¿CAIGA QUIEN CAIGA?
Carta en solitario de Emilio Ybarra, copresidente del BBVA, al gobernador del Banco de España, Jaime Caruana
Madrid, 14 de noviembre de 2001
EXCMO. SR. DON JAIME CAURANA
Gobernador
BANCO DE ESPAÑA
MADRID
Excmo. Sr:
De conformidad con lo solicitado en el requerimiento informativo de 19 de octubre pasado, procedo a suministrar toda la información solicitada en relación con la OPERACION ALICO, en el modo siguiente.
1.- Descripción de la Operación.
Entiendo que la descripción de la mencionada operación ha de ser dada por mí al ser quien, en exclusiva, tomó la decisión de ejecutarla en atención a la gravedad de las noticias contrastadas que se disponían sobre actuaciones tendentes a abortar la toma de participación del BBVA en BANCOMER.
En el mes de marzo del año 2000, cuando estaban a punto de concluir las negociaciones para la adquisición de una participación por el BBVA de aproximadamente el 40% de BANCOMER –el contrato se llegó a firmar el 31 de marzo de 2000–, se llegó al conocimiento y al convencimiento cierto de la división existente en el grupo de accionistas que componían su grupo de control –familiares en su mayoría–, de contactos paralelos con BANAMEX y de la oposición del Gobernador del Banco de México, no así del Gobierno mexicano, que estaban a punto de impedir la consumación del contrato que permitiría al BBVA dicha adquisición. Tales convicciones se confirmaron cuando BANAMEX procede a formular una Opa no solicitada sobre BANCOMER, a pesar de que el 31 de marzo ya se había firmado el correspondiente contrato con BBVA, y por parte de BANCOMER no se responde con firmeza a dicha actuación no solicitada. (a)
(b)
Para BBVA, además de por razones de imagen y prestigio, era de la máxima importancia estratégica la operación BANCOMER, como así se ha demostrado después. Por esta razón considere, como único medio, en defensa de los intereses del Banco, adscribir temporalmente determinado importe de fondos del Banco a fin de adquirir un número mayor de acciones o de adquirirlas a mayor precio real por cuenta del Banco.(c)
La articulación de dicha operatoria lo fue, según mis instrucciones, de manera que no pudiera ser conocida por terceros la real participación del Banco en tales adquisiciones, respetando así formalmente la legislación local. A este propósito se preordenó mi decisión de disponer de los fondos expresados, junto a la ayuda de otras «manos amigas», que permitiría, además, una mejor defensa frente a una OPA hostil o frente a votaciones en Junta General.(d)
Para ello era imprescindible disponer de personas que por su absoluta lealtad asumiesen el compromiso verbal de destinar tales fondos a los fines indicados. Actuarían, en caso necesario, en nombre propio y por cuenta del Banco, formalizando los contratos de adquisición de acciones que fuere preciso, transfiriéndolas después al Banco o bien reintegrarían los fondos puestos temporalmente a su nombre de no ser preciso utilizarlos –junto a los intereses correspondientes– como finalmente ocurrió. Descarté la opción de la apertura de cuentas corrientes a nombre de los mismos dada la transparencia en que el Banco hubiese quedado y que hubiera determinado la fácil identificación de la titularidad real (el Banco) tras el adquirente aparente. Dicho riesgo desaparecería si el anticipo de los fondos se hacía desde una compañía de seguros como ALICO en forma de fondos de pensiones.(e)
Cuando nuestras sospechas se confirmaron, planteamos a algunas compañías españolas y a algunas personas físicas extrajeras, con las que teníamos especial relación, algo análogo; tales personas y entidades adquirieron, en su nombre y por su cuenta, en relación de «manos amigas», paquetes de acciones de BANCOMER, adquisiciones que fueron suficientes, tras el rechazo por parte de BANCOMER a la oferta formulada por BANAMEX, decidiendo proceder a la ejecución del contrato suscrito con BBVA, y no hicieron preciso la utilización residual de los fondos temporalmente depositados en ALICO.(f)
En efecto, a fecha 31 de marzo los fondos estaban transferidos a ALICO; ALICO colocó dichos fondos a nombre a las personas comisionadas por mí para tal actuación, y toda vez que a la fecha 31 de diciembre no estime ya necesaria la adquisición de nuevas ni mayores participaciones en BANCOMER, procedieron a deshacer la operación, conforme a lo verbalmente acordado con ellas, y en consecuencia a su reintegro con intereses.(g)
La realidad de los hechos acreditó la necesidad de tomar tan extraordinaria decisión, en la que no intervinieron los servicios jurídicos internos ni ninguno externo, que asumo con la mayor responsabilidad, y que todo Presidente de una entidad debe estar en condiciones de adoptar cuando le llegan noticias y concurren situaciones de riesgo de grave perjuicio para la entidad que preside. En este caso además, se da la circunstancia de que los elementos de hecho para llegar al convencimiento que señalaba al principio, los pude comprobar personalmente como consecuencia de mis continuos viajes a México en relación con la operación de adquisición de BANCOMER, ya que asumí la dirección de la misma teniendo en cuenta el origen BBV de nuestra operación en México y el conocimiento y relación que tenía con las autoridades en virtud de actuaciones anteriores en ese país.2.- Aspectos Económicos de la Operación.
