LOS RECORTES SOCIALES MASIVOS DE LOS GENOVESES YA ESTÁN AQUÍ : LA CONTRA REFORMA LABORAL

" QUE LOS TRABAJADORES ESTÉN TRANQUILOS, AQUÍ ESTÁ EL PP " 
( María Dolores Cospedal García. 06/06/10  )

CAPITULO I. MÁS RIESGO DE RECESIÓN POR DECRETO 
CAPITULO II .DESPIDOS BARATOS CON LA VENIA DEL JUEZ

CAPITULO III. MÁS FÁCIL, MÁS CORTO Y MÁS BARATO 

CAPITULO IV. SALARIOS A LA CARTA PARA LA EMPRESA
CAPITULO V. LA FORMACIÓN GENERA DUDAS
CAPITULO VI. LAS ETT “RESPONSABLES” ENTRAN EN ESCENA
CAPITULO VII. CONVENIOS CON FECHA DE CADUCIDAD

CAPITULO VIII: MÁS BONIFICACIONES, MENOS BENEFICIOS

CAPITULO IX. MENOS PESO SINDICAL, MÁS CONFLICTO

CAPITULO X. LOS TEMPORALES VUELVEN A PERDER

CAPITULO I. MÁS RIESGO DE RECESIÓN POR DECRETO 

Varios expertos advierten de que la reforma podría retraer el consumo y acelerar los despidos

La nueva normativa facilita el ajuste previsto en el sector público 

Riesgo a la baja. Así se traduce en la jerga de las previsiones económicas el impacto inicial de la reforma laboral. Es una manera de decir que los pronósticos, en los que ya solo se discrepa sobre la intensidad y amplitud de la recesión, pueden agravarse como consecuencia de la norma recién aprobada. Y es opinión mayoritaria entre la decena de expertos consultados, incluso entre los que reivindican la reforma para ganar productividad y facilitar la contratación a medio plazo. Los hay que también aprecian en el decreto contrapesos a los efectos depresivos sobre el crecimiento y el empleo. Muy pocos creen que, a bote pronto, la reforma sirva para mitigar la pérdida de puestos de trabajo, otra vez desbocada. 

La CEOE pide quitar la prestación a quien rechace cualquier oferta de empleoLa mayoría de la oposición rechaza la reforma laboral del GobiernoRajoy llama a los españoles al sacrificio con un tono dramáticoA falta de devaluación, bajada de salariosLa reforma laboral da luz verde al ERE exprés¿Cómo me afecta la reforma laboral?El Gobierno facilita que las empresas se acojan al despido de 20 díasEl Gobierno del PP lo ha apostado todo a 2012, a concentrar en los primeros meses de este año sus respuestas más contundentes contra una crisis que no cesa. La conjunción de medidas en varios frentes (laboral, financiero y presupuestario) tiene la vista puesta en el medio plazo, pero su digestión será muy pesada: menos crédito, menos gasto público y peores expectativas. Son efectos secundarios que se superponen a una recesión ya en marcha, lo que hace más difícil distinguir su potencia. Para los expertos, la incógnita es cómo incidirá la reforma laboral en el consumo, tanto o más que en despidos o contrataciones. 

José Carlos Díez, economista jefe de Intermoney, es de los que piensan que la reforma es necesaria para mejorar la productividad de las empresas a medio plazo. Pero, también, que no es el momento para abaratar el coste del despido o facilitar la rebaja de condiciones laborales a empresas en crisis, ahora casi todas. “Antes pensabas que tenías un empleo estable, que era difícil despedirte, que si lo hacían tenían que indemnizarte con 42 meses de salario. Ahora, te pueden bajar el sueldo, o te pueden despedir pagándote solo 12 meses de salario si la cosa va mal”, sintetiza Díez, que rescata la teoría de la renta permanente del Nobel Milton Friedman para anticipar que, con esa perspectiva, mucha gente gastará menos. El consumo privado es el componente clave del PIB. Y si la actividad económica baja otro escalón, habrá menos empleo aún. 

 “Con esta reforma en plena recesión, el miedo a ser despedido se convierte en una variable determinante del consumo”, defiende Díez. “Y cuando hay miedo y poco crédito, no solo se consume menos, también cambia la composición del gasto, se puede resentir la compra de bienes duraderos, y entre ellos, de viviendas”. 

La perspectiva inmobiliaria preocupa a Josep Oliver, catedrático de Economía. Pero por omisión. “En el decreto se olvida que muchos problemas laborales se deben al estallido de la burbuja inmobiliaria, no hay nada que haga referencia a cómo incentivar la recolocación de los que trabajaban en la construcción, hay un diagnóstico equivocado”, apunta Oliver, quien recuerda que “cerca del 70% de los 2,7 millones de empleos perdidos en la crisis corresponden, directa o indirectamente, al sector”. Al catedrático de la Autónoma de Barcelona le parece justificado el miedo a más despidos: “A corto plazo es posible que haya empresas que vean la reforma como una oportunidad de reducir plantilla con menos coste”. 

“El miedo al despido determina ahora el consumo”, señala Díez, de Intermoney

La fundación Fedea, en cuyo patronato figuran entidades financieras y el Banco de España, ha promovido un debate sobre cómo limitar el exceso de empleos temporales, del que derivó la propuesta de un contrato único con un coste de indemnización creciente. La propuesta no ha tenido eco en el decreto del Gobierno y los investigadores de Fedea, que respaldan el abaratamiento del coste del despido, coinciden en que la reforma tendrá poca incidencia en prevenir la temporalidad o en mejorar las oportunidades de los parados. Pero discrepan sobre si el efecto a corto plazo será menos empleo o menos salario. 

“Confío en que las medidas que se adopten vayan por la reducción de la jornada y de salarios, que se pare la horrorosa sangría del empleo que estamos sufriendo”, apunta Luis Garicano, de la London School of Economics. “La amenaza más creíble del despido puede inducir a una mayor flexibilidad frenando la destrucción de empleo”, insiste Florentino Felgueroso, de la Universidad de Oviedo, aunque con matices: “El abaratamiento del despido, si bien necesario para el largo plazo, debía haberse hecho en época de bonanza”. Una idea que Samuel Bentolila, del Centro de Estudios Monetarios y Financieros, explota en el blog de Fedea: “En la actual coyuntura, con gran incertidumbre, escaso crédito a las empresas y perspectivas de decrecimiento, la reducción de los costes de despido traerá más despidos, con consecuencias sociales negativas. Es pobre consuelo pensar que en la próxima expansión el empleo indefinido crecerá más que sin ella”. Pese a considerarla “inoportuna”, Bentolila da la bienvenida al decreto “en una perspectiva de medio plazo”. Y acota: “Las reformas estructurales se hacen cuando son políticamente viables”. 

El decreto extiende al personal laboral del sector público las condiciones para facilitar el despido o rebajar condiciones en caso de que los ingresos no basten para cubrir los gastos presupuestados. “Puede acabar siendo una de las partes más importantes de la reforma, en los tiempos del boom inmobiliario se tomaron por permanentes ingresos públicos que eran transitorios y se aumentó la plantilla en Ayuntamientos y comunidades de forma insostenible”, señala Manuel Balmaseda, economista jefe de la multinacional Cemex. 

