistrado proclama su propia independencia de criterio, para afirmar que jamás concibió el ejercicio jurisdiccional como instrumento al servicio de una opción política.

Se trata de un escrito que, junto con el presentado por la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación popular, que ejerce Vox, deberá ser tenido en cuenta por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a la hora de decidir si las recusaciones de las defensas se rechazan de plano o se llevan finalmente a la denominada Sala del 61 del alto tribunal para que el asunto se debata a fondo.

Recuerda Marchena que es la séptima vez que las defensas cuestionan la imparcialidad de magistrados del Supremo en este órgano —ya lo hicieron con la totalidad de los que van a enjuiciarles y también respecto del instructor Pablo Llarena— y dice también que recusar por el hecho de que en España el Parlamento elija a los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sería tanto como descalificar las justicias de otros países como Bélgica, Portugal o Francia, donde los políticos también participan en la designación de miembros del Poder Judicial.

https://www.publico.es/espana/tribunales-marchena-rechaza-apartarse-juicio-proces-reafirma-independencia.html

LA FISCALÍA PIDE QUE NO SE ADMITA LA RECUSACIÓN CONTRA MARCHENA POR EL ‘WHATSAPP’ DE COSIDÓ

El ministerio público cree que las dudas de los soberanistas sobre la independencia de Marchena son "puras y gratuitas especulaciones"

La fiscalía ha pedido este lunes al Tribunal Supremo que rechace la recusación planteada por seis de los acusados por rebelión en la causa del procés contra Manuel Marchena, el presidente del tribunal que enjuiciará los hechos y al que acusan de tener vínculos con el PP. El ministerio público considera que no hay razones para apartar a Marchena del tribunal y pide al Supremo que rechace de plano la recusación. La fiscalía considera que el escrito presentado por las defensas de los líderes independentistas es “extremadamente parco en argumentos” y no justifica “objetivamente” las dudas sobre la imparcialidad del presidente de la Sala Penal.

Las recusaciones fueron planteadas hace una semana por el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Josep Rull, el expresidente de la ANC, Jordi Sànchez, y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, tras la filtración de un mensaje de WhatsApp del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, en el que presumía de que el posible nombramiento de Marchena como presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), pactado con el PSOE, permitiría al PP tener bajo control el Supremo. Los abogados de estos acusados, actualmente en prisión, denuncian los supuestos vínculos de Marchena con el PP, por lo que en caso de mantenerse la composición del tribunal aseguran que no se puede garantizar que sean juzgados con imparcialidad, algo que vulneraría sus derechos a un juicio justo.

El ministerio público cita jurisprudencia del Constitucional y del propio Supremo para recordar que no basta con que las dudas o sospechas sobre la imparcialidad del juez “surjan en la mente de quien recusa”, sino que es preciso determinar, caso a caso, si las mismas alcanzan una consistencia tal que permita afirmar que se hallan “objetiva y legítimamente justificadas”. Y, en este caso, según la fiscalía, no lo están. Para el ministerio público, las dudas que denuncian los independentistas “constituyen puras y gratuitas especulaciones de un tercero que realiza un juicio de inferencia sobre el eventual comportamiento personal de quien con sus propios actos ha dejado patente no solo su propia y personal independencia intelectual, sino su defensa de la independencia judicial en general”.

La denuncia de parcialidad de Marchena es, según los fiscales, "inasumible" en tanto que no viene referida a ninguna acción, expresión o pronunciamiento del mismo en el ámbito público de sus funciones, ni en privado de su vida personal, que le aleje de "la absoluta imparcialidad y ajenidad respecto del objeto del proceso y las personas que en el mismo están afectadas o de algún modo intervienen”, señala el ministerio público, que considera que el mero procedimiento utilizado para expresar la supuesta vinculación del juez “con determinada ideología” es “constitucionalmente ilegítimo”. “Más allá de especular al margen del cauce procesal y sus reglas, se obvió el debate reglado y la debida contradicción a sus argumentos, poniendo así en peligro —sin fundamento objetivo— la confianza de los ciudadanos hacia sus tribunales”, reprocha la fiscalía a las defensas.

La fiscalía recuerda que los supuestos vínculos de Marchena con el PP que denuncian los procesados por rebelión no surgen de manifestaciones públicas procedentes del juez recusado, sino de mensajes emitidos por “personas no identificadas” que han sido reenviados por Cosidó a diversos senadores de su partido. “Al margen de cualquier valoración sobre su contenido y sobre si reflejan o no lo que ya se hallaba en la intención de los recusantes, dichos mensajes no pueden considerarse como elemento acreditativo del interés del referido magistrado en un resultado concreto del proceso”, señala el escrito, firmado por los fiscales Consuelo Madrigal y Fidel Cadena. “No es posible racionalmente atribuir al magistrado Marchena, de forma especulativa –y sin un mínimo de seriedad- concretas ideas políticas o afinidades ideológicas que él mismo nunca ha expresado con dichos o hechos, y mucho menos en su quehacer judicial”, afirman.

Las recusaciones planteadas por los acusados, según el ministerio público, no demuestran la supuesta afinidad ideológica de Marchena hacia el PP, pero aunque lo hicieran, no serían razón para la recusación porque ese partido no está implicado en la causa abierta contra el procés. Frente a los duros reproches que lanza contra los acusados, el escrito elogia la “digna y generosa renuncia” del magistrado “al más alto cargo judicial que se le proponía”. Esta actitud demuestra, según los fiscales “un absoluto distanciamiento con la vinculación que se le pretende atribuir, y una personal implicación en la defensa de la independencia judicial y en la apariencia pública de esa independencia”. “No cabe un gesto de mayor desvinculación con las afinidades políticas que se sospechan que la renuncia al más alto honor en la carrera profesional de un magistrado, en salvaguardia, no de una independencia real, incuestionable y públicamente incuestionada, sino de su mera apariencia”, concluye el ministerio público.

https://elpais.com/politica/2018/11/26/actualidad/1543239384_513292.html

EL PP CIERRA EN EL SENADO EL GRUPO DE WHATSAPP QUE PROVOCÓ LA RENUNCIA DE MARCHENA

Cosidó descarta dimitir tras la renuncia de Marchena y se siente respaldado por Pablo Casado
El juez Marchena renuncia a presidir el Supremo y el CGPJ tras el acuerdo entre PSOE y PP

La dirección del Grupo Popular en el Senado ha decidido hoy cerrar el grupo de Whatsapp en el que su portavoz, Ignacio Cosidó, reenvió un mensaje donde defendía el acuerdo logrado con el Gobierno sobre la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y en el que se sugería que, con el juez Manuel Marchena en la presidencia de este órgano y del Tribunal Supremo, el PP podría controlar la Sala Segunda del Supremo "desde detrás".

Después de hacerse público, en el diario digital El Español, y de que Marchena anunciara hoy su renuncia a formar parte de este órgano, los populares han optado por liquidar este grupo de comunicación entre los senadores. En él los parlamentarios habían vertido sus críticas a este acuerdo, en el que el PP permitía una mayoría progresista a cambio de cerrar la presidencia para Marchena. El magistrado abandonaría así, en virtud de este pacto, la presidencia de la Sala Segunda del Supremo, encargada de juzgar a los líderes independentistas por el intento de secesión. Ambas derivadas habían provocado un enorme malestar entre los senadores y los diputados.

Para intentar frenar esta inquietud Cosidó reenvió un mensaje, que no deja de ser el argumentario que defiende la dirección del PP pero que circulaba de manera más restringida y no en un grupo en el que participan 146 personas. Ese grupo se ha cerrado hoy. Fuentes del grupo parlamentario explican que desde el departamento de prensa se había pedido que se le pusiera fin hace un año porque resultaba inoperante.

Los senadores, explican, se dedicaban a enviar asuntos personales -fotos de vacaciones- y ya no cumplía la utilidad para el que fue creado. De hecho, desde que se produjo el cambio en la dirección del PP tras el congreso que eligió a Pablo Casado se habían creado ya otros grupos. Uno, también con todos los senadores, pero donde no es posible escribir mensajes de respuesta. Y otro más donde figura únicamente la nueva dirección y el personal de prensa.

https://www.elmundo.es/espana/2018/11/20/5bf4517046163fdb2f8b461b.html


EL PP RETIRA SU FIRMA DE LA LISTA DE CANDIDATOS AL CGPJ

Lo hace tras dar por roto el pacto con el PSOE. La lista tiene que ser votada el jueves en el Congreso

Este martes, el juez Manuel Marchena descartaba ser el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Anunciabo su renuncia, vía comunicado, para defender su independencia como magistrado desvinculándose del acuerdo alcanzado entre PP y PSOE.

Poco después, el PP daba por roto este pacto, por lo que podría quedar suspendido el proceso de renovación del órgano de gobierno de los jueces.

Pero hay más porque el último movimiento del Partido Popular pasa por retirar su firma de la lista de candidatos propuestos para ser los nuevos vocales del Consejo General del Poder Judicial, según publica eldiario.es.

Una lista que debía ser votada por el Congreso de los Diputados este mismo jueves.

La retirada de la firma supone la ruptura definitiva del pacto entre socialistas y populares. Así, el partido que lidera Pablo Casado ha presentado un escrito a la Mesa del Congreso de los Diputados con el que muestra su "voluntad de retirar su firma del escrito de propuesta de vocales de Vocales del Consejo General del Poder Judicial por el turno de juristas".

Sólo horas antes, el PP criticaba la “irresponsabilidad del gobierno al gestionar este proceso filtrando los detalles de la negocia con parlamentaria ha desgastado la justicia".

https://www.elplural.com/politica/pp-retira-su-firma-de-la-lista-de-candidatos-al-cgpj_206719102

EL ‘WHATSAPP’ SOBRE EL PODER JUDICIAL PONE EN LA CUERDA FLOJA A COSIDÓ Y ABRE OTRA CRISIS A CASADO

El PP culpa de la renuncia de Marchena para presidir el Tribunal Supremo al Gobierno y a Delgado, "la ministra más sucia políticamente"

El portavoz popular en el Senado, Ignacio Cosidó, ha abierto una segunda crisis a Pablo Casado tras la dimisión de María Dolores de Cospedal por sus reuniones con el comisario encarcelado José Manuel Villarejo, hace menos de 15 días. Dos escándalos han colocado a Cosidó en la cuerda floja: los whatsapps que reenvió a 146 miembros del partido jactándose del control del Tribunal Supremo tras el pacto con el PSOE y el supuesto encargo al Ministerio del Interior para robar al extesorero Luis Bárcenas documentos que podrían perjudicar al PP. "Está en el alero", señalan fuentes populares. El líder, Pablo Casado, ha evitado respaldarle públicamente. "Esto es terrible, un desastre que solo beneficia a Ciudadanos" en plena campaña electoral andaluza, añaden cargos de la formación.


De momento, el PP mantiene en público su primera reacción habitual ante los escándalos, y se defiende atacando. "La ministra Dolores Delgado [titular de Justicia] es la ministra más sucia políticamente del Gobierno", ha dicho este martes el vicesecretario de organización del PP, Javier Maroto. Los populares responden a la tormenta política provocada por la renuncia del juez Manuel Marchena a presidir el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) culpando al Ejecutivo, y especialmente a Delgado, de la decisión del magistrado para tratar de desviar el foco de Cosidó. Según el PP, Marchena ha tomado esa decisión molesto porque se filtrara su nombre, pero su elección se conoció hace ocho días y entonces el PP se limitó a celebrar el pacto con el Gobierno, negociado precisamente con Delgado, a la que ahora vetan como interlocutora. La única novedad desde entonces ha sido la difusión, este lunes por El Español de los whatsapps del portavoz popular en el Senado.

Casado ha evitado refrendar su confianza en Cosidó pero sí ha tratado de desmarcar la ruptura del pacto judicial de "cualquier interpretación que se haya transmitido por móvil", en alusión a los mensajes del portavoz, difundidos 24 horas antes de la renuncia de Marchena. El líder del PP manifestó su "rechazo" al contenido de esos whatsapps, aseguró que Marchena "acierta" al no dejarse "instrumentalizar" y manifestó, menos de diez días después de cerrar el pacto con el PSOE para renovar el Poder Judicial, su intención de modificar el sistema de renovación de CGPJ para regresar al de 1985 y que las Cortes solo refrenden a los candidatos propuestos por los jueces.

Fuentes del PP aseguran que en realidad, Cosidó reenvió esos mensajes, que le habían llegado, a su vez, de otro miembro de la formación. El partido niega oficialmente que fuera alguien de la dirección nacional y fuentes próximas al senador afirman que no señalará a nadie porque al reenviar esos whatsapps él los estaba asumiendo como si fueran propios.

Esos mensajes trataban de aplacar cierta inquietud en las filas populares por el hecho de que el PSOE tuviese mayoría en el órgano de gobierno de los jueces y que entrara en el mismo el juez José Ricardo de Prada, que juzgó el caso Gürtel. "Es bueno para la justicia española que deje de poner sentencias y pase a un órgano administrativo", llegó a decir el popular Carlos Rojas el pasado viernes en el Congreso sugiriendo que ese nombramiento era una patada hacia arriba que les beneficiaba.

Cosidó: "No dimitiré mientras tenga la confianza del presidente"

El propio Cosidó ha insistido este martes en que la responsabilidad fundamental de la renuncia de Marchena y la ruptura del pacto es del Gobierno —"envenenaron el debate" , dice—, y no ha asumido autocrítica alguna. Preguntado por si pensaba dimitir, ha asegurado que no lo hará mientras tenga la confianza de Casado. "Ahora me siento respaldado por mi grupo y mi presidente", ha zanjado.

La dirección nacional da, no obstante, más importancia a otro escándalo que también afecta a Cosidó, la llamada Operación Kitchen sobre un supuesto encargo pagado con fondos reservados que hizo el Ministerio del Interior al comisario Villarejo -encarcelado desde hace un año- para recuperar los papeles que el extesorero del PP Luis Bárcenas se llevó de la sede del partido. Cosidó era en ese momento director general de la Policía, y el juez del caso Bárcenas, José de la Mata, ha pedido un informe urgente para saber si esa operación se pagó con fondos reservados.

Fuentes de la dirección nacional afirman que "hay que esperar" para ver cómo evoluciona esa investigación, sin respaldar plenamente a su portavoz en el Senado. Si esa polémica empeorara, Casado podría dejarlo caer, porque las mismas fuentes apuntan que su propósito es dejar atrás el escándalo Bárcenas y lo que llamó "vergonzantes prácticas del pasado" para volcarse en lo que considera una campaña electoral "permanente" y tener al partido movilizado ante un eventual adelanto de las generales.

https://elpais.com/politica/2018/11/20/actualidad/1542709427_130352.html

JUNQUERAS Y CINCO LÍDERES DEL ‘PROCÉS’ RECUSAN AL JUEZ MARCHENA POR “FALTA DE IMPARCIALIDAD”

Los acusados cuestionan la relación del presidente del tribunal con el PP tras el mensaje de Cosidó

Seis acusados en el futuro juicio sobre el proceso independentista catalán —entre ellos el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras— han recusado por supuesta "falta de imparcialidad" al magistrado Manuel Marchena, presidente del tribunal y que ha renunciado este martes a presidir el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Supremo tras pactar el PP y el PSOE su candidatura. Los escritos de recusación llegan tras el escándalo desatado por un mensaje de WhatssApp enviado por el portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, en el que presumía que el nombramiento de Marchena permitiría al PP tener bajo control el Tribunal.

Los procesados que tratan que sacar del proceso a Marchena por su supuesta relación con el Partido Popular son, además de Junqueras, los exconsejeros Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull; y el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana Jordi Sànchez. El presidente de Ómnium, Jordi Cuixart, también ha anunciado que intentará apartar a Marchena de esta misma causa sobre el desafío independentista catalán que culminó tras el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la posterior declaración de independencia.

Los procesados han solicitado que se llame a testificar a Cosidó para que explique “qué intervención o conocimiento ha tenido el magistrado recusado en las decisiones de configuración del nuevo CGPJ”, para que revele qué reuniones ha tenido con Marchena “durante el último mes” y para corroborar o no el mensaje de Cosidó.

Los primeros en formalizar su petición han sido el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y el exconsejero Raül Romeva. Su abogado, Andreu Van den Eynde, argumenta en el texto que Marchena es "protagonista” de un “pacto para controlar el poder judicial y a él se le atribuyen características personales vinculadas a una determinada orientación política que hacen dudar de la imparcialidad para la participación en el proceso" contra sus defendidos. Junqueras y Romeva están en prisión preventiva en la prisión catalana de Lledoners, a la espera del juicio oral. Marchena ha renunciado esta mañana a presidir el Supremo.

El letrado Van den Eynde defiende que los mensajes de Cosidó dejan de manifiesto la "falta de imparcialidad" y la "existencia de un acuerdo político para el reparto de las vocalías del órgano de gobierno de los jueces". "En dicho pacto habría tenido singular protagonismo la candidatura del magistrado recusado a presidir el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a quien se habría otorgado por el mencionado senador la responsabilidad de 'ganar' las votaciones mediante la anulación de la minoría 'progresista' de tal órgano de gobierno", dice el escrito.

Los exconsejeros Rull y Turull y del expresidente de la ANC Jordi Sànchez ya habían tratado de apartar a Marchena sin éxito en verano. En esta ocasión han alegado los "vínculos" del presidente del tribunal "con la formación política que reclama severas condenas" para ellos.

https://elpais.com/ccaa/2018/11/20/catalunya/1542714901_616137.html

EL PP NO HABLA DE COSIDÓ Y APUNTA A DELGADO: "ES LA MINISTRA MÁS SUCIA POLÍTICAMENTE DEL GOBIERNO"

Los populares suspenden el proceso de renovación y hablan ahora de reformar el sistema de elección de los jueces

Anuncian que no volverán a negociar hasta el cese de la titular de Justicia. "Es la ministra más sucia políticamente del Gobierno", dice Maroto

Ignacio Cosidó, en la cuerda floja por su whatsapp sobre el poder judicial

Maroto culpa al Gobierno de la renuncia de Marchena: "Delgado es la ministra más sucia políticamente del Gobierno".

El Partido Popular da por roto el acuerdo con el PSOE. Los populares han decidido suspender el proceso de renovación y consideran “acertada” la renuncia del magistrado Manuel Marchena.

La dirección nacional conservadora ha anunciado que, tras haber intentado por responsabilidad institucional hacerlo en tiempo y forma con la legislación en vigor, reivindicará a partir de ahora la reforma del sistema de elección. Además, buscará el consenso parlamentario para modificarla. Ahora, por primera vez, los populares se muestran dispuestos a abordar este asunto.

"La irresponsabilidad del Gobierno al gestionar este proceso filtrando los detalles de la negociación parlamentaria han desgastado la justicia", indican fuentes del PP.

Génova culpa a la ministra de Justicia, Dolores Delgado, intentando alejar el foco de Ignacio Cosidó. El lunes El Español publicó un mensaje interno del portavoz en el Senado. "Controlaremos la Sala Segunda desde detrás", señalaba en este.

Pero el PP intenta que la decisión de Marchena no se asocie a esta polémica. Hablan de "la irresponsabilidad" de Pedro Sánchez y del "asco" que les da el Ejecutivo. "Delgado es la ministra más sucia políticamente del Gobierno", ha comentado Javier Maroto. Para el responsable de Organización popular es "una broma pesada" que el presidente les pida a ellos explicaciones.

http://cadenaser.com/ser/2018/11/20/politica/1542706271_371510.html

LAS ASOCIACIONES JUDICIALES APLAUDEN LA DECISIÓN DE MARCHENA: “ES UNA LECCIÓN DE INDEPENDENCIA”

Los colectivos insisten en que los vocales judiciales del CGPJ sean votados por jueces y magistrados

El magistrado Manuel Marchena ha apretado a primera hora de este martes el botón nuclear de la independencia judicial y ha renunciado, en un gesto sin precedentes, a ser nombrado presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo. La decisión de Marchena, aplaudida unánimemente por las asociaciones judiciales y por otros operadores jurídicos, llega en medio de una de las mayores crisis de legitimidad y de imagen de la judicatura en cuatro décadas de democracia y desbarata el pacto entre el PP y el PSOE para la renovación del órgano de gobierno de los jueces. El paso atrás se produce al día siguiente de que se publicara un mensaje del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, a sus compañeros de partido en el que presumía de que la designación de Marchena permitiría a los populares controlar “desde detrás” nombramientos judiciales y salas clave del alto tribunal.

"Jamás he concebido el ejercicio de la función jurisdiccional como un instrumento al servicio de una u otra opción política para controlar el desenlace de un proceso penal", ha recalcado el magistrado, de 59 años, en un comunicado de cuatro puntos. “Mi trayectoria como magistrado ha estado siempre presidida por la independencia como presupuesto de legitimidad de cualquier decisión jurisdiccional”, añade la nota de renuncia a la candidatura.

El gesto de Marchena ha cogido por sorpresa a primera hora a sus compañeros. El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, Celso Rodríguez Padrón, en declaraciones a Efe, ha manifestado que esa decisión demuestra no solo su “valía” como candidato, sino también su “autoridad” y sus condiciones personales”. “Es una lección de independencia y nos sentimos orgullosos. Ningún político domina al Poder Judicial, a ningún tribunal en concreto ni a ningún juez”, afirma Rodríguez Padrón. El portavoz de la asociación mayoritaria entre los jueces considera que la renuncia de Marchena supone una “demostración de fortaleza del sistema”.

La designación del actual presidente de la Sala de lo Penal del Supremo como primera autoridad judicial española fue acordada hace ocho días por el Gobierno y el PP, y filtrada como un hecho consumado. Y se hizo así pese a que la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen que serán los 20 vocales del CGPJ, nombrados por el Congreso y el Senado, los que elegirán al presidente en la sesión constitutiva del órgano. Los dos partidos mayoritarios presentaron la renovación del órgano como un buen acuerdo político por el que el PP permitía una mayoría progresista en el Consejo a cambio de situar en la presidencia a Marchena, un jurista con fama de conservador, pero con enorme capacidad de diálogo y una solvencia técnica y jurídica reconocida por todos los sectores.

El paso atrás de Marchena ha supuesto, al menos en un primer momento, una inyección de autoestima para los magistrados. Natalia Velilla, miembro de la Ejecutiva de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, la segunda en número de afiliados, afirma que su colectivo acoge “con total alegría y esperanza” la decisión del presidente de la Sala de lo Penal del Supremo. “Era una lástima que una persona de la estatura profesional y jurídica del señor Marchena, que es un magnífico jurista, estuviera de un lado a otro en boca de los partidos, nos ha parecido un gesto que le honra”. La asamblea de la asociación había acordado recurrir el hipotético nombramiento de Marchena, no por desacuerdo con su figura, sino por “la manera en que se deslizó impúdicamente quién iba a ser el presidente del Supremo sin saber siquiera quiénes iban a ser los vocales del CGPJ”, afirma Velilla.

El portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), Ignacio González Vega, ha estimado que la decisión de Manuel Marchena "le honra, dignifica a la carrera judicial y su independencia", y muestra "el malestar" existente entre los magistrados. La sorprendente renuncia de Marchena se produce al día siguiente de la segunda huelga general de jueces y fiscales para lograr mejoras salariales y laborales y en defensa de la independencia del Poder Judicial, y que fue secundada por alrededor del 50% de los magistrados españoles.

Las asociaciones judiciales reclaman que los 12 vocales del CGPJ que se eligen entre jueces —los otros ocho se eligen entre juristas de reconocida competencia— sean seleccionados directamente por los miembros de la carrera y no por el Congreso y el Senado, como sucede desde 1985. “No solo lo decimos nosotros, también lo llevan diciendo dos años los informes del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa”, recuerda Velilla.

La renuncia de Marchena y la decisión del PP de romper el pacto para la renovación del CGPJ aboca a la prórroga del mandato del actual Consejo y de su presidente, Carlos Lesmes. “No creemos que en esta legislatura se vaya a alcanzar un acuerdo, creo que el Consejo se prorrogará más de un año, eso es una prueba más de que el sistema no funciona. Hacer depender esto de pactos políticos va contra el sentir del legislador constituyente; que no dejen meter baza más que a los partidos, se traduce en que no funciona el sistema”, se lamenta Velilla.

https://elpais.com/politica/2018/11/20/actualidad/1542710645_591169.html

MARCHENA RENUNCIA A PRESIDIR EL SUPREMO Y EL PODER JUDICIAL Y DESBARATA EL PACTO PSOE-PP

Pedro Sánchez dice que la decisión del magistrado tras los mensajes de WhatsApp del senador popular Ignacio Cosidó "demuestra lo acertado de su nombramiento"

El primer y único gran pacto político de la legislatura entre el PSOE y PP ha saltado por los aires. El juez Manuel Marchena, pieza clave del acuerdo entre ambos partidos para renovar a tiempo el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y dar un impulso a una justicia en horas bajas, ha renunciado a presidir ese órgano y el Tribunal Supremo, según ha adelantado este martes El Español. Marchena reacciona así a la publicación de un mensaje de WhatsApp del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, dirigido a sus 146 compañeros de la Cámara alta, en el que presumía de que con el acuerdo su partido seguiría controlando "por detrás la Sala Segunda" del Tribunal Supremo, la que lleva el juicio del procés. Ante la evidencia de que se estaba ofreciendo la imagen de Marchena como un hombre al servicio del PP, el juez ha decidido renunciar y reventar un acuerdo que había sido muy cuestionado por las asociaciones judiciales, pero que PSOE y PP habían decidido mantener y tenían que votar definitivamente este jueves.

La retirada de Marchena supone un problema para el PP, que lo había propuesto y ha sido el responsable de su abandono, pero sobre todo para el Gobierno, que veía en la renovación del Poder Judicial una pieza fundamental para mostrar estabilidad institucional y disipar el ambiente que se está instalando en círculos políticos de que el Ejecutivo no va a poder aguantar mucho tiempo y se verá obligado a convocar elecciones. En La Moncloa insisten en que la polvareda de los últimos días pasará en cuanto salga el resultado de las elecciones andaluzas del 2 de diciembre y se vea, como ellos auguran, que el gran perdedor de la noche es el PP. Entonces se pasará de hablar de la inestabilidad del Gobierno a analizar la crisis del PP, sostienen. Sin embargo, esta noticia del fiasco de la operación Marchena alimentó inmediatamente esas especulaciones que apuntan a un adelanto electoral inminente y el propio presidente ha admitido que "sin Presupuestos, mi vocación de llegar al final de la legislatura se ve acortada".

Sánchez ha dicho este martes en un acto organizado por The Economist en Madrid que se ha enterado esta misma mañana de la renuncia de Marchena. Sánchez ha querido destacar tres cosas. Uno, que él desconocía la intención de renunciar. En segundo lugar, que "al haberse puesto en cuestión la imparcialidad de un juez por una persona importante del PP", le parece "que su renuncia demuestra lo acertado de su nombramiento". Y, por último, ha dejado caer con cierta ironía que si el senador popular no quería que se conociera su mensaje no debía haber enviado un whatsapp a 146 senadores. Sánchez ha aludido a una frase del expresidente republicano Manuel Azaña para decir que la política es tejer y destejer. "Y lo de la renuncia de hoy [por este martes] es un buen ejemplo", ha señalado. A continuación, ha pedido que se recupere el sentido institucional para poder alcanzar pactos, informa Antonio Maqueda.

El PP ha reaccionado rápidamente, pero no con medidas contra su portavoz Cosidó, sino dando por roto el acuerdo para la renovación del órgano de gobierno de los jueces y la presidencia del alto tribunal, y culpando al Gobierno. Pedro Sánchez también ha pedido a los populares que reflexionen y vuelvan a la mesa de negociación para buscar un nuevo presidente y mantener el pacto, que implicaba cesiones por los dos lados: el PP renunciaba a la mayoría en el CGPJ (los progresistas serían 11 de 20 vocales, los conservadores 9), mientras los socialistas aceptaban como presidente a Marchena, un conservador muy respetado en el mundo de la justicia que ha sido por dos veces el candidato del PP para presidir el Poder Judicial, pero ha querido mostrar su independencia con una dura carta de renuncia.

El acuerdo parece ahora difícilmente recuperable, por lo que es posible que el Poder Judicial entre en una situación de bloqueo y tenga que continuar al frente con el mandato ya caducado Carlos Lesmes, cuya imagen ha quedado muy tocada después de la sentencia de las hipotecas. La dirección del PP, y en especial su principal negociador, Rafael Catalá, había recibido muchas críticas por este acuerdo que cedía la mayoría a los progresistas. Pablo Casado estaba visiblemente incómodo con estas críticas del ala más conservadora, y con esta renuncia de Marchena se quita un problema de encima, aun a costa de bloquear el Poder Judicial. La crisis llega, por tanto, por un error de Cosidó, que ha sido la gota que colmó el vaso de la paciencia de Marchena, pero puede ser utilizada por los populares para resolver su problema interno.

En la carta, Marchena defiende su independencia y se desliga del acuerdo político entre PP y PSOE para la renovación del órgano de gobierno de los jueces, alcanzado hace poco más de una semana. "Jamás he concebido el ejercicio de la función jurisdiccional como un instrumento al servicio de una u otra opción política para controlar el desenlace de un proceso penal", ha recalcado el magistrado en un comunicado. La decisión de Marchena tiene una consecuencia directa sobre el juicio más importante de los últimos años, el del procés. Su salida de la Sala de Lo Penal para presidir el Supremo implicaba una serie de cambios que modificaban el tribunal y permitían una composición con un progresista más. La renuncia implica que Marchena seguirá al frente de la sala, que presidirá el juicio y que será por tanto la figura clave del proceso.

Los independentistas ya se habían lanzado a criticar a Marchena y al Supremo después de que se publicaran los mensajes de Cosidó que mostraban ese intento del PP por controlar este juicio, y Oriol Junqueras ha decidido recusar al juez. Las consecuencias políticas de ese juicio son tan evidentes como incalculables, pero sin duda este fiasco no ayuda a mejorar la relación entre el PSOE y los independentistas ni a la estabilidad del Gobierno. El Ejecutivo sigue convencido de que Junqueras no tiene ningún interés en que haya ahora elecciones generales que podrían abrir la puerta a un mayor poder de Ciudadanos, y confía en reconducir la situación apelando al interés de los que apoyaron la moción de censura por mantener la estabilidad del Gobierno, pero la situación se precipita por momentos.

El presidente Sánchez ha responsabilizado al PP por poner en duda la profesionalidad de Marchena y ha pedido a los populares responsabilidad para que no rompan el acuerdo, porque entre los nombres pactados hay jueces de gran prestigio e imparcialidad que pueden ser candidatos a presidir el Consejo General del Poder Judicial, informa Anabel Díez. El vicesecretario de Organización del PP, Javier Maroto, ha anunciado en una entrevista en RNE que el PP da por roto el acuerdo y suspende la renovación "hasta que la ministra (Dolores) Delgado sea cesada". "Es la más cuestionada", ha incidido. "Esa opción (la candidatura de Marchena) está rota y la culpa es del Gobierno por filtrar el contenido de las negociaciones, poner su nombre en la picota y dejarle en mal lugar", ha asegurado.

Las asociaciones judiciales habían expresado su respeto por la figura del magistrado Manuel Marchena como candidato a presidir el CGPJ y el alto tribunal en sustitución de Carlos Lesmes, pero la forma en la que se anunció que iba a ocupar la presidencia generó malestar. Los colectivos rechazaron en términos muy duros que su nombre, pactado entre populares y socialistas, viera la luz sin que se hubiera cerrado la composición de los 20 vocales que renovarán el órgano de gobierno de los jueces y que son los que tienen que elegir al presidente en la sesión constitutiva de acuerdo con la Constitución y según la ley. Este hecho supuso, según ellos, la demostración gráfica de la politización del órgano constitucional llamado a defender la independencia de los 5.500 jueces y magistrados españoles.

https://elpais.com/politica/2018/11/20/actualidad/1542697441_589989.html

COSIDÓ ADMITE EL MENSAJE DE WHATSAPP EN EL QUE PRESUME DE UN FUTURO CONTROL DEL PP SOBRE EL SUPREMO

El portavoz del PP en el Senado asegura que ha sido malinterpretado porque usó un lenguaje coloquial al ser un texto sólo para sus compañeros en la Cámara alta

El portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, ha admitido este lunes ser el autor del texto enviado a través de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp el pasado sábado a sus 146 compañeros en el Senado en el que se detallaban las interioridades del polémico acuerdo alcanzado con el PSOE para repartirse el nombramiento de los vocales del futuro Consejo del Poder Judicial (CGPJ). En el mismo, presumía de un supuesto control futuro "desde detrás" sobre varios órganos clave en el Tribunal Supremo. En un encuentro con periodistas, Cosidó —uno de los hombres de la máxima confianza del presidente del partido, Pablo Casado— ha negado que del mensaje se pueda sacar esta conclusión y ha achacado "mala interpretación" a la redacción del texto, que ha tildado de "no la más afortunada". El dirigente popular justificó dicha circunstancia en que era un mensaje interno del partido que no debería haber trascendido.

En el mensaje, adelantado por El Español, Cosidó explicaba a sus compañeros "el pacto previo" con el PSOE que permitía a los socialistas elegir 11 vocales del CGPJ, mientras que al PP le tocaría dar los nombres de nueve "más la presidencia". Este último es un puesto clave en el Supremo que supuestamente deben elegir los vocales que finalmente sean elegidos por el Congreso y el Senado, pero que desde el primer momento se supo adjudicado al magistrado conservador Manuel Marchena. Cosidó presumía en el mensaje, precisamente, de este logro: "Un presidente gran jurista con muchísima experiencia en el Supremo, que prestigiará el TS y el CGPJ, que falta le hace, con una capacidad de liderazgo y auctoritas para que las votaciones no sean 11-10 sino próximas al 21-0".

Sin embargo, Cosidó añadía inmediatamente después en el texto remitido a sus compañeros: "Y, además, controlando la Sala Segunda desde detrás", en referencia a la Sala lo Penal, competente para enjuiciar los casos que afectan a aforados, y "presidiendo la Sala del 61", la encargada de asuntos con mucha carga política como la ilegalización de partidos. El portavoz del PP ha negado este lunes en su encuentro semanal con los periodistas que de su mensaje escrito se desprenda ningún tipo de control político, y achaca todo al "lenguaje coloquial" por el que ha pedido "disculpas".

También ha negado que enviara el mensaje para calmar un supuesto malestar existente entre las filas populares por haber permitido que el juez José Ricardo de Prada —uno de los tres magistrados de la Audiencia Nacional que dictó la sentencia del caso Gürtel que condenó al PP como partícipe a título lucrativo de la trama de corrupción y que desembocó en la moción de censura que acabó con la presidencia de Mariano Rajoy— haya sido elegido para el órgano de gobierno de jueces. En el mensaje ahora conocido, Cosido justificaba que esa decisión era buena: "Mejor de vocal que poniendo sentencias contra el PP". Este lunes, el dirigente popular ha recordado que esta opinión no es nueva y que ya fue manifestada por el diputado popular Carlos Rojas el pasado viernes durante la comparecencia precisamente de De Prada en el Congreso como candidato a ocupar un puesto en el CGPJ.

Las explicaciones no han convencido a Ciudadanos, el partido más crítico con el reparto en la elección de los vocales del CGPJ pactado por el PP y el PSOE. Inés Arrimadas, portavoz de la ejecutiva de la formación naranja, ha pedido explicaciones a Casado de forma "urgente" por el mensaje filtrado, que considera muy grave. "No es un chiste de mal gusto o una palabra inapropiada. Esto es muy grave, merece una explicación urgente del presidente del partido. Es un intento de controlar la justicia. Requiere explicaciones serias", informa Elsa García de Blas. "Esto es gravísimo, está poniendo en duda la credibilidad de la justicia española", ha censurado Arrimadas que, sin embargo, no ha pedido la dimisión de Cosidó.


Los seguimientos a Bárcenas

Cosidó también ha aprovechado el encuentro para marcar distancias con la supuesta vigilancia que, tras estallar el escándalo de los papeles de Bárcenas, el comisario José Manuel Villarejo y otros integrantes de la llamada "brigada patriótica" sometieron al extesorero del PP mediante el pago de fondos reservados al chófer del político hoy encarcelado. El portavoz popular —que cuando se produjeron aquellos hechos era el director general de la Policía en el equipo que encabezaba como ministro del Interior Jorge Fernández Díaz— aseguró no saber nada del asunto ni haber visto ninguno de los informes o la documentación que en los últimos días está revelando el diario El Mundo sobre dichas pesquisas nunca judicializadas. Cosidó afirmó que si hubiera tenido en sus manos dichos documentos, los hubiera puesto en conocimiento de la Audiencia Nacional, que investigaba el caso.

https://elpais.com/politica/2018/11/19/actualidad/1542630134_616500.html

UN COLECTIVO DE JUECES RECURRIRÁ LA DESIGNACIÓN DE MARCHENA TRAS EL REPARTO DEL PODER JUDICIAL

La AJFV planteará alegaciones ante el Supremo y, si se rechazan, elevará la causa a Europa

El acuerdo del PP y PSOE para nombrar presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al conservador Manuel Marchena, magistrado del Tribunal Supremo, se enfrenta a la primera contestación de facto dentro del propio sector. La Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV), con cerca de 800 miembros, ha aprobado este miércoles presentar un recurso contra esta designación, pactada en los despachos entre socialistas y populares tras repartirse los sillones del órgano de gobierno de los jueces.