Al efecto de acreditar, tal y como se solicita en la carta del Banco de España a la que se contesta, tanto el beneficio obtenido como consecuencia de los contratos convenidos con ALICO, como la vinculación del pago recibido en enero de 2001 por importe de US$ 19.663.698,93, con la salida por importe de US$ 19.244.187, acompañamos carta que hemos solicitado a ALICO (hoy AIG).
De la misma resulta la obtención de un beneficio de US$ 819.511,93 que, computando también la retirada de US$ 400.000 a la que haré mención en el apartado 3 siguiente, permite cuadrar las cifras que resultaban del informe puesto a disposición del Banco de España con fecha de 17 de septiembre del pasado año y acreditan con total claridad la vinculación entre la salida de Jersey de marzo de 2000 por importe de US$ 19.266.186 y la entrada procedente de ALICO por importe de US$ 19.663.698.
3.- Contratos que Instrumentaron la Operación con ALICO.
El Banco no dispone de copia de los contratos firmados a tal efecto, como consecuencia de que al haber concluido la operación en la forma prevista, no se conservan por las personas que intervienen en los mismos.
No obstante, hemos solicitado de ALICO copia del contrato firmado, que acompaño como Anexo.
4.- Sobre Transferencia de US$ 400.000 a FIRSTRATE INVESTMENT LTD.
Señalaré, en primer lugar, que lo referido a este apartado ha sido conocido por mí con motivo de la elaboración del informe que se puso a disposición del Banco de España con fecha de 17 de septiembre pasado.
La información que he recibido de la persona interesada es la siguiente:
Una de las personas con las que conté para instrumentar la operación con ALICO, en el momento en que, de acuerdo con el contrato suscrito con ALICO, fue disponible la cantidad de US$ 400.000, consideró que no se modificaba ni la estructura de la operación ni sus compromisos respecto de las cantidades colocadas a su nombre, el hecho de que dicha cantidad disponible en vez de permanecer en un contrato con ALICO, se encontrara a su disposición en otro lugar diferente. En consecuencia, ordenó a ALICO la transferencia de dicha cantidad a la cuenta que resulta de la carta de ALICO a la que acabo de hacer referencia.
En el momento en que comuniqué a todos los interesados la necesidad de proceder a devolver las cantidades transitoriamente puestas a su nombre, se produjo la transferencia en favor de FIRSTRATE INVESTMENT LTD, de la cantidad citada.
Al efecto de acreditar lo anterior, solicité de dicha persona que por parte de ALICO se acreditara lo correspondiente y así resulta de la carta que acompaño como Anexo.
5.- Personas que han intervenido en la Operación.
En mi poder, y a disposición del Banco de España, se encuentra un sobre conteniendo la información al respecto.
Aprovecho la ocasión para saludarle atentamente.
EMILIO DE YBARRA CHURRUCA
Anexos: los que se incluyen.