Los investigadores de Fedea discrepan sobre el efecto en el empleo

“La reforma facilita hacer ERE o rebajar salarios en el sector público, pero no se le puede echar la culpa del ajuste pendiente en la Administración territorial”, añade Sara Baliña, de Analistas Financieros Internacionales. Baliña recalca que las reformas suelen tener un efecto limitado en el empleo. “El decreto puede desencadenar efectos opuestos, que se compensen, es muy arriesgado anticipar un pronóstico”, añade. Con esa tesis se alinea Ángel Laborda, director del gabinete de coyuntura de la Fundación de Cajas de Ahorros (Funcas), quien cree que el efecto en el consumo de las familias es menor si sobre lo que se centra la incertidumbre es sobre los salarios. “Y la reforma puede ayudar a que el ajuste se haga con moderación salarial, y no tanto con despidos, como hasta ahora”, afirma. 

Joaquín Trigo, director del Instituto de Estudios Económicos, vinculado a la patronal, respalda la idea del Gobierno de que la reforma laboral era necesaria para ganarse la confianza de los inversores, aunque el decreto apenas ha cotizado en los mercados. “Pero más financiación no vamos a tener durante bastante tiempo”, advierte. Trigo tampoco vaticina un efecto mayor en el consumo. “Todo el mundo se estaba apretando el cinturón antes de la reforma”, puntualiza. 

El gasto de las familias ya retrocedió un 1% en el cuarto trimestre de 2011, una caída que evoca el descalabro de 2009. El Gobierno da por hecho que habrá recesión, y más paro, este año. Que la recuperación se afianzará al torcer la esquina de 2013. Como ha ocurrido antes en esta crisis, los mercados financieros y las instituciones de la zona euro pueden hacer descarrilar cualquier vaticinio. Pero esta vez también pesarán en la balanza los efectos secundarios de concentrar ahora todas las reformas, del envite del Ejecutivo del PP. 

www.elpais.es 21.02.12 

CAPITULO II .DESPIDOS BARATOS CON LA VENIA DEL JUEZ

La reforma laboral acaba con la rescisión de contratos indefinidos sin control judicial

Limita también el papel de los jueces y acaba con los salarios de tramitación 

Dos días después de que la reforma laboral entrara en vigor, Antonio Vega la sufrió en primera persona. A las ocho menos diez del martes 14 de febrero, su empresa le entregó una carta justificando su despido por registrar una caída de ingresos durante tres trimestres seguidos. Redur Transporte, que ha declinado dar su versión tras dos llamadas telefónicas, ya llevaba un tiempo intentado prescindir de Antonio, según explica. En diciembre, le habían ofrecido una indemnización de poco más de 20 días por año trabajado. Él no aceptó. Quería 45, los que le correspondían en caso de despido improcedente. 

“Cuando vi a la ministra [Fátima Báñez] explicar la reforma en la tele, supe lo que iba a pasar”, lamenta. Redur pudo despedir con bastante certeza a Antonio, de 36 años, porque la reforma permite justificar el despido objetivo, con una indemnización de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades, si encadena una caída de ingresos durante tres trimestres. Además, a partir de ahora, la empresa no tendrá que justificar que lo hace para ser viable o mantener empleo. Se trata de un cambio que busca limitar el margen de actuación de los tribunales, que antes solían fallar en favor del trabajador, aunque desde la reforma de 2010 están cambiando de criterio. 

No es el único cambio profundo. También lo es la supresión del despido exprés, que permitía despedir evitando los tribunales si asumía que no estaba justificado. Por este camino, fácil y rápido, aunque muy caro, llegaron el 60% de los despidos en 2011. 

“Antes había un 90% de posibilidades de que un juez no le diera la razón al empresario. Ahora eso está más claro. Pero al desaparecer el despido exprés hay más incertidumbre y se incentiva la negociación”, explica Alberto Nadal, de CEOE. “Con la definición del despido económico, la tutela judicial queda muy reducida”, discrepa José Luis Aramburu, de UGT. 

Con el decreto, los trabajadores recurrirán más a los tribunales 

En la misma línea se expresa un magistrado con experiencia en temas laborales: “Nos han convertido en notarios. Ahora, si los ingresos de una empresa caen un euro, pese a que tenga ganancias y sea sólida, no se diferenciará de otra en pérdidas. Ya no podemos entrar en si la decisión es razonable o no”. 

La supresión del despido exprés, que casi no dejaba margen para recurrir a los tribunales, hace pensar que la reforma laboral va a llevar más litigios a los tribunales. “Sí, porque va a haber más despidos”, explica otro juez de lo social. Abunda en esta tesis Martín Godino, del bufete laboralista Sagardoy Abogados: “Va a subir la judicialización, sobre todo porque se suprime la autorización administrativa de los despidos colectivos”. Precisamente, este cambio lleva a todas las fuentes consultadas para este reportaje a opinar que, a partir de ahora, el despido colectivo con 20 días de indemnización será la opción mayoritaria a la hora de rescindir contratos. 

“El tiempo corre  ahora a favor del empresario”, dice un abogado laboralista 

Discrepa de que este cambio y los otros supongan una mayor judicialización, el primer juez —ambos piden el anonimato— discrepa: “Sí que la habrá en la primera fase, pero luego cuando la gente vea que no hay mucho que hacer, no va a ser una opción”. 

Antonio Vega recurrirá a los tribunales para pedir más indemnización. “Lo estoy preparando, tengo 20 días laborales”, explica. Quiere que se reconozca la improcedencia de su despido. Si lo logra, su indemnización se calculará a razón de 45 días por año trabajado hasta el día que se aprobó la reforma; para el resto del tiempo (dos días) se calculará a razón de 33 días por año. 

Pero Antonio ya no podrá recibir los salarios de tramitación (el dinero que antes cobraba un trabajador cuando era despedido hasta que el juez fallaba en su favor). O, al menos, no estará en su mano. Solo los podrá recibir si la empresa pierde la demanda y acepta que Antonio vuelva a su antiguo puesto. 

Este cambio es uno de los elementos que más atacan los detractores de la reforma para acusarla de desequilibrada. “Es uno de los mecanismos más perjudiciales para los trabajadores de la reforma”, analiza Aramburu, de UGT. 

“Los salarios de tramitación desaparecen porque se acaba el despido exprés. Antes el tiempo jugaba en favor del trabajador, de ahí el despido exprés. Ahora, en cambio, juega en favor de los empresarios”, admite Godino, que forma parte de un bufete que suele defender a las empresas. 

La desaparición de los salarios de tramitación es uno de los elementos que abaratarán las indemnizaciones por despido. Y además evitará que trabajadores y empresarios negocien y lleguen a un pacto antes de acabar en los tribunales. Así lo defiende el laboralista Luis Zumalacárregui, muy crítico con la reforma. 