"Ya es hora de que se cumpla la legalidad de una vez por todas", ha afirmado Raimundo Prado, portavoz de esta asociación, la segunda más numerosa de la carrera judicial, que ya recurrió la elección de Carlos Lesmes en 2013 tras producirse un acuerdo similar del bipartidismo. Entonces, como ahora, el colectivo de magistrados tomó la iniciativa al entender que el "cambalache" político implicaba una "injerencia" de los partidos y del Gobierno en el Poder Judicial. Pero el Tribunal Supremo la tumbó al afirmar que "la voluntad libre de los vocales que votaron a favor no puede ponerse en duda a causa de la teórica existencia de tratos previos".

Pero, en esta ocasión, se ha conocido el elegido para ocupar el cargo de presidente mucho antes de designar a los propios vocales del Poder Judicial que deben votarlo. De hecho, algunos de los componentes del CGPJ aún no estaban decididos cuando se cerró el pacto. Por ello, la mayoría de socios del AFJV ha aprobado este miércoles volver a presentar un recurso ante el Supremo y, en el caso de que se rechace, se trasladará el procedimiento a los tribunales europeos. Una decisión que se adopta, además, apenas unos días antes de la huelga de jueces del próximo 19 de noviembre.

https://elpais.com/politica/2018/11/14/actualidad/1542221133_709960.html

LA SEGUNDA ASOCIACIÓN DE JUECES IMPUGNA ANTE EL SUPREMO EL NOMBRAMIENTO DE MARCHENA

La Francisco de Vitoria, de carácter moderado, decide recurrir el pacto político que garantiza la designación de Manuel Marchena como presidente del Poder Judicial

El acuerdo entre Gobierno y PP se ha conocido semanas antes de que se constituya el nuevo Consejo General del Poder Judicial, a cuyos vocales atribuye la ley la elección de su presidente

La asociación critica "el descaro" del pacto para la configuración del nuevo CGPJ y se declara dispuesta a llegar hasta el Tribunal de Justicia de la UE

La asamblea de la Asociación Francisco de Vitoria (AJFV), de carácter moderado y segunda del país por número de afiliados (864), aprobó este martes impugnar el nombramiento de Manuel Marchena como presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo. La asociación, que elevará recurso a la Sala de lo Contencioso del Supremo y se declara dispuesta a llegar al Tribunal de Justicia de la UE, argumenta que la designación de Marchena ya se ha producido de facto tras el acuerdo alcanzado por el Gobierno y el PP y que, por tanto, vulnera lo estipulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

El artículo 586 de la LOPJ atribuye la elección del presidente del CGPJ a los 20 vocales del órgano de gobierno de los jueces. Esos 20 nuevos vocales del Consejo, cuyo mandato debe comenzar a principios de diciembre, ni siquiera han sido todavía formalmente elegidos por el Congreso y el Senado.

La AJFV ya recurrió en 2014 el nombramiento de Carlos Lesmes, presidente saliente del CGPJ y del Supremo. Y lo hizo por motivos casi idénticos a los que ahora esgrime para impugnar la futura designación de Marchena, adscrito como Lesmes al sector conservador de la judicatura: que "incluso antes de conocerse los nombres de los vocales [del CGPJ] se sabía quién iba a desempeñar el cargo de presidente". Así se lee en la sentencia por la que la Sala de lo Contencioso del Supremo tumbó el recurso. Lo hizo con una sentencia donde el tribunal adujo que la "voluntad libre" de los vocales que votaron a favor de Lesmes "no puede ponerse en duda a causa de la teórica existencia de tratos o convenios políticos previos".

Pero lo que la Francisco de Vitoria aduce es que, en noviembre de 2013, el nombre de Lesmes se filtró a la prensa como el del candidato favorito en las quinielas mientras que ahora Marchena ostenta ya el rango de seguro ganador. "En esta ocasión –razona el portavoz de la AJFV, Raimundo Prado– se ha hecho con más descaro que nunca, porque se ha anunciado oficialmente por los propios partidos cuando todavía ni siquiera estaban nombrados los vocales que deben decidir ese nombramiento". En opinión de Prado, "es una absoluta falta de respeto a los procedimientos, a la ley y a toda la carrera judicial".

Prado enfatizó que la iniciativa adoptada por su asociación no cuestiona la figura de Marchena, "cuya capacidad para el cargo nadie discute", sino "las formas con las que los partidos políticos se saltan los procedimientos que establece la LOPJ".

Otras asociaciones no se suman al recurso

Prado animó a las otras asociaciones de jueces a adherirse al recurso "y lograr que por una vez en España esto se convierta en una justicia independiente y que los ciudadanos tengan esa percepción". Ignacio González Vega, presidente de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), de signo progresista y varios de cuyos miembros figuran en la lista de vocales pactada por el Gobierno y el PP, confirmó a infoLibre que no habrá adhesión y recalcó que "el Supremo ya desestimó un recurso como el anunciado ahora". Consultada por este periódico, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), conservadora y mayoritaria en la carrera, descartó igualmente sumarse al recurso. Pese a la "contundencia" de las informaciones –respondió el portavoz de la APM, Celso Padrón–, Marchena continúa siendo a día de hoy solo un candidato. Este diario no logró contactar con la cuarta y más minoritaria asociación del sector, Foro Judicial Independiente.

Criticado pese a lo anterior por las distintas asociaciones de jueces, el pacto que elevará al presidente de la Sala de lo Penal a la cúpula del poder judicial no solo ha sido confirmado por distintos dirigentes políticos sino que algunos han hablado ya públicamente del todavía presidente de la Sala de lo Penal del Supremo como virtual jefe del CGPJ y del Supremo. Un ejemplo: el lunes, la portavoz del comité electoral del PSOE, Esther Peña, se pronunció con nitidez sobre la futura designación del magistrado en aplicación de un acuerdo que coloca al conservador Marchena al frente del CGPJ pero le otorga la mayoría (11 vocales sobre 20) al bloque progresista .

En su respuesta a la pregunta de un periodista respecto al acuerdo alcanzado con el PP para la renovación del Poder Judicial, la dirigente socialista respondió así: "Es cierto, Manuel Marchena será el nuevo presidente del Consejo General del Poder Judicial y presidente del Tribunal Supremo y a lo largo del día de hoy conoceremos los restantes nombres de este órgano" [puedes escuchar a Peña pinchando aquí y yendo al minuto 4:39 del vídeo].

Los partidos no lo confirmaron en 2013

El aún presidente del CGPJ y del Supremo, Carlos Lesmes, fue aupado a su cargo en diciembre de 2013 previo pacto de socialistas y populares, Lesmes fue formalmente elegido para el cargo en la sesión que el 9 de diciembre de 2013 celebraron los nuevos 20 vocales del CGPJ.

También entonces, la prensa había anunciado con tres semanas de antelación que el ahora presidente saliente del CGPJ se perfilaba como primera autoridad judicial del país. Pero, a diferencia de lo sucedido ahora, ni el PP, entonces en el Gobierno, ni el PSOE accedieron a confirmar que el nombramiento ya estaba escrito.

"Los partidos –publicó el 20 de noviembre de 2013 el diario La Vanguardia– no han querido revelar quién ocupará la presidencia, posiblemente para guardar un tanto las formas y que sean los vocales quienes voten y lo anuncien. La impresión más extendida es que el presidente será el magistrado del Supremo Carlos Lesmes, sin descartar absolutamente la candidatura del presidente de la Sala Penal, Juan Saavedra". En la misma dirección, el diario El País informaba así del acuerdo: "Populares y socialistas niegan haber acordado ya el nombre que los vocales votarán en el primer pleno. En las quinielas, según fuentes de la negociación, el mejor colocado es Carlos Lesmes".

https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/11/15/francisco_vitoria_marchena_88805_1012.html

CASADO CELEBRA EL ACUERDO CON EL GOBIERNO PARA RENOVAR EL PODER JUDICIAL: “MARCHENA ES UNO DE LOS MEJORES JURISTAS DE ESPAÑA”

El líder de los populares defiende la "extraordinaria profesionalidad, trayectoria e independencia" de todos los miembros del nuevo CGPJ

"El PP nunca romperá relaciones por responsabilidad con el partido que ahora está al frente del Gobierno", asegura Casado

"Manuel Marchena es un jurista de los mejores que ha tenido España en las últimas décadas. Cuenta con el prestigio de la profesión y de los que somos los representantes de los españoles". Con estas palabras se ha expresado este lunes el presidente del PP, Pablo Casado, sobre el acuerdo para renovar el Consejo General del Poder Judicial que ha alcanzado con el Gobierno y que ha elegido a Manuel Marchena como presidente del Poder Judicial.

Casado ha defendido el acuerdo porque, ha dicho, "el Congreso tal y como mandata la Constitución tiene que cumplir los plazos de renovación". A su juicio, "regeneración política también es cumplir con lo que dice la Constitución a la hora de renovar en plazo las instituciones del Estado. Eso es lo que el PP con el resto de partidos ha intentado hacer y lo que sí puedo decir es que la independencia de los profesionales que se han presentado tanto por el turno de jueces como por la cuota de juristas son de una extraordinaria profesionalidad, trayectoria e independencia", ha añadido al finalizar un desayuno informativo, en Madrid.

También ha recalcado que el "compromiso" del PP es que el CGPJ "siga desarrollando su labor como el Gobierno de los jueces con la brillantez que ha hecho hasta ahora".

Respecto al anuncio realizado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, hace unas semanas de que rompía relaciones con Casado, el líder de los populares ha remarcado que "el PP nunca romperá relaciones por responsabilidad con el partido que ahora está al frente del Gobierno. Pensamos que en las cuestiones de Estado tenemos que seguir hablando".

https://www.eldiario.es/politica/Casado-Gobierno-Judicial-Marchena-Espana_0_835016674.html

MANUEL MARCHENA PRESIDIRÁ UN PODER JUDICIAL CON MAYORÍA PROGRESISTA

A cambio de ceder la presidencia a un conservador, el PSOE y sus socios tendrán 11 vocales, y los populares, solo nueve

El Gobierno y el PP han pactado definitivamente la renovación del Poder Judicial con una novedad muy relevante. El presidente del Consejo General del Poder Judicial, y por tanto también presidente del Tribunal Supremo, será, si sale adelante este pacto, Manuel Marchena, actual máximo responsable de la Sala de lo Penal, que dejará esta responsabilidad y no dirigirá el juicio a los líderes del procés. A cambio de ceder la presidencia a una persona de línea conservadora, el PSOE se ha garantizado una mayoría progresista dentro del poder judicial, según confirman fuentes del Gobierno y del PP. Los socialistas y sus socios de Podemos tendrán 11 vocales. Los populares, solo nueve.

Las negociaciones han sido complejas precisamente porque el nombre de Marchena, una persona con fuerte liderazgo dentro del Tribunal Supremo pero también con una clara impronta conservadora, no será fácilmente aceptado en sectores progresistas del mundo judicial próximos al PSOE. Tampoco Podemos, socio principal de los socialistas, lo ve con buenos ojos. Podemos también quiere tener influencia en el Consejo General del Poder Judicial, y reclama consensuar con el PSOE al menos cuatro vocales. Ahora, al tener 11 para acordar entre los dos, será más sencillo. Ciudadanos ha decidido quedarse fuera del pacto porque no acepta el sistema de reparto entre partidos y por tanto los populares tienen sus 9 para ellos, además del presidente.

El líder del PP, Pablo Casado, se ha felicitado por el acuerdo y sobre todo por los nombres que forman parte del pacto. "La independencia y prestigio de los profesionales propuestos es evidente como es el caso del propio Marchena que es una los juristas más importantes que ha tenido nuestro país", ha asegurado. Informa Natalia Junquera. Por su parte, los socialistas se han felicitado porque la mayoría del futuro CGPJ sea progresista. EL PSOE justifica el acuerdo con el PP en que con la renovación se “pretende la salida al bloqueo de la justicia” así como “recuperar la normalidad institucional”. Informa Jose Marcos.

La elección de Marchena no está exenta de polémica. Corre el riego de ser vista como un mensaje negativo por los independentistas catalanes, que lo consideran el ideólogo del juicio del procés y de las medidas más duras contra los líderes del movimiento que derivó en la declaración de independencia en 2017 y que ha provocado que Oriol Junqueras, líder de ERC, y otros dirigentes clave estén en prisión preventiva desde hace más de un año por presuntos delitos de rebelión. Junqueras y otros 17 dirigentes independentistas se enfrentan a una petición de la fiscalía de hasta 25 años de cárcel.

Sin embargo, este pacto tiene consecuencias importantes sobre el juicio del procés que no tienen por qué ser negativas para los dirigentes independentistas. Marchena ya no presidirá el juicio ni será ponente. Habrá que elegir un nuevo presidente —que será votado por el nuevo CGPJ de mayoría progresista— y un nuevo ponente. La opción más probable, según las fuentes consultadas, es que el presidente del juicio sea el miembro más antiguo del tribunal del procés, Andrés Martínez Arrieta, de 63 años y con 20 de experiencia en el Supremo. La redacción de la sentencia podría asumirla él o que recayera en otro magistrado.

El tribunal que juzgue a los independentistas iba a estar formado, además de por Marchena y Martínez Arrieta, por Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Andrés Palomo, Luciano Varela y Ana Ferrer. La plaza que previsiblemente deje vacía Marchena la ocupará ahora la magistrada Susana Polo, considerada progresista y que se incorporó a la Sala de lo Penal en julio pasado. Con este cambio, el sector progresista gana peso en el tribunal el procés, una circunstancia que puede haber pesado, según las fuentes consultadas, para que el PSOE acepte el nombre de Marchena para presidir el CGPJ.

Marchena no dirigirá la sala , pero sí presidirá el alto tribunal, un cargo que corresponde siempre al presidente del Poder Judicial. Desde allí, y dado su liderazgo en este tribunal, tendrá también una influencia importante en el juicio clave.

El consejo está compuesto por 20 vocales elegidos por el Congreso y el Senado —8 juristas propuestos por Congreso y Senado, que se presentan este lunes, y 12 propuestos por las asociaciones judiciales pero que también se votan en las Cortes, con lo que al final todo deriva de un pacto político de reparto— que después eligen pero no entre ellos al presidente, que desempata al ser el número 21 y tener voto de calidad. Por tanto Marchena tendrá que ser elegido por esos 20 vocales lo que provoca que los progresistas deberán respaldar al candidato conservador.

En esa nueva mayoría ha estado la clave en las negociaciones durante el fin de semana entre la ministra de Justicia, Dolores Delgado, y su antecesor del PP, Rafael Catalá. Los populares querían tener 10 vocales y la presidencia de Marchena, y así se garantizaban seguir teniendo el control del CGPJ como hasta ahora. Los socialistas aceptaron al magistrado del Supremo como presidente, y no a una mujer progresista como ellos querían, a cambio de que el PP renunciara a esa mayoría que ha tenido durante los últimos años.

El nombre de Marchena ya fue en 2013, en la anterior renovación del CGPJ, el primer candidato del PP, que entonces tenía mayoría absoluta en el Congreso. Pero el PSOE vetó este nombre durante las negociaciones y los populares presentaron entonces el de Lesmes, que sí obtuvo el visto bueno de los socialistas.

Tanto el PSOE como el PP querían tener ahora la renovación del Poder Judicial lista antes de que empezara el juicio del procés para dar un nuevo impulso a la justicia y en especial al Supremo, cuya imagen ha quedado muy tocada esta semana con la sentencia de las hipotecas. Carlos Lesmes, actual presidente del Poder Judicial, también quedó muy tocado y el PP quería sustituirlo cuanto antes.

El CGPJ es fundamental para el mundo de la justicia porque allí se deciden los nombramientos clave en el Supremo y en los puestos más importantes de los tribunales. Desde el PSOE trasladan que ahora, con un presidente de una línea y una mayoría de otra por primera vez en la historia, será imprescindible apostar por el consenso, aunque esa intención inicial habrá que comprobarla con las primeras decisiones.

https://elpais.com/politica/2018/11/12/actualidad/1542008392_972068.html

MANUEL MARCHENA, UN HOMBRE DE CONFIANZA DEL PP PARA CONTROLAR EL VOLCÁN

El nuevo presidente del CGPJ cuenta a su favor con un conocimiento amplio de las bambalinas de la justicia

Manuel Marchena (Las Palmas de Gran Canaria, 59 años) empleaba un símil en los últimos meses para referirse a la situación que se vivía en el Tribunal Supremo, que ha acaparado el protagonismo con asuntos como la investigación del procés o el conflicto sobre el impuesto hipotecario: “Es como estar encima de un volcán. Que a veces está tranquilo pero siempre está latente y, en cualquier momento, puede estallar”. Ahora que sale adelante el pacto alcanzado entre el PSOE y el PP, a Marchena le tocará ponerse al frente de ese volcán y frenar, en lo posible, nuevas erupciones.

Algunos de los estallidos más sonados han llegado, además, procedentes de la Sala de lo Penal, que él dirige desde octubre de 2014. Los más recientes, la causa por rebelión contra los líderes independentistas o el rechazo a investigar a Pablo Casado por su máster. Pero Marchena cuenta a su favor con un conocimiento amplio de las bambalinas de la justicia que, según algunas voces consultadas, pueden serle útil para poner orden en un Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y un tribunal muy desgastados.

Como Carlos Lesmes, al que el nuevo candidato sustituirá al frente del Consejo si fructifica el acuerdo entre populares y socialistas, Marchena es fiscal de carrera. Aprobó la oposición en 1985 y su primer destino fue en la Audiencia Territorial de Las Palmas. Ya en Madrid, pasó por la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado y por la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Su primer gran puesto de responsabilidad lo alcanzó en 2003 de la mano del conservador Jesús Cardenal como fiscal general del Estado, que le nombró fiscal jefe de la Secretaría Técnica y se convirtió en el fiscal de Sala más joven en la historia de la Fiscalía General del Estado.

En 2004, tras la salida del Gobierno de José María Aznar, Marchena se incorporó como fiscal al Tribunal Supremo y en 2007 fue nombrado magistrado de la Sala Segunda. Para entonces, ya era considerado como uno de los hombres de confianza del PP en la cúpula judicial y su nombre fue propuesto por la formación conservadora para dirigir el CGPJ y el Supremo en 2013. Pero, según las fuentes consultadas, el PSOE vetó esta opción y los populares aceptaron cambiar su nombre por el de Carlos Lesmes.

Como magistrado raso de la Sala Penal, Marchena formó parte del tribunal que condenó a Baltasar Garzón por las escuchas de Gürtel y archivó la causa contra el mismo magistrado por el cobro de los cursos de Nueva York.

Su nombramiento en 2014 como presidente de esta sala estuvo salpicado de polémica y fue una de las primeras maniobras que se le atribuyeron a Lesmes al frente del Poder Judicial para intentar controlar las salas más estratégicas. Marchena compitió para el cargo con otros dos magistrados (el exfiscal general del estado Cándido Conde-Pumpido y Miguel Colmenero) que contaban con más años de experiencia que él en el alto tribunal, pero este se impuso a ellos en la votación del pleno del CGPJ gracias al apoyo de los 10 vocales conservadores y del propio Lesmes. El nuevo presidente contó además entonces con otro voto a favor que ahora, cuatro años después, resulta paradójico: el de la vocal Mercé Pigem, miembro del Consejo a propuesta de CiU y exdiputada de esta formación. Pigem dimitió a finales de 2014 tras ser identificada entrando desde Andorra con 9.500 euros en efectivo.

Durante su etapa al frente de la Sala de lo Penal, el Supremo imputó en el caso de los ERE fraudulentos de Andalucía a los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, que tuvieron que abandonar la política. Además, Iñaki Urdangarin y Rodrigo Rato acabaron en la cárcel al rechazarse sus recursos contra las sentencias que les condenaron por corrupción. Pero su participación más activa como presidente ha estado relacionada con las causas abiertas contra los líderes independentistas. En febrero de 2017 presidió el tribunal y redactó la sentencia que condenó a 13 meses de inhabilitación al exconsejero de la Presidencia Francesc Homs por la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014. Y en noviembre de ese mismo año, firmó el auto que admitió a trámite la querella por rebelión presentada por el entonces fiscal general del Estado, José Manuel Maza, contra Carles Puigdemont, todos sus consejeros y los miembros de la Mesa del Parlament que habían permitido tramitar las resoluciones independentistas.

Marchena no ha formado parte de la instrucción de la causa contra los líderes independentistas por los acontecimientos del 1-O, que ha corrido a cargo del magistrado Pablo Llarena, pero nunca la perdió de vista. Ahora lo tenía ya todo preparado para presidir a principios de 2019 el juicio contra 18 dirigentes independentistas, para los que la fiscalía pide penas de hasta 25 años de cárcel. Si sale adelante el pacto entre el PP y el PSOE, Marchena ya no estará al frente del tribunal del juicio, pero a buen seguro, según coinciden magistrados que han trabajado con él, tendrá bajo control lo que allí ocurra.

https://elpais.com/politica/2018/11/12/actualidad/1542021787_703906.html

LAS ASOCIACIONES JUDICIALES TRAS EL PACTO SOBRE EL PODER JUDICIAL: “ES UN MAL INICIO”

Los colectivos rechazan que se sepa el nombre de Marchena antes de que se conozcan los vocales que deben elegir al presidente del CGPJ

Las asociaciones judiciales han expresado este lunes su respeto por la figura del magistrado Manuel Marchena, actual presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, como candidato a presidir el Consejo General del Poder Judicial y el alto tribunal en sustitución de Carlos Lesmes. Sin embargo, los colectivos han rechazado en términos muy duros que su nombre, pactado entre el PP y el PSOE, haya visto la luz sin que se haya cerrado la composición de los 20 vocales que renovarán el órgano de gobierno de los jueces y que, según la ley, son los que, en teoría, tienen que elegir al presidente en la sesión constitutiva. Este hecho supone, según ellos, la demostración gráfica de la politización del órgano constitucional llamado a defender la independencia de los 5.500 jueces y magistrados españoles.

“Es un mal inicio, que en nada contribuye a mejorar la imagen de la Justicia”, señala Ignacio González Vega, presidente de Juezas y Jueces para la Democracia (JJPD), asociación de signo progresista. “Al presidente del Consejo lo nombran los vocales, no los responsables políticos”, señala este portavoz. “Sin perjuicio de reconocer la indiscutible valía profesional del señor Marchena, nuestra opción como presidente del Consejo y del Supremo era una mujer progresista”, añade. Fuentes judiciales apuntan que la candidata preferida por esta asociación era la magistrada Ana Ferrer, también de la Sala de lo Penal del Supremo.

Raimundo Prado, portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria abunda en la misma idea: “Nos parece vergonzoso que sin saber quiénes son los vocales, y cuando la Ley Orgánica del Poder Judicial dice que son ellos los que eligen al presidente, se sepa quién va a ser ya: es como saber de antemano el número de lotería que va a tocar”. Y añade: “¿Cómo se puede pensar que van a ser independientes unos vocales que se han obligado y tienen sometidos sus cargos a votar a una determinada persona? Poca independencia se deduce de eso”.

Aproximadamente el 55% de los jueces españoles pertenece a alguna asociación profesional. De los 20 vocales que deben elegir el Congreso y el Senado por mayoría de tres quintos, 12 corresponden al llamado turno judicial y los otros ocho a juristas de reconocida competencia. El artículo 578.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que, a la hora de renovar el Consejo, las Cámaras “tomarán en consideración” el “número existente” de jueces y magistrados no afiliados y de afiliados a cada una de las asociaciones. Prado ve llamativo que Juezas y Jueces para la Democracia vaya a obtener más vocales en el Consejo que su asociación cuando a 30 de septiembre de 2017 —último dato disponible— tiene menos afiliados. La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria y considerada conservadora, tiene 1.328 miembros; la Francisco de Vitoria, 797; JJPD, 523 y el Foro Judicial Independiente, 324.

“Que se conozca la figura del presidente antes de que se produzca su nombramiento de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial demuestra que el sistema falla, es algo que no debería suceder”, afirma Celso Rodríguez Padrón, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, mayoritaria y considerada de signo conservador. La asociación defiende volver al sistema anterior a 1985 y que sean los jueces quienes elijan directamente a los 12 vocales judiciales del Consejo.

Pese a la disfunción provocada por la intervención política, la APM considera a Marchena un candidato idóneo. “Tiene un prestigio indiscutible y una autoridad científica fuera de toda duda, se ha distinguido por su defensa de la democracia y por sus contribuciones doctrinales y jurisprudenciales en la lucha contra el terrorismo. Es alguien absolutamente reconocido, no tenemos nada que criticar en ese aspecto”, afirma Rodríguez Padrón.

Marchena recibió el 30 de octubre la insignia de Caballero de la Legión de Honor —una de las máximas distinciones de la República Francesa— por su intervención en la lucha contra el terrorismo. El embajador de Francia en España, Yves Saint-Geours, calificó a Marchena como “un recurso esencial en las últimas reformas de la ley de enjuiciamiento criminal francesa”.

Concepción Rodríguez, presidenta de esta última asociación, minoritaria, pero la de más crecimiento en los últimos años, señala, entre juicio y juicio lo siguiente: “Lo que pasó la semana pasada en el Supremo con la sentencia de las hipotecas o que se sepa el nombre del presidente del Consejo antes de que los vocales lo elijan, lo único que pone de manifiesto es que la elección está politizada, que es lo que dice el informe del Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco), que nos coloca detrás de Polonia en materia de independencia judicial”.

Fuera del Poder Judicial, Cristina Dexeus, portavoz de la Asociación de Fiscales, mayoritaria en el ministerio público, afirma que Marchena es “un buen profesional, como muchos de los que han sonado para el cargo”, pero no entra a valorar la supuesta manipulación del mecanismo de nombramiento. No obstante, matiza: “Si la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial sigue adelante y volvemos a un Consejo colegiado con las facultades del presidente más limitadas, no será tan determinante como lo fue Lesmes, que tenía un poder omnímodo. Será una figura importante, pero quedará más diluida que en la anterior etapa”.

https://elpais.com/politica/2018/11/12/actualidad/1542024571_191768.html

¿INCOMPATIBILIDAD?: EN EL SUPREMO Y EN EL CENTRO PRIVADO DE LA BANCA

De izquierda a derecha tres de los magistrados del Tribunal Supremo que componen la vista del caso Nóos, Andrés Martinez Arrieta, Manuel Marchena, Miguel Colmenero.

De izquierda a derecha tres de los magistrados del Tribunal Supremo que componen la vista del caso Nóos, Andrés Martinez Arrieta, Manuel Marchena, Miguel Colmenero.

La decisión del Supremo de paralizar la sentencia de las hipotecas, que reconocía que los impuestos de la firma debe asumirlos los bancos y no los clientes, sigue generando polémica. La última pieza de este puzle pasa por uno de los jueces preferidos por el PP: el magistrado Manuel Marchena Gómez y el centro privado de la banca: la CUNEF.

La preferencia y protección entre Marchena y el Partido Popular es mutua hasta tal punto que muchos de los casos que afectaban a la formación y han pasado por sus manos han acabado en archivo. El último caso, la no imputación en el Supremo del líder del PP, Pablo Casado, por su máster en la Universidad Rey Juan Carlos.

Pero, además, según han adelantado los colaboradores de ElPlural.com Los Genoves, Marchena consiguió la autorización para ser profesor de la CUNEF, del Colegio Universitario de Estudios Financieros. Así, se entendió que no existía incompatibilidad, aunque este sea un centro privado de la banca.

Todo ello se conoce antes de que la Sala de Admisión del Supremo deba decidir si admite o no la querella presentada por Podemos en las que acusan de prevaricación judicial al juez que paralizó la sentencia de las hipotecas. Se trata de una decisión que afecta a miles de ciudadanos que firmaron hipotecas desde 2014 y a los que habría que devolverles su dinero por impuestos; pero que también afecta a la banca.

El responsable de frenar la sentencia, también en la CUNEF

Hay otro juez que compatibilizó su trabajo como magistrado del Tribunal Supremo y la docencia en este centro privado de la banca.

Hablamos, ni más ni menos, que del propio juez que ordenó frenar la aplicación de la sentencia del Supremo para la devolución a los ciudadanos de los impuestos por la firma de una hipoteca. El presidente de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo, tomó está decisión y ahora Podemos se ha querellado contra él.

Con este dato y su trabajo en la CUNEF se cierra el círculo después de que Podemos haya exigido que se investiguen las llamadas que hizo y recibió antes de paralizar la sentencia de las hipotecas, pues el partido cree que podría haber recibido presiones de la banca.

Es más, consideran que su decisión “no se ha fundamentado en criterios estrictamente jurídicos y de justicia material”, sino en “una clara defensa de los intereses económicos particulares de las entidades financieras”.

El juez Marchena es todo un experto en eso de dar carpetazo a los asuntos que afectan judicialmente a miembros del PP.

Recordamos de la mano de Los Genoveses algunos de los casos que han acabado archivándose al llegar a manos de este juez en el Tribunal Supremo:

Las conversaciones entre el anterior exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y el exdirector de la Oficina Antifraude catalana Daniel de Alfonso en las que hablaban de cómo conseguir información para atacar a políticos del procés.

El Tribunal Supremo archivó un caso que afectaba directamente a Rajoy cuando este era presidente en funciones. Se trata de la querella que el partido Soberanía y la Asociación El Defensor del Paciente presentaron contra Rajoy por financiar a cargo de los servicios médicos de Moncloa la asistencia de invalidez de su padre.

También se confirmó en 2016 el sobreseimiento del caso Novo Carthago, sobre presuntas irregularidades urbanísticas, que afectaban a la exsenadora del PP Pilar Barreiro.

Se dio carpetazo a la denuncia del Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra el ministro del Interior en funciones, Jorge Fernández Díaz, por delito de prevaricación administrativa tras el nombramiento del director de La Razón, Francisco Marhuenda, como comisario honorífico de la Policía Nacional

Se archivo el caso de los viajes a Tenerife de José Antonio Monago con cargo al presupuesto del Senado entre mayo del 2009 y noviembre del 2010.

O la querella de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica contra el entonces portavoz adjunto del PP en el Congreso, Rafael Hernando, por injurias. Y muchos más casos que recoge nuestro colaborador Los Genoveses.
Amistades: Acebes y Catalá

Pero Marchena además de ser un magistrado cercano al PP, es amigo de tres populares de renombre: José María Michavila, Ángel Acebes y Rafael Catalá.

https://www.elplural.com/politica/incompatibilidad-en-el-supremo-y-en-el-centro-privado-de-la-banca_205149102

Rechazan que Lesmes hable en Congreso de plaza fiscal hija de juez Marchena

La Mesa del Congreso, con los votos de PP, PSOE y Cs, ha rechazado la petición de IU para que compareciese el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, para explicar la concesión de una plaza de fiscal a una hija del juez Manuel Marchena tras la polémica que se levantó entre opositores y asociaciones.

Izquierda Unida solicitó el pasado mes de julio que Marchena acudiese al Congreso para explicar "el alcance de las denuncias aparecidas sobre supuestos tratos de favor" en la adjudicación de una plaza en la carrera fiscal a la hija del presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.


Sin embargo, PP, PSOE y Ciudadanos han sumado sus votos en la Mesa del Congreso, que ha denegado su petición, según informa IU en un comunicado.

Entienden que lo que se pretendía es que Lesmes informase sobre "actuaciones propias de la competencia del CGPJ como órgano constitucional que la Mesa considera no fiscalizables".

Este asunto fue foco de debate para algunas asociaciones profesionales que hablaron de "supuestas irregularidades" en el acceso a la carrera fiscal de la hija del magistrado.

Sin embargo, el Consejo General del Poder Judicial (GGPJ), la Fiscalía General del Estado y el Ministerio de Justicia cerraron filas en torno a la legalidad del proceso y defendieron la concesión de la plaza.

Sofía Marchena accedió a la carrera fiscal en 2017. Un año antes ya había superado la oposición, eligiendo sin embargo la carrera judicial.

Pero al no poder completar el curso en la Escuela Judicial por baja médica, una situación "inédita en la historia", la Comisión Permanente del CGPJ acordó el pasado 21 de diciembre, a propuesta de la directora de la Escuela, que Marchena se incorporase en el último puesto de la lista de aprobados de 2017 para acceder a la carrera fiscal, como eligió en esta segunda ocasión.

Marchena pudo así cambiar de la carrera judicial a la fiscal de forma que se otorgaron finalmente 36 plazas para la carrera fiscal, en vez de las 35 inicialmente convocadas

https://www.lavanguardia.com/politica/20180906/451677592706/rechazan-que-lesmes-hable-en-congreso-de-plaza-fiscal-hija-de-juez-marchena.html

CHOQUE EN LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DE FUTUROS JUECES Y FISCALES POR LA PLAZA ASIGNADA A LA HIJA DE UN MAGISTRADO DEL SUPREMO

La decisión del CGPJ de permitir de manera inédita que la joven pudiera incorporarse tras una baja al centro de formación del ministerio público y no a la escuela de jueces, que es la que inicialmente había elegido, partió en dos al comité, que finalmente llegó a un acuerdo

La Unión Progresista de Fiscales y la asociación de jueces Francisco de Vitoria piden explicaciones

La asignación de una plaza en el Centro de Estudios Jurídicos –que prepara a los futuros fiscales– a una hija del presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, derivó a mediados de mes en un choque que partió literalmente en dos la Comisión de Selección de aspirantes a la judicatura y el ministerio público.

Fuentes conocedoras de lo sucedido aseguran que cuatro de los ocho integrantes de ese comité -los dos representantes de la Fiscalía, el del Ministerio de Justicia y el director del Centro de Estudios Jurídicos– cuestionaron la legalidad del acuerdo con el que la comisión permanente del CGPJ abrió en diciembre las puertas de la carrera fiscal a Sofía Marchena. Portavoces autorizados del departamento que dirige la ministra Dolores Delgado confirmaron a infoLibre que la funcionaria que representa a Justicia en la Comisión de Selección albergaba "dudas sobre la legalidad" de esa fórmula pero declinaron aportar ningún otro dato o valorar lo ocurrido en la comisión de selección.

En virtud del acuerdo de diciembre, el órgano de gobierno de los jueces permitía que tras una baja por enfermedad y previa creación de una plaza adicional a las 35 convocadas, la joven pudiera incorporarse este año al Centro de Estudios Jurídicos y no a la Escuela Judicial. Es decir, la que prepara a los futuros jueces y que es la que la hija del magistrado había elegido cuando aprobó la oposición y en la que, de hecho, había llegado a comenzar el curso en 2017.

Por unanimidad y bajo la batuta de su presidente, que también lo es del Tribunal Supremo, el conservador Carlos Lesmes, el CGPJ acordó no solo que Sofía Marchena se incorporase al Centro de Estudios Jurídicos sumándose a la siguiente promoción de aspirantes aprobados sino que lo hiciera "conservando la puntuación obtenida".

Una vez aprueba los exámenes de oposición, cada aspirante a incorporarse a la judicatura o a la carrera fiscal se sitúa ante una encrucijada: en función de sus preferencias y siempre que su puntuación le permita bascular entre las dos opciones posibles, ha de elegir entre la Escuela Judicial y el Centro de Estudios Jurídicos. Su decisión es irreversible. En la Escuela Judicial, ubicada en Barcelona, el periodo de formación dura casi dos años. En el Centro de Estudios Jurídicos, con sede en Madrid, los nuevos fiscales están ya listos en seis meses.

"No ha habido ningún trato de favor"

Fuentes consultadas por infoLibre entre quienes defienden los pasos dados por el CGPJ ponen el énfasis en dos elementos: el primero, que no se ha causado ningún perjuicio a ningún aspirante; el segundo, que la nota obtenida por la hija del juez Marchena en la oposición a la que concurrió le daba amplio margen para elegir la opción que quisiera y que por tanto "no se ha beneficiado de ningún trato de favor". Simplemente, alegan, "la suya era una situación inédita que, como reconoce la propia Comisión de Selección, no está prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial".

El Poder Judicial, agregan las citadas fuentes, tomó su decisión después de que "por unanimidad" el claustro de la Escuela Judicial informase a favor de que ni se tuviera en cuenta que Sofía Marchena había empezado su formación en ese centro. Este periódico no ha logrado que ninguna de las partes involucradas le dé acceso a esa acta ni al informe que la dirección de la Escuela Judicial emitió a renglón seguido. Supuestamente, ese informe invoca una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE contraria a la discriminación por razones de enfermedad.

El comunicado de la Comisión de Selección –difundido por el CGPJ– subraya que "se ha respetado la opción manifestada por todos los aspirantes aprobados en la convocatoria del año 2017 en cuanto al centro de formación elegido".