“Se puede pronosticar que las mediaciones van a bajar. Si es más fácil despedir por la clarificación de las causas del despido y no hay salario de tramitación, el empresario puede estar seguro de que va a ganar. ¿Para qué va a negociar?”, se interroga Julián Lobete, inspector de Trabajo y exdirector del Servicio de Mediación de Arbitraje. 

www.elpais.es 22.02.12  

CAPITULO III. MÁS FÁCIL, MÁS CORTO Y MÁS BARATO 

La nueva reforma laboral amplía las causas para que los empresarios presenten un ERE

Despeja el camino para las Administraciones públicas 

En la mayoría de las ocasiones todo comienza con un power point. Una cuidada presentación en la que la dirección de la empresa expone a los trabajadores un sombrío panorama económico. Les aseguran que la situación es insostenible. Y entonces pronuncian el acrónimo maldito: ERE (expediente de regulación de empleo). Uno de cada 10 trabajadores despedidos en 2011 fue por un ERE, según datos del Ministerio de Empleo. Un porcentaje que puede crecer con los últimos cambios normativos. 

Félix Duque, de 55 años, trabaja desde hace 35 años en Gunnebo España, multinacional dedicada a la instalación de sistemas de seguridad. A finales de diciembre la dirección de la empresa le comunicó que preparaba un ERE para prescindir de 111 de los 270 trabajadores. Los gestores llevan semanas negociando con los trabajadores las condiciones del despido colectivo. Cuando se enteraron de que el Gobierno iba a aprobar una nueva reforma laboral frenaron el expediente, según el comité de empresa. “Han aplazado la presentación de la documentación. Retrasaron una reunión dos días antes de la reforma y ahora nos convocan con nuevas condiciones y con un nuevo escenario laboral”, explica Duque, uno de los primeros trabajadores afectados por los últimos cambios laborales, que considera que ahora tienen “menos medios para defenderse”. La empresa confirma que ha iniciado oficialmente el ERE después de la reforma. Pero asegura que mantiene intacta su intención de alcanzar un acuerdo con los trabajadores. 

Despidos baratos con la venia del juezMás riesgo de recesión por decretoEl Gobierno facilita que las empresas se acojan al despido de 20 días¿Cómo me afecta la reforma laboral?A falta de devaluación, bajada de salariosLa reforma laboral allana el camino para que los empresarios puedan acogerse a este mecanismo para despidos colectivos. Elimina la autorización previa, acorta los plazos para ejecutarlo y amplía las situaciones para que los empresarios se acojan a esta modalidad de despido. Solo será necesario justificar nueve meses consecutivos de caídas de facturación o ingresos. Ya no es necesario pactarlo con los trabajadores. A estos solo les queda reclamar ante un juez. Además, la nueva norma favorece que las Administraciones públicas puedan acogerse al ERE. 

El año pasado 342.831 personas se vieron afectadas por un ERE, seis veces más que antes de la crisis. La ley ofrece ahora más facilidades. Elimina uno de los principales escollos que tenían las empresas para presentar un ERE: se suprime de un plumazo la autorización previa que tenía que dar la administración laboral (el Ministerio de Trabajo o las Consejerías de Empleo). Hasta ahora los empresarios se esforzaban en lograr un acuerdo con los trabajadores porque la autoridad laboral no ponía pegas cuando había pacto. De hecho, más del 90% de los ERE presentados antes de la reforma se presentaban con un acuerdo. “La eliminación de la autorización previa va a ser un estímulo para conseguir un acuerdo y evitar la judicialización del proceso”, explica Federico Durán, experto en Derecho Laboral y socio de la firma de abogados Garrigues. Cuando los trabajadores no estén de acuerdo con las condiciones del ERE podrán recurrir al juez. La reforma establece un procedimiento “de urgencia” en los tribunales. “Pero todos sabemos del colapso judicial y el proceso se puede prolongar meses por los recursos”, precisa Durán. 

Hay sociedades que han aplazado el ERE a la espera de la nueva norma

"Va a aumentar mucho la litigiosidad, lo cual en el corto y el medio plazo generará cierta inseguridad jurídica tanto para empresas como para trabajadores. Es posible que en el medio plazo la empresa se queje de cómo la Jurisdicción Social está interpretando la Ley", considera Jaime Cabeza, catedrático de derecho del Trabajo en la Universidad de Vigo.  

Los inspectores de trabajo cuestionan la reforma. “El papel de la inspección queda mermado. No es igual decidir sobre las causas del ERE que sobre los temas de la comunicación”, señala José Antonio Amate, miembro de UPIT, una asociación de inspectores de trabajo. Este considera que “el problema de la reforma no es que se elimine la autorización previa. Sino que se amplían las causas para presentar un ERE”. La nueva legislación permite despidos colectivos cuando se produzcan nueve meses consecutivos de caídas de facturación. “No creo que haya ni una sola empresa en España que con la situación en la que estamos no cumpla con esos requisitos”, desliza Amate. Por eso, la mayoría de los expertos consultados consideran que habrá un aumento de los despidos con esta fórmula. Aunque el responsable de relaciones laborales de la CEOE, José de la Cavada, considera que “quitar la autorización para los ERE no es una barra libre para el despido”. Desde la patronal se admite que se facilita el ERE en empresas más pequeñas. 

“Con la crisis, todas las empresas podrán presentar un despido colectivo”
La reforma laboral también despeja el camino para que las Administraciones públicas se acojan a esta fórmula: “Cuando justifiquen nueve meses de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente”, señala la ley. La reforma disipa así el debate sobre la pertinencia de que la Administración pueda presentar un ERE. El Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y el de Avilés fueron los primeros en presentarlo hace dos años. Entonces surgieron dudas sobre su legalidad. Ahora se abre la veda para los ERE que afectarán a los trabajadores laborales de entes públicos. “Se está hablando de reducir la estructura de la Administración, eliminar empresas públicas... Y eso lo facilita”, admite Mari Cruz Elvira, de CC OO, que critica la medida. 

La reforma también agiliza los ERE temporales o de reducción de jornada. Esto permitirá que en sectores con alta estacionalidad usen el despido colectivo. “Son los efectos colaterales de la reforma”, abunda Joan Coscubiela, profesor de Derecho del Trabajo en Esade y diputado por ICV, quien asegura que la reforma provocará “un alza de los gastos de desempleo”. 

Antes cuando un empresario presentaba un ERE algunos trabajadores se apuntaban de forma voluntaria porque creían que encontrarían mejores condiciones que en el futuro. Ahora ese efecto se limita. “Habrá moderación salarial. Pero no creo que todos vayan al mínimo de 20 días. Para conseguir un acuerdo habrá que mejorar las condiciones”, señala Durán. “Ya no habrá bajas voluntarias. Ahora se deja en manos del empresario. Es él quien puede elegir a qué trabajadores afectará el ERE”, zanja Coscubiela. 

www.elpais.es 23.02.12

CAPITULO IV. SALARIOS A LA CARTA PARA LA EMPRESA

En medio de la peor crisis económica de las últimas décadas, la reforma laboral otorga más poder al empresario para impulsar la flexibilidad y capear el temporal. La dirección puede alegar razones de competitividad para cambiar —con 15 días de aviso y de forma unilateral— algunas condiciones de los contratos, como la jornada, el horario y las funciones y, sobre todo, puede, por primera vez, bajar los salarios. Si el trabajador discrepa, tiene que elegir entre quedarse en la calle con la indemnización mínima o recurrir a un juez con la esperanza de volver a ver íntegra su nómina. La reforma también facilita la modificación de las condiciones salariales pactadas en el convenio, aunque no de forma unilateral. 

Modificar las condiciones de un contrato puede cambiar la vida del empleado. Lo ha hecho en el caso de Francisco Javier González Carvallo, de 51 años, cuya empresa, Autopistas del Atlántico, le comunicó hace unos días su traslado a 160 kilómetros de su puesto en Porriño (Pontevedra) por motivos económicos. “No me puedo permitir perder el empleo”, explica. Tiene una minusvalía y, además, cuida de sus padres. 

Con la ley anterior, la autoridad laboral podía suspender el traslado seis meses hasta que se aclarara si estaba justificado. Con la reforma, González empezará a trabajar en Cecebre (A Coruña) el 26 de marzo. Si no lo hace, puede rescindir su contrato con una indemnización de 20 días de salario. 

Traslados y reducciones de jornada 

Autopistas del Atlántico, que ha sido noticia esta semana por varios traslados y reducciones de jornadas aplicados a ocho empleados, ha declinado hacer comentarios al respecto. “Se está arrinconando al trabajador y la salida tendrá que ser judicial”, asegura Ernesto López, de la Confederación Intersindical Galega (CIG). La ley es especialmente comprensiva con las reducciones de jornada (con el consiguiente recorte salarial), que ya no requieren autorización administrativa previa. Según CC OO, el Instituto Nacional de Estadística trabaja en una “desregulación de las condiciones de trabajo” de su plantilla. 

En general, la reforma facilita el cambio de algunas condiciones contractuales, incluido el salario, porque amplía los motivos para hacerlo (a las razones económicas y de producción, se añaden la competitividad y productividad). Hay que tener en cuenta que estos cambios no pueden traducirse en condiciones laborales peores que las fijadas por el convenio. 

Pero los convenios no son intocables. La reforma facilita la no aplicación (o descuelgue) de las condiciones salariales, de horarios, funciones y otras pactadas en el convenio. La empresa solo tendrá que alegar una caída de ingresos de “dos trimestres consecutivos” para aplicarlo. En este caso, se exige acuerdo con los trabajadores. Si no lo hay, se iniciará un proceso que puede acabar con un arbitraje y que ha sido criticado por patronal y sindicatos. 

Flexibilidad en el automóvil

Las medidas de flexibilidad interna no son nuevas. Se empezaron a generalizar en los noventa. Uno de los sectores que más ha recurrido a ellas, aunque siempre con el acuerdo de la plantilla, es el del automóvil. “Este tipo de medidas se está aplicando con mayor intensidad desde el inicio de la crisis”, explica Félix Martín-Monzú, director del departamento laboral de la patronal ANFAC. Según sus datos, con una bajada de la producción del 17%, el empleo en el sector ha caído un 9% desde el inicio de la crisis, frente a la media del 20% de la industria. 

Un ejemplo de flexibilidad pactada con los sindicatos es el de Seat. En 1987, la empresa introdujo la jornada industrial, que le permitió abrir la fábrica más días. En 2003, se acordaron las bolsas de horas, una herramienta que sirve para acompasar la producción a la demanda y evitar ajustes de plantilla temporales. En 2006, se extendió de uno a tres meses el periodo en el que se deben disfrutar, por turnos, las vacaciones de verano. 

“El milagro del automóvil ha sido posible por los pactos con los sindicatos”, dice Manuel García Salgado, de UGT. Sobre la reforma, opina que “es perniciosa porque se podrán modificar contratos y convenios por razones económicas; desprotege al trabajador y colapsará los juzgados”. 

La flexibilidad es una de las claves para crear empleo, a juicio de Federico Durán, catedrático de Derecho del Trabajo y socio de Garrigues. “No recomendaría a ninguna empresa que realizara este tipo de modificaciones sin pactar con la plantilla y tener que esperar a lo que decida el juez”, añade el experto. Durán explica que la flexibilidad se ha impulsado con éxito en el sector de la distribución para sortear la crisis. Además, pone como ejemplo el caso de Panrico, donde la plantilla acaba de aceptar en una votación una rebaja del 25% del salario para evitar el cierre de la planta. 

www.elpais.es 24.02.12

CAPITULO V. LA FORMACIÓN GENERA DUDAS

El Ministerio de Empleo destacó que la reforma laboral incidía especialmente en mejorar las posibilidades de formación continua de los trabajadores. En las explicaciones que la ministra Fátima Báñez ofreció el primer día, la formación ocupó un lugar privilegiado en su discurso. Y, sin embargo, en la reforma laboral los cambios en esa materia se quedan en poco más de cinco artículos, al margen de los dedicados al llamado contrato de formación para jóvenes. Además, se han generado más dudas de las despejadas. Los empleados tendrán derecho a 20 horas retribuidas de formación. Sin embargo, el margen para decidir el contenido, cómo se desembolsará su coste o quién podrá impartirlo siguen en el aire. 

Lo peor, dice Fernando Puig-Samper, secretario de formación para el empleo del sindicato CC OO, es que la confusión sobre las reglas del juego hace que los cursos de este año sigan en el aire. “A día de hoy, la formación de 2012 está sin planificar. En marzo termina la ejecución de los cursos de 2011, y después no sabemos qué pasará. Hay un vacío de interlocución en el Ministerio”. El sindicalista teme que el ansia de anunciar reformas acabe por congelar el sistema de formación. 

Más fácil, más corto y más baratoDespidos baratos con la venia del juezA falta de devaluación, bajada de salariosSalarios a la carta para la empresa¿Cómo me afecta la reforma laboral?Cerca de 432.000 empresas ofrecieron formación a sus trabajadores en 2011, según cifras de la Fundación Tripartita, ente en el que participan el Estado, la patronal y los sindicatos que gestiona las bonificaciones de las acciones de formación. La duración media de los cursos ofrecidos por las empresas (formación de demanda) fue de unas 27 horas. Los cursos elegidos por los empleados fuera de la jornada laboral duraron 64 horas de media. Entre lo más demandado, prevención de riesgos laborales, gestión o informática. 

El cambio más llamativo que incluye la reforma en materia de formación es que se considera “un derecho individual” del trabajador. Se reconoce a los trabajadores en riesgo de perder su puesto por “falta de adaptación a las modificaciones técnicas” el derecho de tratar de reciclarse con formación retribuida durante al menos dos meses. Además, igual que los trabajadores tienen un documento con su vida laboral, dispondrá de una “cuenta formación”. 

El empleado que lleve más de un año en la empresa tendrá derecho a recibir 20 horas de formación al año, y que no se les descuente ese tiempo de su sueldo. Pueden acumular las horas de hasta tres años. El contenido, especifica la norma, debe estar relacionado con el puesto de trabajo, y el permiso “se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario”. Este es el punto que más preocupa a los sindicatos. En la práctica, temen que quede en manos del empresario admitir o no que el curso y dar permiso o negarlo, ya que no hay una figura que, en caso de negativa continuada, medie. 