No obstante, este periódico no ha logrado que los portavoces del CGPJ respondan a la siguiente pregunta: la de por qué si, dado que de las 100 plazas convocadas -65 de jueces y 35 de fiscales- habían quedado tres vacantes porque solo hubo 97 aprobados, no se ofreció solo a Sofía Marchena sino a los otros aspirantes la posibilidad de acceder a la carrera fiscal mediante la "transformación" de las plazas libres, por utilizar el término empleado ya el miércoles por los portavoces del Poder Judicial. Según los citados portavoces, no se creó una plaza ex profeso para la joven sino que se "transformó" una de las convocadas para la carrera judicial.

La controvertida decisión del CGPJ llegó a la Comisión de Selección el 9 de julio. El día 23 y tras fuertes discrepancias, el comité que tramita la distribución de los aspirantes entre las dos escuelas preparatorias -la de jueces y la de fiscales- articuló una vía para salvar su unanimidad: Sofía Marchena se incorporaría al Centro de Estudios Jurídicos como alumna de la plaza 36 -la convocatoria establecía solo 35 para fiscales y otras 65 para jueces– pero su nota se vería recortada hasta situarla en el último puesto del escalafón.

Dos asociaciones piden explicaciones

El acta de la Comisión de Selección sostiene, de hecho, que lo aprobado en diciembre por el CGPJ -conservarle la nota original- implicaba "un gravamen excesivo e injustificado a los aspirantes que han superado la fase de oposición de las pruebas selectivas". El debate que dividió a la Comisión de Selección no radicaba en si la joven opositora tenía derecho a retomar su periodo de formación sin que se le aplicara la penalización prevista en la ley para quienes no "superan" los cursos de la Escuela Judicial sino en que el Poder Judicial había autorizado de manera inédita que hiciera lo que en términos coloquiales se denomina cambiar de caballo con la carrera ya comenzada. Es decir, optar por la carrera fiscal cuando ya se había decantado por ser juez.

La decisión del Poder Judicial pasó inadvertida hasta que saltó a Twitter. Este jueves, dos asociaciones del sector, la Unión Progresista de Fiscales (UPF) y la asociación judicial Francisco de Vitoria pidieron explicaciones al CGPJ después de que la periodista Elisa Beni publicase un artículo sobre el asunto.

La UPF, en un comunicado emitido este jueves, pide "que se proporcione a esta asociación y a la opinión pública, información y la debida documentación en relación a la creación, para el próximo curso de formación inicial de la carrera fiscal, de una nueva plaza que se suma a las existentes, y que se adjudica a una persona procedente de la carrera judicial".

Mientras, la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV) ha reclamado copia del acuerdo del CGPJ por el que se modifica la nota de Sofía Marchena y "las razones por las que se decidió crear una plaza adicional de fiscales en la presente convocatoria". La asociación reclama también una copia de la solicitud de "transformación de una plaza inicialmente prevista para jueces en una plaza para fiscales, así como copia de la resolución del Ministerio de Justicia acordando dicha transformación", y copia de la solicitud del resto de aspirantes.

https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/07/27/choque_comision_seleccion_futuros_jueces_fiscales_por_plaza_asignada_hija_magistrado_del_supremo_85445_1012.html

LA HIJA DE MARCHENA

Por Elisa Beni

Yendo la última de los aprobados, con una nota que no es la suya ni la aprobada en la Permanente sino elegida a posteriori, Sofía Marchena ha sido elegida fiscal en una plaza inexistente en principio

¿Cómo se explica que el CGPJ acuerde y publique en BOE una cosa y luego no la cumpla para no perjudicar?

La transparencia y la limpieza deben regir los actos de toda administración y, como no, aún más si cabe del órgano de Gobierno de los jueces que son aquellos llamados a controlar la de los otros. Por eso, cuando la sombra de la duda se cierne sobre sus actos es necesario que estos sean explicados, aclarados y dejados fuera de toda sospecha ante la ciudadanía y ante aquellos que puedan haberse visto agraviados por ellos. Si el acto que semeja mancillado lo es, además, por la sombra del nepotismo, no cabe dilación a la hora de hacerlo.

Este es el caso de la publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado de la adjudicación de la plaza número 36, de la convocatoria pública de 35 plazas de fiscal, a la hija del presidente de la Sala II del Tribunal Supremo, Manuel Marchena. Hace calor y en muchos rincones de España, jóvenes esperanzados estudian su oposición con gran sacrificio personal. Ayer estaban soliviantados. ¿Cómo se concede la plaza número 36 si sólo había 35 plazas? ¿Cómo es que esa plaza inesperada es para Sofía Marchena Pereda, hija del magistrado Marchena? ¿Deben comenzar a desconfiar de algo que les parecía tan sólido y neutro y justo como una dura oposición? ¿Debemos hacerlo los ciudadanos? Voy a intentar responder a algunas de estas preguntas pero es seguro que serán otros los que tendrán que hacerlo para asumir su responsabilidad.

Comenzaré por el principio para ver dónde se hallan las grandes dudas de un proceso que puede resultarles farragoso.

La hija de Marchena aprobó en 2016 la oposición común a las carreras fiscal y judicial con una nota de 68’20 y eligió irse a la Escuela Judicial para ser juez. Según los datos públicos de la convocatoria, el último aspirante que eligió ser fiscal tenía un 50’66 lo que significa que ella podía haber elegido ser fiscal. No fue así. Optó por ser juez. Esto es importante porque una vez elegida una u otra carrera, la permeabilidad entre ambas es nula. Sofía Marchena se incorporó a la Escuela Judicial y al mes de estar en ella tuvo que abandonarla por una enfermedad. Lo cierto es que no es la primera vez que esto sucede, evidentemente. La ley ya dice claramente que a quien le suceda esto, se le permitirá incorporarse a superar su fase de Escuela con otra promoción. ¿Por qué no pasa eso con la hija de Marchena? ¿Por qué no se espera a que se recupere para volver a incorporarse?

Lo que sucede es algo bien distinto. El día 21 de diciembre de 2017, al filo de la Nochebuena, se toma un acuerdo en la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) mediante el cual la aspirante a juez Marchena es suspendida como funcionaria en prácticas por su enfermedad pero, además, resuelve que la hija de Marchena "se incorpore a la relación de aspirantes que superen el proceso selectivo inmediato al dictado de esta resolución", es decir, la retrotrae al momento en el que aún no había elegido entre ser juez y fiscal. ¿Por qué se hace esto? Es inaudito. Ningún director de la Escuela Judicial recuerda que un caso de ausencia por enfermedad se resolviera de ninguna otra manera que como está indicado: volviendo a iniciar el curso con otra promoción. El acuerdo de Nochebuena dice además que conservará la nota y todos sus derechos. Podría parecer justo pero al propio CGPJ no se lo ha parecido puesto que, a pesar de haberlo acordado, hoy hemos sabido que se le asignó otra nota inferior a esa (52’31) justo por debajo del último admitido "para no perjudicar a nadie". ¿Cómo se explica que el CGPJ acuerde y publique en BOE una cosa y luego no la cumpla para no perjudicar?

¿Cómo y por qué adopta este acuerdo la Comisión Permanente -el sanedrín reducido de Lesmes-? ¿A petición de quién? Aclaremos que un órgano de este tipo no se pronuncia en el vacío sino que el problema o la cuestión ha de llegar por vía legalmente autorizada para estimular la adopción de ese acuerdo. El CGPJ ha aclarado que tal cuestión llegó a la mesa de la Permanente a través de una propuesta de la Directora de la Escuela Judicial. ¿Por qué y a título de qué la directora de la Escuela propone que se adopte una resolución sobre un problema cuya solución ya se conoce porque la fija la ley? ¿En qué términos lo hace? Nunca se había dado un caso así. Ninguna otra vez un director de la Escuela Judicial ha consultado que sucede con un alumno enfermo al CGPJ, ¿tiene algo que ver que la directora consultante sea la mujer del magistrado Llarena que pertenece a la sala que preside el padre de la joven?

La citada resolución se publicó a hurtadillas justo antes de Nochebuena e incluía la indicación de que podía ser impugnado durante dos meses ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Como se ha visto ningún opositor o interesado lo vio o lo impugnó así que devino firme y eso es lo que utiliza ahora el CGPJ para revestir de legalidad lo que sigue pareciendo totalmente ajeno a la normalidad de una oposición.

Como hemos dicho, la hija de Marchena ha optado esta vez por elegir la carrera fiscal. Ha tenido la posibilidad debido a su infausta enfermedad de volver a replantearse sus opciones profesionales y elegir otras, algo que le está vedado a todos los demás componentes de su promoción y de las restantes. Nunca había pasado. Ya es cosa del destino que vaya a suceder con la hija del presidente de la Sala II del Tribunal Supremo.

Insiste mucho el CGPJ en que no se ha perjudicado a nadie, pero es que ni siquiera este extremo lo podríamos firmar a ciegas. Yendo la última de los aprobados, con una nota que no es la suya ni la aprobada en la Permanente sino elegida a posteriori, ha elegido fiscal en una plaza inexistente en principio. ¿Le ofrecieron a los anteriores opositores, del 93 al 97 que eligieron juez la plaza supletoria, la plaza de más? ¿Eligieron juez todos por voluntad propia o alguno lo hizo porque la plaza 35 ya se había consumido por el opositor 92 y ya no quedaban más?

El presidente del CGPJ debería de explicar todos estos extremos y mostrar la documentación pertinente para alejar la sospecha de que esto seas una cacicada a la que se ha revestido de una legalidad nunca vista antes para permitir que la hija del magistrado Marchena cambiara su elección de juez a fiscal sin volverse a examinar. Deberíamos poder ver los términos del escrito de la directora de la Escuela y los informes técnicos o deliberaciones que llevaron a este acuerdo. En caso contrario muchos opositores y muchos que no lo somos vamos a pensar que el triángulo mujer de Llarena-Padre Marchena y Lesmes se cerró para hacerle un favor concreto a una persona determinada. Eso en castellano del que le gusta a Reverte se llama nepotismo. Eso lanzaría una sombra de duda sobre el sistema de acceso a la judicatura y al ministerio fiscal y nos enseñaría hasta que punto de desvergüenza institucional se puede llegar.

Las explicaciones dadas hasta el momento, como les he mostrado, no son suficientes. Hay un dicho jocoso en el mundo judicial que dice que en el CGPJ el principio de legalidad resulta revolucionario. Es un chascarrillo. Es seguro que todo el proceso pasa de largo la prueba del algodón, sólo tienen que mostrárnoslo.

https://www.eldiario.es/zonacritica/hija-Marchena_6_796580368.html

SOSPECHAS DE TRATO DE FAVOR A LA HIJA DEL PRESIDENTE DE LA SALA QUE JUZGARÁ EL 1-O

La hija del presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, ha conseguido una plaza como fiscal en un proceso sin precedentes que apunta a trato de favor, según ha denunciado eldiario.es. Sofía Machena Pereda ha conseguido la plaza 36 de una convocatoria de 35 plazas de fiscal y lo ha hecho mediante un procedimiento sospechoso de nepotismo.

La hija de Marchena aprobó el año 2016 la oposición común a las carreras fiscal y judicial con una nota de 68,20, optó por ser juez e ingresó en la Escuela Judicial, con sede en Barcelona. En aquel momento Sofía Marchena Pereda hubiera podido hacer carrera como fiscal ya que tenía nota suficiente para hacerlo. Hay que puntualizar que una vez has escogido una opción no puedes pasarte a la otra.

Acuerdo del CGPJ

Un mes después de ingresar en la Escuela Judicial, la hija de Marchena la abandonó por enfermedad, y no ha vuelto, una vez recuperada, tal como le permite la ley. Contrariamente, en diciembre del 2017 la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la suspendió como funcionaria en prácticas (estatus que tenía como alumna de la escuela) a causa de su enfermedad y la puso en situación de poder escoger nuevamente si quería ser juez o fiscal, a la vez que le conservó su nota (68,20) y sus derechos.

Esta es, explica el diario.es, una situación inaudita ya que, habitualmente, cuando un alumno de la Escuela Judicial abandona por enfermedad, se incorpora a la siguiente promoción.

El cambio de situación de la hija del magistrado se acordó en la Comisión Permanente del CGPJ a propuesta de la directora de la Escuela Judicial, Gema Espinosa, esposa del magistrado de la sala segunda del Supremo Pablo Llarena, sala que preside precisamente Manuel Marchena. Y el acuerdo se adoptó, sospechosamente, el 21 de diciembre, a pocos días de las vacaciones de Navidad, de modo que pudiera pasar desapercibido.

Plaza de fiscal

Gracias ha este acuerdo del CGPJ, la hija de Marchena ha conseguido una plaza de fiscal, la 36, en una convocatoria que inicialmente era de 35, tal como publicó el Boletín Oficial del Estado (BOE) el miércoles 25 de julio. La nota con que ha conseguido la plaza no, es sin embargo, la que le reconoció el CGPJ en diciembre del 2017 (68,20). Se le asignó una inferior (52,31) para, según han indicado fuentes del CGPJ a eldiario.es, "no perjudicar a nadie".

El trato de favor que habría recibido a la hija del magistrado Manuel Marchena ha sido denunciado por varios juristas y políticos en las redes sociales.

La Unión Progresista de Fiscales (UPF) ha reclamado al Consejo General del Poder Judicial toda la información y documentación referida a ala asignación de la plaza de fiscal a la hija del magistrado Manuel Marchena.

https://www.elnacional.cat/es/politica/denuncia-trato-favor-hija-magistrado-marchena_291705_102.html

EL CGPJ CREA AD HOC UNA PLAZA DE FISCAL PARA LA HIJA DE UN JUEZ DEL SUPREMO

Asociaciones de fiscales piden explicaciones al CGPJ por la adjudicación ad hoc de una plaza de fiscal a la hija del magistrado del Supremo Manuel Marchena

Dudas por la posible adjudicación irregular de una plaza de fiscal a Sofía Marchena, hija del presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo (TS), Manuel Marchena. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles la selección de aspirantes para cubrir 65 plazas de juez y 36 plazas de fiscal, pero en el caso de la carrera fiscal el Gobierno solo había presupuestado 35 plazas.

La plaza extra llevaba el nombre de la hija del magistrado del Alto Tribunal, que aprobó en 2016 la oposición a la carrera judicial y fiscal. Esta oposición es común para futuros jueces y fiscales y los aspirantes que superan el duro proceso selectivo deben elegir si completarán su formación en la Escuela Judicial para ser magistrados o si acudirán a la Escuela Fiscal para ser fiscales. Esta elección no tiene marcha atrás.

En el caso de Sofía Marchena, que aprobó la oposición en 2016 y accedió a la Escuela Judicial, la elección sí ha tenido vuelta atrás, según ha detallado Elisa Beni en Eldiario.es, haciéndose eco de una noticia que ha corrido como la pólvora en las últimas horas en los foros de opositores a la carrera judicial.

La entonces aspirante a juez abandonó la Escuela Judicial por enfermedad. En este caso la ley permite que los futuros jueces inicien el curso en la Escuela en otra promoción, pero en ningún caso se les permite volver a elegir entre ser jueces o fiscales.

Sin embargo esta semana su nombre ha aparecido estampado en el BOE en el listado de aspirantes que han superado la oposición este año, con una nota de 52,31; que no es la que obtuvo cuando aprobó el proceso selectivo, de 68,20. Según Beni, esta decisión fue acordada en diciembre por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)

Las asociaciones profesionales piden explicaciones al CGPJ

Varias asociaciones profesionales han reclamado explicaciones por lo sucedido. Es el caso de la Unión Progresista de Fiscales, que en un comunicado hecho público este jueves ha pedido a la Comisión de Selección para las carreras fiscal y judicial que se den "las explicaciones pertinentes para que se pueda evitar cualquier asomo de duda en el duro y objetivo proceso de selección" para ser juez o fiscal. Además, ha exigido "transparencia" al CGPJ.

También se ha pronunciado la Asociación Profesional Independiente de Fiscales, que ha exigido al órgano de gobierno del Poder Judicial una "aclaración extensa y completa" que elimine "cualquier atisbo de duda sobre lo ocurrido", con la esperanza de que sea "un malentendido".

https://www.economiadigital.es/politica-y-sociedad/el-cgpj-crea-ad-hoc-una-plaza-de-fiscal-para-la-hija-de-un-juez-del-supremo_568994_102.html

LA INCLUSIÓN DE SOFÍA MARCHENA EN LA LISTA DE APROBADOS A JUECES Y FISCALES ES AJUSTADA A DERECHO Y LEGAL

La Comisión de Selección, el órgano tripartito compuesto por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Fiscalía General del Estado y el Ministerio de Justicia, ha salido al paso del revuelo que se ha montado, a propósito de la inclusión en la lista de aprobados a jueces y fiscales de este año de Sofía Marchena.

En un comunicado explica que el caso es ajustado a derecho y no hay nada raro, contrariamente a lo que se ha afirmado en las redes sociales y en algún medio de comunicación en las últimas horas a cuenta de su relación con el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, de la que es hija.

Sofía Marchena aprobó las oposiciones a jueces y fiscales el pasado año con el número 25, tal como figura en el acuerdo de la citada Comisión de Selección de 10 de julio de 2017.

La joven se integró en la Escuela Judicial que el CGPJ tiene el Barcelona en octubre, pero no pudo completar el curso teórico multidisciplinar que constituye la primera fase de formación inicial de jueces debido a una grave enfermedad; tuvo que pedir la baja.

La situación de la alumna “es inédita en la historia de la Escuela Judicial” y no hay una “solución explícita” en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ); tampoco está regulada en el Reglamento de la Escuela Judicial, reconocía el claustro de profesores en su acta del 30 de noviembre de 2017.

Derecho a repetir el curso. La comisión de selección da el visto bueno. Se la colocó la última por qué antes juez y ahora juez derecho a repetir el curso

El artículo 309.1 de la LOPJ -la clave del caso- dice expresamente: “Los que no superen el curso podrán repetirlo en el siguiente, al que se incorporarán con la nueva promoción”.

No aborda este supuesto en el que el alumno no es que haya suspendido el curso sino que no ha podido realizarlo por un problema de salud grave.

Una circunstancia sobre la que Gema Espinosa, entonces directora del citado centro de formación del poder judicial, informó a la Comisión Permanente del CGPJ, proponiendo que se incorporara a la siguiente promoción, una vez que estuviera recuperada de su enfermedad.

Y la Permanente acordó, el 21 de diciembre de 2017 -hace siete meses- que “la alumna Sofía Marchena se incorporará a la relación de aspirantes que superen el proceso selectivo de oposición a las carreras judicial y fiscal inmediato que se concluya a partir del dictado de la presente resolución, conservando la puntuación obtenida en el proceso selectivo en el que participó en su momento y todos sus derechos en la forma expuesta en el apartado (b) de la propuesta que sustenta este acuerdo”.

La comisión de selección da el visto bueno

La propia Comisión de Selección -cuya presidencia es rotatoria (ahora es ocupada por el fiscal de Sala del Supremo, José Javier Huete, después la asumirá el vocal del CGPJ Rafael Mozo)– reconoció, en sus dos reuniones del 17 y 23 de julio pasado, que “se trata de una excepcional circunstancia que no encuentra acomodo en el artículo 309.1 de la LOPJ, así como tampoco en el reglamento de la Escuela Judicial, pudiendo ser, en su caso, de aplicación por analogía, la normativa reguladora del Centro de Estudios Jurídicos”.

Dicha institución es el centro de formación de los fiscales y tiene su sede en Madrid.

Su actual directora, María de las Heras, forma parte de la Comisión de Selección, al igual que el actual director en funciones de la Escuela Judicial, Jorge Jiménez Martín, un fiscal, un magistrado y dos personas más sin derecho a voto.

La normativa citada dice que el que no puede superar el curso debe incorporarse a la promoción siguiente, con la nota que tenía.

Se la colocó la última

Sin embargo, la solución a la que ha llegado no ha sido beneficiosa para la joven Marchena porque del puesto 25 que ocupó en su promoción ha sido colocada en el 98 de la actual, en la que va a formar parte.

La última. No se le ha respetado la nota conseguida. Para no perjudicar a ningún derecho de los 97 aprobados.

“Este hecho no ha supuesto la supresión ni el incremento de ninguna plaza, ya que de las 100 plazas convocadas, se cubrieron inicialmente 97, quedando tres plazas sin cubrir, una de las cuales se ha asignado por la Comisión de Selección a doña Sofía Marchena Perea”, dice la Comisión de Selección en su comunicado.

“Se ha respetado la opción manifestada por todos los aspirantes aprobados en la convocatoria del año 2017 en cuanto al centro de formación elegido”, añade.

La Comisión de Selección disiente de la decisión de la Permanente de diciembre pasado: “Si bien permite preservar los derechos de la interesada como aspirante, impone, por otro lado, un gravamen excesivo e injustificado a los aspirantes que han superado la fase de oposición de las pruebas selectivas…, y que en el orden de sus respectivas puntuaciones han efectuado su opción por una de las dos carreras (judicial o fiscal) conforme a la distribución de plazas contenidas en las bases de la convocatoria”.

Por qué antes juez y ahora juez

La decisión tomada por la Comisión de Selección, devuelve a Sofía Marchena a la casilla de salida, al establecer que “se incorpore a la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición a las pruebas selectivas correspondientes al año 2017”. Lo que le ha dado la posibilidad de escoger la carrera fiscal en vez de la judicial, sin afectar al derecho de ninguno de los compañeros de esta promoción en curso.

https://confilegal.com/20180726-la-inclusion-de-sofia-marchena-en-la-lista-de-aprobados-a-jueces-y-fiscales-es-ajustada-a-derecho-y-legal/

EL CGPJ DEFIENDE LA POLÉMICA CONCESIÓN DE UNA PLAZA DE FISCAL A UNA HIJA DEL SUPREMO

Sofía Marchena logra la plaza 36 de 35 fijadas con anterioridad

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Fiscalía General del Estado y el Ministerio de Justicia han defendido este jueves la concesión de una plaza en la carrera fiscal a una hija del magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena, tras la polémica suscitada entre opositores y asociaciones profesionales.

Las tres instituciones integran la comisión de selección de las oposiciones a jueces y fiscales, que este miércoles publicó en el Boletín Oficial del Estado la lista de personas que han superado la oposición a juez y fiscal convocada en 2017.

El Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía y el Ministerio de Justicia han defendido la concesión de la plaza n el listado, con una puntuación de 52,31 y con la carrera fiscal como destino, se incluyó a Sofía Marchena, hija del magistrado del Supremo. Marchena ya había superado la oposición en 2016, con 68,2 puntos, y eligió entonces la carrera judicial, por lo que entró en la Escuela Judicial para realizar el curso preceptivo.

Pero no pudo completarlo por estar de baja médica desde marzo de 2017 y la directora de la Escuela Judicial advirtió al CGPJ de que era una situación “inédita en la historia” de esa institución y que no había una “solución explícita” para ella en la Ley Orgánica del Poder Judicial ni en el reglamento del centro.

La directora de la Escuela Judicial advirtió al CGPJ de que era una situación “inédita en la historia”
Según explica la comisión de selección en un comunicado emitido este jueves, a propuesta de la directora de la Escuela, la Comisión Permanente del CGPJ acordó el pasado 21 de diciembre que Marchena quedaría incorporada a la relación de aspirantes aprobados en la siguiente convocatoria con la nota que ya había obtenido.

La comisión de selección, reunida entre el 17 y el 23 de julio, cuestionó en parte la decisión del CGPJ, al entender que si Marchena mantenía su nota se podía perjudicar a los aspirantes de las pruebas convocadas en 2017.

Acordó así incorporar su a la lista de aprobados de 2017 y que, para preservar los intereses de todos los participantes, se anotara “en el último lugar de la mencionada lista, con una puntuación inmediatamente inferior a la del ultimo de la lista y respetando la opción que ha manifestado por el ingreso en la carrera fiscal”.

Marchena ha podido así cambiar de la carrera judicial a la fiscal y “atendidas las circunstancias excepcionales anteriormente descritas”, añade la comisión de selección, se han otorgado finalmente 36 plazas para la carrera fiscal, en vez de las 35 inicialmente convocadas.

Destaca la comisión que no se ha incrementado el número de plazas, ya que se convocaron 100 en total, quedaron inicialmente cubiertas 97 y a Marchena se le ha asignado una de las tres que no se cubrieron.

Asegura además que se ha respetado la elección de carrera judicial o fiscal de todos aquellos que han aprobado las oposiciones. Poco antes de emitirse este comunicado, la Unión Progresista de Fiscales (UPF) había exigido a la comisión de selección que aclarara por qué para el próximo curso de la carrera fiscal se ha ofrecido una nueva plaza y se ha adjudicado a una persona procedente de la carrera judicial.

A su juicio, la persona afectadas debe ser la primera interesada en esas explicaciones para evitar “cualquier asomo de duda en el duro y objetivo proceso de selección” que hay que seguir para ser juez o fiscal

Por su parte, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) había pedido al Consejo una aclaración “extensa y completa” que eliminara cualquier atisbo de duda, con la esperanza de que todo fuera un “malentendido”.

https://www.lavanguardia.com/politica/20180726/451115381368/marchena-fiscalia-consejo-general-poder-judicial.html

LA ‘WEST POINT’ DE LESMES: “PENALISTAS SOMOS TODOS”

La polémica cobertura de tres plazas vacantes en la Sala Segunda del Tribunal Supremo

El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, cuyo mandato vence a primeros de diciembre de 2018, parece ahora ya estar decidido: sacar a concurso, cuanto antes, las tres plazas vacantes de magistrados en la Sala Segunda del Tribunal Supremo o Sala de lo Penal.

Las filigranas que se siguen para convocar este concurso pondrían a la Sala Segunda en un pedestal similar al de la Corte Suprema de Estados Unidos, donde los nombramientos de sus jueces constituyen uno de los grandes asuntos políticos de Washington, pero la escasa atención mediática sobre los movimientos de Lesmes en este frente convierten la elección en un asunto de iniciados.

La decisión de Lesmes parece precipitarse por la situación dramática de acumulación de causas en la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la cúspide de la jurisdicción penal española.

Se trata de recursos de casación de gran relevancia, como el de Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau contra la condena por desobediencia en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), o el caso Nóos-Urdangarín, cuya vista se ha celebrado y se espera la sentencia para finales de abril; y last but not least, la resolución de los recursos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en el caso Gürtel-Fitur y de la apelación contra la sentencia de las tarjetas black de Caja Madrid, previsto, ahora, para finales de mayo.

A todo esto, y otros casos más, hay que añadir la instrucción de la causa por rebelión y malversación en Cataluña contra 25 procesados, nueve de ellos en prisión y con procedimientos de extradición en curso en Alemania, Bélgica, Reino Unido y Suiza.

El pasado 3 de abril, precisamente, el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, dictaba una providencia en relación con la fecha señalada para resolver el recurso de casación de la sentencia del TSJC que condenó a Mas, Ortega y Rigau por desobediencia en relación con la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014.

El señalamiento para resolver la sentencia dictada el 13 de marzo de 2017 en Barcelona era el miércoles próximo, día 25 de abril.

En la providencia del 3 de abril pasado se lee:

Dada cuenta; haciendo uso de las normas de reparto vigentes en el presente año, aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal se suspende el señalamiento acordado para el día 25 de abril de 2018 a las 10.30. Y procédase a nuevo señalamiento cuando por turno corresponda lo que se pondrá en conocimiento de los que en el mismo intervienen”.

Marchena, acto seguido, hizo algo más.

Redactó una carta dirigida al presidente del CGPJ y del Supremo, Carlos Lesmes, en la que le urgía a convocar el concurso para cubrir las vacantes de los tres magistrados ya apuntados.

Sencillamente, la Sala Segunda —que con la incorporación de Vicente Magro el pasado 27 de febrero suma 12 magistrados, incluyendo a su presidente— no da abasto.

Es cierto que el aplazamiento de la fecha señalada para la casación de Mas, Irene y Rigau tenía una peculiaridad.

La defensa había solicitado que ninguno de los miembros designados para resolver la casación procediera del tribunal que había juzgado y condenado en el Supremo, el 23 de marzo de 2017, al entonces diputado Francesc Homs por el delito de desobediencia.

La Sala Segunda aceptó este criterio al formar el tribunal y nombró a Julián Sánchez-Melgar ponente en el recurso. Pero, Sánchez-Melgar abandonó en diciembre de 2017 la ponencia al ser nombrado fiscal general del Estado.

Se nombró entonces al magistrado Andrés Palomo como ponente. Pero se cayó en la cuenta, días después, de que se había cometido un error: los cinco magistrados para la apelación eran, en efecto, diferentes a los que habían formado el tribunal de Homs. Pero se había pasado por alto que si bien Palomo no fue miembro del tribunal, había sido magistrado instructor de la querella contra Homs.

Ergo, no había el quorum de cinco magistrados.

Eso fue, pues, lo que descerrajó la carta de Marchena a Lesmes, la gota que colmó el vaso.

Tres vacantes

El ahora extinto magistrado José Manuel Maza dejó la primera vacante a finales de noviembre de 2016, al asumir el puesto de fiscal general del Estado; Cándido Conde-Pumpido fue el segundo en salir para incorporarse, en marzo de 2017, al Tribunal Constitucional, de cuya sección primera forma parte desde entonces. La tercera es la de Julián Sánchez-Melgar, que pasó a ser fiscal general del Estado a mediados de diciembre pasado.

La Sala Segunda tiene 15 magistrados de planta y solía contar con un número considerable de magistrados eméritos, cuatro, aquellos que tras jubilarse seguían —con solicitarlo y cumplir las condiciones, habida cuenta de las necesidades de la Sala— ejerciendo plena jurisdicción en igualdad con sus pares. En ciertos momentos podía, por tanto, llegar a los 20 magistrados. Pero los eméritos, según una reforma, han desaparecido en octubre de 2017.

El magistrado José Ramón Soriano se jubiló en noviembre pasado y la Sala Segunda se quedó con 11 magistrados. Sin perdida de tiempo, la Comisión Permanente del CGPJ sacó el 30 de noviembre la plaza a concurso.

¿Por qué en ciertos casos, como el de Soriano, por ejemplo, Lesmes actuó con celeridad y en otros, como las tres plazas vacantes, conduce a la Comisión Permanente a arrastrar los pies?

¿Hay alguna explicación? Haberla, como las meigas, pues sí que hayla.

Soriano era un magistrado del turno general y para sustituirle, por tanto, no se necesitaba tener categoría de especialista.

¿Y qué es eso?

Si se aplica la aritmética que surge de los artículos 343 y 344 y de las normas de la ley Orgánica del Poder Judicial para la composición del Supremo, sobre 12 magistrados procedentes de la carrera judicial en la Sala Segunda, seis tienen que ser especialistas en derecho penal.

¿Y quién concede, por así decir, la condición o título de especialista?

Aquí viene el problema.

Y he aquí la historia del problema.

Los únicos especialistas realmente existentes para aplicar la ley vigente eran aquellos magistrados que habían ejercido durante más de diez años en juzgados de la jurisdicción penal (como por ejemplo ocurre con Maza y Conde-Pumpido, que han dejado dos de las tres vacantes).

Por tanto, se hacía necesario, para cumplir con el cupo de seis especialistas en penal de la Sala Segunda, arbitrar una solución. Entre los años 1995 y 1996, el CGPJ organizó un curso restringido de especialidad penal para aquellos jueces que quisieran ascender a la categoría de magistrado de manera más rápida.

Los jueces que obtuvieron ese ascenso fueron Enrique López, Eloy Velasco, Leopoldo Puente, Pablo Llarena y Jaime Tapia y Julián Sánchez Melgar. En 2002, Jaime Requena superó una prueba de especialidad en lo penal.

Por tanto, se trataba de un curso restringido. Porque solo podían participar jueces que a través del curso querían ascender a la categoría de magistrado. El magistrado que deseaba especializarse en derecho penal no podía participar. Era un coto vedado.

En 2011, el magistrado Eloy Velasco, a cargo del juzgado central de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, presentó un recurso ante el CGPJ en el que pedía que se aplicara el cupo de especialistas en penal al cubrir las vacantes de la Sala Segunda. Velasco quería ingresar en la Sala Segunda.

El CGPJ, presidido por Carlos Dívar, y con gran protagonismo de los vocales Margarita Robles, de la progresista Jueces para la Democracia, y Manuel Almenar, de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura, decidió acoger la iniciativa de Velasco en otra dirección: consagrar de manera definitiva la especialidad penal mediante un nuevo reglamento. Y organizar un curso con pruebas muy duras para todos aquellos magistrados, esta vez sin restricción, que optaran por la especialidad penal. Fue el Reglamento 2/2011.

El Pleno del CGPJ adoptó el acuerdo del 30 de junio de 2011 por el cual se convocan las pruebas de especialización en las jurisdicciones civil y penal.

Los magistrados que impartieron el curso de derecho penal, algunos de la Sala Segunda del Supremo, recuerdan que ha sido uno de los más completos que se hubieran impartido con unas pruebas de selección que requerían unos conocimientos nunca antes requeridos. Una verdadera oposición.

Magistrados de todas las corrientes decidieron apuntarse, aunque quizá con una mayor asistencia de aquellos afiliados a la asociación de la progresista Jueces para la Democracia. El resultado es que salieron 25 especialistas de lo penal, una camada de magistrados con conocimientos que habían pasado una prueba muy exigente, según se ha señalado. La ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, pues, ya tenía un plantel de 25 especialistas en derecho penal.

Habían salido los especialistas auténticos. Aquellos que habían pasado una selectividad de penal frente a los otros, aquel puñado de jueces que, en rigor, había hecho el curso en 1995/96 más en razón de su promoción, para su ascenso de jueces a magistrados en un periodo de tiempo muy inferior al que requería la práctica habitual.

Como una de las asociaciones de jueces, sin participación en el CGPJ, se sintió marginada, un recurso de la Asociación Francisco de Vitoria llegó a la Sala Tercera del Supremo contra la decisión de considerar especialistas en derecho penal a aquellos que habían pasado la prueba de selección del Reglamento 2/2011.

Estas diferencias podían solucionarse sin demasiadas dificultades. En marzo de 2012, el Gobierno de Mariano Rajoy creaba una Comisión Institucional para la elaboración de una propuesta de texto articulado de Ley Orgánica del Poder Judicial y de Ley de Demarcación y de Planta Judicial.

Y uno de sus integrantes era Carlos Lesmes.

Pero nada se hizo respecto a la especialidad penal.

La Sala Tercera del Supremo examinó en julio de 2013 el recurso y por mayoría, con varios votos particulares, lo admitió y anuló las pruebas del Reglamento 2/2011. El argumento: el CGPJ se había excedido en sus poderes mediante una decisión ultra vires (más allá de su autoridad); la especialidad obtenida por la citada prueba, sostenía, carecía de “cobertura legal”. Se podía tener en cuenta, añadía, como un mérito.

En realidad, la propia ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 era la fuente de esa cobertura legal, habida cuenta de que exigía que seis plazas de las 12 de la Sala Segunda que correspondían a la carrera judicial debían ser cubiertas por especialistas de lo penal.

Carlos Lesmes, miembro de la Sala Tercera, apoyó de manera activa esa decisión de anular las pruebas.

Él y un grupo de especialistas de lo contencioso-administrativo sostenía que en realidad las únicas especialidades que debían existir eran la suya —contencioso-administrativo— y la social o laboral.

Desde entonces el grupo de Lesmes y magistrados de lo contencioso-administrativo empezó a ser conocido con un nombre: los de la West Point, el nombre de la Academia Militar de Estados Unidos fundada en 1802.

Pero Lesmes tendría desde el CGPJ cinco años de mandato si de verdad el asunto se limitaba a la ausencia de cobertura legal, como sostenía la sentencia de la Sala Tercera que había anulado las pruebas.

En las reformas de la ley Orgánica del Poder Judicial (aparte de la practicada en 2013) de 2014 y 2015, el asunto de la especialidad penal siguió sin resolverse.

Lesmes dejó pudrir la situación.

En los últimos meses de 2015 se volvió a presentar el dilema al convocarse el 22 de octubre de ese año el concurso para cubrir la plaza por jubilación de Joaquín Giménez, magistrado de la especialidad penal. El requisito que ponía la convocatoria: "Haber accedido a la categoría de magistrado mediante las correspondientes pruebas de selección en el orden jurisdiccional civil y penal o haberlas superado ostentando la categoría".

El 14 de enero de 2016, la Comisión Permanente del CGPJ aprobó la terna de candidatos para cubrir la plaza de Giménez.

¿Quiénes eran los aspirantes que reunían los requisitos según un informe del gabinete técnico del CGPJ?

Los cinco del cursillo de mediados de los años noventa, aquel curso de promoción de juez a magistrado a través de la especialidad penal: López, Velasco, Llarena, Tapia y Puente.

Los especialistas "auténticos" que aspiraban a entrar en la Sala de Apelaciones, según el gabinete técnico, no reunian los requisitos porque la prueba que habían superado en 2011 había sido anulada por la Sala Tercera del Supremo en su sentencia de julio de 2013.

El CGPJ se inclinó el 28 de enero de 2016 por Llarena, presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona y presidente hasta noviembre de 2015 de la Asociación Profesional de la Magistratura.

Y en mayo de 2017 tuvo lugar, una vez más, una ocasión donde volvieron a ganar la partida los “dueños de la especialidad penal”. Se trataba de cubrir dos puestos de nueva creración en la naciente Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional. Según un informe del gabinete técnico del CGPJ solo Enrique López y Eloy Velasco representaban a los especialistas en derecho penal.