Academias o agencias de colocación acreditadas podrán ofrecer cursos para trabajadores

“Se insiste en la necesidad de formación, pero ¿formación en qué? En algunos sectores hay incluso sobrecualificación y en otros, lo necesario es una formación técnica muy específica, pero la normativa no incide en la calidad o la orientación de los cursos”, apunta Carlos Alfonso, catedrático de Derecho del Trabajo. “Si no se planifica adecuadamente la formación, el trabajador al final acaba frustrado, y acabamos teniendo un mercado con miles de universitarios haciendo de camareros”, avisa. 

Por otra parte, ¿quién pagará la formación de esas 20 horas? Al margen de acogerse a los cursos de sindicatos o patronales, no se especifican más ayudas. La reforma dice que en un futuro se podría crear un “cheque formación”, pero deja su desarrollo para el futuro. Según Arturo de las Heras, director general del centro de formación CEF, si funcionara ese cheque “cada trabajador podría solicitar los estudios y centros que estimase más oportunos, con el visto bueno de su empleador. Ampliaría la oferta de cursos y los centros de formación competirían en un sistema abierto, por lo que mejoraría la calidad”. 

Pero la cuestión económica también preocupa a los empresarios. Félix Martín-Monzú, director de asuntos sociolaborales de Anfac, asociación de los fabricantes de automóviles, cree que se debería incidir en las bonificaciones. “Los fabricantes han invertido unos 400 millones en formación en seis años. Solo han recuperado 29 millones con las bonificaciones”, se queja. Las empresas, dice, deberían poder ofrecer cursos de oferta, es decir, participar en fondos hasta enero reservados para sindicatos y patronales. 

“Se insiste en la formación, pero sin garantizar calidad”, afirma un experto

Precisamente ese es otro de los cambios más llamativos: los cursos y su subvención, como en la formación a parados, ya no estarán acotados a patronales y sindicatos, lo que preocupa especialmente a estos últimos. Se abre también a centros “autorizados”. Adecco, agencia de colocación, se prepara para poder ofrecerlos. “Tenemos divisiones de formación, así que haremos las solicitudes que hagan falta para poder ofrecer los cursos”, dice Santiago Soler, secretario general de Adecco. “Entendemos que nos hará falta una autorización distinta de las que tenemos ahora, pero de momento no nos han dicho nada”, reconoce. “Creo que los cambios de la reforma son buenos, pero es cierto que en muchas cosas remite a reglamentos futuros. Lo que habrá que hacer es animar al Gobierno a que vaya aclarando los detalles”, pide Soler. 

www.elpais.es 25.02.12

CAPITULO VI. LAS ETT “RESPONSABLES” ENTRAN EN ESCENA 

Las agencias privadas de colocación pueden apoyar a los servicios públicos de empleo a buscar trabajo a los parados desde 2011. El PSOE les abrió la puerta con su reforma laboral. Y el PP ha dado un paso más con la suya, al evitar que las empresas de trabajo temporal (ETT) tengan que constituirse como agencias para intermediar en el mercado laboral. Con una simple "declaración responsable" pueden iniciar la colaboración con el antiguo INEM. 

Como no podía ser de otra forma, las ETT aplauden la medida del Gobierno de Rajoy. Llevaban tiempo pidiéndola. Y sobre todo, destacan Rodrigo Martín, director general de Randstad, y Santiago Soler, secretario general de Adecco, "es la primera vez que se reconoce en el preámbulo de una norma que somos “un potente agente dinamizador del mercado de trabajo", con una tasa de intermediación del 14%, frente al 3% de los servicios públicos”. Algo que contribuye a “limpiar” su imagen como sector. Se quejan, no obstante, de que no se haya contado con ellas para contribuir a reducir la temporalidad y para intermediar en los sectores que tienen vetados, como ocurre en otros países europeos. 

Ambas compañías forman parte de la Asociación de Grandes Empresas de Trabajo Temporal (AGETT), que descartó en su día constituir agencias en vez de utilizar sus estructuras existentes para colaborar con el antiguo INEM. Ahora, piensan pedir la autorización en cuanto el Ministerio de Empleo desarrolle el reglamento que les dé las garantías suficientes para operar, coinciden Soler y Martín. 

No es el caso de Manpower, otra de las grandes ETT, no integrada en la asociación que las agrupa. Fue la primera en solicitar al entonces Ministerio de Trabajo su autorización como agencia privada de colocación y la primera en conseguirlo, el pasado mayo. Igual que ahora ha hecho para operar como ETT, señala su presidenta, Carmen Mur, satisfecha con “la equiparación de la legislación española con la existente en Europa”. 

La norma obliga a que los servicios de las ETT sean gratis para los trabajadores

Manpower forma parte de una larga lista de entidades (152 antes de la reforma laboral del PP y 183 en la actualidad) capacitadas para intermediar en el mercado laboral junto a los servicios públicos de empleo estatales y de las comunidades autónomas, que tienen transferidas las competencias de políticas activas de empleo. Una larga lista de entidades que, sin embargo, todavía no han empezado a actuar porque las administraciones no han firmado los convenios que las capacitan para ello. 

Detrás de estos convenios se esconden las condiciones de la prestación de servicios y, sobre todo, quién asumirá sus costes. Fuentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, reconocen que “aunque las agencias de colocación ya puedan firmar convenios con los servicios públicos de empleo de las CC AA y del Estado, no lo han hecho porque la financiación no está clara y porque la normativa tiene que definir más cómo se va a desarrollar la colaboración”. Para Javier Erro, consejero de Industria, Innovación y Empleo del Gobierno de La Rioja, “es necesario desarrollar y armonizar la regulación de las agencias de colocación tan ambigua e incompleta que realizó el anterior Gobierno para facilitar la colaboración con plenas garantías jurídicas”. Erro pretende firmar “en el transcurso de este año” los primeros convenios. 

Los expertos advierten de que hay vías indirectas para que acaben cobrando

“Trabajamos con mucha prisa en el desarrollo del decreto ley. En un par de meses puede estar listo el marco normativo que determine la operativa y el dinero público, del Estado y las CC AA, con que se van a financiar los servicios de las agencias de colocación. Hasta entonces no creemos que se vayan a firmar convenios”, añade el Ministerio de Empleo. 

Aclarado que tales costes no van a recaer sobre el empresario que contrate a los parados y “la obligación de garantizar a los trabajadores la gratuidad por la prestación de servicios”, reza el decreto; la secretaria de Empleo de CC OO, Paloma López, duda de que no vaya a haber “algún coste por vía indirecta para el trabajador. Véase, por ejemplo, por gastos de formación. El responsable de Randstad también tiene “esa sospecha". 

“Antes de dar entrada a las agencias privadas habría que reforzar los servicios públicos de empleo, que parten de un déficit muy grande, con una de las dotaciones de personal más bajas de Europa, incluso por detrás de Chipre. En España cada técnico atiende a más de 200 parados, en tanto que en países como Alemania, le corresponden solo 50”, agrega López, en la creencia de que las ETT se encargarán solo de intermediar en los casos de más fácil colocación y dejarán para el antiguo INEM los colectivos de difícil inserción laboral.

www.elpais.es 27.02.12

CAPITULO VII. CONVENIOS CON FECHA DE CADUCIDAD 

El convenio de la enseñanza concertada no se ha renovado desde 2009. Los 118.000 trabajadores gozan de uno porque el viejo se ha prorrogado automáticamente desde entonces. Lo mismo les pasa a los 86.000 empleados de la construcción de Sevilla, Cádiz y Córdoba. Pero esa prórroga tiene fecha de caducidad: el 12 de febrero de 2014. La reforma laboral ha acabado con la prórroga indefinida de la que gozaban los convenios que no se renovaban. A partir de ahora cuando un convenio finalice, sindicatos y empresarios tendrán dos años para renovarlo. Si no lo hacen, los trabajadores amparados por él tendrán que acogerse al que haya en el ámbito inmediatamente superior (de la empresa al provincial, autonómico o estatal) y si no existiera al Estatuto de los Trabajadores. 

“Esto es un incentivo para que la negociación sea más rápida”, explica Marcel Jansen, profesor de Análisis Económico de la Universidad Autónoma de Madrid, que cree que este es un límite muy amplio y sería mejor un plazo más corto. También Jesús Terciado, presidente de las pequeñas y medianas empresas, cree excesivo este periodo adicional fijado en la reforma. 

Contrario a la reforma, Vicenç Rocosa, secretario de Acción Sindical de la Federación de Industria de CC OO, cree que además de perjudicial este cambio es innecesario: "Los convenios no tardan tanto en renovarse". Tradicionalmente son pocos los que tardan dos años en renovarse. Pero la crisis ha entorpecido la negociación colectiva en los últimos años. Hasta este mes hay 593 convenios no renovados que caducaron en 2088, 2009 y 2010, según UGT. 

Es un incentivo para negociar más rápido", defiende un experto

Rocosa, en cambio, sí que admite que la reforma empeora. "Está claro que el tiempo corre en nuestra contra. Pero si ahora la parte empresarial se niega a negociar, habrá conflicto laboral. Hay que intentar no llegar al abismo". 

"Tenemos que negociar todo lo rápido que se pueda", abunda Jesús Guadix, representante de UGT en la enseñanza concertada, que advierte de que su retraso en la negociación tiene que ver con los recortes que inició el Gobierno en mayo de 2010. 

Ambos sindicalistas son conscientes de que la reforma laboral debilita su posición. Los convenios de ámbito superior, el sectorial estatal o el Estatuto de los Trabajadores, fijan unas condiciones laborales mínimas que suelen mejorarse en los pactos autonómicos, provinciales o de empresa. 

Los convenios no tardan tanto tiempo en renovarse", dice un sindicalista

Pero su situación puede deteriorarse más. La redacción del decreto ley no aclara que pasará con las condiciones laborales de los trabajadores cuyos contratos se basan en el convenio si este no se renueva y cambia la referencia. "Habrá que esperar a la jurisprudencia o al trámite parlamentario", analiza Jesús Lahera, profesor de Derecho Laboral, "hasta ahora cuando se renovaba un convenio con condiciones inferiores al anterior, normalmente los derechos adquiridos de los trabajadores ya contratados se consolidaban en su contrato. Pero esto era así porque se pactaba". 

Para Tomás Sala-Franco, el nuevo plazo temporal era innecesario porque son pocos los convenios prorrogados durante mucho tiempo. Además, este catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad de Valencia usa un argumento similar para criticar el otro cambio de calado que la reforma laboral ha introducido en la negociación colectiva: la jerarquía de los convenios de empresa sobre el resto. Para él, antiguo presidente de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, han sido muy pocas las ocasiones en que un pacto firmado en una empresa ha chocado con uno provincial o estatal. 

En este punto coinciden sindicatos y empresarios: a ninguna de las dos partes les gusta. Poco antes de la reforma laboral, UGT, CC OO, CEOE y Cepyme suscribieron el pacto de moderación salarial donde se recomendaba el impulso de los acuerdos de empresas, pero siempre de acuerdo, y exigiendo que no hubiera cambios en la legislación anterior, que permitía a los agentes sociales situar por encima los convenios estatales y autonómicos. 

"Nos preocupa lo que puede pasar en las empresas de menos de 10 trabajadores, que van a tener problemas para tener un convenio sólido”, explica Terciado, líder de Cepyme y vicepresidente de CEOE, que admite que con el pacto firmado antes de la reforma con los sindicatos perseguían conservar los convenios provinciales. 

De momento, este cambio ya ha provocado choques importantes entre el Gobierno y los agentes sociales. La semana pasada el Ministerio de Empleo retuvo la publicación del convenio sectorial de la construcción, pese a ser previo a la reforma, porque dicta la prevalencia de este texto sobre cualquier otro. Al final, Empleo rectificó. 

Para Jansen, de la Universidad Autónoma, "es un paso adelante para flexibilizar los convenios". Aunque como en el caso de la prórroga automática, defiende otra opción como óptima: aumentar los umbrales de representatividad de los firmantes de los convenios para que sus condiciones vinculen a todas las empresas y trabajadores de un sector. También los autónomos pedían cambios en la cobertura de los convenios. Lorenzo Amor, presidente de ATA, pide que en la tramitación parlamentaria se excluya a los autónomos de la negociación colectiva "como en toda Europa, menos en Finlandia". 

Esto para Rafael Muñoz de Bustillo, catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Salamanca, sería pernicioso. Este cambio, junto con los cambios en flexibilidad interna, “abre una dinámica salarios a la baja y de rebaja del número de trabajadores protegidos por convenios”. 

www.elpais.es 28.02.12

CAPITULO VIII: MÁS BONIFICACIONES, MENOS BENEFICIOS

La gran mayoría de expertos considera que la subvención a los contratos no crea empleo
La nueva ley amplía las ayudas a más colectivos 

Jonathan Ropero puede considerarse afortunado. En un país con casi la mitad de sus jóvenes en paro, empieza a trabajar el próximo lunes en una empresa de mecanizado de pieza en Getafe (Madrid). Ropero, de 22 años, disfrutará de un contrato bonificado en virtud de la nueva reforma laboral. Pero los efectos beatíficos de las subvenciones públicas a la contratación no están tan claros. Ni en este ejemplo concreto ni en general. En el caso de Jonathan, el propio gerente de la empresa, Mario Lobato, admite que lo habría contratado igual, con bonificación o sin ella. Y en el general, porque, según coinciden la inmensa mayoría de expertos, estas herramientas no son las más adecuadas. 

En un ámbito como el laboral, en el que el diagnóstico varía tanto según la adscripción ideológica del que opina, sorprende encontrar tanta unanimidad. “Los efectos de las bonificaciones son muy pequeños para crear empleo y para darle estabilidad”, sostiene Florentino Felgueroso, investigador de Fedea, un think-tank financiado por las grandes empresas. “Las bonificaciones generan discriminación porque las empresas solo van a contratar a los beneficiados por las subvenciones. Solo tienen sentido en el caso de colectivos muy concretos y reducidos a los que se quiere ayudar”, abunda Paloma López, secretaría de Empleo de CC OO. Únicamente en la patronal se oyen voces en defensa de extender aún más este tipo de ayudas a la contratación. 