Las enmiendas de 2018

En febrero de 2018, los grupos parlamentarios presentaron sus propuestas de reforma de la ley Orgánica del Poder Judicial a raíz de una reforma parcial sobre permisos y licencias.

El Partido Popular ha propuesto introducir en relación al tema de las plazas de la Sala Segunda del Supremo la siguiente enmienda:

“A los efectos de la reserva de plazas en el Tribunal Supremo en los órdenes jurisdiccionales civil y penal prevista en el artículo 344 a) de esta Ley, los magistrados/as que hubieren prestado 15 años de servicios en la carrera y en órganos del orden jurisdiccional propio de la Sala de que se trate, se equipararán a los que hubiesen superado las pruebas de selección en el orden jurisdiccional correspondiente.

Para la cobertura de aquellas plazas en órganos colegiados de los órdenes jurisdiccionales civil y penal que esta Ley atribuye a la especialización el carácter de mérito preferente, los magistrados que hubieren prestado 15 años de servicios en la categoría y en órganos del orden jurisdiccional propio de la plaza a cubrir tendrán la consideración de especialistas en el orden correspondiente, salvo en lo relativo a la especialización mercantil

Justificación

La justificación de la medida parte de la consideración de un determinado número de años en el ejercicio de una específica jurisdicción como condición suficiente para ostentar la condición de especialista en el orden civil y penal”.

Es decir: la especialidad penal se consigue sencillamente con el ejercicio de un número de años, 15 según la propuesta, en la jurisdicción.

En otras palabras: todos somos penalistas, no se trata de una especialidad como la de contencioso-administrativo o la social.

Lesmes, según ha dejado saber, va a proponer la convocatoria de las tres plazas vacantes de penalistas o especialistas en derecho penal (Maza, Conde-Pumpido y Sánchez-Melgar) con el criterio de la enmienda del PP, lo que supondrá erradicar definitivamente la posibilidad de consolidar especialistas de lo penal.

Ello consagra, de paso, la marginación definitiva de los 25 magistrados que pasaron por las duras pruebas de 2011. Los especialistas auténticos.

En círculos influyentes próximos al presidente del CGPJ se utiliza para reforzar esa erradicación ya definitiva el siguiente argumento de “venta”: Lesmes desea frenar la posibilidad de que solo cinco magistrados —Enrique López, Leopoldo Puente, Eloy Velasco, Jaime Tapia, que hicieron los cursillos de mediados noventa y 2002, y Jaime Requena, en 2002, respectivamente—, se disputen las tres vacantes de la Sala Segunda.

Y más precisamente, que el presidente del CGPJ y del Supremo desea cerrar la puerta de la Sala Segunda a un magistrado que ya se vio obligado a dimitir del Tribunal Constitucional: Enrique López.

Lesmes cree, por tanto, que sabe cómo “vender” su producto de “todos somos penalistas”.

Cerrando la puerta de la Sala Segunda a Enrique López.

https://elpais.com/politica/2018/04/18/analitica/1524010142_664438.html

EKAIZER EXPLICA LA OPERACIÓN DIQUE DEL PP: "MARCHENA ERA EL IDEÓLOGO"

El periodista Ernesto Ekaizer ha explicado en 'Las Mañanas de Cuatro' la 'Operación Dique' con la que el PP intentó contener la corrupción. Según Ekaizer, Marchena fue el ideólogo de este entramado en el que el ministro Rafael Catalá era "el rey". Además, Ekaizer explica el papel del Fiscal Anticorrupción y el Fiscal General del Estado en esta operación.

http://www.cuatro.com/las-mananas-de-cuatro/Ekaizer-Operacion-Dique-PP-Marchena-Catala-Moix-Maza_2_2365155111.html

MANUEL MARCHENA, EL PRÓXIMO IMPLICADO EN LAS GRABACIONES DE GONZÁLEZ

Por Ernesto Ekaizer

El nombre del presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, según fuentes próximas a la investigación de la Operación Lezo, se suma a las personalidades del mundo judicial que aparecen en las conversaciones que mantuvo en los últimos meses de 2016 el ex presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González.

Ante la formación del nuevo Gobierno, tras la investidura de Mariano Rajoy en octubre pasado, una serie de juristas influyentes, a los que tuvo acceso González, tramaron un cambio en la Fiscalía General del Estado, la Fiscalía de la Audiencia Nacional y la Fiscalía Anticorrupción.

González mantuvo intercambio de información sobre lo que se cocía con su amigo y socio negocios y proyectos el ex ministro de Trabajo Eduardo Zaplana, el ex magistrado del Tribunal Constitucional y magistrado en la sección segunda de lo Penal, Enrique López, y el ex vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Enrique Arnaldo.

Las informaciones que le van transmitiendo a González luego se concretarán: la fiscal Consuelo Madrigal será engañada por el ministro Rafael Catalá ya que no es su candidata real para la Fiscalía General del Estado sino que la apuesta irá por el “tapado” José Manuel Maza, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Asimismo, González sabía que Manuel Moix, su protector en sus tiempos de fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, 2009, será el próximo fiscal jefe Anticorrupción.

Precisamente, Manuel Marchena es el “padrino” de Maza y de Moix, respectivamente. Ha trabajado con Maza en la Sala Segunda del Supremo y ha coincidido con Moix en la secretaría técnica de la Fiscalía General del Estado en época del fiscal General del Estado Jesús Cardenal, durante el gobierno de José María Aznar. González, según las fuentes consultadas por ARA, también hace referencia en sus conversaciones a Marchena, a quien sitúa entre los “buenos”.

http://www.ara.cat/es/Manuel-Marchena-implicado-grabaciones-Gonzalez_0_1786021516.html

UN JUEZ DEL TS PIDIÓ A VELASCO QUE SE INHIBIERA TRAS RECORDARLE QUE SU MUJER FUE CONTRATADA POR GONZÁLEZ

El magistrado del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, llamó al juez de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, para advertirle de que su esposa, la abogado Beatriz Saura, había trabajado durante años en la Comunidad de Madrid y ese antecedente profesional podría contaminar el proceso y propiciar un escrito de recusación por parte de los abogados de Ignacio González.

El juez del Supremo contactaba con el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 en la mañana del pasado viernes, poco después de que el ex presidente de la Comunidad de Madrid fuera detenido en su domicilio de Aravaca, en la periferia de Madrid, como pieza principal de la denominada ‘operación Lezo’.

Marchena manejaba información de primera mano, obtenida de una periodista: la esposa de Velasco, la abogada Beatriz Saura Alberdi, había conseguido, en octubre de 2012, un contrato externo en un organismo adjunto de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad, por indicación directa del entonces recién nombrado presidente de Madrid, Ignacio González, a quien una persona próxima al juez de la Audiencia Nacional le había pedido el favor, según ha podido saber OKDIARIO. Paradójicamente, seis años después, el empleador de la esposa del magistrado, se sentaba ante él como reo y, horas después, era conducido en un furgón a la cárcel de Soto del Real.

Se daba la curiosa circunstancia de que Marchena, el ponente de la sentencia del Tribunal Supremo que apartó de la carrera judicial a Baltasar Garzón, advertía a Velasco sobre las intrigas en torno a su mujer, que durante un tiempo, cuando se quedó sin trabajó, probó suerte como abogada en el despacho del ex magistrado inhabilitado de la Audiencia Nacional.

Algunos medios periodísticos han adjudicado la contratación de la abogada alicantina al ex consejero Salvador Victoria, sin embargo en aquella fecha, desde un mes antes, ya era consejero de Presidencia y Justicia y Portavoz, cargos en los que se mantuvo hasta junio de 2015. Entonces, se vio obligado a dimitir por las investigaciones del juez Velasco en el ‘caso Púnica’. El número dos de González fue imputado por el magistrado por pedir, supuestamente, a la empresa INDRA que saldara una deuda de 10.000 euros que la Comunidad de Madrid mantenía con uno de los detenidos en la operación policial. El consejero desde el primer momento negó la acusación, aunque dimitió para no afectar las negociaciones entre el PP y Ciudadanos.

En octubre de 2012 el consejero de Asuntos Sociales era Jesús Fermosel, hoy día senador por designación de la Comunidad de Madrid.

Salvador Victoria, ex consejero de Asuntos Sociales y de Presidencia y Justicia, se negó a confirmar ni desmentir a OKDIARIO la relación laboral de la esposa de Velasco con la Consejería de la Comunidad de Madrid: “Desde que dejé la política he decidido no hacer declaraciones y no voy a romper ahora ese compromiso“, señaló.
Avisó al juez Velasco

El magistrado del Supremo se decidió a llamar a su compañero de la Audiencia Nacional, “única y exclusivamente, para advertirle de que la prensa ya tenía esa información en su poder y que podía tener problemas por los antecedentes de la contratación”, según fuentes judiciales. Las mismas fuentes niegan la intención por parte de Marchena de presionar o influenciar en Velasco. Además, habría sido una labor infructuosa pues el titular del Juzgado número 6, nacido en Bilbao, tiene fama entre sus compañeros de judicatura de ser una persona trabajadora, insobornable y tozuda.

El magistrado de la Audiencia Nacional recibió con cierta preocupación la llamada de su compañero del edificio vecino del Supremo, en la otra esquina de la Plaza de París, por lo que algunos pudieran estar cociendo a sus espaldas, pero no le cogió por sorpresa. Los agentes de la UCO de la Guardia Civil ya le habían puesto sobre aviso. En una de las conversaciones de González, intervenidas por la Guardia Civil, el ex presidente aseguraba a su interlocutor que el juez Velasco estaba contaminado porque su esposa había trabajado para la Comunidad de Madrid, siendo él presidente.

Con la advertencia de la UCO y de su compañero del Supremo, Velasco se reservó un movimiento de ficha por sorpresa. Antes de iniciar el interrogatorio, le preguntó a González: “¿Hemos comido usted y yo alguna vez?”. Y el ex presidente de la Comunidad de Madrid, sorprendido con la pregunta, le contestó: “No”. Y el magistrado insistió: “¿Cree usted que existe alguna incompatibilidad que pudiera propiciar la recusación de este juez?”. La respuesta fue también negativa.

Tras ese arranque y el posterior interrogatorio, ni los fiscales anticorrupción ni Ignacio González se sumaron a la solicitud de ninguna medida de recusación.

Beatriz Saura Alberdi, la esposa de Velasco, es una prestigiosa abogada que copreside la sección de Cumplimiento Normativo del Colegio de Abogados de Madrid. También es directora de penal y compliance en el despacho Legal y Económico, dirigido por Pedro Martín Molina. Con anterioridad ha sido fiscal sustituta de Madrid durante cuatro años y secretaria judicial en la Audiencia Nacional. La letrada ha escrito a medias con Velasco el libro “Cuestiones
Prácticas sobre responsabilidad penal de la persona jurídica y Compliance“, el cumplimiento de las normativas internas de las corporaciones, mediante el código de buenas prácticas.

https://okdiario.com/investigacion/2017/04/27/juez-del-ts-pidio-velasco-inhibiera-recordarle-mujer-fue-contratada-gonzalez-946438

MARCHENA, EL JUEZ QUE SENTENCIÓ A GARZÓN Y SUS RELACIONES BAJO SOSPECHA CON 'ABOGADOS GÜRTEL'

Las revelaciones del magistrado en su libro 'En el punto de mira' sobre los vínculos del hombre que le sentenció con el PP

El magistrado Manuel Marchena, que participó en los tres procesos contra Baltasar Garzón en el Tribunal Supremo, mantuvo una estrecha relación con uno de los abogados de varios implicados en la Gürtel, Luis Rodríguez Ramos. Ambos se ocupaban de la formación de una comisión institucional jurídica destinada, entre otras cosas, a controlar las intervenciones telefónicas. Recordemos que Garzón fue inhabilitado por las escuchas de la Gürtel, denunciado precisamente por abogados de la defensa. En su libro En el punto de mira relata estas conexiones y, también, con abogados y políticos del PP.

Sobre el juez Manuel Marchena dice: “Entre sus amigos, el antiguo fiscal y flamante magistrado del Supremo contaba con José María Michavila y Ángel Acebes, ministros del Gobierno de José María Aznar, con los que estuvo durante años como vocal en la Fundación Wolters Kluwer, que preside o presidía Michavila y en cuyo consejo asesor figura o figuraba asimismo Acebes”.

“Y en la entrega de los premios La Ley otorgados por esa fundación, Marchena ha coincidido con frecuencia con el abogado de varios implicados en el caso Gürtel, Luis Rodríguez Ramos. Y también, mira por dónde, con el director general de Comunicación y Estudios del Grupo Santander, José Manuel Cendoya Méndez de Vigo”, dice.

Con Michavila

Continúa así Garzón:

“Sin ir más lejos, el mismo año 2011 en que insistía en la financiación del Santander y el caso de los cursos de Nueva York. Con Rodríguez Ramos, y otros juristas afines al PP, se encontró también el juez Marchena en febrero de 2010, ya ven, en plena ebullición del caso Gürtel, durante unas jornadas de estudio patrocinadas por La Ley, y organizadas por Michavila, en la localidad vallisoletana de Quintanilla de Onésimo. Relata la prensa de la época que Rodríguez Ramos urgió en aquel lugar a la reforma del artículo 579 de la Lecrim, el precepto del ordenamiento español en el que se regula la intervención de las comunicaciones por orden judicial”.

“ Allí se encontraba también el magistrado de la Sala Segunda del Supremo Julián Sánchez Melgar, miembro del tribunal que decidió la admisión de los casos de Nueva York y Gürtel y, además, firmante de la sentencia del juicio de la memoria histórica. No deja de ser curioso que quince días después de ese encuentro, el 25 de febrero de 2010, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo abriera la tercera causa contra mí por supuesto delito de prevaricación al acordar la interceptación de las comunicaciones de los máximos responsables de la trama criminal Gürtel en prisión”.
En la comisión institucional

Resalta Garzón que la sentencia del caso Gürtel, “de la que fue también obra y parte el magistrado Marchena, motivó que durante once años no pudiera ocupar mi puesto de juez. Esta inhabilitación se produjo el 23 de febrero de 2012. Pues bien, una semana después, el 2 de marzo, el Consejo de Ministros creó una comisión institucional cuyo cometido sería presentar una propuesta de texto articulado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.

“Entre otras cosas, tendría como objeto luchar contra la creciente inseguridad jurídica, delimitar las atribuciones competenciales entre jueces y fiscales, regular el sometimiento a plazo del secreto de sumario e incrementar el control de las intervenciones telefónicas… Curiosamente, entre los miembros de la comisión figuraba como presidente «Manuel Marchena Gómez, magistrado del Tribunal Supremo» y, según indica el BOE, entre los miembros que se designaron se encontraba ni más ni menos que «don Luis Rodríguez Ramos, catedrático de Derecho Penal y abogado»”.
Y en la sala del Supremo

“En efecto, Rodríguez Ramos era abogado —de varios implicados en la trama Gürtel— e impulsor, desde su puesto de vicedecano en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) al principio de toda esta historia, de la toma de posición de esta institución en la querella que afectaba al PP. Magistrado y abogado debían llevar tiempo postulados para este tema”.

“ Extraña situación cuando, mientras se gestaba este grupo de trabajo —que claramente no debía ser improvisado—, juez y letrado estaban frente a frente enjuiciando uno y defendiendo el otro a varios imputados que podían resultar afectados por la decisión del Tribunal Supremo. Aquí, la imparcialidad objetiva que reclamaba para otros el instructor brillaba por su ausencia cuando se trataba de sí mismo”.
La recompensa

¿Qué ocurrió con el juez Marchena? Lo relata Garzón:

“ Eso sí, las molestias que pudo sufrir porque el sector de la prensa que informaba con carácter crítico de las decisiones del Supremo contra mí, y de las que toda la Sala me hacía responsable, tuvieron su merecido premio: el juez Marchena pasó a presidir la Sala Segunda del Supremo en sustitución de Juan Saavedra el 30 de septiembre de 2014”.

“Peor suerte corrió otro magistrado que también estuvo presente en mis procesos. El antiguo fiscal Miguel Colmenero optaba al mismo puesto que Marchena, pero solo obtuvo un voto frente a los doce de su colega. Y eso a pesar de estar bien visto por el sector conservador, como muestra su participación en actos organizados por la Fundación FAES que preside José María Aznar, como algunos de los seminarios celebrados en 2005, 2006 y 2007 en los que coincidió con otro colega, el magistrado Adolfo Prego”.

Ponentes y cursos

“Colmenero dirigía, en la época en que se inició el baile de querellas, unos cursos en la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE), en cuyo consejo académico figuran diferentes magistrados de distintas instancias. Entre los ponentes que acudían a las jornadas, cursos y seminarios de FIDE, había habituales representantes de prestigiosos bufetes como, una vez más, Luis Rodríguez Ramos o Miguel Bajo, abogados ambos en el caso Gürtel”.

“Y en los actos de FIDE colaboraban también diversas empresas y entidades financieras, entre ellas el Banco Santander. Esto ocurrió, por ejemplo, en 2009. Se da la circunstancia de que Miguel Colmenero fue magistrado en los tres casos que me instruyeron, actuando como ponente en la admisión de la querella de los cursos de Nueva York y en la de la Gürtel, y firmando la sentencia dictada por la investigación de los crímenes franquistas”.

http://www.elplural.com/2016/10/11/marchena-el-juez-que-sentencio-garzon-y-sus-relaciones-bajo-sospecha-con-abogados-gurtel

EL CLAN DE LA TOGA

Por Elisa Beni

Al final, cuando la soledad del poder te rodea, tiendes a fiarte de los compañeros de pupitre aunque algunos te acaben saliendo rana

Sin la comprensión del alcance de estos clanes nunca se entendería que magistrados o fiscales profundamente conservadores hayan apoyado durante toda su carrera a otros de índole progresista o a la inversa

Todos recordamos la importancia del denominado “clan de la tortilla” en la historia política reciente de España. Doce socialistas reunidos en torno a una merendola que refundarían el PSOE y conseguirían alcanzar el poder y ser actores esenciales de las últimas décadas. El apoyo mutuo, la confianza y una estrecha camaradería política y personal en la juventud les acompañó a lo largo de todo un devenir preñado de cargos de responsabilidad. Al final, cuando la soledad del poder te rodea, tiendes a fiarte de los compañeros de pupitre aunque algunos te acaben saliendo rana. El clan de Logroño, Aznar, Botella y Blesa, fue muy significativo.

Recuerdo estos ejemplos políticos porque, a veces, algunas alianzas y compenetraciones que existen en el mundo judicial son también difíciles de entender si no se conocen los entresijos de los diversos clanes. Sí, los clanes de juristas también nos presentan a profesionales que se conocieron en un momento y un lugar determinado -normalmente durante su juventud y los inicios de su andadura profesional- y que soldaron una amistad y unas alianzas que les han acompañado a lo largo de toda su vida jurídica. Sin la comprensión del alcance de estos clanes nunca se entendería que magistrados o fiscales profundamente conservadores hayan apoyado durante toda su carrera a otros de índole progresista o a la inversa, incluso contra la opinión de sus diversas asociaciones.

Podemos citar aquí como ejemplo el “clan de San Sebastián”, formado por fiscales que se conocen en tiempos difíciles en el País Vasco cuando inician su carrera. Esas amistades que no se olvidan. En él podemos incluir como figuras más relevantes a Candido Conde-Pumpido, Javier Zaragoza y Elvira Tejada, todos ellos instalados hoy en la Plaza de la Villa de París. Nada malo en confiar en los antiguos amigos sobre todo si todos ellos son buenos juristas.

También ha tenido gran éxito el “clan de Segovia”. En él se incluyen personas que convivieron en su día en las viviendas oficiales que los cargos judiciales ocupaban en la Audiencia de Segovia. De muy distinto signo ideológico, Adolfo Prego de Oliver, Candido Conde-Pumpido y Francisco Vieira,presidente del TSJM, formaban parte de ellos. Prego dejó el Supremo y ahora es abogado pero antes de eso, los tres ocuparon también despachos en la susodicha Plaza, en la que se aglutinan los órganos más importantes del Poder Judicial en Madrid.

El “clan de León” tuvo la virtualidad de traer a Madrid a Enrique López, el magistrado promesa, que acaba de ser recusado para el Caso Gürtel por su proximidad al PP y que fue llevado al Tribunal Constitucional a hoz y coz por los populares. Las brumas del alcohol le sacaron precipitadamente de allí. A López lo trajo a Madrid Enrique Míguez, alto cargo de la APM y vocal del CGPJ, junto a Prego. Algunos clanes no son geográficos sino que proceden de una largo periplo juntos en las distintas asociaciones judiciales.

Y así. Son sólo ejemplos. Sin conocer estas relaciones no se entienden algunos apoyos y movimientos judiciales que a veces se producen. Los traigo a colación para que se entienda que existe esa mecánica de apoyo y auxilio mutuo que no es sino, podríamos decir, una consecuencia de la amistad y la confianza. Como sucedía con el “clan de la tortilla”.

Voy ahora a lo que me ocupa que es el “clan de los canarios”. Y es que el clan de los canarios se ha complicado y se ha vuelto un hervidero en el que se ha pretendido cocer viva a la jueza Rosell. El guiso se aderezaba con las inquinas de un político a un periodista y la excedencia de la magistrada para ser candidata de Podemos. Su futura ministra de Justicía, ahí es nada. En esta historia, todos son canarios, los buenos y los malos y sólo analizando esa coincidencia espacio/temporal entenderemos algo de lo que está sucediendo. A Rosell le puso una querella el entonces ministro Soria. Canario. Ex presidente del Gobierno de Canarias. Como acusación popular. Un “Manos Limpias” de la banana.

El “clan de los canarios”, como los otros, aglutina a juristas que se conocieron hace años. Eligio Hernández, “El Pollo del Pinar”, se trajo de Canarias a Manuel Marchena, actual presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Como él mismo dijo en una entrevista: “me alegro de haber sembrado un pequeño grano.... del que ha crecido un gran jurista”. Claro que ahora el “pequeño grano” ocupa el sillón más alto entre los jueces penales de España y Eligio... Eligio es abogado. Y pleitea en su sala. Así que todo se complica, desde el punto de vista del ciudadano decente, cuando a Eligio le surge un cliente, también canario, el ministro Soria.

De modo que Eligio el abogado canario, representando al ministro canario, presenta una querella como acusación popular (es decir, sin estar concernido directamente) contra una juez canaria. La juez canaria tiene un compañero periodista canario que ha fustigado desde hace años a Soria por sus cacicadas. Lo dejamos en eso. Y la querella la tiene que admitir a trámite el “pequeño grano... ya gran magistrado” canario. El Tribunal Superior de Canarias ya ha dicho que no ha lugar y la Fiscalía del Tribunal Supremo emite informe diciendo que eso no se puede admitir. Pero el gran presidente de la Sala, canario, decide pedir informes directamente al juez que ha sustituido a Rosell. También canario y, además, portavoz que ha sido de la Asociación Profesional de la Magistratura en Canarias. La asociación a la que pertenece Marchena, el presidente canario de la Sala II, y que le ha apoyado para llegar dónde está.

El juez canario Alba, y de la APM, emite un informe y le da pié al otro canario para imputar en plena campaña a la juez canaria que, ¡ah, no se si lo hemos dicho!, ha pedido la excedencia y es candidata de....PODEMOS. Con el demonio hemos topado porque con la Iglesia no topa Marchena, que es hombre de fuertes creencias que le unen también a los clanes del Opus y los Legionarios (Michavila, Requero, Aceves), pero esa es otra historia. O es la misma. Vaya usted a saber.

Luego salen las grabaciones del juez canario aleccionando a un imputado de lo que debe decir para poder imputar a la podemita canaria. Una grabación que produce vergüenza y asco a cualquiera y más a quien tiene una sensibilidad especial para saber lo que debe ser un juez. Con esa declaración pudo actuar Marchena.

En este movido juego de conocidos hay que reseñar que esta no es la primera querella que el canario Soria intenta contra la canaria Rosell. La primera fue interpuesta y desestimada en Plaza de Castilla. En aquel momento el abogado de Soria fue Nicolás González-Cuellar. Un abogado, hijo de un prestigioso fiscal, que también ha arraigado sus negocios en Canarias. Hasta cuatro pleitos importantes llegó a llevar y cobrar del Cabildo de Gran Canaria siendo presidente Soria. Además defendió también al que era presidente de la Audiencia de Las Palmas, Jose Antonio Martín, cuando fue acusado de colaborar con narcotraficantes. Este juez, igualmente de la APM, fue finalmente exculpado por el Tribunal Supremo gracias al trabajo de González-Cuellar. Santiago Alba, desde Canarias y como portavoz de la asociación, mostró en aquel momento su satisfacción por el hecho.

Hay otros pleitos que ahora mismo González-Cuellar lleva en el Tribunal Supremo por cuenta de Soria y de los que entiende Marchena. Ambos, buenos juristas les digo, han escrito juntos un libro que explica la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y se pasean por España presentándolo. Van a conferencias juntos. Muchas de ellas pagadas en su día por el gobierno que presidía Soria.

¿Entienden ahora por qué insisto en que sólo la transparencia puede asegurarnos la independencia y la imparcialidad? Vamos a ver ahora que hacen los vocales de la APM y conservadores que son mayoría en el CGPJ con lo del juez Santiago Alba y con todo este monumental lío. Un lío que amenaza con salpicar al presidente de la Sala más importante de España.

http://m.eldiario.es/zonacritica/clan-toga_6_515908421.html

LAS PELIGROSAS AMISTADES DEL SUPREMO

“Habría que someter un poco a una crítica la participación en ese tipo de coloquios con esas esponsorizaciones”. Aunque en apariencia tímida, la respuesta del magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Giménez al ser interrogado la pasada semana sobre la frecuente presencia de algunos de sus compañeros de corte en seminarios o conferencias patrocinados por bancos y grandes empresas tiene un punto de gallardía, porque pone el dedo en la llaga de un pequeño escándalo sobre el que la judicatura siempre ha corrido un tupido velo cómplice.

Los magistrados del Supremo –no solo ellos, pero sobre todo ellos- han disfrutado siempre de dos vías para obtener un complemento salarial a sus abultados emolumentos. La primera es la tutoría o preparación de opositores al ingreso en la carrera judicial, algo hoy en declive desde que el exministro Alberto Ruiz-Gallardón cerró a cal y canto el acceso a la judicatura. Y la segunda vía es la participación remunerada en todo tipo de eventos –cursos, seminarios, jornadas, charlas, coloquios, paneles de expertos…- sufragados por distintos tipos de entidades financieras y compañías mercantiles. También poderosos bufetes jurídicos.

En este último caso, y sin entrar a valorar la estética del hecho, hace ya mucho tiempo que comenzaron a sonar ciertas alarmas entre la comunidad jurídica porque esos bancos o empresas o despachos patrocinadores de actos en los que participan magistrados del Supremo bajo precio suelen ser “clientes” habituales de la administración de Justicia. Y tal y como repite sin descanso el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, un juez no solo está obligado a ser imparcial –imparcialidad objetiva-, sino que está además obligado a parecerlo –imparcialidad subjetiva– porque ese es un derecho básico del justiciable.

El magistrado Giménez defendía ante los micrófonos de la Cadena SER que los jueces “no solo deben ser, sino también parecer imparciales”, para justificar la condena impuesta por un tribunal que él presidió al exjuez Baltasar Garzón, inhabilitado durante once años por interceptar las conversaciones en prisión de los imputados del ‘caso Gürtel’ con sus abogados. Que el juez “sea y parezca imparcial” es uno de los pilares, en su opinión, del proceso penal. Por eso, cuando fue interrogado sobre las charlas y coloquios patrocinados que frecuentan sus compañeros no tuvo más remedio que mostrarse un tanto crítico.

Al hilo de aquel proceso contra Garzón, en mayo de 2012 un grupo de juristas denunció ante el Consejo General del Poder Judicial las sospechosas compañías que frecuentaban algunos de los magistrados del Supremo, en concreto las de abogados de implicados en la ‘trama Gürtel’ con quienes compartían actividades académicas en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid patrocinadas por empresas que mantenían alguna vinculación con esos mismos imputados. De la denuncia nunca más se supo, pues no consta que haya sido investigada ni contestada por el órgano de gobierno de los jueces.

Joaquín Giménez

Los ejemplos de magistrados del Supremo entregados a ese tipo de relaciones son frecuentes. Manuel Marchena, hoy presidente de la Sala Segunda de este tribunal, y José Manuel Maza fueron años atrás habituales conferenciantes en foros organizados por el Bufete Garrigues. Y el primero de ellos ha mantenido estrecha relación con la editorial La Ley, propiedad de la consultora Walters Kluwer de la que el exministro José María Michavila es presidente del consejo asesor al que también pertenece el exministro Ángel Acebes.

Los nombres de los magistrados Marchena, Maza o Antonio del Moral, entre otros, figuran entre el profesorado del Instituto Europeo de Práctica Jurídica Schola Iuris, entidad privada algunos de cuyos másteres superan los 10.000 euros de coste y en los que también son profesores el exmagistrado Adolfo Prego (abogado de Dolores de Cospedal, secretaria general del PP), y los exfiscales Ignacio Gordillo y Florentino Ortí junto al abogado Luis Rodríguez Ramos, letrados todos de varios imputados en el ‘caso Gürtel’.

Juan Saavedra, antecesor de Marchena al frente de la Sala de lo Penal del Supremo, es miembro del consejo asesor del Centro de Formación Datadiar que dirige el principal responsable del Bufete Díaz Arias y con el que colabora con frecuencia el magistrado Julián Sánchez Melgar. Y su compañero Miguel Colmenero ha dirigido varios foros organizados por la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE), patrocinada por empresas como Caixa Galicia, Banc Sabadell, Banesto, Telefónica, Repsol, Gas Natural, Enagás y otras, así como importantes despachos de abogados. Colmenero, junto a su entonces compañero Prego, también fue entre 2005 y 2008 un habitual en los cursos de la Fundación de Análisis y Estudios Sociales (FAES) que preside José María Aznar.

Estas son solo algunas pinceladas, el fenómeno es más amplio y se expande por otras salas del Supremo. Empieza a afectar también a la Audiencia Nacional, donde uno de los magistrados llamados a juzgar la trama corrupta desvelada gracias a los papeles de Bárcenas, Enrique López, ha sido cuestionado entre otras razones por su fluida relación con FAES. Aunque también es cierto que en ese órgano judicial son varios los magistrados que han rechazado participar en este tipo de actos pagados y lo han hecho de manera pública, lo que de algún modo ha empezado a retraer a otros compañeros más proclives a aceptar este tipo de invitaciones.

La participación en este tipo de cursos, conferencias y coloquios no es ilegal. En todos los casos en los que es preceptivo, los magistrados del Supremo solicitan y obtienen el correspondiente permiso del CGPJ. Es muy posible que sea injusto sospechar de ellos, pero se trata de una situación que permite la sospecha por lo que debería ser eliminada de raíz. La ciudadanía tiene derecho a que nada le haga dudar de la recta actitud de su Tribunal Supremo.

En unos días, el CGPJ elige al presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal. Permanezcan atentos a sus pantallas, porque habrá noticia. Y polémica. Y de nuevo saldrán a la luz los fantasmas que convocan las peligrosas amistades del Supremo.

https://www.cuartopoder.es/elfarodetemis/2015/07/20/las-peligrosas-amistades-del-supremo/274

EL JUEZ MARCHENA Y EL POPULAR ÁNGEL ACEBES PROTAGONIZARON UNA OPULENTA COMILONA, SEGÚN 'EL CONFIDENCIAL'

Se trata del juez que intervino en el juicio que inhabilitó a Garzón y el exministro del PP ahora imputado por los 'papeles de Bárcenas'

El flamante nuevo presidente de la Sala II del Tribunal Supremo, Manuel Marchena y el que fuera ministro del Gobierno Aznar y secretario general del Partido Popular Ángel Acebes, recientemente imputado por el juez Ruz por su presunta relación con el caso de los papeles de Bárcenas, al parecer almorzaron el 16 de octubre en Madrid una mariscada que el diario digital El Confidencial, que dio la primicia, ha calificado de pantagruélica. Marchena impulsó o estuvo presente en dos de las causas contra Baltasar Garzón y en concreto en el caso Gürtel que acabó con la inhabilitación del juez que destapó la trama de corrupción del PP.

El diario digital El Confidencial publicó ayer en su blog El Confidente que, el pasado 16 de octubre, un incidente de tráfico en la calle Mayor entre los escoltas de un coche oficial y un conductor “ha servido para poner al descubierto una comida pantagruélica, cuyos comensales habrían preferido mantenerse en el anonimato”.

¿Unidos en torno a la mesa?
Según indicaba el digital, Ángel Acebes, exministro del Interior y exsecretario general del PP, se encontraba almorzando “en el reservado de una peña gastronómica de Madrid con Manuel Marchena –presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo–, Pedro Calvo –exresponsable de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid–, Alfonso Carrascosa –propietario de Legalitas, que reside en Miami–, y otra persona sin identificar”.

Un menú estupendo
Tras recordar que poco después el juez Ruz imputaba a Acebes por la compra de un paquete de acciones de Libertad Digital con dinero de la supuesta ‘caja B’ de Génova, El Confidencial pasaba a relatar el menú: “Sobre la mesa: una fuente con casi dos kilos de angulas, otra de percebes y una botella magnum de Petrus que cuesta más de 2.000 euros. Y de plato fuerte, un descomunal chuletón de Ávila por barba”.

Ya se conocían en el 2006
Lo cierto es que, de ser así, no es nueva la relación entre el ahora presidente de la sala II de lo Penal Manuel Marchena y el actualmente imputado Acebes. Como ya relató ELPLURAL.COM el 4 de marzo de 2012, el mutuo conocimiento se puede datar al menos en el año 2006, cuando el entonces fiscal del Tribunal Supremo y hoy presidente de la Sala II de la misma instancia, Manuel Marchena, obtuvo el XX premio La Ley de artículos doctrinales.

Acebes y La Ley
La Ley es una potente editorial jurídica dependiente de la Fundación Wolters Kluwer – perteneciente al grupo multinacional del mismo nombre dedicado al area de publicaciones profesionales, seminarios y cursos. Como explicaba este diario, su consejo asesor está presidido por el ex ministro de Justicia popular José María Michavila y en él se encontraban, entre otros, el también ex ministro Ángel Acebes y hoy imputado por el caso Barcenas

En los eventos de Wolters Kluwer
A partir de entonces, Manuel Marchena, que años intervendría en el juicio de las “escuchas” por el caso Gürtel que concluyó con la inhabilitación del juez Baltasar Garzón, apareció en algunos eventos de la Fundación Wolters Kluwer en la que figuraba, como se ha dicho, Ángel Acebes. En concreto, Marchena ha sido jurado del Premio La Ley de artículos doctrinales, en varias ediciones.

Más jueces y abogados
En este jurado Marchena coincidió asimismo con su ex colega el juez Adolfo Prego también ponente del juicio de la memoria histórica contra Garzón, además de otras personalidades como el que fuera entonces vicedecano del Colegio de Abogados de Madrid Luis Rodríguez Ramos quien asumió la representación de tres de los populares a los que se relacionó con la trama Gürtel e impulsó la personación del Colegio en la querella contra Garzón.

El juez Sánchez Melgar
Como recordaba EL PLURAL.COM en el mismo artículo, el nombre de Manuel Marchena aparecía además junto al de Michavila en algún acto concreto como fue el encuentro profesional celebrado en Quintanilla de Onésimo a principios del año 2010. En esta ocasión el magistrado (que archivó por prescripción el caso que instruyó de los cursos de Nueva York redactando un auto que no dejaba lugar a dudas sobre su convicción en la responsabilidad de Garzón pese a no haber sido juzgado), se encontró con otro colega de la Sala II del Tribunal Supremo: Julián Sánchez Melgar.

Presente en los tres casos
El magistrado Sánchez Melgar fue miembro del tribunal en las salas del caso Memoria Histórica, el de los cursos en Nueva York (durante el período de admisión a trámite e instrucción) y formó parte del tribunal que admitió a trámite e instruyó la querella por el caso escuchas Gürtel. Julián Sánchez Melgar fue presidente de la Audiencia Provincial de Ávila en 1993.

Coincidió con Acebes en Ávila
Coincidió allí durante tres años con el popular Ángel Acebes, que era entonces el alcalde de la ciudad. Casualidades de la vida, magistrado y político daba la impresión de que se iban siguiendo los pasos: Sánchez Melgar tomaba posesión en enero del 2000 de su cargo de magistrado del Tribunal Supremo. Ángel Acebes pasó de ser ministro de Administraciones Públicas a Ministro de Justicia en marzo del 2000.

El caso Libertad Digital
Ha pasado el tiempo y ahora el que fuera secretario general del PP, Ángel Acebes, se ve relacionado con el caso de los papeles de Bárcenas a causa de las operaciones presuntamente realizadas a través de la llamada "caja b" del PP a partir de octubre de 2004 para la suscripción de acciones de la empresa Libertad Digital. Se le cita como imputado por su posible responsabilidad respecto al eventual conocimiento y autorización de la operación, pudiendo haber colaborado a que "tales fondos terminaran siendo detraídos por sus iniciales destinatarios aprovechando estos la opacidad de los mismos".

Relación poco aconsejable
¿Es correcta esta relación entre políticos y magistrados? “No es ilícita pero no parece aconsejable”, han comentado a ELPLURAL.COM en medios jurídicos. Y es que si en el peor de los casos el procedimiento en el que ahora mismo se está viendo el popular Acebes continuara hasta llegar al Tribunal Supremo ¿qué actitud tiene que tomar un juez que ha compartido seminarios o según la información referida, quizás incluso almuerzos postineros con un presunto responsable de un hipotético delito?

Garzón, el único condenado
Las mismas fuentes jurídicas consultadas por ELPLURAL.COM manifestaban que “no estaría de más empezar a replantearse las circunstancias que se dieron en la inhabilitación al juez Baltasar Garzón, hasta la fecha el único condenado años después, por haber iniciado el proceso contra la corrupción que rodea al PP. Máxime el tema de fondo era una interpretación de la ley y cuando otros jueces que continuaron el procedimiento en los mismos términos no fueron en absoluto reconvenidos”.

http://www.elplural.com/2014/11/04/el-juez-marchena-y-el-popular-angel-acebes-protagonizaron-una-opulenta-comilona-segun-el-confidencial

MAZA, MARCHENA Y EL FERNÁNDEZGATE

El Gobierno, por propuesta consensuada del ministro de Justicia, Rafael Catalá, y el presidente, Mariano Rajoy, ha optado por el nombramiento de un magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, José Manuel Maza, para el puesto de fiscal general del Estado, decisión que supone dar marcha atrás en el respaldo a la candidatura de Consuelo Madrigal.

Fuentes judiciales señalan que el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, fue consultado sobre ello y aconsejó cambiar el enfoque. Es decir: nombrar un magistrado de su sala. Maza es un hombre de confianza de Marchena, quien a su vez mantiene una sintonía personal, y discreta, con la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría.

Algo cambió entre el lunes 7 de noviembre, día de la toma de posesión de Catalá, y el miércoles 9, el día después de una reunión que mantuvo Catalá en La Moncloa con Rajoy. Semanas antes de la investidura de Rajoy, Catalá convocó a Madrigal para saber si mantenía su deseo de ser nombrada por cuatro años, tras cumplir menos de dos en el puesto, al sustituir a Eduardo Torres-Dulce a mediados de diciembre de 2014.

Y el lunes 7, además, Catalá vino a insinuar que Madrigal sería su candidata. La fiscal general, a su vez, hizo saber a algunas personas próximas que seguiría.

Pero después del martes, la operación relevo de Madrigal, como la llaman algunos magistrados y fiscales, ya estaba en marcha. La ironía: se estaba relevando a alguien que era más que una fiscal in pectore porque Catalá había dado a entender que ella era su candidata.

Con la decisión de nombrar a Maza se encomendó la búsqueda de un equipo para el que será nuevo fiscal general del Estado.

El que fuera teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jesús Santos, que ahora trabaja como abogado en el bufete Baker & McKenzie -es letrado defensor del Partido Popular en casos como Gürtel y destrucción del disco duro del ordenador del ex tesorero del PP Luis Bárcenas- hizo entre jueves y viernes varios contactos entre fiscales para proponer nombres. Y Santos, según fuentes jurídicas, no fue el único al que se encargó ese trabajo.

La opción por Madrigal primero y por Maza definitivamente ha supuesto el naufragio de las aspiraciones del presidente de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando Grande-Marlaska, quien apeló a los buenos oficios de Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, para lograr el puesto.

En el mes de septembre, Maza integró la sala de admisión de la Sala Segunda del Supremo a cargo de la querella criminal presentada por Xavier Trías, ex alcalde de Barcelona, y Convergencia Democrática de Cataluña (CDC), contra el ahora ex ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y el ex director de la Oficina AntiFraude, Daniel de Alfonso, a raíz de las conversaciones grabadas en el ministerio del Interior el 2 y 16 de octubre de 2014.

En ellas, ambos se explayan sobre la posibilidad de difundir en los medios de comunicación informaciones que afectaban presuntamente a dirigentes soberanistas de Cataluña, una trama que se denominó Operación Cataluña según ha denunciado en sede judicial el comisario, ahora jubilado, José Villarejo.

Una de esas maniobras en grado de tentativa fue analizada entre el ministro y su interlocutor el 16 de octubre -la atribución de una cuenta en suiza al entonces alcalde de Barcelona Xavier Trías- y se consumó través de la filtración de los datos a un medio de comunicación los días 27 y 28 de octubre. Trías acreditó a través de una comunicación de la Union de Banques Suisses (UBS) que ni era titular de dicha cuenta ni se trataba de la numeración de dicha entidad bancaria.

La sala de admisión del Supremo solicitó informe al fiscal jefe, Antolín Herrero, quien en un breve dictamen señaló que no se apreciaban los delitos de prevaricación, revelación de secretos y malversación.

Herrero decía que las conversaciones -difundidas en la recta final de la campaña electoral del 26-J por el diario Público - entraban dentro de las competencias del ministro y del intercambio de información previsto por el estatuto de la Oficina Antifraude y que tampoco se hablaba de montante de dinero para destinar a la operación, lo cual descartaría el delito de malversación de fondos públicos.

Tanto el informe del fiscal jefe como la composición de la sala de admisión fueron objeto de cierto secretismo por parte de la Sala Segunda del Supremo. El 18 de octubre, a preguntas de este cronista, el Supremo confirmó que la sala estaba formada por Marchena, que como presidente de la sala, la presidía; Maza, Ana Ferrer, Miguel Colmenero y Andrés Palomo. También informó que Marchena era el magistrado ponente. Así lo reflejamos en esta crónica y en una segunda información.

Sin embargo, el 26 de octubre, una semana más tarde, el Supremo se puso en contacto con este cronista para corregir lo que había informado con anterioridad. La ponencia, decía, había recaído en Maza el 9 de septiembre. No en Marchena, como se había dicho.

Bien.

Dos meses largos después de presentada la querella, el pasado 1 de septiembre, tras la designación de ponente el 9 de septiembre y del informe del fiscal unas semanas más tarde, las preguntas son: ¿ha propuesto el ponente Maza archivar la querella criminal en línea con lo que proponía Antolín Herrero? ¿la sala de admisión ha apoyado por unanimidad caso de que se produjera el archivo? ¿por qué tanto retraso?.

Y last but not least, ¿por qué tanto secretismo?

http://politica.elpais.com/politica/2016/11/12/analitica/1478953935_147895.html

FERNÁNDEZGATE, ¿INMUNIDAD PENAL?

Por Ernesto Ekaizer

La reprobación del Congreso al ministro del Interior en funciones, Jorge Fernández Díaz, por su utilización del Ministerio del Interior para operaciones "especiales" contra dirigentes soberanistas catalanes -la bautizada por el comisario José Villarejo como Operación Cataluña- llegó ayer diez días después que el fiscal jefe del Tribunal Supremo, Antolín Herrero, entregara a la sala de admisión de la Sala Segunda su informe sobre una querella criminal presentada el pasado 1 de septiembre por el ex alcalde de Barcelona, Xavier Trías, y la antigua Convergencia Democrática de Cataluña (CDC) contra Fernández Díaz y el ex director de la Oficina Antifraude de Cataluña, Daniel de Alfonso.

La querella, que entró en el Supremo el 1 de septiembre, imputa al ministro cooperación en la revelación de secretos, prevaricación y malversación de fondos y se basa en las conversaciones que mantuvo durante dos encuentros, en octubre de 2014, el ministro y De Alfonso en el Ministerio del Interior, cuyo contenido trascendió en unas grabaciones difundidas en la recta de la campaña electoral del 26 de junio.

La sala de admisión del Supremo, integrada por Manuel Marchena, presidente de dicha sala y de la Sala Segunda (imagen) y los magistrados José Manuel Maza, Miguel Colmenero, Ana Ferrer y Andrés Palomo, tomó nota de la querella, nombró ponente a Marchena y pidió informe a la Fiscalía. El fiscal jefe, Antolín Herrero, elaboró su informe y lo entregó a la sala, como se ha apuntado, hace diez días.

Según manifestó el director de comunicación de la Fiscalía General del Estado, Fernando Noya, a preguntas de este periódico, el fiscal jefe "estima que las conversaciones entre el ministro y el entonces jefe de la Oficina Antifraude entra dentro de las competencias de las autoridades para perseguir delitos, de la actividad de Interior y de la Policía, en este caso sobre hechos en la Comunidad Autónoma de Cataluña. El fiscal jefe no aprecia que sea delictivo".

El responsable de comunicación no podía aportar a este periódico el escrito "de cuatro folios", según dijo. Y remitió a solicitarlo al Tribunal Supremo. A su vez, el departamento de prensa del Supremo dijo que era la Fiscalía General del Estado la que debía dar a conocer el escrito.

Esta situación no suele ocurrir, para poner un ejemplo, con otras resoluciones judiciales, sean de la Sala Segunda o de la Fiscalía del Supremo. Por ejemplo: cuando se trata de temas como el referéndum soberanista en Cataluña y los autos e informes de Fiscalía en relación con los dirigentes investigados por ello. Esta doble va de medir desnuda la política de transparencia selectiva que aplica el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes.

Por otra parte, existe desde hace años un convenio en vigor entre la Fiscalía General del Estado y el CGPJ por el cual los responsables de prensa de los órganos judiciales deberían aportar las resoluciones que se adoptan en dichos órganos. Incluye la actuación de las fiscalías a través de sus informes.

Según explicó el portavoz citado de la Fiscalía General del Estado, el fiscal jefe del Supremo, Antolín Herrero, sigue en el asunto de FernándezGate, las líneas trazadas el pasado mes de julio por la Fiscalía General del Estado a raíz de una denuncia de Esquerra Republicana de Cataluña.

En un comunicado la FGE apuntaba el 7 de julio que "del contenido de las conversaciones no se desprenden indicios suficientes para iniciar una investigación penal por preconstitución falsa de pruebas, prevaricación administrativa ni por los restantes tipos penales".

Fuentes jurídicas y judiciales consultan resaltan la diferencia entre una denuncia genérica, como la que pudo presentar ERC en junio pasado, y una querella criminal como la que plantea el ex alcalde de Bárcelona y la antigua CDC.

¿Por qué?

Un ejemplo realza esa diferencia. En las conversaciones de octubre de 2014 -cuya falta de veracidad ni se ha denunciado ni cuestionado- Fernández Díaz y De Alfonso traman la difusión a la prensa de una presunta cuenta de Xavier Trías en la Union de Banques Suisses (UBS). Según el ministro, la "experiencia" de la filtración de las cuentas de miembros de la familia del expresident Pujol hacía pocos meses, en julio de 2014, era muy relevante pues había acabado con su carrera política. El objetivo de las filtraciones, según explica Fernández Díaz, era lograr que la Fiscalía Anticorrupción, que solía resistirse a sus iniciativas, abriera diligencias.

El "caso" de Trías, precisamente, es considerado por el ministro y De Alfonso en su segundo encuentro grabado, el 16 de octubre de 2014. El 27 y 28 de octubre, el plan del ministro se materializa. Y se filtra a un medio de comunicación "habitual", El Mundo, la cuenta apócrifa (no es de Trías ni corresponde a la numeración de la UBS, según la carta enviada por la entidad bancaria a requerimiento del entonces alcalde de Barcelona.).

Por tanto, tenemos un perjudicado.

El informe del fiscal tendrá que ser evaluado por el ponente, Marchena, quien deberá exponer ante la Sala de Admisión. El informe previo de Fiscalía suele ir a misa. Pero no siempre.

Fue Marchena, por ejemplo, quien contra el criterio de la Fiscalía del Supremo propició la admisión de la querella del entonces ministro José Manuel Soria contra la juez excedente en Canarias Victoria Rosell, diputada de Podemos, una decisión que acabó con su carrera política en el Congreso de los Diputados y que ha destapado una operación político-judicial rocambolesca.

http://politica.elpais.com/politica/2016/10/19/analitica/1476872676_147687.html

LA CAUSA CONTRA EL JUEZ ALBA, A PUNTO DE ARCHIVARSE POR LA REFORMA DE LA LEY EN LA QUE PARTICIPÓ SU PROPIO ABOGADO

El 26 de noviembre acaba el plazo de seis meses que fija la reforma legal si antes la magistrada instructora no llama a declarar al investigado, a las partes personadas y a testigos decisivos como el empresario Miguel Ángel Ramírez

Las últimas conversaciones grabadas por el magistrado investigado revelan que su estrategia es retrasar al máximo la instrucción para su archivo

La causa penal contra el juez Salvador Alba corre el riesgo de archivarse como consecuencia de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en cuya redacción participó su propio abogado, Nicolás González-Cuéllar. Se trata del mismo letrado que defiende al exministro de Industria José Manuel Soria, autor de la querella contra la jueza Victoria Rosell, la que activó Alba al maquinar contra la exdiputada de Podemos.

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal entró en vigor el pasado 6 de junio y obligó a juzgados y fiscalías de toda España a revisar todos los casos pendientes que llevaran seis meses de instrucción. La reforma, que fue ampliamente contestada por la Abogacía y calificada por las asociaciones de jueces y fiscales de “auténtica ley de punto final”, fue elaborada por una comisión institucional, creada por el Gobierno en marzo de 2012. De esa comisión formaron parte, entre otras personas, el abogado González-Cuéllar y el presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, quien admitió la querella del entonces ministro Soria contra la magistrada en excedencia y a la sazón diputada de Podemos Victoria Rosell, pese al informe en contra de la Fiscalía del Supremo. Marchena y González-Cuéllar son los autores de un libro sobre esa reforma legal que ambos han presentado juntos a lo largo y ancho de la geografía española.

Todos los miembros de esa comisión constitucional fueron condecorados por el anterior Gobierno de Mariano Rajoy con la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort.

http://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/Alba-archivarse-reforma-colaboro-abogado_0_577792307.html

EL MAGISTRADO QUE IMPULSA LA QUERELLA DE SORIA CONTRA VICTORIA ROSELL ES ÍNTIMO AMIGO DEL ABOGADO DEL EXMINISTRO

El hoy letrado Eligio Hernández impulsó la carrera del actual presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, desde su puesto de fiscal general del Estado

Marchena ha dado los primeros pasos para actuar contra la diputada de Podemos en contra del criterio de la Fiscalía

Hernández, sobre su "amigo" en 2014: "Me siento orgulloso de haber sembrado un pequeño grano que con el tiempo ha alcanzado una soberbia talla profesional"

El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, es íntimo amigo del abogado del exministro José Manuel Soria en la causa contra la exjueza y diputada de Podemos, Victoria Rosell. Soria está a punto de conseguir que el Supremo abra una causa penal contra la dirigente de Podemos a la que acusa de injurias, calumnias y prevaricación. El exministro tiene de su lado al letrado Eligio Hernández, el hombre a quien Marchena debe buena parte de su éxito profesional y que se lo trajo de Canarias a Madrid en los años 90.

El abogado de Soria, Eligio Hernández, es un viejo conocido del mundo judicial. Fue fiscal general del Estado entre 1992 y 1996 y, en ese periodo, contrató a Manuel Marchena para la Secretaría General Técnica de la Fiscalía. A partir de ese momento, la carrera de Marchena se dispara. Tras una década en la Fiscalía General, obtiene la plaza de fiscal en el Supremo, tribunal en el que acabará por ocupar una plaza de Magistrado.

Marchena ingresó en la carrera fiscal en 1985 y ocupó plaza en Las Palmas. El resto de su actividad la ha desarrollado en Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado y en la Fiscalía del Tribunal Supremo.

En la actualidad, Marchena preside la sala del Tribunal Supremo que se encarga, entre otras, de las causas en las que están inmersos aforados. Según publicó el diario El Mundo, el pasado día 13 el Supremo dictó una resolución en la que se daban los primeros pasos para iniciar una investigación contra la diputada de Podemos Victoria Rosell. El ponente de dicha resolución fue Manuel Marchena, contra el criterio de la Fiscalía que había pedido la inadmisión de las querellas presentadas por Soria contra Rosell.

Eligio Hernández escribió en 2014 un artículo que define la dimensión del tutelaje que ejerció en su día sobre quien ahora debe valorar la querella interpuesta por su cliente. En un artículo publicado en varios medios canarios, el abogado de Soria decía de Marchena: "Como magistrado jubilado me siento orgulloso de haber sembrado un pequeño grano que con el tiempo ha alcanzado la soberbia talla profesional, académica y humana de Manuel Marchena". "Le bastan el afecto y la admiración de quienes somos sus amigos y compañeros".

La causa que enfrenta a Soria con Victoria Rosell tiene su origen en el momento en el que la diputada de Podemos ejercía sus funciones de jueza en el juzgado número 8 de Las Palmas. Soria acusa a Rosell de dilatar la tramitación de una causa en la que estaba imputado un empresario que tenía negocios con la pareja sentimental de Rosell. El compañero de la exjueza no es otro que el periodista de Canarias Ahora Carlos Sosa, medio asociado a eldiario.es, quien lleva años denunciando presuntas irregularidades del exministro desde los diferentes cargos que ha ido desempeñando.

El ministro bien conectado con los jueces

No es la primera vez que el ministro Soria se hace acompañar de abogados bien conectados con la cúpula de la sala segunda del Tribunal Supremo. En la primera querella presentada contra Victoria Rosell en los juzgados de Plaza de Castilla, el exministro se apoyó en el letrado Nicolás González-Cuéllar. Este abogado es otro de los hombres de confianza de Manuel Marchena con quien ha trabajado mano a mano en la redacción de varios libros.

A finales de 2015, Marchena y González-Cuéllar presentaron por varios puntos de la geografía española la obra La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en 2015, redactada por ambos. El texto está prologado por el ministro en funciones Rafael Catalá, compañero de Soria en la mesa de deliberaciones del Consejo de Ministros.

http://www.eldiario.es/politica/Magistrado-Supremo-quiere_0_506750085.html

¡ES EL SUPREMO, ESTÚPIDO!

El caso Rosell, ¿amenaza con metamorfosearse en el caso Marchena?

Por Ernesto Ekaizer

Las presuntas maniobras contra Victoria Rosell, que va a investigar el CGPJ, ¿cómo llegaron a convertirse en una causa contra ella? Como aquella frase que acuñó uno de los asesores de Bill Clinton en la campaña electoral de 1992, sobre el papel de la economía, se puede afirmar: ¡Es el Supremo, estúpido!

Veamos la secuencia de los hechos. El ministro en funciones, José Manuel Soria, se querella el 2 de febrero contra la juez en excedencia y diputada Rosell por calumnias e injurias. El 18 amplía la querella en el Supremo, por prevaricación judicial y retardo malicioso en el caso del empresario Miguel Ángel Ramírez.

Y, atención, pide que se solicite al magistrado Salvador Alba, que ha sustituido a Rosell en el juzgado de Canarias, un informe sobre un tema que fue archivado tanto en el Tribunal Superior de Canarias como en el Consejo del Poder Judicial (CGPJ). Se trata de un presunto retraso malicioso del caso de Ramírez.

Soria no es parte en ese procedimiento. Su información no es directa. No es perjudicado. Hace de acusación popular contra Rosell.

La sala de admisión del Supremo, que preside Manuel Marchena, pide informe del fiscal. El fiscal desestima la querella.

Pero Marchena, que además es el ponente, dicta providencia y solicita informe al juez sustituto, Alba, tal cual pedía el letrado de Soria, el ex fiscal general del Estado con el PSOE, Eligio Hernández. Marchena llega a Madrid con Hernández a la fiscalía, en 1992.

El juez Alba toma declaración al empresario. Y este habla de irregularidades de Rosell. Marchena recibe el informe de Alba junto con la declaración del empresario. Propone abrir investigación. Los otros miembros de la sala le apoyan. Unanimidad. “El informe del juez era veneno puro. Se advertía a la legua que había enemistad”, dice una fuente jurídica.

El Supremo puede hacer diligencias pero suele ser prudente. Marchena extrae de la querella una percha. Y cuando llega el informe del juez Alba cuelga de ella la investigación. El auto de admisión no es prudente. “Hay ganas de actuar. Y se nota”, añade la fuente.

Lo que hace Marchena no es habitual. Desarrolla de facto una investigación de oficio. Llama la atención porque el fiscal del Supremo se ha unido al TSJ de Canarias y al CGPJ en no apreciar indicios delictivos en la conducta de Rosell.

“Marchena, cuando menos, ha actuado de forma temeraria e inquisitorial”, puntualiza la fuente. El caso Rosell, ¿amenaza con metamorfosearse en el caso Marchena?

http://politica.elpais.com/politica/2016/05/12/actualidad/1463080609_404786.html

VICTORIA ROSELL PIDE EL CIERRE DE SU CASO POR ESTAR CONSTRUIDO SOBRE PRUEBAS PREFABRICADAS

La jueza presenta un escrito ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias solicitando la nulidad de las actuaciones

A los delitos que la justicia ya imputa al juez Alba, suma el de posible "falsedad documental" por las pruebas aportadas al Supremo

Asegura que la Sala de lo Penal no ha respetado el "tenor literal y finalidad" de la Ley al pedir a Alba el informe en el que basó su decisión de investigarla

La magistrada Victoria Rosell quiere que un tribunal dictamine cuanto antes que nunca cometió un delito y que la causa que se abrió contra ella es fruto de un montaje. Su defensa ha presentado un escrito ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el que solicita el archivo inmediato de las actuaciones por la “ilicitud” de la prueba en la que se basó el Supremo para admitir a trámite la querella del exministro José Manuel Soria.

El escrito llega nueve días después de que eldiario.es publicara los audios de la reunión que el juez Salvador Alba mantuvo con un empresario imputado para preparar una declaración que incriminara a Rosell de los delitos que le atribuye Soria: cohecho, prevaricación y retraso malicioso en la administración de justicia. La defensa de la jueza alega en su escrito que la Sala Segunda del Tribunal Supremo admitió a trámite la querella contra Rosell “en base a documentos e informes viciados de nulidad o que tienen su origen en actos ilícitos y presuntamente delictivos”.

No se trata de una afirmación propia. La sustituta del juez Alba, Carla Vallejo, ha informado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias de la presunta comisión por parte del magistrado de los delitos de prevaricación y negociación prohibida a funcionarios por la reunión con el empresario. La Fiscalía también cree que el juez Alba pudo mantener una conducta delictiva.

A lo largo de 39 páginas, el abogado de Rosell hace un extenso relato de cómo se ha ido fabricando, a su juicio, el proceso contra la exdiputada de Podemos. Se explaya en la actuación de Alba, un magistrado que pidió sustituir a Rosell de forma voluntaria, a pesar de que debía compaginar ese nuevo destino en el Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas con el que ya tenía en la Audiencia Provincial.

Pero la defensa de Rosell también alude a una “sorpresiva” interpretación de la Ley por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que preside el conservador Manuel Marchena, y que ha conducido a la admisión a trámite de la querella de Soria en contra de la posición de la Fiscalía, que se opuso en dos ocasiones.

El exministro, dimitido recientemente por su implicación en los Papeles de Panamá, llevó a los tribunales a Rosell en plena campaña electoral, cuando la jueza había dejado la carrera para presentarse al Congreso de los Diputados en la candidatura de Podemos. Enfrentado desde hace años a la actual pareja de la jueza, el periodista Carlos Sosa, José Manuel Soria denunció a la jueza por injurias y calumnias por afirmar que el exministro había utilizado a la Fiscalía en su contra.

Y desde ese mismo momento comenzaron las presuntas irregularidades que denuncia el escrito de Rosell. El juzgado de Instrucción número 27 de Madrid, en el que recae la querella de Soria, admite a trámite la misma “a pesar de su clamorosa incompetencia” por ser Rosell ya diputada. Una vez admitida a trámite, el juez envía la causa al Tribunal Supremo y éste tarda cuatro meses y medio en proveer los escritos incorporados a la causa si se cuenta desde el momento en que comenzó las actuaciones.

De injurias y calumnias, el exministro Soria pasa a denunciar a Rosell por cohecho, prevaricación y retraso malicioso en relación por un caso que instruyó antes de pasar a la política y cuyo principal imputado es un empresario que a los pocos días cerró un acuerdo con la pareja de Rosell.

Pero Soria no puede acusar a Rosell de unos delitos que no le afectan, al menos si está personado como acusación particular. El Tribunal Supremo, sin embargo, le permite subsanar este defecto a pesar de que la Fiscalía “no había interesado su subsanación sino la inadmisión a trámite de la querella”, afirma el abogado de Rosell. La jueza se queja además de que finalmente se permitiera a Soria personarse como acusación popular –en defensa de los intereses colectivos- y no se le impusiera la “preceptiva” fianza.

Una vez solventado, la Fiscalía vuelve a pronunciarse: no aprecia delito en la conducta de Victoria Rosell. Es entonces cuando la Sala de lo Penal recurre al artículo 410 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Según Rosell, ese artículo está destinado a “filtrar las querellas interesadas contra jueces y magistrados”, pero Marchena traiciona su “tenor literal y finalidad”. El resultado es que el presidente de la Sala pide a Alba que le envíe un informe sobre la instrucción que su antecesora había desarrollado en el caso del empresario y que le remita las declaraciones que había realizado éste en marzo.

Pero ese informe está basado en unas declaraciones prefabricadas, de las que ya se ha retractado ante la sustituta de Alba el propio empresario, alega Rosell. El informe de Alba, además, “se halla muy lejos de constituir una información veraz y objetiva sobre el objeto interesado: no solo contiene datos objetivos falsos, susceptibles de ser calificados como delito de falsedad documental, sino que obedece a una sucesión de informes que denotan una evidente falta de imparcialidad y animadversión hacia mi representada, a quien se persigue y perjudica de forma evidente” como queda de manifiesto en la grabación, concluye. Y admite que la causa ha obligado a Rosell “a adoptar decisiones determinantes respecto” a aspirar o no de nuevo a ser diputada.

Además, la defensa de la jueza expone su extrañeza por la petición de la Sala de lo Penal. El Supremo no pide documentación sino “que se elabore” un informe por un juez que llama “hija de puta” a Rosell en la grabación de su reunión con el empresario. El informe termina siendo, dice el abogado de la jueza, “un conjunto de valoraciones subjetivas elaboradas por un magistrado que guarda una relación de evidente animadversión desde hace años a mi representada”.

Soria, "corta y pega"

Entre las multiples irregularidades que denuncia el escrito de la exdiputada de Podemos está la utilización por parte del abogado de Soria de un informe de Salvador Alba incorporado a “un expediente reservado” al que el exministro no tiene acceso. La querella de Soria se convierte, a juicio de la jueza, en “un burdo copia y pega”, acompañado de noticias de periódico.

Además, la Sala de lo Penal incorpora documentación sesgada del Consejo General del Poder Judicial, que ya había rechazado una denuncia de la Fiscalía contra Rosell por el mismo caso. Lo que llega al Supremo, dice la defensa de la jueza, es solo el informe de la Fiscalía que terminó siendo descartado por el promotor de la acción disciplinaria del CGPJ.

http://www.eldiario.es/politica/Victoria-Rosell-construido-informes-prefabricadas_0_517949222.html

ELOGIO DEL MAGISTRADO MARCHENA

Se doctoró en Derecho con una tesis sobre ´El Ministerio Fiscal: Su pasado y su futuro´

Eligio Hernández

Manuel Marchena es el segundo magistrado canario que preside una Sala (de lo Penal) del Tribunal Supremo, ya que el primero fue el abogado del Estado tinerfeño Manuel Cerviá Cabrera, que presidió la Salas III y IV del alto Tribunal. Más humanista que jurista, no soy ni he querido ser sino un magistrado y abogado de provincias, pero mi experiencia profesional como fiscal, magistrado y abogado, y política en los tres poderes del Estado, me permiten valorar con rigor el mérito y la capacidad para ocupar cargos judiciales. He conocido a magistrados que son excelentes juristas, pero que no reúnen el perfil adecuado para ocupar cargos político-judiciales, que requieren capacidad institucional para las relaciones con los poderes públicos y con la sociedad, como la que ostentan José Ramón Navarro, presidente de la Audiencia Nacional, y Antonio Doreste, presidente del TSJC, dos acertados nombramientos.

Para merecer ser magistrado del Tribunal Supremo o del Constitucional es imprescindible, por el contrario, tener una elevada preparación técnico-jurídica y ser un valioso jurista, como, sin duda, lo es Manuel Marchena, al que hace tiempo califiqué como la "pluma magistral" del Ministerio Fiscal. La mayoría de las circulares e instrucciones que se elaboraron en mi etapa como FGE, valoradas positivamente por los fiscales de Sala del Tribunal Supremo, fueron escritas completamente por Manuel Marchena, a quien yo había designado como fiscal de la Secretaría Técnica de la FGE. Se doctoró en Derecho con una tesis sobre El Ministerio Fiscal: Su pasado y su futuro, que fue defendida el día 1 de marzo de 1990 en la Universidad de La Laguna, obteniendo la calificación de Apto cum laude, sin duda, en mi opinión, el mejor trabajo de los muchos que he leído sobre el Ministerio Fiscal. Consumado publicista, ha sido autor de numerosas ponencias en mesas redondas y congresos, y de trabajos jurídicos. Con un curriculum académico brillante, ha escrito varios libros, de los que he leído uno sobre la reforma procesal-penal de la Ley Orgánica 7 / 1998, otro sobre la reforma del Código Penal de la Ley Orgánica 3 / 1989 y otro, en 1994, sobre La vulneración de los derechos fundamentales en el procedimiento abreviado y el principio de saneamiento en el proceso penal. Ha sido el fiscal de Sala más joven de la historia del Mi-nisterio Fiscal y desempeñó el cargo de fiscal jefe de la Secreta-ría Técnica de la Fiscalía General del Estado, en la que ha conformado la doctrina legal del Ministerio Fiscal. Presidió la comisión redactora del anteproyecto del Código Procesal Penal, que, lamentablemente, el ministro Gallardón no presentó para su debate y aprobación en el Congreso de los Diputados. Pero donde realmente se ha revelado Manuel Marchena como un extraordinario jurista es como magistrado del Tribunal Supremo, cuyas sentencias son lecciones magistrales de Derecho.

Algunos medios de comunicación vienen reiteradamente calificando a Marchena como un magistrado "conservador". Siempre he opinado que los jueces deben ser conservadores de lo que merece ser conservado. He conocido algunos jueces llamados "progresistas", que son jueces estrella o justicieros, no conscientes de sus limitaciones y de la modestia de su función. Por el contrario, he conocido jueces llamados "conservadores" que cumplen sus deberes profesionales con ecuanimidad y elevado nivel técnico y ético. Mi experiencia en el Consejo General del Poder Judicial y en la Fiscalía General del Estado revela que las asociaciones de jueces y fiscales consideradas como progresistas eran las más beligerantes con los gobiernos del PSOE.

Manuel Marchena, es, por encima de cualquier otra consideración, un juez de los que Alejandro Nieto califica de "justos", que no sólo aplican la ley sino que hacen "justicia" de acuerdo con la ley, e incluso a pesar de la ley, y hasta a falta de la ley, aunque nunca en contra de ella, que consideran a la judicatura no como un oficio, sino como una vocación a la que no regatean esfuerzos y sacrificios. A Manuel Marchena sólo le caracteriza el peso de su trabajo, y le bastan el afecto y la admiración de quienes somos sus amigos y compañeros. Como dijo, con gracia, Ossorio y Gallardo, el buen juez es como una mujer honrada, que nadie habla de ella. Como magistrado jubilado me siento orgulloso de haber sembrado un pequeño grano que con el tiempo ha alcanzado la soberbia talla profesional, académica y humana de Manuel Marchena.

http://www.laprovincia.es/opinion/2014/10/05/elogio-magistrado-marchena/636974.html

AFECTADOS DE HOYA POZUELO DUDAN DE LA IMPARCIALIDAD DEL JUEZ DEL SUPREMO QUE ABSOLVIÓ A CORTEZO

Tres vecinos denuncian que el alto tribunal les ha privado del derecho de recusar al magistrado al no haberles comunicado los cambios en la composición de la Sala y el ponente designado para estudiar su recurso

Los recurrentes afirman que el ponente del auto que inadmite el recurso, el canario Manuel Marchena, y el promotor inmobiliario procesado, Jaime Cortezo, "mantienen una relación personal que se remonta a la infancia"

Los vecinos que denunciaron una presunta estafa en la venta de los dúplex afectados por una orden de derribo en la urbanización de Hoya Pozuelo, ubicada en el municipio grancanario de Telde, apuran en el Tribunal Supremo su última bala por la vía penal mientras aguardan la resolución de los pleitos civiles que mantienen abiertos.

El alto tribunal español rechazó en noviembre el recurso de casación interpuesto por 17 afectados contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas que en marzo absolvió a los procesados, el promotor de la empresa, Jaime Cortezo, y la gerente, Juana Rosa Fuentes. Ahora, tres recurrentes han presentado un incidente de nulidad contra esta resolución judicial al considerar vulnerados sus derechos fundamentales en el proceso y cuestionar la neutralidad del ponente de la misma, el magistrado canario Manuel Marchena.

Los vecinos que han iniciado esta acción son Julián Téllez y el matrimonio formado por Antonio Antón y Clotilde Saavedra, que pertenecen al último grupo de compradores de las viviendas de la promoción de Hoya Pozuelo. La abogada de estos afectados, Mónica Pérez, expone en su escrito que el auto que inadmite el recurso está firmado por Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, y no por Andrés Palomo del Arco, que fue designado ponente en julio de 2014, cuatro meses antes de su resolución.

"No es hasta la notificación del auto (de inadmisión del recurso de casación) cuando las partes tienen conocimiento de la alteración de la composición de la Sala y del ponente", explica la letrada, que sostiene que, al "omitir la obligada comunicación a las partes" de esta modificación, el Supremo ha privado a sus clientes del derecho de poder ejercitar la recusación del juez, fundada en "la relación personal y cercana" que, asegura, le une al promotor inmobiliario Jaime Cortezo.

Esta acusación particular considera que, si bien no puede hablarse de "una amistad íntima" entre el juez y el empresario, sí que concurren "causas objetivas que debieran valorarse" para determinar la recusación de Marchena por falta de imparcialidad. Y es que, según reza el escrito, "Jaime Cortezo no es un desconocido para Manuel Marchena", puesto que ambos mantienen "una relación personal que se remonta a la infancia", habiendo sido "alumnos coetáneos" en el colegio San Ignacio de Loyola de la capital grancanaria. Esta situación, sostiene la abogada, genera "indefensión jurídica" a sus clientes.

Monica Pérez había solicitado que, por los motivos expuestos, no fuera Marchena quien resolviera el denominado incidente extraordinario de nulidad de actuaciones previo al recurso de amparo constitucional. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha notificado recientemente a las partes que el presidente de la Sala de lo Penal del alto tribunal volverá a ser el ponente del nuevo auto que se dicte.

Un fallo "arbitrario e incongruente"

Además de estas cuestiones relativas a las garantías procesales, el escrito de los afectados de Hoya Pozuelo cuestiona los argumentos esgrimidos por la Sala para desestimar el recurso. Según la abogada, del auto del Supremo se desprende que la sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial de Las Palmas es "causa per se" para inadmitir la casación. Con este criterio, basado en jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la mencionada resolución "parece resultar inatacable", en opinión de Pérez, que defiende que esta fundamentación "excede de los límites legales toda vez que no existe proscripción legal alguna que vede el acceso a los recursos cuando la resolución dictada fuera absolutoria".

En su auto, el magistrado Marchena sostiene que la sentencia de la Audiencia Provincial había valorado de forma "ejemplar" todas las pruebas aportadas por las acusaciones particulares para concluir que no hubo engaño en la venta por parte de la promotora de Hoya Pozuelo de las viviendas afectadas por un expediente de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) del Gobierno de Canarias por invadir la zona de servidumbre fijada por la Ley de Costas, una situación administrativa que finalmente condujo a la orden de derribo.

Por otra parte, el incidente de nulidad recuerda que no se pudo recurrir en apelación -previo al de casación-, ya que la sentencia de primera instancia es de la Audiencia Provincial, e insiste en que la revocación de un fallo absolutorio "es viable" aún respetando la jurisprudencia del Constitucional, como acredita con una resolución dictada por el propio Marchena. Los recurrentes consideran que el auto del Supremo es "arbitrario", puesto que "no entra en el estudio de los (siete) motivos del recurso", e "incongruente", ya que manifiesta que los afectados invocaron el derecho a la presunción de inocencia cuando, según la letrada, en ningún momento se aludió a él en su argumentación.

El auto del Supremo redunda en que los compradores de las viviendas de Hoya Pozuelo fueron informados del estado del expediente sancionador de la Apmun, una postura que comparte la Fiscalía, que también solicitó la inadmisión del recurso de casación. A este respecto, el incidente de nulidad subraya que Téllez y el matrimonio Antón-Saavedra adquirieron los inmuebles "cuando ya habían sido dictadas sentencias firmes en derecho que ratificaban la orden de derribo de dichas viviendas, años después de que finalizara el expediente sancionador".