La reforma empieza a aplicarse con rebajas de sueldos, ERE y trasladosLas ETT “responsables” entran en escenaLa formación genera dudasMás fácil, más corto y más baratoDespidos baratos con la venia del juez¿Cómo me afecta la reforma laboral?A falta de devaluación, bajada de salariosY, sin embargo, el Gobierno decidió en su nueva norma laboral avanzar en este tipo de instrumentos. Avance que, en palabras de Felgueroso, constituye “un paso atrás”. “A partir de la reforma de 2007 asistimos a un boom de las bonificaciones. En 2010 se redujeron al mínimo y esta norma las recupera. De alguna manera, esta reforma se parece a la de 1997, que introdujo el contrato de fomento de empleo”, asegura este profesor de Economía en la Universidad de Oviedo. 

Pero, ¿qué novedades trae en este aspecto la norma impulsada por la ministra Fátima Báñez? “Para fomentar la contratación indefinida de los jóvenes, se establece una bonificación de hasta 3.600 euros a la contratación de jóvenes parados de entre 16 y 30 años. Para fomentar la contratación indefinida de parados de larga duración mayores de 45 años, se establece una bonificación de hasta 4.500 euros”, decía la presentación que preparó el Gobierno para presentar su reforma. 

Las ayudas que conlleva el “contrato indefinido de apoyo a los emprendedores” que nació con la reforma del pasado 10 de febrero van dirigidas a empresas que tengan hasta 50 empleados, lo que engloba a un 98% del tejido empresarial español. Pues es aquí donde la CEOE encuentra una pega a la nueva norma. Porque al contrario de los cinco profesores consultados para este reportaje y a la responsable de CC OO, la patronal critica la norma precisamente por no extender aún más las bonificaciones. 

La subvención para todos no incentiva a ningún colectivo 

“La reforma introduce incentivos fiscales y bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social vinculados a la contratación de colectivos menores de 30 años o mayores de 45 años mediante el contrato de trabajo por tiempo indefinido denominado ‘de apoyo a los emprendedores’. La postura empresarial es la de generalizar este contrato, que ahora solo pueden formalizar empresas con menos de 50 trabajadores, al resto de las empresas”, señalan fuentes de la CEOE. 

La responsable de CC OO enumera algunos de los colectivos a los que sí tendría sentido bonificar: personas con alto riesgo de exclusión social, mujeres víctimas de malos tratos o jóvenes sin ningún tipo de formación. Carlos García Serrano, profesor de la Universidad de Alcalá de Henares, comparte esta visión. “En la medida en que se subvenciona a todo el mundo, no se incentiva a contratar a ningún colectivo concreto. La OCDE también recomienda que se destinen a colectivos muy específicos. Porque, por ejemplo, ahora se amplían a todos los menores de 30 años. La tasa de paro juvenil es de casi el 50%, pero el problema no es igual para todos ellos. Las diferencias son enormes entre los que tienen estudios y los que no; y se está tratando igual a colectivos con problemas distintos. En cambio, las bonificaciones sí que han ayudado a aumentar la estabilidad en el empleo entre los más jóvenes, pero de forma marginal”, asegura García Serrano. 

CEOE reclama que se generalice el contrato bonificado a todas las firmas 

En lugar de subvencionar los contratos, los expertos abogan por que ese dinero vaya a otro tipo de políticas activas. “Bélgica y España son los países que más invierten en bonificaciones. En España, todo ese gasto equivale al que se destina a formación e intermediación laboral a través de los servicios públicos de empleo. En otros países la distribución es muy distinta; y sería conveniente que aquí siguiéramos también esa tendencia”, dice el profesor de la Universidad de Alcalá de Henares. 

Descendamos de nuevo al caso concreto. El gerente de Tecnide, la empresa en la que trabajan 17 personas y de la que Jonathan Ropero formará parte a partir del lunes, sí que reconoce que la subvención ha modificado algo sus decisiones. “Yo habría contratado a Jonathan antes. Pero he esperado a que entre en vigor la ley para poder beneficiarme de la subvención”, asegura Mario Lobato. Quiere formar a su nuevo empleado como a Ropero y sabe que para eso necesita tiempo. “No va a tener un mal sueldo. Rondará los 950 euros netos. Pero a pesar de todo el paro que hay, no te creas que es fácil encontrar a alguien para este puesto”, concluye. 

www.elpais.es 29.02.1

CAPITULO IX. MENOS PESO SINDICAL, MÁS CONFLICTO 

La reforma laboral cambia el escenario de negociación entre empresarios y trabajadores

Sindicatos y expertos vaticinan un aumento de los pleitos 

Daniel Cifuentes es un abogado laboralista, del bufete Olswang, entre cuyos clientes figuran normalmente empresas. Sabe que con la reforma laboral su posición en las mesas de negociación ha ganado terreno. "El poder del sindicato ahora es más débil", analiza. La reforma laboral ha cambiado cinco puntos que han decantado la balanza de las relaciones laborales hacia el lado empresarial: la eliminación de la autorización administrativa de los despidos colectivos, el límite de la prórroga de los convenios a dos años, la desaparición de los salarios de tramitación, las rebajas unilaterales de sueldos y la descentralización de los convenios colectivos. 

"Con la eliminación de la autorización administrativa de los ERE, han pasado de ser imprescindibles a convenientes", abunda Cifuentes. En la misma línea se expresa la catedrática de Economía Sara de la Rica: "Me parece que los sindicatos han perdido muchísima fuerza. Los empresarios han ganado más libertad”. Para esta profesora de la Universidad del País Vasco, un elemento central es la eliminación de los salarios de tramitación, que hacen que el tiempo ahora corra en favor de los empresarios. 

Los sindicatos no piensan quedarse de brazos cruzados. "Vamos a luchar para defender a los trabajadores", advierte Toni Ferrer, secretario de Acción Sindical de UGT. Y afirma que si no tienen oportunidad de negociar como hasta ahora lo más probable es que haya más huelgas y más pleitos en los juzgados. Coincide con él, Cifuentes, de Olswang: "En el corto plazo va a haber abusos y subirá la conflictividad laboral". 

Lo sucedido en el Liceu de Barcelona les da la razón. Cuatro días después de aprobarse la reforma, la dirección del centro operístico presentó un ERE. Los trabajadores respondieron convocando 18 días de huelga coincidiendo con la representación de La Bohème, de Giacomo Puccini. Para evitar el paro, al final la dirección del Liceu aceptó la propuesta de los trabajadores de aplazar la paga extraordinaria y retiró el ERE. 

Falta tiempo para ver las verdaderas consecuencias" Miguel Ángel García, sociólogo 

Evita hablar de conflictividad Ramón Górriz, responsable de Acción Sindical de CC OO, aunque no lo niega. "Es evidente que la ley pretende debilitar la negociación colectiva", añade Górriz, que expone que la respuesta sindical llegará en las elecciones sindicales y ganando afiliados. 