"La pretendida información que decían dar los acusados", continúa el escrito, "hubiera tenido nula relevancia en el caso de las dos compraventas de mis representados, salvo que se les hubiera dado la información real y certera de que las viviendas objeto de venta estaban afectas a una orden de derribo firme en derecho e irrevocable".

Estos denunciados pedían ocho años de cárcel y una multa de 24 meses con una cuota diaria de 400 euros para Cortezo, además de su inhabilitación para el ejercicio de actividades inmobiliarias. Para Fuentes solicitaban cuatro años de prisión y una sanción económica de 12 meses con una cuota de 100 euros al día. Además, el matrimonio formado por Antonio Antón y Clotilde Saavedra reclamaba una indemnización de 784.661 euros y Julián Téllez, una de 603.729 euros.

En su auto de inadmisión, el Supremo condenó a los recurrentes al pago de las costas procesales.

http://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/afectados-Hoya_Pozuelo-dudas-imparcialidad-juez-Supremo-absolucion-Cortezo_0_479803012.html

LA CARIDAD DEL PP ES INFINITA

No estaban muy claras las intenciones del Partido Popular cuando a la vuelta del verano ha llenado los periódicos y televisiones afines de declaraciones de sus dirigentes con propuestas de regeneración ética para que la ciudadanía vuelva a confiar en los políticos. Cualquiera podía pensar que, arrepentidos de los tremendos recortes del estado de bienestar que podrían causar un grave agujero a sus expectativas electorales, los populares y Mariano Rajoy habían decidido prescindir, por lo menos temporalmente, de aplicar el rodillo de la mayoría absoluta y de la ley del embudo. Sin embargo, parece que las intenciones se van a quedar en marketing, porque como decía un anuncio de los años setenta “La caridad bien entendida empieza por uno mismo”.

Ya supongo que a estas alturas les parezco un tanto críptico, pero les pido un poco más de paciencia. Verán, hace tan solo un par de semanas, en este mismo blog, les contábamos que el caso Gürtel, la más grande red de corrupción que afecta al Partido Popular iba a ser juzgada por la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional, que está presidida por Concepción Espejel, conocida entre sus compañeros como Cospejel, por su afinidad con la número dos del PP, María Dolores de Cospedal. Lea “¿Un puticlub para la mujer del César?”.

Además, casi con seguridad el tribunal estará integrado por Enrique López, aupado por el PP al Consejo General del Poder Judicial, donde fue portavoz, y luego al Tribunal Constitucional. Como saben, López tuvo que renunciar a su puesto después de que fuera pillado saltándose un semáforo en el centro de Madrid y conduciendo ebrio. Lea “Las triquiñuelas de López” y “De las triquiñuelas de López a la chapuza de su cese”.

No es que haya que dudar de la sindéresis de ambos magistrados (dos de los tres integrantes del tribunal, por lo que conformarían la mayoría) pero tanto uno como otro deberían abstenerse, o apartarse de juzgar el caso, aunque solo fuera por apariencia de parcialidad, que es evidente para los ciudadanos a los que sirven. Aquello de que la mujer del César además de honrada, tiene que parecerlo.

Sin embargo, parece que el PP ha decidido que los amigos están para las ocasiones, y que esta es una ocasión muy buena para que un caso que afecta al PP lo juzguen los amigos.

Pero todavía hay más. El Consejo General del Poder Judicial, reducido por el ya ex ministro Alberto Ruiz-Gallardón a poco más que una dirección general de su ministerio, ha tirado de rodillo bajo la batuta de Carlos Lesmes y ha completado la jugada. Acaba de nombrar para presidir la Sala Penal del Supremo a Manuel Marchena, el que menos méritos tenía de los tres candidatos que aspiraban al puesto, pero que se adornaba con el timbre de gloria de ser un halcón del Tea party español.

De modo que tenemos a otro amiguito para presidir la Sala que debe resolver los recursos sobre aquellas condenas por corrupción que recaigan sobre dirigentes, cargos o tan solo amigos del PP y también de los de la oposición.

Marchena (1959, Las Palmas de Gran Canaria), procede de la carrera fiscal. Gran parte de su carrera la hizo en la secretaría técnica de la Fiscalía del Estado, de la que acabó siendo nombrado jefe por Jesús Cardenal, aquel inefable fiscal del Estado de la época de José María Aznar.

Tras tres años en la fiscalía del Supremo, el Consejo del Poder Judicial le nombró magistrado de la Sala Penal del alto tribunal, que ahora pasa a presidir.

Marchena fue el ponente de la resolución que condenó al presidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa, quien, siguiendo el criterio de los servicios jurídicos de la Cámara, no cumplió la resolución del Supremo que le obligaba a disolver un grupo parlamentario. Marchena aplicó para condenar el mismo precepto, pero con una interpretación contrariaa, que la utilizada para absolver al presidente del Banco Santander, Emilio Botín, en el caso de las cesiones de crédito. Como decía en junio de 2012, “seguramente no tiene nada que ver, pero entre uno y otro caso existía la sutil diferencia de que el patrón del Santander patrocina muchos de los cursos en los que participan los magistrados del Supremo, mientras que el expresidente del Parlamento Vasco había desafiado a tan excelsos próceres ya que se había negado a cumplir la orden de disolver el grupo parlamentario afín a Batasuna”.

Marchena formó parte también del tribunal que condenó a Baltasar Garzón por las escuchas de Gürtel, cuando era instructor del caso de los patrocinios de los cursos de Nueva York, lo que debería haberle hecho abstenerse para preservar su imparcialidad. Garzón fue condenado a pesar de que la resolución tachada de prevaricadora fue instada por dos fiscales y prorrogada y ampliada por otro magistrado, Antonio Pedreira, que nunca fue molestado, ni siquiera llamado como testigo. Si la prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) debe de ser grosera y no sujeta a interpretación, hubo al menos dos jueces —Pedreira y Suárez Robledano— que consideraron que la tesis de Garzón era correcta, lo que invalidaba la existencia de prevaricación. Sin embargo, el Supremo tuvo el dudoso honor de condenar y expulsar de la carrera al juez que destapó el caso al menos dos años antes de que los implicados en la trama de corrupción hayan sido siquiera juzgados.

En todo caso, Marchena, arrastró por el fango el prestigio de Garzón, cuando mantuvo abierto el caso de los patrocinios durante dos años, sabiendo —como sabía, puesto que es profesor de derecho procesal y penal— que los hechos estaban prescritos. Leer “En la absolución, yo te condeno” Leer “El Supremo archiva la última causa contra Garzón

Marchena decidió archivar el caso de Nueva York dejando un rosario de sospechas sobre la conducta de Garzón, durante la deliberación del proceso sobre las escuchas, en el que le condenó. Veremos qué opina sobre su imparcialidad el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al que Garzón ha recurrido.

El nuevo presidente de la Sala Penal del Supremo avaló también la absolución del ex presidente de la Comunidad Valenciana Francisco Camps por el molesto asuntillo de los trajes.

En Estados Unidos, cuando los presidentes se ven envueltos en asuntos turbios, como el Watergate, el caso Iran-Contra o el caso Lewinsky, suelen designar a un fiscal independiente y duro para tratar de convencer a la ciudadanía de que son inocentes —aunque no lo sean— y que para demostrarlo se someten al peor acoso que pueden tener.

En España, ya ven, escogemos a los más amigos que puedan ser comprensivos con las debilidades del cargo. Así que no se puede decir que se aprecien verdaderos brotes verdes o síntomas de regeneración ética y democrática, como nos quieren vender, ya que seguimos sin elegir a los mejores candidatos para los cargos, sino a los más amigos. El Partido Popular lo tiene claro, como decía el anuncio, la caridad bien entendida empieza por uno mismo. Y la caridad del PP con sus dirigentes es infinita.

https://www.cuartopoder.es/acotadeperiscopio/2014/10/06/la-caridad-del-pp-es-infinita/854

EL TRIBUNAL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA FERNÁNDEZ DÍAZ Y EL EXDIRECTOR DE LA OFICINA ANTIFRAUDE CATALANA

No hubo delitos de violación de secretos, prevaricación y malversación

La querella fue interpuesta por CDC y el exalcalde de Barcelona Xavier Trías

El Tribunal Supremo ha archivado la querella de CDC, actual Partit Demòcrata Europeu Catalá (PDCAT), contra el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y el exdirector de la Oficina Antifraude catalana Daniel de Alfonso por delitos de violación de secretos, prevaricación y malversación.

La Sala de lo Penal ha acordado la inadmisión a trámite y archivo de la querella interpuesta por el partido nacionalista catalán, refundado bajo las siglas PDCAT, y el exalcalde de Barcelona Xavier Trías "al no existir indicios de que hubieran cometido tales delitos", en las conversaciones entre ambos que fueron grabadas.

Los hechos recogidos en la querella referían dos encuentros entre el exministro del Interior y el director de la Oficina Antifraude de Catalunya, que fueron mantenidos los días 2 y 16 de octubre.

En uno de ellos, Daniel de Alfonso Laso habría entregado a Fernández Díaz un expediente con datos de una investigación sobre los nombramientos que Francesc Homs habría realizado de dos familiares del exconsejero de Interior catalán Felix Puip. Aquellos encuentros fueron grabados y el contenido de las conversaciones fue difundido por los medios.

Según los querellantes, que denunciaron que se llevaron a cabo "todas las turbias maniobras" por las conversaciones mantenidas, el exdirector de la Oficina Antifraude estaría cometiendo un delito de revelación de secretos al revelar información confidencial, instigado por el entonces ministro en funciones.

Otra de las imputaciones se centraba en la documentación relativa a Xavier Trías, relacionada con una investigación de un presunto delito de blanqueo de capitales que, según los querellantes, Daniel de Alfonso Laso habría entregado a Jorge Fernández Díaz y que fueron filtrados al periódico El Mundo.

En su auto, los magistrados reiteran la doctrina de la Sala que es contraria a admitir como base de la querella hechos cuya base probatoria aparece sólo en medios de comunicación, como en este caso. Con respecto a las transcripciones de las entrevistas mantenidas entre ambos querellados, la Sala determina que "dado el carácter subrepticio de su obtención no es posible determinar si han sido editadas, alteradas o manipuladas, de manera que tampoco se puede saber si la grabación corresponde al contenido íntegro de la entrevista".

La Sala recuerda que la comisión de un delito de revelación de secretos requiere la difusión de una información que no deba ser divulgada y de la que se haya tenido conocimiento por razón del cargo. Según los tribunales, "los hechos relatados en la querella no ponen de manifiesto que se haya revelado información de la que el querellado dispusiera por razón de su cargo y que, como tal no deba ser conocida", sino que debe entenderse como una colaboración entre instituciones.

Los querellantes también atribuían un delito de conspiración para delinquir por el contenido de las conversaciones aludidas. La Sala lo descarta y recuerda que este delito no estaba en vigor cuando se cometieron los hechos imputados al querellado, en octubre de 2014.

http://www.rtve.es/noticias/20161215/tribunal-supremo-archiva-querella-contra-fernandez-diaz-exdirector-oficina-antifraude-catalana/1454623.shtml

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA RAJOY POR LOS CUIDADOS A SU PADRE EN LA MONCLOA

El Supremo ha archivado la querella que el partido Soberanía y la Asociación El Defensor del Paciente presentaron contra el presidente del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy, por financiar a cargo de los servicios médicos de Moncloa la asistencia de gran invalidez que necesita su padre. La querella se basaba en una información de eldiario.es de acuerdo a la cual Rajoy "se vale del cargo de presidente para financiar con cargo al dinero público los gastos personales de asistencia en gran invalidez a su padre". La acusación de malversación se basaba en la citada información y señalaba que la noticia "reviste caracteres de verosimilitud porque pese al escándalo que ha montado en las redes sociales y medios de comunicación no ha sido desmentida". No es posible advertir en los documentos que se presentan la presencia de los elementos o requisitos dogmáticos del delito de malversación"

Examinada la querella y la denuncia no es posible advertir en los documentos que se presentan, exclusivamente por recortes de prensa, la presencia de los elementos o requisitos dogmáticos del delito de malversación, por lo que los hechos descritos no justifican la apertura de un procedimiento penal", responde el auto del Supremo. "La mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no puede justificar la apertura de un procedimiento penal para su investigación si la querella que los incorpora no ofrece ningún indicio" añadido, dice también el alto tribunal en el escrito que archiva la querella. El diario.es informaba en la noticia, según señalaba la querella, de que los servicios que recibe en el complejo de Moncloa el padre de Rajoy alcanzaban un valor de unos 5.000 euros mensuales y añadía que "desde Moncloa no han desmentido la noticia" sino que han dicho que "aplican los criterios de los presidentes precedentes".

http://www.20minutos.es/noticia/2652003/0/rajoy/cuidados-padre-la-moncloa/archiva-querella-supremo/#xtor=AD-15&xts=467263

EL SUPREMO ARCHIVA DE NUEVO LA CAUSA CONTRA PILAR BARREIRO POR NOVO CARTHAGO

La resolución señala que el sobreseimiento provisional parece el más adecuado, ya que el caso continúa su tramitación en un Juzgado de Instrucción de Murcia que investiga a los no aforados

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado el sobreseimiento del caso Novo Carthago, sobre presuntas irregularidades urbanísticas, para la exalcaldesa de Cartagena y actual senadora del PP Pilar Barreiro, aunque señala que el mismo ha de ser el de la modalidad de provisional.

El TS discrepa así de lo que entendió el instructor de las diligencias, que decretó el sobreseimiento libre, y, al mismo tiempo, desestima los recursos presentados por el ayuntamiento de Cartagena, dos concejales socialistas e Izquierda Unida (IU), que habían solicitado que Barreiro continuara imputada y que se practicaran nuevas diligencias.

El auto judicial supone que la causa no podrá ser reabierta contra la exalcaldesa si no aparecen elementos nuevos.

Estas actuaciones judiciales contra la actual senadora, que ha estado defendido por los letrados murcianos José Pardo Geijo y Raúl Pardo-Geijo Ruiz, trataban de esclarecer si aquella, cuando se tramitó una modificación urbanística en el consistorio que presidía para hacer viable un proyecto urbanizador en terrenos próximos al Mar Menor, pudo cometer algún ilícito penal.

Al respecto, el TS expone que de las pruebas practicadas no se deduce indicio criminal alguno contra ella.

http://www.lacronicadelpajarito.es/region/supremo-archiva-nuevo-causa-contra-pilar-barreiro-por-novo-carthago?qt-radio_tv=0

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA POR EL NOMBRAMIENTO DEL 'COMISARIO' MARHUENDA

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) acusa al ministro del Interior en funciones, Jorge Fernández Díaz, de prevaricación por el reconocimiento al director de 'La Razón'
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El Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra el ministro del Interior en funciones, Jorge Fernández Díaz, por delito de prevaricación administrativa tras el nombramiento del director de La Razón, Francisco Marhuenda, como comisario honorífico de la Policía Nacional.

La Sala de lo Penal del alto tribunal concluye que los hechos imputados al ministro no presentan relevancia penal y aclara que el cargo de comisario honorario que se otorga al periodista no parece contravenir la normativa indicada dado que es un nombramiento discrecional y el expediente no se hace público, tal y como denunció la parte querellante.

En su sentencia recuerda que el control de la legalidad de los actos administrativos corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa y que la aplicación del derecho penal queda restringida a los casos más graves. Además, subraya que en la querella presentada "ni siquiera consta el relato de los hechos", por lo que se desconoce la fecha, contenido y autoridad que la dicta.

El pasado 22 de abril el sindicato mayoritario de Policía interpuso una querella contra el responsable de Interior al considerar que podía haber incurrido en un presunto delito de prevaricación. Además, denunciaron que no se hicieron públicas las razones de tal nombramiento y que, por ello, incumplía los requisitos necesarios para cumplir con la normativa vigente.

También sostenían que el nombramiento de Marhuenda suponía un agravio para los funcionarios y recordaron que el periodista había sido condenado en sentencia firme por la Audiencia Provincial de Barcelona por haber vulnerado el derecho al honor y reputación profesional del Jefe Superior de Policía de Cataluña, Narciso Ortega, mediante la publicación de una noticia en el periódico que dirige.

En cuanto a la demanda del derecho al honor a que se refiere en su querella el sindicato de Policía, el Supremo entiende que no parece que afecte negativamente al designado en tanto que el derecho al honor objetivo del procedimiento civil se refiere a un funcionario policial concreto y no todo al cuerpo de policía.

http://www.mediaset.es/telemania/tribunales/tribunal-supremo-archiva-querella-nombramiento-comisario-director-razon-francisco-marhuenda_0_2211825466.html

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA BARBERÁ POR NO RETIRAR SÍMBOLOS FRANQUISTAS

El tribunal no ve delito porque no hubo una orden a la alcaldesa para que quitara las distinciones al régimen

El Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada contra Rita Barberá por negarse a retirar los símbolos del franquismo durante su etapa como alcaldesa. La Sala de lo Penal ha rechazado la denuncia al considerar que los hechos no son constitutivos de delito, como ya hizo antes con denuncias similares contra otros alcaldes que eran, además, senadores y, por tanto, aforados, como el de Zaragoza, Juan Alberto Belloch, o Almería, Luis Rogelio Rodríguez Comendador.

La querella la presentaron el PSOE valenciano y el abogado madrileño Eduardo Ranz Alonso. En su denuncia pedían que se abriera una causa contra Barberá por delitos de desobediencia y denegación de auxilio y, subsidiariamente, por una falta contra el orden público. El Supremo destaca, sin embargo, que la Ley de Memoria Histórica de 2007 recoge la obligación genérica de las Administraciones Públicas de adoptar medidas tendentes, entre otras cosas, a la retirada de objetos conmemorativos de la Guerra Civil y de la dictadura franquista, pero en la denuncia no se relata que se hubiese dado una orden directa y expresa a la entonces alcaldesa Rita Barberá para tomar medidas y retirar esos símbolos en cumplimiento de dicha Ley, ni tampoco que ella se hubiese negado a cumplir esa orden previa.

“Ambos elementos –destaca el auto—la existencia de una orden expresa y la negativa posterior a su cumplimiento, resultan necesarios para apreciar el delito”.

Del mismo modo, los jueces advierten de que tampoco hay constancia de que la exalcaldesa hubiese recibido una orden concreta y específica para, en cumplimiento de la misma Ley, realizar un catálogo de vestigios de la Guerra Civil y la dictadura. La decisión del Supremo asume los argumentos del fiscal, que había informado en contra de que se admitiera a trámite.

La de la memoria histórica es una de las dos causas pendientes que tenía Barberá en el alto tribunal. La otra, derivada de la Operación Taula abierta en Valencia por el presunto blanqueo en el grupo municipal del PP, está todavía endiente de que el fiscal presente su informe.

La denuncia contra Barberá mencionaba un total de 33 calles de la ciudad cuyo mantenimiento, según sus impulsores, infringe la Ley de Memoria Histórica. Entre ellos figura el nombre del Barón de Cárcer, Joaquín Manglano y Cucaló de Montull, que fue el primer alcalde de Valencia tras la Guerra Civil. O el del falangista Antonio Rueda, que fue gobernador civil.

http://politica.elpais.com/politica/2016/07/08/actualidad/1467983217_346837.html

EL SUPREMO ARCHIVA LA INVESTIGACIÓN CONTRA LA EXALCALDESA DE JEREZ

María José García-Pelayo, del PP, ha sido investigada por tramitar contratos con la Gürtel

El Tribunal Supremo ha archivado provisionalmente la investigación a la exalcaldesa de Jerez y actual diputada del PP, María José García-Pelayo, por adjudicar contratos a la rama andaluza de la trama Gürtel. La parlamentaria declaró a finales de febrero durante más de una hora en el Tribunal Supremo en calidad de investigada —antigua figura de imputado— por un presunto delito de prevaricación administrativa y otro de falsedad en documento público. Los investigadores le atribuían un papel clave en la supuesta contratación fraudulenta del Ayuntamiento gaditano con empresas de Francisco Correa. "Yo no firmé esos contratos", alegó la política andaluza.

Los jueces califican de "creíble" el testimonio de García-Pelayo sobre su desconocimiento de "toda esa trastienda de la que emana un fuerte aroma a irregularidades, tráfico de influencias o decisiones opacas y, dicho castizamente, caciquiles, resultan no solo muy verosímiles sino además sugestivas de acomodarse a lo más probable".

Los hechos investigados se remontan al año 2004 y tienen relación con determinados contratos administrativos para el desarrollo de FITUR de aquel año, así como otros expedientes para llevar a cabo actos en la Plaza Mayor de Madrid.

El instructor de esta parte de la causa en el Supremo, Antonio del Moral, no cuestiona en la resolución la posible relevancia penal de los hechos investigados. Explica que fue una decisión arbitraria "adoptada al margen de todo procedimiento legal" y que benefició a tres empresas que resultaron adjudicatarias, pero descarta que la alcaldesa tomara esta decisión a sabiendas de su arbitrariedad.

El auto cita dos sentencias de la Sala de lo Penal del Supremo que establecen que el delito de prevaricación exige probar algo más que la pura constatación de la firma en una resolución objetivamente arbitraria e injusta.

http://politica.elpais.com/politica/2016/04/29/actualidad/1461931747_617416.html

EL TRIBUNAL SUPREMO ARCHIVA LA CAUSA CONTRA EL PRESIDENTE DE MELILLA

Juan José Imbroda compareció tras la contratación de un abogado externo

El Tribunal Supremo ha archivado la causa contra el presidente de Melilla, Juan José Imbroda, por presunto delito de prevaricación en la contratación de un abogado externo por la ciudad autónoma para pleitos en materia laboral a partir de 2001, por los que cobró 395.000 euros hasta 2010.

El magistrado Francisco Monterde, instructor de la causa abierta a Imbroda por el Supremo el pasado 2 de febrero, ha acordado en un auto el sobreseimiento de las actuaciones a la vista de las explicaciones de Imbroda, que compareció en el alto tribunal el 11 de marzo, y de los informes que obran en la causa.

El presidente de Melilla y senador del PP, al que el partido ya ha confirmado como candidato a la reelección, pidió el archivo de las actuaciones. En su auto, el magistrado Monterde explica que la iniciativa para la designación del letrado no surgió de Imbroda sino de uno de los consejeros de Melilla y que hay dudas interpretativas sobre la naturaleza del contrato que unía al letrado con la ciudad autónoma y, por tanto, si era necesario o no tramitar un procedimiento administrativo de contratación.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Melilla destacó en la exposición razonada que elevó al Supremo que el contrato era administrativo, que se obviaron para establecerlo todos los requisitos legales y que el letrado fue contratado a dedo por Imbroda. Sin embargo, el instructor del Supremo indica que no hay elementos que prueben que hubo prevaricación en el caso, ya que para que se produzca este delito debe constatarse que la actuación del imputado fue injusta y arbitraria.

http://politica.elpais.com/politica/2015/04/07/actualidad/1428437316_380611.html

LA PRESCRIPCIÓN SALVA AL PRESIDENTE DE CANTABRIA

El Tribunal Supremo ha acordado no abrir un proceso penal al presidente de Cantabria, Ignacio Diego (PP), y al consejero autonómico de Obras Públicas Francisco Javier Rodríguez Argüeso en relación al abono por parte de una empresa, en agosto de 2010, de una estancia en un balneario de Oviedo a ambos politicos, entonces diputados autonómicos (lea la resolución en PDF).

Tal como dictaminó el fiscal, la Sala ha apreciado que el supuesto delito de cohecho por el que se abriría la investigación ha prescrito.

El tribunal explica en una resolución conocida hoy que en la exposición razonada enviada al Supremo por la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo (instructora del caso Pokemon) "no se aporta indicio alguno que sustente que el pago del hotel se realizó en consideración a la condición de diputados de los investigados", lo que exigía el tipo penal en el momento en que ocurrieron los hechos para un cohecho no vinculado a un concreto acto u omisión de un cargo público, sobre lo que tampoco existen indicios en el caso.

"En cualquier caso -añade el auto-, descartando la aplicación de los preceptos relativos al cohecho vinculados a un concreto acto administrativo y admitiendo hipotéticamente que existieran indicios de la comisión del delito del artículo 426 del Código Penal (referido a la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función), nos encontramos con que el mismo estaría prescrito".

Recuerda que ese delito prescribía a los tres años, y que, aun cuando se pretendiera fijar la interrupción de la prescripción en la fecha de la exposición razonada de la juez de Lugo (noviembre de 2014), habrían transcurridos más de tres años desde los hechos (agosto de 2010). Por ello, considera prescrito el delito y archiva las actuaciones.

http://www.elmundo.es/espana/2015/02/24/54ec64f8ca47411b578b4573.html

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA PRESENTADA POR PODEMOS CONTRA TRES JUECES DEL TSJ DE MURCIA

Considera que no prevaricaron al remitir una querella contra Pedro Antonio Sánchez (PP) a los juzgados ordinarios

El Tribunal Supremo ha archivado las querellas presentadas por Podemos y el abogado José Luis Mazón contra tres magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia a los que acusaban de prevaricar al remitir a un juzgado ordinario, en vez de tramitar directamente, una querella que la Fiscalía presentó contra el candidato del PP Pedro Antonio Sánchez para evitar que fuera imputado en plena campaña electoral.

Las querellas se dirigían contra los magistrados de la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ de Murcia Juan Martínez Moya, quien también es vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Enrique Quiñonero Cervantes y Miguel Pascual de Riquelme.

En un auto hecho público este jueves, el alto tribunal las inadmite y archiva al concluir que los autos que dictaron los magistrados no constituyeron prevaricación. Asegura que en la fase embrionaria de la instrucción contra aforados es conveniente que sean los jueces ordinarios los que investiguen a los imputados "cuando los indicios se muestren débiles o inconsistentes" o si existe un número elevado de acusados.

Las querellas explicaban que la Fiscalía presentó en febrero una querella dirigida, entre otros, contra Pedro Antonio Sánchez, por entonces consejero de Cultura, Educación y Empleo, así como diputado de la Asamblea Regional de Murcia, en relación con la licitación, adjudicación, construcción y recepción de las obras de un auditorio en el municipio murciano de Puerto Lumbreras, del que era alcalde el mandatario popular.

Dichas obras fueron abonadas por más de 5,5 millones de euros y sin embargo, continúan sin terminar a día de hoy. En dicha querella se le imputaba al candidato popular la posible comisión de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial, si bien el TSJ, pese a reconocer el carácter de aforado de Sánchez, decidió remitir el procedimiento al Juzgado de Instrucción de Lorca.

Un voto discrepante

Esta decisión contó con el voto discrepante de otro magistado, Manuel Abadía, que afirmó que la decisión carecía de sentido puesto que la competencia es del TSJ, y era ese órgano el que debía empezar a instruirlo directamente, imputando al aforado.

Ante el recurso de la Fiscalía la Sala dictó un nuevo auto argumentos muy similares a los del primero, y volvió a remitir a los juzgados de instrucción de Lorca, a pesar de la existencia de indicios de criminalidad relacionados con la actuación del aforado, según detalla la querella presentada este jueves.

Para entender la justificación de esas dos resoluciones, contrarias a lo previsto legalmente según Podemos, hay que saber en qué momento se producen. El primer Auto es de 2 de marzo, cuando se están decidiendo los candidatos a la Presidencia de la Comunidad Autónoma de Murcia, con lo que esa resolución dejaba al candidato en un limbo judicial, evitando su imputación directa por el TSJ, según Podemos.

El segundo auto, el que resuelve el recurso contra el primero, tiene fecha 23 de abril, con el candidato ya proclamado, con lo que se aseguraba una campaña electoral tranquila, evitando la imputación de Pedro Antonio Sánchez, ya proclamado candidato del Partido Popular.

El Supremo considera que el criterio utilizado por la mayoría de los magistrados contra los que se dirigían las querellas "no se apartó de los cánones y los métodos de interpretación a los que se ajusta la labor de un jurista en casos similares".

http://www.elmundo.es/espana/2015/07/23/55b0eeee46163f5e098b4572.html

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA MONAGO POR SUS VIAJES A CANARIAS

El alto tribunal, no obstante, insta a regular mejor los desplazamientos de los parlamentarios para evitar "toda confusión" y no minar la confianza de los ciudadanos

El Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada contra el presidente de Extremadura, José Antonio Monago, por los viajes que realizó a Tenerife con cargo al presupuesto del Senado entre mayo del 2009 y noviembre del 2010. Los jueces se apoyan en la decisión del grupo parlamentario popular en la Cámara alta, que rechazó la comisión de un delito de malversación de caudales públicos por estos desplazamientos.

La demanda fue interpuesta por la Asociación Pro Justicia Siglo XXI y en ella se denunciaba el uso de dinero público para pagar los desplazamientos del presidente extremeño a la isla canaria. Sin embargo, los senadores populares defendieron estos viajes en un comunicado en que afirmaron que Monago "como presidente autonómico" y como "miembro del Consejo de Dirección del grupo parlamentario en el Senado" tenía asignadas "labores de apoyo" en su comunidad, en Andalucía y en Canarias por lo que tenía que viajar a estas comunidades autónomas.

Por estos motivos, el alto tribunal cierra este caso, ya que el Senado autoriza el pago con cargo a su presupuesto "de los gastos de viaje realizados de acuerdo con las normas que la Mesa establezca en cada momento".

También sostiene que no tiene suficientes datos para afirmar que la actividad del presidente de Extremadura "sea ajena a la función pública". Además, considera que en el caso de Monago "no se aprecia la concurrencia de un comportamiento que revista los caracteres de ilícito penal".

No obstante, el Supremo recomienda que se regule mejor los viajes de los parlamentarios para evitar "toda confusión" entre "desplazamientos privados y oficiales, dado que la confianza de los ciudadanos en el buen funcionamiento del sistema de representación política constituye la base del Estado de derecho".

http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/supremo-archiva-querella-monago-viajes-canarias-4052620

EL SUPREMO ARCHIVA LA QUERELLA DE VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO CONTRA RAFAEL HERNANDO

El Supremo ha archivado la querella que la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, integrada por víctimas del franquismo, presentó contra el portavoz adjunto del PP en el Congreso, Rafael Hernando, por injurias.

Denunciaban que el diputado popular aseguró que los familiares de las víctimas sólo se acuerdan de ellos cuando hay subvenciones

El Tribunal considera que lo que hizo Hernando fue "un juicio de valor" y argumenta en su auto de archivo que la libertad de expresión "cobija críticas inofensivas o indiferentes e incluso otras que puedan molestar, inquietar o disgustar". Es decir, que las "opiniones del querellado no pueden considerarse formalmente injuriosas y, encontrándose amparadas en el ejercicio de la libertad de expresión, solo procede, al no ser los hechos constitutivos de ilícito penal alguno, la inadmisión a trámite de la querella".

La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica presentó a finales del pasado noviembre una querella contra el diputado popular por unas palabras supuestamente pronunciadas por él en un programa de televisión sobre las víctimas del franquismo.

La parte querellante denunciaba que el parlamentario aseguró que los familiares de las víctimas del franquismo sólo se acuerdan de ellos cuando hay subvenciones. El propio Hernando negó repetidamente haber pronunciado esas palabras y acusó a las "terminales mediáticas de la izquierda" de haber manipulado "arteramente" sus declaraciones, usando un entrecomillado "absolutamente falso".

El fiscal no se pronunció sobre la querella, al considerar que era un asunto entre particulares o "una querella privada".

http://www.diariovasco.com/politica/201406/13/supremo-archiva-querella-victimas-20140613163106-rc.html

EL TRIBUNAL SUPREMO ARCHIVA LAS QUERELLAS CONTRA IGNACIO GONZÁLEZ POR EL ÁTICO EN ESTEPONA

Toma esta decisión sin perjuicio de que el Juzgado de Estepona ponga de manifiesto indicios penales contra González

El Tribunal Supremo ha inadmitido este jueves las querellas que los extrabajadores de Telemadrid y el PSM presentaron contra el presidente de la Comunidad, Ignacio González, en relación con la adquisición y propiedad de un ático en Marbella.

Fuentes del alto tribunal han señalado que, siguiendo su doctrina general, se recuerda que ya existe una investigación abierta sobre este asunto en el Juzgado número 5 de Estepona (Málaga), que debe seguir investigando y que de encontrar algún indicio delictivo contra este aforado lo que procedería sería la remisión al Supremo de una exposición razonada.

El pasado 7 de mayo la Fiscalía se posicionó en contra de esta admisión por entender que del contenido de dichas querellas no se deduce la existencia de ningún hecho delictivo ni, por consiguiente, que pueda llevar a una imputación contra González.

La juez de Estepona puede seguir investigando

El tribunal aprovecha su auto para recordar su doctrina general sobre el momento en que debe asumir el Supremo la investigación de aforados. Explica que "no basta la mera imputación personal del aforado para que el instructor suspenda inmediatamente la instrucción y remita la causa al órgano competente, sino que puede y debe investigar hasta alcanzar indicios fundados que justifiquen dicha imputación".

El Supremo agrega, de acuerdo con la Audiencia de Málaga, que toma su decisión sin perjuicio que la investigación del Juzgado de Instrucción de Estepona ponga de manifiesto indicios penales contra Ignacio González, y el instructor entienda pertinente entonces elevar una exposición razonada al Supremo.

Además, el alto tribunal no aprecia en los hechos relatados en la querella ningún indicio de delito de la persona aforada. Añade que en algunos casos se basan sólo en informaciones periodísticas, sin que la querella aporte otros indicios, por lo que no cabe hablar de un verdadero ejercicio de la acción penal sino de la "mera remisión" al tribunal de informaciones publicadas en la prensa.

http://www.elmundo.es/madrid/2014/07/03/53b553c2268e3e7f458b4583.html

EL SUPREMO RESPALDA LA ABSOLUCIÓN DEL JURADO A CAMPS EN EL CASO DE LOS TRAJES

El fallo ha salido adelante por cuatro votos a favor y uno en contra

El voto particular argumentará que la sentencia carecía de la motivación mínima exigible

Ni “arbitrario” ni “irrazonable” ni “ilógico”. Según cuatro de los cinco miembros que componían la Sala del Tribunal Supremo que ayer decidía sobre la suerte judicial del expresidente de la Generalitat valenciana Francisco Camps en relación con el caso de los trajes, el veredicto del jurado fue correcto. El 25 de enero de 2012, por un estrecho margen de cinco votos frente a cuatro, un jurado popular absolvió a Camps y al exsecretario general del PP valenciano, Ricardo Costa, acusados del delito de cohecho impropio por haber aceptado presuntamente regalos de la trama Gürtel mientras la red lograba contratos a dedo de la Generalitat por cerca de ocho millones de euros.

La absolución fue una decisión polémica —y cuestionada por el numeroso material probatorio que se había presentado—, que ayer fue ratificada por los magistrados del Tribunal Supremo Manuel Marchena, Carlos Granados, Juan Ramón Berdugo y Antonio del Moral. El quinto miembro de la sala, Joaquín Giménez, presentará un voto particular.

El avance del fallo —la sentencia aún no ha sido redactada— indica que se han desestimado los cuatro argumentos fundamentales de los recurrentes, el Partido Socialista del País Valenciano: el error en la apreciación de la prueba (por ignorar decenas de elementos incriminatorios); la contradicción entre los distintos hechos considerados probados por el jurado; la arbitrariedad en el funcionamiento de los poderes públicos; y la supuesta necesidad legal de que hubiera una mayoría más amplia (de siete votos en lugar de cinco) para considerar como “no probados” hechos desfavorables para los acusados.

El único recurso contra la sentencia absolutoria fue el presentado por los socialistas valencianos. La Fiscalía Anticorrupción no recurrió. La decisión se produjo poco después de que el recién creado Ejecutivo de Mariano Rajoy nombrara al nuevo Fiscal General del Estado.

El magistrado discrepante en la decisión de ayer, Joaquín Giménez, anunció un voto particular que tampoco está aún elaborado, a la espera de los argumentos concretos de la sentencia. Fuentes jurídicas consideran que no entrará a valorar si hubo o no arbitrariedad o error en la apreciación de la prueba, sino que previsiblemente se aludirá a un argumento previo: la falta de motivación de la sentencia de 30 de enero de 2012 que absolvió a Camps y que se limitaba a levantar acta de lo que dijo el jurado sin cubrir, según algunas opiniones, las exigencias mínimas de motivación que requiere toda sentencia y que en este caso obligaban a desarrollar los argumentos que había proporcionado el jurado. Según esta línea de argumentación, una de las soluciones jurídicas del recurso habría sido devolver la sentencia al tribunal para que la motivara y, a partir de aquí, poder valorar otras cuestiones.

Los argumentos de los cuatro magistrados del alto tribunal que han respaldado al jurado y que fueron avanzados ayer son dos. Por un lado, la motivación del jurado, según la sala, no ha sido “arbitraria, ilógica o irrazonable al individualizar las pruebas y elementos de convicción que le han llevado al veredicto de no culpabilidad”.