La respuesta de Górriz da pie a Carlos García Serrano, profesor de Economía de la Universidad de Alcalá, a recordar una de las máximas de su maestro, Luis Toharia: las mayores consecuencias de las reformas laborales son las no previstas. "Igual sucede lo contrario. En la medida en que se potencien los convenios de empresa, los sindicatos van a verse obligados a volcarse ahí". No obstante, García Serrano sí que admite que en primera instancia "las centrales van a perder poder". 

De los conocedores del mercado laboral consultados para este reportaje, solo el responsable de relaciones laborales de CEOE, José de la Cavada, cree que la reforma no resta peso a los sindicatos. "La nueva normativa se asegura que empresarios y trabajadores gocen de tiempo suficiente para negociar el nuevo convenio", explica De la Cavada sobre el límite de dos años a la prórroga de los convenios no renovados, hasta ahora indefinida. 

Miguel Ángel García, profesor de Sociología de la Universidad de Valencia, ve cambios profundos: "Se quitan derechos en los que se basaba la acción sindical, pero no sé hasta donde se mina el poder sindical. Hace falta tiempo". García recuerda que las consecuencias de las reformas de Thatcher en Reino Unido que restaron mucho papel a los sindicatos se vieron años después. 

www.elpais.es 29.02.02 

CAPITULO X. LOS TEMPORALES VUELVEN A PERDER

Los expertos ven insuficientes las medidas para paliar la temporalidad

La nueva reforma laboral vuelve a prohibir el encadenamiento de contratos eventuales 

María José tiene 34 años y es médica, aunque bien podría trabajar en una gestoría laboral. Desde que terminó la residencia en el hospital Gregorio Marañón, en 2007, ha encadenado más de 100 contratos temporales. "El más largo de seis meses", apunta con resignación. Siempre a sueldo de la Comunidad de Madrid. María José es médico de familia y ha recorrido más de una veintena de centros de salud. "He tenido contratos por un día, me han ofrecido los días de los moscosos que se cogían los médicos con plaza", asegura María José que actualmente está en paro y a la espera de que le ofrezcan otro contrato, aunque sea eventual. 

La temporalidad es uno de los grandes problemas del mercado laboral español. La tasa de contratos eventuales supera en España el 25% mientras que en la OCDE es menos de la mitad (12%). El porcentaje se dispara entre los jóvenes. Este fenómeno se ha bautizado como la dualidad del mercado laboral español: por un lado trabajadores indefinidos con una elevada indemnización; y, por otro, empleados eventuales con sueldos más bajos y fáciles de despedir. 

Por eso, uno de los grandes debates en las semanas previas a la aprobación de la reforma laboral era determinar cómo se atajaba este problema —como en todas las reformas anteriores—. Pero el Gobierno popular apenas ha ofrecido soluciones, según los expertos consultados. La nueva legislación laboral recupera la prohibición de encadenar contratos temporales durante más de 24 meses a partir del 31 de diciembre de 2012 (y no del 30 de junio de 2013 como decía la ley actual). 

"En realidad esto ya estaba hace seis meses", recuerda Javier Andrés, profesor de Economía de la Universidad de Valencia, que recuerda que hasta el verano pasado ya existía la prohibición de encadenar contratos eventuales, pero las empresas buscaban resquicios para evitarla. "Me cambiaban de centros de trabajo, me contrataban por días o con objetivos diferentes", explica María José. 

La tasa de contratos eventuales supera en España el 25% 

"La reforma laboral no tiene ninguna medida directa para luchar contra la temporalidad", opina Carlos García Serrano, profesor de Fundamentos de Economía de la Universidad de Alcalá. Algo menos tajante, pero en la misma dirección se muestra Javier Andrés: "No creo que la reforma laboral tenga un gran efecto sobre la temporalidad. Es posible que en una situación de recuperación económica se rebaje". 

La temporalidad nació con la reforma laboral que el Gobierno socialista de Felipe González acometió en 1984. Entonces se abrió una puerta que los posteriores Gobiernos han sido incapaces de cerrar. Actualmente, 93 de cada 100 contratos de trabajo que se celebran en España son temporales. “Es muy caro despedir a un trabajador indefinido y muy barato despedir a un trabajador eventual”, dice Andrés. "Por eso", continúa, "mientras existan contratos temporales, durante una recesión como la actual, las empresas van a utilizarlo". 

Cuando la ministra de Empleo, Fátima Bañez, presentó la reforma aludió al nuevo contrato para emprendedores con un despido de 33 días, como una de las herramientas para acabar con la dualidad. "Con el nuevo contrato para los emprendedores puede ocurrir algo parecido a lo que sucedió con el anterior para el fomento de empleo. Tiene un periodo de prueba de un año, muy largo, a partir del cual se puede despedir sin indemnización ni justificación. Este contrato se puede utilizar como temporal", reflexiona García Serrano, quien añade: "A lo mejor la temporalidad no disminuye, pero muchos indefinidos serían como temporales". 

Desde 2007 he encadenado más de 100 contratos" María José, médico 

Javier Andrés admite que la nueva reforma ha reducido la brecha entre los temporales y los indefinidos. Considera que aproximar el coste de despido entre ambos contratos es un paso. "Se ha avanzado algo, pero de forma equivocada", señala este miembro de Fedea que defendía la necesidad de un contrato único, con costes de despidos crecientes como solución para reducir la temporalidad. La reforma laboral anterior aprobó un mecanismo para acercar los costes de despido. La indemnización de un contrato eventual es de ocho días, la misma cantidad que pagará el empresario a partir de 2015 si despide a un trabajador indefinido por causas procedentes. 

Nadie discute que este tipo de contratación ha sido el colchón sobre el que ha recaído el ajuste del mercado laboral. Durante el primer año de la crisis se destruyeron más de 1,5 millones de puestos de trabajo, casi todos fueron temporales. Muchos de ellos en el sector público. "Es sorprendente que desde los distintos Gobiernos se hagan reformas para acabar con la temporalidad y mientras se ve cómo la temporalidad en el sector público ha aumentado", indica el profesor de Economía de la Universidad de Alcalá, que señala al sector de la sanidad como uno en los que se usan "profusamente este tipo de contratos". 

El problema de la temporalidad es que reduce la productividad. Como el trabajador solo va a estar un corto periodo de tiempo, las empresas no invierten en formación. Javier Andrés explica que en España la productividad horaria del trabajador es muy baja. "Por eso le interesa trabajar más horas". Como muestra, explica que en Alemania u Holanda se trabajan unas 1.700 horas por trabajador al año, mientras que los empleados españoles trabajan 2.000. "Lo ideal sería un mercado más eficiente, más productivo", añade. 

García Serrano apunta soluciones para los eventuales: reducir las modalidades de contrato a cinco o seis. García Serrano asegura que el 90% de los contratos temporales son por obra y servicio, por circunstancias de la producción y de interinidad. Además, propone modificar las cotizaciones sociales: subirlas para los temporales y reducirlas para los indefinidos. 

www.elpais.es 02.03.12

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