No se aceptan, por tanto, los argumentos de los recurrentes de que el jurado no tuvo en cuenta en su decisión una serie de pruebas “esenciales” y que existía contradicción en el caso porque había cuatro personas acusadas y dos de ellos (Víctor Campos, exvicepresidente del Gobierno valenciano y Rafael Betoret, exjefe de gabinete de turismo) reconocieron los hechos y su culpabilidad. “No tiene sentido que los otros dos que no lo aceptaron finalmente fueran absueltos”, argumentaban los socialistas valencianos.

Por otro lado, relación con el argumento sobre el número de votos por el que se adoptó la decisión, los cuatro magistrados consideran que “concurrían las mayorías necesarias para declarar no probados los hechos desfavorables del objeto del veredicto”. El artículo 59 de la Ley del Jurado dispone que los jurados votarán si estiman probados o no los hechos y que, “para ser declarados tales se requieren siete votos, al menos, cuando fueren contrarios al acusado, y cinco votos cuando fuesen favorables”.

La decisión de Camps se tomó por cinco votos frente a cuatro. Por ese número de votos se decidió tanto aceptar como probados los hechos favorables a Camps y a Costa como asumir como no probados los desfavorables. El recurso de los socialistas valencianos consideraba que los hechos desfavorables que se consideren “no probados”, según la interpretación que hacían de ese artículo 59 de la Ley del Jurado, necesitaban de un apoyo de al menos siete votos. Pero, según el Supremo, bastan los cinco votos para cualquier decisión que sea favorable al reo.

Camps dimitió del cargo en julio de 2011, solo unos meses antes del juicio, y se declaró víctima de una campaña personal contra él. Al igual que Ricardo Costa, es diputado del PP en las Cortes Valencianas, aunque apenas acude al hemiciclo. Como expresidente de la Generalitat, también es miembro del Consejo Jurídico Consultivo, del que cobra su sueldo.

El alto tribunal reabrió el caso después de que la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior valenciano, que entonces presidía un buen amigo de Camps, Juan Luis de la Rúa, lo archivara en agosto de 2009 en contra del criterio del juez instructor, José Flors. El Supremo observó indicios de delito al reabrir el caso en mayo de 2010 y reprochó al tribunal valenciano una interpretación del cohecho pasivo impropio (aceptar dádivas que se ofrecen en atención al cargo) que implicaba en la práctica suprimir la figura de ese delito.

La Sala del TSJ consideró que para que el delito se consumase era necesario que el receptor de los regalos, en este caso Camps, desplegase a cambio alguna actividad. En el juicio, el jurado también llegó a la conclusión de que, incluso en el supuesto de que hubiera aceptado trajes de la trama, estos no se realizaron “en función de su cargo”, por lo que le absolvieron. Los socialistas valencianos interpusieron entonces un recurso de casación argumentando que hubo una “manifiesta ausencia de motivación” del veredicto y una errónea valoración de las pruebas por parte del jurado.

El letrado Virgilio Latorre destacó en el recurso que para concluir que los regalos no existieron, los cinco jurados que apoyaron la absolución se limitaron básicamente a remitirse al testimonio de Isabel Jordán, exempleada de la trama. Jordán, que declaró en Valencia como testigo estando imputada en otras ramas del caso Gürtel y que corría el riesgo de autoinculparse, dijo desconocer si había habido sobornos. Una afirmación que contradecía lo que había afirmado años antes, cuando fue grabada sin saberlo.

La acusación popular ahondaba en el hecho de que el jurado se apoyó básicamente en las palabras de Jordán, que hablaba de lo que le habían contado y desechó sin motivación las declaraciones de una decena de testigos directos, la mayoría empleados de las tiendas (incluido el sastre José Tomás), que coincidieron en que Camps y Costa recibieron la ropa, y que los pagó Pablo Crespo, lugarteniente de la red que lideraba Francisco Correa. Los testimonios ignorados por el jurado proclamaron que Camps recibió una veintena de trajes y prendas adquiridos por Gürtel en las tiendas madrileñas de Milano y Forever Young.

A estas declaraciones se sumaron grabaciones policiales telefónicas entre Camps y El Bigotes en plenos Reyes Magos de 2009. En una de ellas Pérez recordaba a Camps el tarjetón navideño que le acababa de enviar, y zanjaba el distendido diálogo con un “fíjate si te debo [presidente]”. Varios testigos coincidieron en que Crespo liquidaba las cuentas que la trama tenía abiertas en las tiendas, en las que figuraban también el exvicepresidente de la Generalitat Víctor Campos y el exjefe de gabinete de la Consejería de Turismo Rafael Betoret. Entre los cuatro, Gürtel se habría gastado algo más de 40.000 euros en prendas de vestir entre 2005 y 2008. Campos y Betoret admitieron los hechos cinco meses antes de que empezara el juicio a Camps y Costa. El Supremo se ha mostrado de acuerdo con el tribunal valenciano y cree que ni el expresidente valenciano ni su ex número dos cometieron un delito.

http://politica.elpais.com/politica/2013/04/09/actualidad/1365502448_047833.html

EL SUPREMO REBAJA LA PENA A MATAS A NUEVE MESES Y LE EVITA INGRESAR EN PRISIÓN

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por un delito de corrupción que la Audiencia Provincial de Palma impuso, en el caso Palma Arena, al expresidente balear Jaume Matas, pero ha rebajado la pena de 6 años de prisión a 9 meses, lo que muy probablemente evite que el político ingrese en prisión.

La Sala Segunda del Supremo he hecho pública su sentencia sobre el caso, en la que elimina los delitos de malversación y prevaricación y mantiene la condena por tráfico de influencias.

Las penas de hasta dos años de cárcel permiten el cumplimiento fuera de prisión siempre que no pesen sobre el reo antecedentes penales anteriores y no se produzca ninguna otra condena posterior.

Se trata de una decisión contraria a la petición de la Fiscalía, y que no ha supuesto una sorpresa dado que, según informa hoy EL MUNDO, la Sala de lo Penal del Supremo se inclinaba por realizar una profunda corrección a la condena dictada por la Audiencia de Baleares contra el ex presidente de la comunidad autónoma.

Los magistrados de Mallorca le impusieron una pena total de seis años de cárcel en el primero de los más de 20 procesos abiertos contra él por el instructor del caso Palma Arena, inicialmente referido a la investigación del sobrecoste del velódromo construido por el Gobierno balear pero que se ha convertido en una macrocausa de la que el juez José Castro ha desgajado sucesivas piezas separadas.

Matas fue responsable del Govern balear entre los años 1996-1999 y 2003-2007 y ministro de Medio Ambiente de 2000 a 2003.

Dos años y tres meses para Alemany

El Supremo absuelve al periodista Antonio Alemany de algunos los delitos y, aunque mantiene varias condenas por prevaricación, malversación y falsedad en documento mercantil, le impone por ellas una sola condena de dos años y tres meses de prisión, además de inhabilitación por cuatro años y siete meses.

La misma sentencia condena al ex director general de Comunicación del Govern de Matas, Joan Martorell, por prevaricación y malversación y le impone una pena de siete meses y un día, además de inhabilitación por tres años; y al publicista Miguel Romero le absuelve de todos los delitos.

Las condenas a Alemany y Romero se producen por el llamado "Contrato Menor", en el que no está implicado Matas.

La sentencia, de la que ha sido ponente Carlos Granados, cuenta con un voto particular del magistrado Alberto Jorge Barreiro, quien considera que debió condenarse a Matas por delitos de prevaricación y falsedad, aunque no por malversación, ni tampoco por fraude.

La Audiencia de Palma consideraba probado que Matas benefició con dinero público al periodista que escribía sus discursos, Antonio Alemany con actos producidos entre 2003 a 2007.

En ese tiempo Matas concedió a Alemany, mediante un concurso pantalla a favor de su empresa Nimbus, 200.000 euros por escribir sus discursos y asesorarle en materia informativa, al tiempo que influyó para beneficiarle con una subvención de 450.000 euros para crear una agencia de noticias.

Matas fue condenado por estos hechos a penas diferenciadas: 5 años, 3 meses y 1 día de cárcel en calidad de inductor por los delitos de fraude a la Administración, falsedad en documento oficial y mercantil, prevaricación y malversación, y 9 meses y 1 día de prisión por el de tráfico de influencias.

El Supremo, que mantiene la última pena (tráfico de influencias), no discute los hechos probados, pero sí la consideración delictiva que les atribuyó la Audiencia.

En cuanto al concurso, dice el Supremo, se adjudicó a una sociedad, Nimbus, que realizó trabajos -como redacción de discursos y otros- por los que cobró, todo lo cual "en modo alguno" puede ser considerado prevaricación, ya que hubo un servicio prestado a cambio del dinero pagado.

Por lo que se refiere a la malversación, el tribunal acepta la tesis de la defensa de los reos, pues mientras la Audiencia condenó porque del dinero pagado a Nimbus se dedujeron comisiones para terceras personas, ahora el Supremo considera que se trataría, en todo caso, "de un acuerdo entre particulares".

En otras palabras, se hizo un concurso abierto y se firmó un contrato con Nimbus (del periodista Antonio Alemany) que se pagó a cambio de servicios prestados. Si luego, de ese dinero, el perceptor pagó una comisión, ya no se trataba de dinero público, por lo que no puede haber malversación, dice el Supremo.

En cuanto al fraude, el Supremo señala que pudo existir, en el concurso sobre el que Nimbus pudo disponer de información privilegiada, una irregularidad administrativa o incluso otra figura delictiva, pero no fraude, ni tampoco falsedades en documentos público y mercantil.

Por lo que se refiere al tráfico de influencias, el Supremo sí considera que Matas "utilizó su autoridad jerárquica para presionar" en favor de que se favoreciera la solicitud de Alemany para obtener una subvención pública a su Agencia Balear de Noticias, algo que hizo "con pleno conocimiento de que influyó con prevalimiento".

El expresidente balear Jaume Matas (PP) es el cuarto presidente autonómico desde la Constitución de 1978 que ha sido condenado penalmente. Matas fue responsable del Govern balear entre los años 1996-1999 y 2003-2007 y ministro de Medio Ambiente de 2000 a 2003.

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/07/23/baleares/1374571813.html

LA SALA CLAVE DEL SUPREMO PROTESTA POR LAS INJERENCIAS DEL GOBIERNO

13 jueces piden a Lesmes que actúe ante Rajoy por unas declaraciones de Fernández Díaz

Trece de los 18 magistrados que componen la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la que instruye todos los casos en los que hay imputados políticos aforados por el Congreso o el Senado, firmaron este jueves un escrito de protesta contra las injerencias del Gobierno en el poder judicial. En un gesto insólito en la historia reciente del Supremo, los 13 magistrados, entre ellos varios jueces pertenecientes al sector conservador de la magistratura, firmaron una carta dirigida al presidente de la sala, Manuel Marchena, para que actúe ante unas recientes declaraciones del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en las que este calificó de “lamentables” las excarcelaciones de miembros de ETA decretadas por la Audiencia Nacional.

El escrito está suscrito por todos los miembros de la sala de lo Penal, incluidos los tres eméritos, excepto el presidente Marchena y los magistrados Julián Sánchez Melgar, Antonio del Moral, Andrés Martínez Arrieta y Carlos Granados. La reacción de los jueces llega después de que varios miembros del Gobierno, entre ellos la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, y el titular de Justicia, Rafael Catalá, hayan criticado en público las excarcelaciones de etarras ordenadas por la Audiencia en cumplimiento de un acuerdo marco europeo que permite acumular en España las penas cumplidas en otros países.

Estas críticas han sido recibidas entre miembros de todos los sectores de la judicatura como una intromisión del Gobierno en la independencia judicial, pero los jueces, hasta ahora, habían optado por silenciar en público su malestar. El detonante de la carta de los magistrados de lo Penal han sido unas declaraciones de Fernández Díaz en una entrevista publicada el pasado sábado por La Razón. El ministro fue preguntado por la acumulación de penas a etarras, que el Tribunal Supremo avaló en marzo, cuando obligó a la Audiencia a revisar la condena del etarra José Luis Urrusolo Sistiaga para descontarle el tiempo de condena cumplido en Francia. “Me parece lamentable desde todos los puntos de vista, también jurídicamente”, respondió el ministro; a la pregunta de si los jueces podían estar prevaricando al tomar estas decisiones, contestó: “Yo no digo eso, pero si eso lo hubiera hecho una autoridad política o administrativa, quizá en estos momentos se le estaría acusando de un posible delito de prevaricación”.

Los jueces recogen en su escrito estas declaraciones, así como otras de la misma entrevista en las que Fernández Díaz lamenta que se haga “un uso alternativo del derecho” y sostiene que estas decisiones judiciales “provocan falta de confianza en las instituciones”.

Los 13 magistrados que firman la carta, “sin añadir calificación alguna respecto a ese comportamiento de un miembro del Gobierno”, piden al presidente de la Sala de lo Penal que haga llegar al presidente del Poder Judicial, Carlos Lesmes, su “desazón” por estas afirmaciones. Los jueces instan a Lesmes a que, si considera que las afirmaciones del ministro “no son adecuadas ni guardan el debido respeto” al Tribunal Supremo, se lo haga saber al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y le pida “que ponga coto” a manifestaciones como las de su ministro del Interior.

Fernández Díaz: "he respetado y respetaré siempre la ley"

Tras las críticas de los magistrados del Supremo, el ministro del Interior ha insistido este jueves en que respeta la independencia judicial y la separación de poderes. En unas breves declaraciones a los periodistas antes de asistir a la jura de 24 comisarios principales, Fernández Díaz se ha limitado a afirmar: "He respetado y respetaré siempre la ley". A lo que ha añadido que respeto la separación de poderes "garantizada, reconocida y amparada" en la Constitución. A pesar de la insistencia de los reporteros, el titular de Interior ha reiterado que la separación de poderes es "el fundamento de un buen funcionamiento de un Estado social, democrático y de Derecho como es el nuestro".

Entre los cinco miembros de la Sala de lo Penal que no han firmado la carta se encuentran Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral, que fueron dos de los cinco magistrados del Supremo que en marzo suscribieron la sentencia que avalaba la acumulación de penas del etarra Urrusolo Sistiaga. El alto tribunal celebró el pasado martes un pleno en el que tenía previsto unificar criterio sobre este asunto, pero, tras un largo debate, decidió aplazar la decisión hasta, al menos, el próximo enero.

http://politica.elpais.com/politica/2014/12/18/actualidad/1418909614_978651.html?rel=mas

UNA DENUNCIA CONTRA MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO

Estos días se ha sabido de un encuentro, parece que en una comida, del exministro Ángel Acebes, ahora imputado en la causa de Gürtel, y Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS). Un hecho ciertamente vergonzoso y preocupante por numerosas razones. Estos encuentros hacen recordar que el 7 de mayo de 2012 un grupo de juristas, ante la conclusión de los procesos contra el juez Garzón, en el ejercicio del derecho constitucional de petición, presentó un escrito ante el entonces presidente del Consejo General de Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar, en el que exponía una serie de conductas privadas de magistrados del Supremo que habían participado en los procesos contra Garzón y reclamaba que se adoptaran las medidas adecuadas. Hasta ahora, el CGPJ no ha respondido a dicha reclamación, incumpliendo abiertamente las obligaciones que le impone la L.O. 4/2001, que regula aquel derecho. Un ejemplo mas de cómo las Instituciones públicas menosprecian los derechos civiles de los ciudadanos.

El escrito concluía así: "Ante los hechos descritos, que suscitan serias dudas sobre el cumplimiento por dichos magistrados del TS del régimen de incompatibilidades y prohibiciones, con la consiguiente afectación claramente perturbadora no solo de su ética profesional sino de su imparcialidad tanto objetiva como subjetiva, se solicita que se proceda a la comprobación y esclarecimiento de los referidos hechos que, por su naturaleza, pueden incidir en la validez de sus decisiones jurisdiccionales y, en consecuencia, en su posible nulidad. Y, particular, la determinación de la totalidad de Seminarios, Cursos y Conferencias impartidos por dichos magistrados, sus patrocinadores y la retribución percibida por cada uno de dichos magistrados y por cada una de dichas actividades. Y, en su caso, que se acuerde la incoación de Diligencias Informativas o Expedientes disciplinarios contra los magistrados que, según resulta de los datos expuestos, hayan infringido el régimen orgánico de 'prohibiciones e incompatibilidades', deduciéndose, en su caso, el testimonio que proceda al Fiscal General del Estado para que proceda a la investigación de la posible comisión de delitos de cohecho".

Los hechos eran estos:

1.- Schola Iuris, Instituto Europeo de Práctica Jurídica.

"El Instituto de Práctica Jurídica Schola Iuris es una entidad de carácter privado que pretende fomentar en su campo de actividad, la Formación, valores tales como la excelencia, la calidad, el humanismo o la cercanía al alumno que, con un enfoque eminentemente práctico, sirva de puente para la para la incorporación eficiente al mundo del trabajo y de la empresa. Una de las características más importantes de Schola Iuris es su Profesorado. Así lo reconocen los alumnos que se han formado con nosotros. Con su prestigio, conocimientos, y sus dotes pedagógicas y humanas se han ganado a pulso una altísima valoración, que hacen de Schola Iuris una institución líder en España en sus áreas formativas" (domicilio social: c/Arturo Soria, 301. Madrid). Su titular es la sociedad Procard Europa S. L. con un capital social de 3.010 euros de la que es administrador único el director de dicho instituto, Ángel Benseny Pellicer, psicólogo forense de los Juzgados de 1º Instancia de Madrid. Director que, a la vez, es administrador solidario con María Ángeles Mora Martínez de la sociedad Servicios Promocionales Asociados Millenium S. L., de igual capital social que la anterior. Ofrece másters privados, cursos de Especialización y Formación Profesional. En relación al máster de Derecho Penal Práctico, "sin duda alguna el punto fuerte de este Master lo conforman el magnífico plantel de Profesores en el ámbito judicial español". Plantel en el que figuran los magistrados del TS Maza Martín, Sánchez Melgar y Manuel Marchena, como hemos dicho ahora presidente de la Sala Segunda del TS, más numerosos jueces y fiscales que figuran como reclamo para los cursos de este Centro. Además, entre otros, del letrado D. Luis Rodríguez Ramos, al que luego nos referiremos. Máster en el que los alumnos pagan por matrícula 14.000 euros. Asimismo, se ofrece un Curso de Derecho Penal En Genética y Nuevas Tecnologías en el que figuran como profesores los magistrados del TS Maza Martín y Sánchez Melgar.

Resulta preocupante, para la imagen de jueces y magistrados, hallar en internet desde hace varios años una enumeración de jueces, en particular los del TS, como reclamo para los cursos de una academia privada.

La oferta educativa de Schola Iuris incluye, conjuntamente con los citados magistrados, numerosos letrados que asumieron la defensa de imputados en el proceso por la trama de corrupción conocida como Gürtel, como el Sr. Rodríguez Ramos, vicedecano del Colegio de Abogados de Madrid.

A lo expuesto, debe añadirse el siguiente texto publicitario del citado Instituto: "Para los licenciados en Derecho, el título proporciona una alta especialización práctica en Derecho Penal y está reconocido por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid para el acceso al Turno de Oficio". Y añadía: "Cuenta además con un cuadro docente del más alto nivel, en el que se encuentran juristas con la experiencia y prestigio de D. Adolfo Prego, vocal del Consejo General del Poder Judicial; D. José Manuel Maza, magistrado de la Sala II del Tribunal Supremo" y otros magistrados y fiscales.

En noviembre de 2004, el director del centro viaja a México y firma un preacuerdo con las universidades de Guadalajara y Chihuahua para permitir que licenciados en derecho mexicanos pudieran cursar en Madrid el máster en Derecho Penal Práctico de Schola Iuris. La web de becas mba se refería a este viaje exponiendo que: "El preacuerdo se adoptó aprovechando la presencia de Don Ángel Benseny en Méjico con motivo de Primer Congreso Mundial de Procuración, Impartición de Justicia y Ciencias Forenses, celebrado en el Estado de Chihuahua. En dicho evento estuvo también presente D. José Manuel Maza, Magistrado del Tribunal Supremo de nuestro país y profesor de Schola Iuris (…)".

Previamente, el presidente del Tribunal Supremo de Justicia de Tabasco, Guillermo Narváez, había visitado Madrid donde se reunió con el presidente del CGPJ y del TS, según explicaba becas mba.com: "El director del Instituto Europeo de Práctica Jurídica Schola Iuris, D. Angel Benseny, tuvo la oportunidad de entrevistarse con él y presentarle la oferta formativa del Instituto que preside, especialmente el máster en Derecho Penal Práctico. A la vista del excelente programa y del magnífico plantel de profesores, el Magistrado-Presidente D. Guillermo Narváez, acordó la promoción del mismo entre distintas instituciones del Estado en México…" En internet se puede encontrar al día de hoy esta oferta de Schola Iuris en diversos portales educativos. En educaweb se anuncia el máster de Derecho Penal Económico y de la Empresa” de Schola Iuris con un precio de 2.200 euros por las 96 horas de duración. En el programa figura como docente, con dos módulos, el magistrado del TS José Manuel Maza.

Entre los letrados se encuentran el ya citado Rodríguez Ramos, que asumió la defensa de varios imputados en la causa penal contra la trama Gürtel, como Benjamín Martín Vasco (exDiputado en la Asamblea de Madrid), Jesús Merino Delgado (exDiputado en el Congreso de Diputados) y Guillermo Ortega Alonso (exalcalde de Majadahonda). Por último, el letrado D. Florentino Ortí Ponte se hizo cargo de la defensa del ex alcalde del PP de Arganda, Ginés López Rodríguez.

2.- La Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa, FIDE, cuenta con un consejo asesor empresarial cuya función es, según definición de la propia Fundación, la siguiente: "Promueven que la plataforma de reflexión que pretende ser la Fundación se amplíe a los diferentes sectores económicos, administrativos y jurídicos. Contribuyen económicamente al desarrollo de las diferentes actividades. Está integrado por un conjunto de empresas y despachos que financian y participan decididamente a la Fundación". (Domicilio social, c/Serrano 26,4º Dcha.) Fundación que cuenta con la colaboración de Caixa Galicia, Banc Sabadell, Banesto, Telefónica, Repsol, Gas Natural, Enagás y otras grandes empresas, así como importantes Despachos de Abogados como Rodríguez Ramos Abogados, Oliva-Ayala Abogados, Garrigues y, entre otros muchos, Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.

El magistrado Miguel Colmenero, ponente en el juicio oral contra el magistrado Sr. Garzón por la intervención legítima de las escuchas ya mencionadas de la trama Gürtel, que concluyó con la sentencia condenatoria del Magistrado acusado, figura desde el año 2007 en la dirección de un Foro de la Fundación.

Entre 2011 y 2012, el magistrado Colmenero participó en la dirección de dos foros: el de Jurisprudencia del Tribunal Supremo y el de Derecho Penal de los Negocios y la Empresa. En este último coincidió en la dirección, entre otros juristas, con la Sra. Silvina Bacigalupo Saggese, Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid y el Sr. Javier Sánchez-Vera Gómez-Trelles, socio del bufete Oliva-Ayala Abogados. Este foro se viene realizando prácticamente con el mismo equipo desde 2007. Estos dos letrados tienen en común haber defendido a algunos de los imputados en el caso Gürtel. Silvina Bacigalupo se hizo cargo de la defensa de Francisco Javier del Valle Petersfeldt y Francisco Javier Sánchez Vera Gómez Trelles defendió a Jacobo Gordon Levenfel. El letrado D. Horacio Oliva García asumió de la defensa de Manuel Delgado Solís y José Antonio Lopez Rubal. Por su parte, D. Ignacio Ayala Gómez, del mismo despacho, asumió la defensa de Alberto López Viejo (exConsejero del Partido Popular en la Comunidad de Madrid y exdiputado regional).

Además, el magistrado Colmenero ha participado en otros dos Cursos de FIDE. El 23/2/2011 sobre el Delito de corrupción entre particulares con la intervención también de los letrados Sra. Bacigalupo y el Sr. Sanchez-Vera. El 19/5/2011, sobre el delito de "administración desleal", acompañado de los mismos letrados. Y el 4/10/2011, apenas cuatro meses antes del juicio oral contra el Magistrado Sr. Garzón por la causa de las escuchas, el letrado Rodríguez Ramos intervenía junto al magistrado Colmenero en un evento sobre Compliance y Derecho Penal.

En relación al proceso contra el Magistrado Sr. Garzón por su intervención en el proceso sobre la trama Gürtel, el letrado Rodríguez Ramos protagonizó un debate sobre la conveniencia de que el Colegio de Abogados de Madrid, del que es Vicedecano, se personara como acusación. El Colegio finalmente se decidió por emitir un informe.

El 9 de febrero de 2012 a las 19.30 de la tarde, el magistrado Sr. Garzón hizo público un comunicado manifestando su rechazo hacia la sentencia condenatoria que esa misma mañana le habían notificado. A esa misma hora, en la sede de FIDE, según su programa de actividades , estaba previsto que el magistrado Miguel Colmenero presentara la tercera edición de los Comentarios al Código Penal, obra coordinada por el Sr. Conde Pumpido, exfiscal general del Estado y magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

3.-Los magistrados antes citados del TS y diversos letrados figuran relacionados en el anuncio de un Curso en la Universidad Rey Juan Carlos.

El curso de Derecho Penal Económico cuenta con un Consejo Científico. Como Presidente figura el magistrado del TS Maza Martín. Entre los vocales de dicho Consejo se encuentra el letrado D. Gonzalo Rodríguez Mourullo, defensor del exdirigente del PP Pablo Crepo Sabarís, imputado en causa de Gürtel y, asimismo, ejerció la acusación particular contra el Magistrado Sr. Garzón en la Causa especial ya mencionada y derivada de aquel proceso.

En el plantel de profesores de dicha Universidad figuran los siete magistrados que compusieron la Sala que juzgó y condenó al Magistrado Sr. Garzón: D. Joaquín Giménez, presidente de la Sala; D. Miguel Colmenero, ponente de la sentencia; D.Manuel Marchena, D.Andrés Martínez Arrieta; D. Francisco Monterde; D.Luciano Varela; y D. Juan Ramón Berdugo.

En el capítulo de letrados profesores figuran letrados que en su día asumieron la defensa de imputados relacionados con la trama Gürtel. Es el caso de D. Ignacio Ayala, de Oliva Ayala Abogados; D.Joaquín Burkhalter, abogado de Cuatrecasas Gonçalves Pereira; Dña.Adriana de Buerba, de Perez Llorca-Andres de la Oliva abogados; D. Ángel González Franco; Rodríguez Ramos; Sánchez Vera, de Oliva- Ayala Abogados y el citado Rodríguez Mourullo.

Ignacio Ayala, defensor del entonces diputado regional del PP Alfonso Bosch Tejedor.

Joaquín Burkhalter, que asumió la defensa de Arturo Gianfranco Fasana.

Adriana de Buerba, defensora de Cesar Tomás Martín Morales, exvicepresidente de la Empresa Municipal de Suelo y Vivienda de Boadilla del Monte.

Ángel González Franco defiende al imputado Santiago Lago Borstein.

Este máster fue una de las ofertas académicas fruto del convenio entre URJC y la empresa KPMG, que presenta así la cátedra: "Bienvenidos a la página web de la cátedra de Investigación Financiera y Forense KPMG-URJC. La lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, el fraude fiscal, los delitos socioeconómicos cometidos mediante las nuevas tecnologías".

4.-Algunos de los citados magistrados del TS participaron hasta el 2007 en cursos de la Fundación FAES que preside José María Aznar. Más recientemente, han intervenido en eventos propiciados por la Fundación Wolters Kluwer cuyo consejo consultivo asesor está presidido por José María Michavila, ministro de Justicia con José María Aznar y en donde figura asimismo Ángel Acebes, quien fue Ministro de Administraciones Públicas y de Interior, también con Aznar.

Es relevante, por su significación ideológica y política, que un magistrado miembro de la Sala que juzgó y condenó al Magistrado Sr. Garzón. D. Miguel Comenero, haya tenido relación con la Fundación FAES que preside Aznar. Participó en cursos de la Fundación FAES durante los cursos 2005, 2006 y 2007, al menos, en cinco ocasiones. Concretamente, el 8 De Febrero de 2005, en un acto coordinado por el exmagistrado Adolfo Prego y el 21 de junio, también con el exmagistrado anterior. En 2007, el 26 de marzo. Y en 2008, los días 12 de junio y 12 de septiembre. Durante los años 2005-2008, el exmagistrado Adolfo Prego consta que asistió a 27 actos convocados por dicha fundación del Partido Popular, al menos en tres de ellos como Coordinador o Ponente. Posteriormente, pese a su evidente y pública afinidad con el Partido Popular, integró la Sala y fue Ponente durante la instrucción del proceso contra el magistrado Sr. Garzón por haber incoado el Sumario 53/2008 sobre los crímenes del franquismo.

FAES, Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales, es una Fundación privada sin ánimo de lucro que según se expresa en su propia presentación: "Trabaja en el ámbito de las ideas y las propuestas políticas. Vinculada al Partido Popular desde su creación, en 1989, la Fundación FAES está presidida por José María Aznar. FAES es un gran laboratorio de ideas y programas cuya vocación es nutrir el pensamiento y la acción política del centro liberal y reformista".

En 2006, el entonces fiscal del Tribunal Supremo y hoy magistrado Manuel Marchena obtenía el XX premio La Ley de artículos doctrinales. La Ley es una potente editorial jurídica dependiente de la Fundación Wolters Kluwer –perteneciente al grupo multinacional editorial Wolters Kluwer–. Su actividad se centra en la edición de publicaciones técnicas y profesionales, manuales y libros, y en la organización de seminarios presenciales y cursos on-line, en diferentes áreas: como Recursos Humanos, Finanzas, Contabilidad o Marketing, entre otros.

Su Consejo Asesor está presidido por el ex ministro de Justicia José María Michavila y en él se encuentran, entre otros, el también exministro Ángel Acebes, .Desde entonces,el magistrado Manuel Marchena, figura en algunos eventos de la Fundación Wolters Kluwer y en concreto como Jurado del premio La Ley de artículos doctrinales, del que es miembro desde hace varios años, coincidiendo en el Jurado con su ex olega Adolfo Prego y otros juristas como el Vicedecano del Colegio de Abogados de Madrid Rodríguez Ramos.

El magistrado Manuel Marchena ha intervenido también en el comité de Expertos del Observatorio de la Justicia Gratuita del Consejo General de la Abogacía y La Ley de Walters Kluwer y su nombre aparece además junto al de Michavila en algún acto concreto como fue el encuentro profesional celebrado en Quintanilla de Onésimo a principios del año 2010. En esta ocasión el magistrado compartió el encuentro con otro magistrado del TS, Sánchez Melgar.

5.-El magistrado Manuel Marchena, en 2007, 2008 y 2009 participó en los Foros de las Evidencias Electrónicas que preside el despacho de abogados Garrigues. Consta el patrocinio de dicho Foro por Ancert, Cybex, El Derecho, Informática El Corte Inglés, Postal Trust, Secuware, Symantec y T-Systems.

En el Primer Congreso de la empresa INGEFOR Consultores, celebrado en 2008, también participó, conjuntamente con el Magistrado Maza Martín, con asistencia de diversos letrados del Despacho Garrigues y de otros, así como jueces de diversos órganos judiciales.

En marzo de 2009, el magistrado Marchena intervino, junto al Magistrado Sánchez Melgar, en la apertura del encuentro sobre la Responsabilidad de las personas jurídicas que organiza el Instituto de Fomento Empresarial, curso en el que la cuota de inscripción fue de 1.230 euros.

Igualmente participa, con el magistrado D. Miguel Colmenero, en la VII Semana Jurídica Malacitana celebrada en Noviembre de 2007 conjuntamente con letrados de los Despachos ya citados.

Según el CV de dicho magistrado, publicado por la Editorial Datadiar, ha sido Profesor del Master de Nuevas Tecnologías de la Información organizado por el Instituto de Informática Jurídica de la Facultad de Derecho de ICADE.

6.- En las Canarias, la entidad económica Caja7 patrocina diversos actos en los que intervienen los Magistrados de la Sala Segunda, Maza Martín y el letrado Choclan, defensor del imputado Correa en la causa penal contra la trama Gürtel y que actuó como acusador particular, en representación de dicho imputado,en la causa penal contra el Magistrado Sr. Garzón por las escuchas del caso Gürtel.

Bajo el patrocinio de Iuris Comer Canarias S. L.,empresa, entre otras actividades, de distribución de fondos bibliográficos, los días 25 y 26 de Junio de 2009, se celebra en Tenerife un Curso sobre La prueba ilícita penal en el que participó el expresidente de la Sala Juan Saavedra y el letrado Choclan.

Los días 25 y 26 de Junio de 2009, en la sede de Caja7, el expresidente de la Sala que acabamos de citar, interviene junto al citado letrado en unas Jornadas en Tenerife sobre la Prueba ilícita penal. Mas tarde, los días 21 y 22 de enero de 2010, en la Universidad de Las Palmas participan en otro evento el letrado Choclan y el Magistrado Maza Martín sobre La delincuencia medioambiental en Canarias. Y, nuevamente, el 3 de Noviembre de 2011,con el patrocinio de Caja7 y otras entidades, como Iuris Vegueta, el letrado y magistrado anteriormente citados participan, de nuevo en Tenerife, en las III Jornadas de delincuencia y económica y blanqueo de capitales.

7.-El 26 de Octubre de 2007, se celebra en la Sala de Conferencias de Cajamar la VII Semana Jurídica Malacitana. Semana en la que, según informó Cajamar, participaron "miembros relevantes de la judicatura española". Entre ellos, los magistrados Juan Saavedra, Manuel Marchena y Miguel Colmenero.

El 10 de noviembre de 2008, en la Sala ya citada se celebra una conferencia sobre La ejecución de las sentencias penales: disfunciones y carencias que modera el expresidente Saavedra.

Y en noviembre de 2009, Cajamar convoca un nuevo acto en Málaga sobre El Tribunal Supremo en la Constitución en el que también interviene el expresidente Saavedra. Acto que fue retransmitido por la empresa Datadiar, a la que luego nos referiremos.

8.- El 20 de mayo de 2011, el expresidente Saavedra preside el Jurado que ha de otorgar el Premio Cátedra José María Cervelló convocado por dicha cátedra, la IE Law School y el Despacho de Abogados Hermosilla y Gutiérrez de la Roza.

9.-Entre las numerosas actividades extrajudiciales del ex Presidente Saavedra, debe citarse su participación en las II Jornada Jurídica de Ceuta, convocada por el Gobierno de aquella ciudad para el 26 de Abril de 2011.

10.-En relación a Saavedra, debe destacarse su condición de miembro del Consejo Asesor del Centro de Formación Datadiar. Centro que dirige el letrado José Manuel Díaz-Arias, principal responsable del Bufete Díaz-Arias, con despachos en Madrid, Barcelona y California (EEUU). Y que garantiza una "Formación Jurídica, Fiscal, y Contable en Internet, desarrollada con la última tecnología y guiada por los mas prestigiosos autores en cada materia". Destaca en su oferta la "Consultoría Derecho de Nuevas Tecnologías y Juego Online". En su oferta de servicios dice así: "Las bases de datos de Datadiar han sido homologadas por el Consejo General del Poder Judicial y son seleccionadas por jueces y magistrados para su consulta”.Es decir, que, al parecer, magistrados de diversas instancias judiciales, entre los que figura el Presidente Saavedra, se han ocupado de realizar una labor de asesoramiento para la citada empresa. Así mismo, dispone de una oferta online para la adquisición de publicaciones de ciertos magistrados o visionar sus conferencias.Como algunas de los referidos Maza Martín y Sánchez Melgar.

En dicho centro, El expresidente de la Sala desarrolla una intensa actividad docente, en la que también intervienen algunos de los citados magistrados.

Entre otras, los siguientes. Los días 12 y 13 de marzo de 2007, organiza unas Jornadas de Derecho Penal Económico que fueron presentadas por el expresidente Saavedra y en la participaron los magistrados Manuel Marchena y Maza Martín.

Los días 16 a 18 de noviembre de 2010, se celebran las Jornadas sobre el C. Penal en el juego on line, Jornadas que también fueron patrocinadas por el Centro Internacional Carlos V y la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (ACIJUR). En ellas participaron el ex Presidente Saavedra y los magistrados Marchena y Maza.

Desde aquella fecha, 2012, habría que pensar que dichas actividades han continuado.Lo que suscita una honda preocupación por la vigencia de la independencia judicial en el seno de tan alto Tribunal.

http://www.eldiario.es/zonacritica/denuncia-magistrados-Tribunal-Supremo_6_322027809.html

EL CONSERVADOR MANUEL MARCHENA, NUEVO PRESIDENTE DE LA SALA PENAL DEL SUPREMO

El Poder Judicial elige al menos veterano de la terna para dirigir el órgano clave del tribunal

El pleno del Consejo General del Poder Judicial ha elegido hoy al conservador Manuel Marchena como nuevo presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Marchena, de 55 años y magistrado del Supremo desde 2007, se ha impuesto a los otros dos candidatos que aspiraban a ponerse al frente de la Sala de lo Penal: el ex fiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido y Miguel Colmenero, el magistrado a quien ha correspondido instruir la pieza de admisión o no en el Supremo del caso del caso ERE de Andalucía y decidir si se abre una causa contra los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

La Sala Segunda es la encargada de instruir los casos que implican a aforados y de revisar en última instancia las sentencias penales. Un magistrado de esta sala tendrá que empezar a instruir previsiblemente en las próximas semanas una parte del caso de los ERE y este órgano tiene también pendiente la resolución de varias decenas de recursos contra la sentencia del caso Malaya.

De la terna de candidatos, Marchena es el que menos recorrido tiene como magistrado. Conde-Pumpido, el magistrado más antiguo de la Sala de lo Penal, ha acaparado el apoyo de los siete vocales progresistas, pero la mayoría conservadora del Poder Judicial ha aupado a Marchena a uno de los puestos clave del alto tribunal. Marchena ha contado con los votos de los 10 vocales propuestos por el PP, la vocal a propuesta de CiU y el del presidente del Supremo, Carlos Lesmes. El tercer candidato, Miguel Colmenero, obtuvo el apoyo de Enrique Lucas, vocal del Poder Judicial a propuesta del PNV.

Marchena, fiscal en excedencia, ha sido fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ha formado parte durante diez años de la Secretaría técnica de la Fiscalía General del Estado. Su puesto de mayor responsabilidad lo alcanzó en 2003, con Jesús Cardenal al frente de la Fiscalía General del Estado, cuando Marchena fue nombrado fiscal jefe de la Secretaría Técnica y se convirtió en el Fiscal de Sala más joven en la historia de la Fiscalía. En 2004, tras la salida del Gobierno de Aznar de la Moncloa, Marchena se incorporó como fiscal al Tribunal Supremo y en 2007 fue nombrado magistrado de la Sala Segunda del alto tribunal. Formó parte del tribunal que condenó a Baltasar Garzón por las escuchas de Gürtel y archivó la causa contra el mismo magistrado por el cobro de los cursos de Nueva York.

Durante la presentación de sus candidaturas ante el CGPJ el pasado 11 de septiembre, Marchena abogó por hacer un esfuerzo para agilizar la admisión y el estudio de los casos más graves para que "el condenado a 15 o 20 años de prisión no espere en la soledad de su celda una respuesta del Tribunal Supremo". Además, se comprometió a impulsar la consolidación de las nuevas tecnologías y reclamó un "contacto directo, cotidiano y puntual" de las resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

http://politica.elpais.com/politica/2014/09/30/actualidad/1412090502_728390.html

EL CANDIDATO QUE SUSCITA MÁS RECHAZO PRESIDIRÁ LA PRINCIPAL SALA DEL SUPREMO

Marchena, avalado por Justicia, aventaja a Colmenero, preferido de los jueces

Salvo sorpresas de última hora harto improbables, la suerte está echada: Manuel Marchena Gómez, fiscal de carrera, magistrado del Tribunal Supremo desde hace siete años, será el elegido para ocupar durante los próximos cinco años la presidencia de la Sala Segunda de lo Penal del alto tribunal que quedará vacante el próximo 11 de septiembre por jubilación del actual titular, Juan Saavedra Ruiz.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya ha convocado para ese mismo día a los tres aspirantes que se han postulado formalmente para el cargo -Cándido Conde-Pumpido, Miguel Colmenero y Manuel Marchena- para que expongan ante la Comisión Permanente sus méritos y sus respectivos programas de gobierno, pero este examen será un mero trámite porque, según fuentes de la máxima solvencia, el nombre que será propuesto al pleno es el de Manuel Marchena Gómez. Aseguran que es la apuesta firme del ministro Ruiz-Gallardón y su secretario de Estado, Fernando Román. Además sería visto con muy buenos ojos por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, ya que lo consideran «un hombre de la casa». Sin consenso De los tres candidatos, Manuel Marchena es el que menos se presta al consenso.

Entró en la Sala Segunda del Supremo hace siete años, en la cuota de los conservadores para compensar la entrada de Luciano Varela que llegó en el mismo paquete, pero con el apoyo de los progresistas. En el mundo judicial está muy señalado. Se le considera un hombre «muy estridente», que por donde pasa se hace notar. Su perfil podría no ser el preferido por Carlos Lesmes, el actual presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, pero las aludidas fuentes reconocen que su nombre viene impuesto desde más arriba. La otra opción que tenía la mayoría conservadora del CGPJ y que, según fuentes del alto tribunal, sería la que concitaría una mejor acogida en el seno de la sala a presidir es la de Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.

También es fiscal de carrera, desde 1986, y magistrado de la Sala de lo Penal desde el 2002, después de ejercer como fiscal del alto tribunal durante cuatro años, con lo que tiene más antigüedad en este tribunal que Marchena Gómez. Miguel Colmenero es menos conocido, tiene un perfil más discreto, por tanto, más dialogante, con buen currículo y, según distintas fuentes, sería un fiel continuador del modelo de gestión del hasta ahora presidente, Juan Saavedra. El candidato sorpresa El tercer aspirante a la presidencia de la Sala de lo Penal, que presentó su candidatura a última hora, es el gallego Cándido Conde-Pumpido Tourón, fiscal general del Estado durante los dos Gobiernos de Zapatero. Es el que tiene menos posibilidades de ser elegido. Cuenta a su favor el que es el magistrado más antiguo de la sala -como tal ocupará la presidencia en funciones a partir del cese de Juan Saavedra-, tiene experiencia gubernativa, pero no es santo de la devoción de su paisano Mariano Rajoy. Según fuentes judiciales, el nombre de Conde-Pumpido suscita tanto rechazo entre los conservadores como el de Marchena Gómez entre los progresistas. Por otra parte, ni siquiera tiene garantizado el apoyo de los progresistas del Consejo, que son minoría y, además, están divididos.

https://www.google.es/amp/www.lavozdegalicia.es/amp/noticia/espana/2014/08/24/candidato-suscita-rechazo-presidira-principal-sala-supremo/0003_201408G24P18991.htm

OTRO ‘GOLPE’ DEL PP A LA JUSTICIA: QUIERE PONER AL MAGISTRADO QUE 'FULMINÓ' A GARZÓN AL FRENTE DE LA SALA PENAL DEL SUPREMO

Un 'hombre' de Génova para decidir casos como la 'Gürtel' o los ERE. El mismo que, además de poner en la picota a Garzón, exculpó a Camps y falló en contra del archivo de la causa contra los policías del 'caso Bono'

El próximo día 30 el Consejo General del Poder Judicial elegirá al presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que se encarga de juzgar los casos más importantes de corrupción y criminalidad, entre estos, la causa de los ERE de Andalucía o el caso Gürtel. La candidatura del conservador Manuel Marchena, un magistrado de la órbita de Génova, y con mayores posibilidades dada la composición conservadora del Poder Judicial, es un paso más en la ‘cruzada’ del PP contra la independencia judicial.

Las otras dos candidaturas sobre la mesa, además de la de Marchena, son las del conservador Miguel Colmenero y la del exfiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido, el magistrado más antiguo de la Sala de lo Penal, que apoya el sector progresista, pero que no conseguirá más de siete de los 21 votos posibles, según adelanta El País.

Ficha clave contra Garzón
Marchena tomó parte de la operación contra Baltasar Garzón. Fue el magistrado que intentó condenarle por presuntos delitos de prevaricación y cohecho, en 2010, por el caso de los cursos en el Centro Rey Juan Carlos I de España la Universidad de Nueva York, patrocinados por el Santander, entre 2005 y 2007, y que fue finalmente archivado. Era la segunda causa contra el entonces juez de la Audiencia Nacional, al que se intentaba juzgar, además, por investigar los crímenes del franquismo y por las escuchas durante la instrucción del caso Gürtel. En este último caso, con el que se consiguió inhabilitar a Garzón, Marchena también formó parte del tribunal y jugó un papel clave, como se explicará más adelante.

Su intento de sentar en el banquillo a Garzón por los cursos en Nueva York fue criticado por el exfiscal Anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo, que denunció que el propio Marchena se habría saltado el estatuto especial que obliga a los magistrados del Tribunal Supremo a dedicarse en exclusiva a sus funciones, con la participación en múltiples cursos y eventos remunerados en “ horario de oficina”, como recogió la web Los Genoveses.com.

Mano derecha del fiscal general con Aznar
El vínculo de Manuel Marchena con el PP viene de lejos y su ascenso tuvo lugar durante los Gobiernos de José María Aznar. Se convirtió en el hombre de absoluta confianza del entonces fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, militante del Opus Dei. Se ganó a pulso el puesto con actuaciones más que polémicas como su dictamen para evitar que se procesara al ministro Josep Pique, acusado de fraude en el caso Ertoil por sus actividades como presidente, en 1992, de la empresa ERCROS, dedicada a la fabricación de armas y explosivos.

Alineado con las acciones políticas de Génova
Otra de sus acciones discutibles fue su voto particular, en 2007, en contra de un recurso de tres policías condenados por la detención de dos militantes del PP que presuntamente habían participado en la agresión al entonces ministro de Defensa, José Bono, durante una manifestación en Madrid. Su voto particular dejó en evidencia su alineamiento con Génova, que utilizó aquel caso para atacar al Gobierno socialista.

Su extraño cambio de postura sobre las escuchas
Lo mismo ocurrió con otro caballo de batalla del PP contra el Gobierno de Zapatero, el avanzado sistema de escuchas de teléfonos móviles, llamado Sistema Integrado de Interceptación Ilegal de Telecomunicaciones (SITEL), adquirido bajo el mandato de Aznar, pero que con el caso Gürtel se volvió contra el PP. Marchena emitió un voto particular discrepante desde el Supremo cuestionando el sistema. Lo hizo a pesar de que antes había participado en una sentencia de las nueve emitidas por ese Tribunal en 2009 que lo avalaban. Fuentes judiciales, citadas por el diario El País en diciembre de 2010 apuntaron a que el cambio de postura de Marchena sobre Sitel tuvo lugar después de que el PP cuestionara las escuchas telefónicas a los cabecillas de la Gürtel, ordenadas por Garzón, y que perjudicaban al partido.

Su voto a favor de la absolución de Camps
La decisión de Marchena más reciente en el tiempo que da para pensar fue su voto a favor de la absolución de Francisco Camps en abril de 2013. El magistrado fue uno de los cuatro de la Sala del Tribunal Supremo que avaló el polémico veredicto del jurado popular en el juicio contra el expresidente valenciano, que le salvó a pesar de las numerosas pruebas contra él.

http://www.elplural.com/2014/09/12/nuevo-golpe-del-pp-a-justicia-pondra-al-juez-que-fulmino-a-garzon-al-frente-de-la-sala-de-lo-penal-del-supremo

GARZÓN PLANTEA A ESTRASBURGO QUE NO TUVO “UN JUICIO JUSTO”

El exjuez presenta una demanda contra la sentencia por la que fue inhabilitado 11 años
Insiste en que los magistrados del Supremo construyeron un delito "a la medida"

El exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha llevado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos una demanda contra la sentencia del Tribunal Supremo que le inhabilitó durante 11 años por las escuchas del caso Gürtel.

En la demanda ante Estrasburgo, de 200 folios, Garzón alega que dicha sentencia vulnera "manifiesta y gravísimamente" sus derechos fundamentales y "pone en peligro la independencia judicial". El exmagistrado de la Audiencia Nacional mantiene que fue condenado "por un delito inexistente en el derecho español" ya que "no hay en España ninguna ley que regule las escuchas telefónicas", algo que la Corte europea, recuerda, ha reclamado varias veces. Garzón insiste en que el tribunal construyó un delito "a la medida" para apartarle de la carrera judicial y que no tuvo un juicio justo ya que no se contemplaron las pruebas que él aportaba, como la prórroga de las escuchas que ordenó el juez Antonio Pedreira y el apoyo del Ministerio Fiscal.

En su demanda asegura que los magistrados que le condenaron "vulneraron la exigencia de imparcialidad exigible a todo órgano jurisdiccional". Para Garzón "parece que la sentencia estaba puesta de antemano".

Finalmente, el exjuez de la Audiencia Nacional plantea en su demanda a Estrasburgo que la sentencia vulnera la independencia judicial, garantía recogida en la Constitución española, al negar la facultad de los jueces de interpretar las leyes aplicables mientras no haya una relación clara sobre estos temas (las escuchas).

Si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos estimara su demanda, Garzón volvería a ser juez y reclamaría una reparación por los perjuicios sufridos.

http://politica.elpais.com/politica/2013/05/26/actualidad/1369601943_491955.html

UN ARÚSPICE EN PALACIO

O cómo los vaticinios de un juez del Supremo sobre Garzón se han cumplido milimétricamente

Por José Yoldi

Los arúspices eran sacerdotes que en la Roma de los césares abrían las entrañas a los animales para leer en ellas sus presagios. No se sabe bien con cuánta frecuencia acertaban en sus predicciones, pero supongo que lo harían bien, porque los emperadores que quedaban descontentos no se andaban por las ramas a la hora de echarlos a las fieras. Aunque es muy probable que, como ocurre ahora con los adivinos de la tele, sus profecías fueran frases ambiguas en las que cabían varias interpretaciones que sirvieran para encajar en lo que ocurriera.

El arúspice del que hablo no es así. Un magistrado del Supremo me contó en abril de 2010 qué iba a pasar con las tres causas que ya estaban abiertas contra Baltasar Garzón en aquellas fechas. Mencionó que sería juzgado primero por el caso de las escuchas de la Gürtel, por el que sería condenado y expulsado de la carrera. Nada peor para un juez defensor de los derechos humanos que ser apartado de la judicatura por vulnerar los derechos de los acusados.

Aseguró también que en el caso de los patrocinios de los cursos de Nueva York no había nada delictivo, pero que serviría para enlodar la imagen del juez, y que en el caso de los crímenes del franquismo, con ser el más dudoso, en su opinión, sería absuelto para no deteriorar el prestigio de España y del Supremo en el extranjero.

Garzón había ninguneado la Ley de la Memoria al activar un proceso penal al franquismo y había humillado al alto tribunal con su decisión sobre la suspensión de actividades de ANV. Sectores del Gobierno socialista querían dar un escarmiento al juez por la Memoria, y el PP, con Federico Trillo al frente, se sumó con entusiasmo a la labor tras sus decisiones en la Gürtel.

Y el augurio del arúspice del Palacio de Justicia se ha cumplido en todos sus extremos. Como se dice ahora, la hoja de ruta ha culminado con la expulsión de la carrera de Garzón. Y eso no lo remedia ni aunque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condene al Reino de España, como es previsible, por falta de imparcialidad de los jueces Varela y Marchena. Este arúspice no falla.

http://politica.elpais.com/politica/2012/02/27/actualidad/1330370418_505583.html

EL MAGISTRADO MARCHENA

El Magistrado del Tribunal Supremo (TS) Manuel Marchena era fiscal en las Islas Canarias, sin ningún relieve especial. El Fiscal General del Estado, nombrado por Felipe González, Eligio Hernández, se lo trajo consigo como hombre de confianza. Posteriormente, tras el nombramiento por el Gobierno de Aznar de Jesús Cardenal como Fiscal General del Estado, éste lo incorporó a su equipo de confianza. Aquí comenzaron sus méritos, hasta ese momento inexistentes, sobre todo en la permanente obstaculización de las iniciativas de la Fiscalía Anticorrupción. Así llegó a ser fiscal de confianza del PP, que luego, años mas tarde, a través de sus representantes en el CGPJ lo promocionaron en 2007 al TS.

En su actividad profesional forma parte del núcleo duro de la derecha en la Sala Segunda. Lo que se corresponde con sus actividades extrajudiciales. Desde hace años es miembro del Jurado del Premio La Ley que otorga el Grupo Editorial Wolters Kluver que preside el ex ministro de Aznar Jose María Michavila. Habiendo compartido el Jurado con su excompañero Adolfo Prego. En 2008, ya magistrado del TS, comparte el Jurado con Luis Rodríguez Ramos (defensor de Gürtel), el Director de comunicación del Grupo Santander José Manuel Cendoya Mendez de Vigo y el citado Prego.

En los jurados de los Premios de 2010, 2011 y 2012, comparte también Jurado con los anteriores, estando ya en marcha los procesos contra el juez Garzón. En 2007, 2008 y 2009 participó en los Foros de las Evidencias Electrónicas que preside el despacho de abogados Garrigues Walker. Consta el patrocinio de Ancert, Cybex, El Derecho, Informática El Corte Inglés, Postal Trust, Secuware, Symantec y T-Systems. En alguno de estos Foros participa el conocido magistrado conservador Enrique López que el PP pretende aupar al Tribunal Constitucional.

En marzo de 2009, interviene en la apertura del encuentro sobre la “Responsabilidad de las personas jurídicas” que organiza el Instituto de Fomento Empresarial.

También figura como docente en la Schola Iuris -curso 2010-2011-, abiertos ya los procesos contra Garzón, escuela en la que participan con el letrados defensores de imputados de Gürtel como Carlos Bueren, Florentino Ortí y Luis Rodríguez Ramos.

Sin duda, es un magistrado que sabe de patrocinios.

http://lamentable.org/el-magistrado-marchena/

EL JUEZ MARCHENA, QUE BUSCA CONDENAR A GARZÓN, LIBRÓ AL MINISTRO 'AZNARISTA' JOSEP PIQUÉ DE SER JUZGADO

El periodista Martí Gómez en la SER le describe como un magistrado “muy conservador” y “sin ningún prestigio”

En el programa A vivir que son dos días, Martí Gómez recuerda que fue Marchena quien en su día salvó al ministro aznarista Josep Piqué de ser juzgado como una de los responsables de que “Ercros , una de las empresas ligadas a De la Rosa, se liquidara después de volatizarse 20.000 millones de pesetas”.

Muy conservador
Martí Gómez califica a Marchena de juez “muy conservador”, y recuerda que fue nombrado “por el ultraconservador fiscal general del Estado Jesús Cardenal, fiscal jefe de secretaria de la Fiscalía General”.

Marchena evitó que se juzgara a Piqué
“En aquella época, Carlos Jiménez Villarejo presentó por indicios racionales de criminalidad una querella contra el ministro Josep Piqué. Los 15 fiscales de sala fueron rotundos, que se debía procesar a Piqué y el hombre que, supongo siguiendo las órdenes de Cardenal [fiscal general del Estado], elevó un dictamen diciendo que no se podía procesar fue precisamente Marchena. El fiscal que llevó aquel caso, Bartolomé Vargas, que defendía delante de todo el leno fiscal la necesidad de interrogar a Pique fue degradado “.

El desprestigio de Marchena
Martí Gómez afirma que cuando Cardenal “cayó”, el juez Marchena también “cayó bastante”, y tanto fue “su desprestigio que es el único fiscal jefe que no se le hizo después fiscal de sala”. En su opinión, Marchena “ha llegado a magistrado del Tribunal Supremo por esa cosa absurda que todo el mundo dice de ser conocido como jurista de reconocido prestigio, un prestigio que no se le reconoce por ninguna parte”.

Marchena quiere juzgar a Garzón por los cursos en Nueva York
Este viernes, se ha conocido el auto del juez Marchena sobre la causa contra Garzón por los cursos en Estados Unidos. El magistrado del Supremo le acusa de obtener de importantes empresas y bancos españoles fondos para patrocinar una serie de conferencias que dirigió durante su estancia en la Universidad de Nueva York en 2005 y 2006. Garzón podría tener que sentarse en el banquillo por esta causa.

http://www.elplural.com/2012/01/28/el-juez-marchena-que-busca-condenar-a-garzon-libro-al-ministro-aznarista-josep-pique-de-ser-juzgado

EL JUEZ ARCHIVA POR PRESCRIPCIÓN LA CAUSA DE GARZÓN POR LOS CURSOS DE NUEVA YORK

El fiscal consideraba que los hechos no eran constitutivos del delito de cohecho pasivo impropio

El juez del Tribunal Supremo Manuel Marchena ha decidido archivar por prescripción (rebasar el plazo que tenía el Estado para perseguir el delito) la causa que seguía contra Baltasar Garzón por los patrocinios de unos cursos en la Universidad de Nueva York. El instructor arrastra la honorabilidad del ya exjuez, al considerar acreditado que este reclamó dinero a diversas empresas españolas, en atención a que era el magistrado más famoso de España, para patrocinar una serie de conferencias en Nueva York, pero no le deja defenderse porque archiva la causa al considerar que ese delito ya no se puede perseguir.

Se cierra así el tercero de los procesos que el Supremo abrió contra Garzón, que la semana pasada fue expulsado de la carrera judicial al ser condenado por prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) por haber ordenado las escuchas en prisión de los acusados de la trama corrupta Gürtel, que afecta al PP, con sus abogados. Además, está pendiente de sentencia el caso abierto por haberse declarado competente para investigar los crímenes del franquismo.

El pasado 27 de enero, Marchena desechó que Garzón hubiera cometido prevaricación en relación con resoluciones relativas a los patrocinadores de los cursos de Nueva York, es decir, que todas sus resoluciones sobre el Banco Santander fueron ajustadas a derecho, pero concentró su inculpación en un delito de cohecho impropio (recibir regalos o fondos por razón del cargo que se ocupa).

Garzón decidió que no valía la pena recurrir en reforma al mismo juez al que ha recusado en varias ocasiones por falta de imparcialidad y elevó un recurso directo de apelación a la Sala. En él, tras manifestar su inocencia, precisaba que Marchena había actuado con notable falta de competencia de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial (lo mismo que se achacaba a Garzón por el caso de los crímenes del franquismo), que con cierta incongruencia el juez había denegado la comparecencia de testigos cuyos datos utilizaba para inculparle y que, en todo caso, el asunto debía ser considerado prescrito porque la presentación de la querella se realizó más de tres años después de celebrado el último de los cursos de Nueva York.

El fiscal Fidel Cadena, que sí recurrió en reforma, y ha mantenido en todo momento que Garzón no cometió delito alguno, consideró que tampoco había delito de cohecho impropio, pero en el caso de que el juez así lo creyera, el caso estaría prescrito. Sin embargo, el fiscal criticó duramente el auto de Marchena por entender que el delito apreciado va “contra el resultado apreciable de una valoración lógica”, que “debe ser armónica, no caprichosa”, y que “no puede soportarse en la especulación”, como hizo el juez del Supremo.

Porque Marchena, aunque no son los hechos probados de una sentencia, da por acreditado que Garzón cometió un delito de cohecho impropio del artículo 426 del Código Penal, del que tras el archivo ya no puede defenderse.

“El querellado”, dice Marchena en su auto, “contactó con responsables de distintas empresas españolas reclamando ayuda económica para la celebración de cursos en los que él aparecía como director. Todas tenían en común —BSCH, BBVA, Telefónica y Cepsa— el haber sido objeto de investigación por hechos imputados a sus directivos en el propio juzgado del que era titular el acusado o en otros de la Audiencia Nacional”. Cita también a Endesa y agrega que reclamó 2,59 millones de dólares, aunque obtuvo para la universidad que le pagaba sus gastos 1.237.000 dólares. Marchena pasó por alto todos los testimonios y certificaciones que no eran útiles para sus tesis y desechó por ejemplo que todos los testigos afirmaron que ninguna de las cantidades aportadas como patrocinio de los cursos iban a servir para pagar el sueldo de Garzón que ya estaba estipulado como “senior fellow” (profesor distinguido) y como tal fue titular de la cátedra de Civilización y Cultura Hispánicas del King Juan Carlos I Spain Center. Por ello cobró 160.133 dólares brutos desde marzo de 2005 hasta junio de 2006. Pero, como expuso su letrado, Enrique Molina, Garzón no obtuvo, ni administró, ni percibió suma alguna, ni en efectivo ni en especie, por su intervención en los eventos, proyectos complejos, publicaciones y docencia, al margen de los honorarios fijos y mensuales pactados, con la Universidad de Nueva York, como han acreditado las certificaciones y el extracto de su cuenta en el Citibank.

De modo que el archivo del proceso por parte de Marchena supone un moderado alivio para Garzón, en el sentido de que por este asunto no será condenado, pero al mismo tiempo el archivo le impide limpiar su imagen pública y le queda el baldón de la sospecha de corrupción que deja el instructor de que cometió el mismo delito de cohecho impropio que aquel del que fue absuelto por un jurado popular el expresidente de la Comunidad Valenciana Francisco Camps por el asunto de los trajes.

Todas las pruebas eran impertinentes

El 12 de junio de 2009, los acusadores presentaron una querella contra Garzón por prevaricación, estafa y cohecho. Ya en junio de 2008 habían presentado una querella similar que fue archivada por la Sala Segunda en febrero de 2008 por no ser los hechos constitutivos de delito.

Sin embargo, y a pesar de ser más de lo mismo, el tribunal estimó que podía haber nuevos datos y dio trámite a la causa. La instrucción, a cargo del magistrado Manuel Marchena, fue una sistemática denegación de todas las pruebas de descargo propuestas por la defensa de Garzón. Marchena imputaba a la Universidad de Nueva York falsear datos referidos a los cobros de Garzón. Además, pedía datos sobre testigos a la policía, pero luego declaraba su testimonio impertinente. Algo incomprensible, puesto que eran las personas que ordenaron el pago de la nómina de Garzón o autorizaron el pago de sus gastos o negociaron con el Santander y otras empresas el patrocinio de los cursos y, en definitiva, coordinaron la organización, financiación y destino de los recursos obtenidos.

La acusación popular solicitaba penas de hasta cinco años de prisión y 30 de inhabilitación para el ya exjuez, pero finalmente el caso se ha archivado.

http://politica.elpais.com/politica/2012/02/13/actualidad/1329132282_892204.html

"VARELA NO INVESTIGÓ LA OPERACIÓN NÉCORA Y MARCHENA ES UN IGNORANTE"

El exfiscal Jiménez Villarejo censura con dureza a dos jueces que condenaron a Garzón

El exfiscal anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo arremetió anoche con dureza contra Luciano Varela y Manuel Marchena, dos de los jueces del Tribunal Supremo que condenaron a Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación por las escuchas de la trama Gürtel. Del primero, Villarejo recordó que cuando estaba destinado en Galicia, hace más de 20 años, recibió la visita de un grupo de madres para denunciar las conexiones del narcotráfico en las rías. "Varela no hizo nada. Las madres se fueron a ver luego a Garzón, en la Audiencia Nacional, le explicaron lo mismo y eso desembocó en la Operación Nécora", recordó el exfiscal.

Aquél fue el golpe más duro que hasta entonces se había dado al narcotráfico en España. Garzón atacó el corazón de los capos de la droga en Galicia, registró sus pazos e incautó sus propiedades, una actuación insólita hasta entonces en la judicatura española y que posteriormente siguieron otros jueces. "Es solo un ejemplo de la actuación de Varela como juez, pero se podían poner más", dijo Villarejo, en una cena coloquio celebrada en Barcelona convocada por el lobby de opinión Uno de los nuestros.

Varela, perteneciente a la asociación Jueces para la Democracia, fue el instructor de la causa contra Garzón por los crímenes del franquismo que está pendiente de sentencia. Su actuación como instructor fue muy criticada desde varios sectores judiciales porque en alguna ocasión enmendó los escritos de la acusación particular, ejercida por el sindicato ultraderechista Manos Limpias, para poder mantener la causa. Al mismo tiempo, Varela formó parte del tribunal que condenó a Garzón por las escuchas de la Gürtel, algo que jamás debería haber sucedido, dijo Villarejo, porque su enemistad con el juez de la Audiencia Nacional era manifiesta.

El magistrado Manuel Marchena también forma parte de ese mismo tribunal que condenó a Garzón y es el instructor de la causa por el cobro de los cursos de Nueva York. Justamente ayer, después de dos años de investigación y con Garzón ya condenado por las escuchas de la Gürtel, Marchena dictó un auto archivando la causa por prescripción. "Marchena es un perfecto ignorante y tiene una absoluta mala fe", dijo Jiménez Villarejo, después de recordar que el fiscal había invocado reiteradamente la prescripción de la causa y no se le hizo caso. Durante este tiempo, dijo Villarejo, "Marchena ha interrogado e investigado de manera humillante el patrimonio de Garzón y su familia para acabar concluyendo que el supuesto delito está prescrito, lo que ya se sabía desde el principio", apostilló el exfiscal anticorrupción.

En su opinión, el Tribunal Supremo español es "un ejemplo de la mala fe que vulnera las leyes fundamentales del Estado", porque Garzón ha sufrido una "persecución sistemática y perfectamente orquestada" desde ese tribunal. "Ha sido planificada y calculada al milímetro", dijo Jiménez Villarejo, después de recordar cómo se alteró el calendario lógico de los juicios para poder celebrar primero el caso de las escuchas de la Gürtel a pesar de que la instrucción de los crímenes del franquismo estaba concluida mucho antes.

http://politica.elpais.com/politica/2012/02/14/actualidad/1329216644_112855.html

EL EJEMPLAR VOTO DE MARCHENA DEJA EN EVIDENCIA AL SUPREMO POR LA SEGUNDA SENTENCIA DEL CASO BONO

La sentencia del Supremo contra la emitida por el Tribunal de Madrid en el caso Bono reduce la causa a un problema en el ejercicio de la burocracia. Además, deja dos votos particulares –el concurrente de Bacigalupo y el discrepante de Marchena– que merecen un análisis detenido. La argumentación de Marchena, ampliamente documentada, resulta demoledora para la sentencia. Pero cobra aún más interés si se compara con la opinión de Bacigalupo, un mero énfasis del fallo con algunos elementos que definen su polémica trayectoria.

Este jueves se publicó la segunda sentencia sobre el caso Bono, la emitida por el Tribunal Supremo y que absuelve a los condenados por el Tribunal madrileño y rechaza la existencia de los delitos de detención ilegal y falsedad documental. Los policías quedan absueltos pero, ¿hubo agresión al entonces ministro Bono? ¿La detención de los dos militantes del PP fue legal? ¿Fue limpio el proceso de redacción de los atestados? Para los magistrados del Supremo no importa si hubo o no agresión porque el intento sí existió y la actuación policial fue correcta. Además entienden que ni hubo falsificación en los atestados ni coacción alguna en el relevo de los inspectores que no convenían. Tan solo eran cuestiones burocráticas y organizativas.

Pero como en toda sentencia, el interés se centra en los votos particulares. Hay dos: uno discrepante emitido por el magistrado Marchena y otro por el magistrado Enrique Bacigalupo. En el caso que nos ocupa, la mejor lección –y cierto desasosiego– se obtiene al compararlos.

El de Enrique Bacigalupo Zapater ocupa cuatro folios y medio. Su argumentación, lejos de ser una aportación personal a la sentencia con la que concurre llega a alejarse de sus fundamentos y plantea razones como que "el intento de agresión está probado", lo califica de "tentativa de atentado que justifica la acción policial". Tan riguroso como de costumbre, Bacigalupo dice que "en el vídeo y en las fotos aparecen [los militantes detenidos] formando parte del grupo que se ve intentando agredir al ministro".

Los delitos de falsedad documental y coacción procedían de las irregularidades en la confección del atestado en el que se añadieron testimonios, se rehicieron otros o se ocultó al juez la destitución de uno de los inspectores. Para el tribunal todo ello es fruto de la burocracia. Para demostrar que tampoco se observan esos delitos, el magistrado Bacigalupo no duda en decir que no hay coacción ni amenazas en la destitución del inspector al que se le dijo que si no había detenciones "vamos a tener problemas" porque "el superior no empleó violencia sobre el subordinado al reemplazarlo". Además, añade Bacigalupo, "la expresión vamos a tener problemas no implica amenazas". En cuanto a las irregularidades en las fechas, el hispanoargentino se limita a decir que "son inocuas".

El voto particular discrepante, emitido por Manuel Marchena Gómez, ocupa algo más de 21 folios y desbroza de forma comparada los hechos acaecidos. Llega a provocar bochorno comprobar cómo el magistrado se apoya en la jurisprudencia y en los propios fundamentos del derecho para llegar exactamente a la postura contraria del tribunal.

Para Marchena, que considera que sí hubo detención ilegal, falsedad documental y coacción, "toda medida cautelar privativa de libertad (…) impone de forma ineludible la ponderación del riesgo de fuga. Si prescindimos de su exigencia o relativizamos su significación, corremos el riesgo de avalar injerencias injustificadas de los poderes públicos en la libertad de cualquier ciudadano".

En opinión del magistrado, "ni siquiera se dio por probada la existencia de una agresión física" al entonces ministro José Bono. Sin embargo, no se detiene en esa premisa y observa que ni en el caso contrario se encuentra una explicación a la sentencia:

"… aun aceptando la veracidad de la versión del Ministro acerca de la existencia de agresiones reales sobre su persona –como así hizo el acusado Rodolfo Ruíz Martínez cuando afirmó, según el factum, “...que si el ministro dice que le han pegado, le han pegado y eso no se cuestiona”-, el canon constitucional para la privación de libertad de dos ciudadanos sigue siendo inderogable".

Hasta 14 testimonios policiales se recabaron y en ninguno se halló la prueba de la agresión. Menos aún que se pudiera hallar la participación de los detenidos. Mientras Bacigalupo ni se ruboriza al decir que quedaba claro que "pertenecían al grupo", Marchena deduce que no existe "elemento de juicio alguno que permitiera individualizar la conducta de uno o varios protagonistas". En uno de los párrafos más significativos, el magistrado discrepante pinta la situación tal y como fue: el delegado del Gobierno, Constantino Méndez, se empeñó en que habría detenciones y llegó a anunciarlas. Pero, como dice Marchena:

"Ni la voluntad institucional favorable a la práctica de las detenciones ni, por supuesto, la militancia política de una persona, pueden integrar el tantas veces comentado presupuesto legitimante de la privación de libertad. Tampoco el simple hecho de estar allí, en el lugar del incidente, puede ser reputado suficiente a tales fines".

Son muchas las alarmas que despierta en el magistrado la sentencia absolutoria. En cuanto a las detenciones lamenta que, a la luz de la sentencia, "la detención policial está sometida a menos presupuestos de justificación que la detención acordada en el seno de un procedimiento judicial". Y también que "todo sospechoso de un hecho punible, por el solo hecho de serlo, puede ser legítimamente privado de libertad por los agentes de policía".

Estaba acordado detenerlos aunque comparecieran voluntariamente

Lamenta también Marchena que habiéndose ofrecido voluntariamente a declarar, los militantes fueran detenidos porque así se había decidido. "Pese a todo –explica–, el acusado Javier Fernández Gómez, actuando por orden del comisario Rodolfo Ruiz Martínez y aun constándoles a ambos la inminente presencia voluntaria de esas dos personas, indicó al instructor del atestado “... que cuando aquéllos llegaran les detuviera y leyera sus derechos”. La ulterior privación de libertad sufrida por dos ciudadanos, en ejecución de esa orden, colma las exigencias del tipo objetivo y subjetivo del delito de detención ilegal". No se puede decir con mayor claridad… o quizá sí: "Dicho de otra forma, todo detenido ha de ser previamente imputado, pero no todo imputado ha de ser necesariamente detenido".

Otro de los argumentos de la sentencia del Supremo es que los militantes del PP sólo estuvieron tres horas detenidos. Marchena no sale de su asombro: "la lesión al bien jurídico se produce con total independencia del tiempo durante el que se prolongue la pérdida de la capacidad ambulatoria. La detención o está justificada o es ilegal". Pero para arropar su opinión con antecedentes, el magistrado discrepante recuerda que "esta misma Sala ha estimado que una detención de 1 hora y 15 minutos, ajena a los presupuestos que la habrían justificado, integra el delito de detención ilegal".

Falsedad y coacción de libro

En cuanto a la actuación de los mandos que sustituyeron a unos de los inspectores por negarse a practicar una detención ilegal y que la sentencia del Supremo reduce a un mero problema organizativo, Manuel Marchena es igual de tajante y respetuoso con la Ley: "…la sustitución de los dos primeros instructores y secretarios y la decisión de ocultar a la autoridad judicial esa circunstancia, fue algo más que una mera decisión burocrática relacionada con la distribución de trabajo en la Comisaría". Quizá es aquí cuando el magistrado escribe la frase más dura de todas al rebelarse contra una sentencia que supone un precedente de impunidad: "No puedo suscribir tal entendimiento del delito falsario (…) nos conduce a una redefinición del delito de falsedad en documento oficial y, lo que es más peligroso, a la aceptación de la existencia de razones operativas que hacen legítima la ocultación al Juez de instrucción de la identidad de potenciales testigos".

Entiende Marchena que un superior puede asumir la responsabilidad de que se practiquen las detenciones a las que se niega un subordinado, pero sin ocultar el hecho porque, explica, "si al Juez de instrucción se le pone de manifiesto un único criterio –el favorable a las detenciones-, ocultándosele la voz discrepante, le estaremos privando de elementos de juicio básicos para conocer el verdadero alcance de los hechos". Y en el caso que nos ocupa, como dice el magistrado Manuel Marchena, "los acusados sustituyeron la identificación de los verdaderos instructores y secretarios por otra que no se correspondía con la realidad". Y eso es un delito tipificado en el Código Penal.

http://www.libertaddigital.com/nacional/el-ejemplar-voto-de-marchena-deja-en-evidencia-al-supremo-por-la-segunda-sentencia-del-caso-bono-1276309831/

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